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    <identificador>DOUE-L-1994-80712</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9000">Comunidades Europeas</departamento>
    <rango codigo="1600">Decisión</rango>
    <fecha_disposicion>19940516</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>307/1994</numero_oficial>
    <titulo>Decisión de la Comisión, de 16 de mayo de 1994, que modifica la Decisión 91/637/CEE por la que se establece el modelo de los mensajes que se transmitan por la red informatizada Animo.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de las Comunidades Europeas</diario>
    <fecha_publicacion>19940528</fecha_publicacion>
    <diario_numero>133</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <pagina_inicial>54</pagina_inicial>
    <pagina_final>55</pagina_final>
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    <url_pdf>/doue/1994/133/L00054-00055.pdf</url_pdf>
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    <estatus_legislativo>L</estatus_legislativo>
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    <judicialmente_anulada>N</judicialmente_anulada>
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      <materia codigo="1707" orden="1">Cooperación técnica</materia>
      <materia codigo="6284" orden="2">Sanidad veterinaria</materia>
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        <anterior referencia="DOUE-L-1991-81843" orden="2050">
          <palabra codigo="245">SUSTITUYE</palabra>
          <texto>el art. 2 y el Anexo de la Decisión 91/637, de 3 de diciembre</texto>
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  <texto>
    <p class="parrafo">LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,</p>
    <p class="parrafo">Vista  la  Directiva  90/425/CEE  del  Consejo, de 26 de junio de 1990, relativa a  los  controles  veterinarios  y  zootécnicos  aplicables  en los intercambios intracomunitarios  de  determinados  animales  vivos y productos con vistas a la realización  del  mercado  interior  (1), cuya última modificación la constituye la Directiva 92/118/CEE (2), y, en particular, su artículo 20,</p>
    <p class="parrafo">Vista  la  Directiva  91/628/CEE  del Consejo, de 19 de noviembre de 1991, sobre la  protección  de  los  animales  durante  el  transporte  y  que  modifica las Directivas   90/425/CEE   y   91/496/CEE   (3),   modificada   por  la  Decisión 92/438/CEE (4), y, en particular, el apartado 3 de su artículo 6,</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  procede  incorporar  en  el  sistema  informatizado  Animo la información  necesaria  sobre  los  requisitos  de  protección  de  los animales establecidos en la Directiva 91/628/CEE;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que,  para  ello,  es  conveniente  completar  los mensajes que se transmitan  por  la  red  informatizada  Animo  y  adaptar  a tal fin el soporte lógico utilizado;</p>
    <p class="parrafo">Considerando   que   la   adaptación  del  soporte  lógico  de  aplicación  debe realizarse  tomando  en  consideración  la  situación  de los Estados miembros a fin de que dicho soporte responda a sus necesidades de funcionamiento;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  las  medidas  previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité veterinario permanente,</p>
    <p class="parrafo">HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISION:</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">Se modifica la Decisión 91/637/CEE de la Comisión (5) del siguiente modo:</p>
    <p class="parrafo">1) Se sustituye el texto del artículo 2 por el siguiente:</p>
    <p class="parrafo">« Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">La  Comisión  actualizará  el  soporte  lógico  de  aplicación a fin de tomar en consideración  los  datos  sobre  protección  de  animales y la evolución de los diversos  ficheros  necesarios  para  la  aplicación.  Velará por que el soporte lógico  actualizado  quede  a  disposición  de los Estados miembros a más tardar el 1 de marzo de 1995. ».</p>
    <p class="parrafo">2) Se sustituye el Anexo por el Anexo de la presente Decisión.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el 16 de mayo de 1994.</p>
    <p class="parrafo">Por la Comisión</p>
    <p class="parrafo">René STEICHEN</p>
    <p class="parrafo">Miembro de la Comisión</p>
    <p class="parrafo">(1) DO no L 224 de 18. 8. 1990, p. 29.</p>
    <p class="parrafo">(2) DO no L 62 de 15. 3. 1993, p. 49.</p>
    <p class="parrafo">(3) DO no L 340 de 11. 12. 1991, p. 17.</p>
    <p class="parrafo">(4) DO no L 243 de 25. 8. 1992, p. 27.</p>
    <p class="parrafo">(5) DO no L 343 de 13. 12. 1991, p. 46.</p>
    <p class="parrafo">ANEXO</p>
    <p class="parrafo">Número del mensaje:</p>
    <p class="parrafo">1. ORIGEN</p>
    <p class="parrafo">- Fecha de envío del mensaje:</p>
    <p class="parrafo">- Fecha prevista de salida:</p>
    <p class="parrafo">- Hora prevista de salida:</p>
    <p class="parrafo">- Nombre del remitente:</p>
    <p class="parrafo">-  Lugar  de  salida  (código  del  país,  código  de  la  unidad,  nombre de la localidad, código postal)</p>
    <p class="parrafo">- Certificado sanitario:</p>
    <p class="parrafo">- número</p>
    <p class="parrafo">- fecha</p>
    <p class="parrafo">- Nombre del veterinario que firma el certificado</p>
    <p class="parrafo">2. DESTINO</p>
    <p class="parrafo">- Código del país - código de la unidad</p>
    <p class="parrafo">- Nombre y dirección del destinatario:</p>
    <p class="parrafo">-  Lugar  de  destino  (código  del  país  -  código  de la unidad, nombre de la localidad, código postal)</p>
    <p class="parrafo">3. MERCANCIA</p>
    <p class="parrafo">- Tipo - código</p>
    <p class="parrafo">- Número y cantidad</p>
    <p class="parrafo">4. MEDIO DE TRANSPORTE</p>
    <p class="parrafo">- Tipo de transporte</p>
    <p class="parrafo">-  Identificación  del  medio  de  transporte  (número  de matrícula del camión, número  de  vagón,  número  de  vuelo,  nombre del barco, número del contenedor, etc.)</p>
    <p class="parrafo">5. COMENTARIOS</p>
    <p class="parrafo">En particular:</p>
    <p class="parrafo">-  para  los  puestos  de  inspección  fronterizos:  origen de los animales y de los productos,</p>
    <p class="parrafo">- para la exportación a un tercer país: nombre del tercer país destinatario,</p>
    <p class="parrafo">- en caso de que los animales no hayan abandonado el lugar de salida:</p>
    <p class="parrafo">« sustituye al mensaje no . . . »/« anula el mensaje no . . . »</p>
  </texto>
</documento>
