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<documento fecha_actualizacion="20241021182819">
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    <identificador>DOUE-L-1994-80673</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9000">Comunidades Europeas</departamento>
    <rango codigo="1600">Decisión</rango>
    <fecha_disposicion>19940516</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>289/1994</numero_oficial>
    <titulo>Decisión del Consejo, de 16 de mayo de 1994, sobre la celebración del Acuerdo en forma de Canje de Notas relativo a la aplicación provisional del protocolo por el que se fijan las posibilidades de pesca y la compensación financiera establecidas en el Acuerdo entre la Comunidad Europea y el Gobierno de Mauricio sobre la pesca en aguas de Mauricio durante el período comprendido entre el 1 de diciembre de 1993 y el 30 de noviembre de 1996.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de las Comunidades Europeas</diario>
    <fecha_publicacion>19940518</fecha_publicacion>
    <diario_numero>124</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <pagina_inicial>13</pagina_inicial>
    <pagina_final>13</pagina_final>
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    <url_pdf>/doue/1994/124/L00013-00013.pdf</url_pdf>
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    <estatus_legislativo>L</estatus_legislativo>
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    <judicialmente_anulada>N</judicialmente_anulada>
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    <letra_imagen>L</letra_imagen>
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    <materias>
      <materia codigo="71" orden="1">Acuerdos internacionales</materia>
      <materia codigo="175" orden="2">Aguas jurisdiccionales</materia>
      <materia codigo="1314" orden="3">Comunidad Económica Europea</materia>
      <materia codigo="4528" orden="4">Isla de Mauricio</materia>
      <materia codigo="5569" orden="5">Pesca marítima</materia>
      <materia codigo="7001" orden="6">Unión Europea</materia>
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    <notas>
      <nota codigo="72" orden="100">Contiene  Acuerdo , ADJUNTO a la misma.</nota>
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        <posterior referencia="DOUE-L-1994-81107" orden="">
          <palabra codigo="331">SE DICTA EN RELACIÓN</palabra>
          <texto>sobre aplicación provisional del protocolo: Reglamento 1797/1994, de 18 de julio</texto>
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  <texto>
    <p class="parrafo">EL CONSEJO DE LA UNION EUROPEA,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,</p>
    <p class="parrafo">Visto  el  Acuerdo  entre  la  Comunidad  Económica  Europea  y  el  Gobierno de Mauricio relativo a la pesca en aguas de Mauricio (1),</p>
    <p class="parrafo">Vista la propuesta de la Comisión,</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que,  al  término  del  período  de aplicación del Protocolo no 1, la  Comunidad  y  Mauricio  negociaron  para  determinar  las  modificaciones  o complementos  que  habían  de  ser  introducidos  en  el  Acuerdo  relativo a la pesca en aguas de Mauricio;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que,  tras  dichas  negociaciones,  el  26 de noviembre de 1993 se rubricó un nuevo Protocolo;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que,  mediante  dicho  Protocolo,  los  pescadores de la Comunidad mantienen   la   posibilidad   de   pescar   en   las  aguas  bajo  soberanía  o jurisdicción   de  Mauricio  durante  el  período  comprendido  entre  el  1  de diciembre de 1993 y el 30 de noviembre de 1996;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que,  para  evitar  la  interrupción  de las actividades pesqueras de  los  barcos  de  la  Comunidad, es indispensable que el citado Protocolo sea aprobado  lo  antes  posible;  que,  por  esta razón, ambas partes rubricaron un Acuerdo  en  forma  de  Canje de Notas que establece la aplicación del Protocolo rubricado,  con  carácter  provisional,  a  partir  del día siguiente a la fecha de  expiración  de  los  Protocolos vigentes; que procede celebrar el Acuerdo en forma  de  Canje  de  Notas  a reserva de una decisión definitiva con arreglo al artículo 43 del Tratado,</p>
    <p class="parrafo">DECIDE:</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">Queda  aprobado,  en  nombre  de  la  Comunidad, el Acuerdo en forma de Canje de Notas  relativo  a  la  aplicación provisional del Protocolo por el que se fijan las  posibilidades  de  pesca  y  la  compensación financiera establecidas en el Acuerdo  entre  la  Comunidad  Europea  y el Gobierno de Mauricio sobre la pesca en  aguas  de  Mauricio  durante  el período comprendido entre el 1 de diciembre</p>
    <p class="parrafo">de 1993 y el 30 de noviembre de 1996.</p>
    <p class="parrafo">El  texto  del  Acuerdo  en  forma  de  Canje  de Notas se adjunta a la presente Decisión.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">Se  autoriza  al  presidente  del  Consejo  para  que  designe  a  las  personas facultadas  para  firmar  el  Acuerdo  en  forma  de  Canje  de  Notas  a fin de obligar a la Comunidad.</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el 16 de mayo de 1994.</p>
    <p class="parrafo">Por el Consejo</p>
    <p class="parrafo">El Presidente</p>
    <p class="parrafo">Th. PANGALOS</p>
    <p class="parrafo">(1) DO no L 159 de 10. 6. 1989, p. 1.</p>
    <p class="parrafo">ACUERDO  en  forma  de  Canje  de Notas relativo a la aplicación provisional del Protocolo  por  el  que  se  fijan  las posibilidades de pesca y la compensación financiera   establecidas  en  el  Acuerdo  entre  la  Comunidad  Europea  y  el Gobierno  de  Mauricio  sobre  la  pesca en aguas de Mauricio durante el período comprendido entre el 1 de diciembre de 1993 y el 30 de noviembre de 1996</p>
    <p class="parrafo">A. Nota del Gobierno de Mauricio Muy Señor mío:</p>
    <p class="parrafo">Con  referencia  al  Protocolo  rubricado el 26 de noviembre de 1993, por el que se  fijan  las  posibilidades  de  pesca y la compensación financiera durante el período  comprendido  entre  el  1  de diciembre de 1993 y el 30 de noviembre de 1996,   tengo  el  honor  de  comunicarle  que  el  Gobierno  de  Mauricio  está dispuesto  a  aplicar  dicho  Protocolo  con carácter provisional a partir del 1 de  diciembre  de  1993  en  espera de su entrada en vigor de conformidad con lo dispuesto  en  su  artículo  6  siempre  que  la  Comunidad Europea también esté dispuesta a hacer lo propio.</p>
    <p class="parrafo">En  tal  caso,  el  pago  del  primer tramo de la compensación financiera fijada en  el  artículo  2  del Protocolo, consistente en la tercera parte de la misma, deberá efectuarse antes del 31 de mayo de 1994.</p>
    <p class="parrafo">Le  agradecería  tuviese  a  bien confirmarme el acuerdo de la Comunidad Europea con dicha aplicación provisional.</p>
    <p class="parrafo">Le ruego acepte el testimonio de mi mayor consideración.</p>
    <p class="parrafo">Por el Gobierno</p>
    <p class="parrafo">de Mauricio</p>
    <p class="parrafo">B. Nota de la Comunidad Europea Muy Señor mío:</p>
    <p class="parrafo">Tengo  el  honor  de  acusar  recibo  de su Nota del día de hoy redactada en los siguientes términos:</p>
    <p class="parrafo">«  Con  referencia  al  Protocolo  rubricado  el 26 de noviembre de 1993, por el que  se  fijan  las  posibilidades de pesca y la compensación financiera durante el  período  comprendido  entre  el  1 de diciembre de 1993 y el 30 de noviembre de  1996,  tengo  el  honor  de  comunicarle  que  el  Gobierno de Mauricio está dispuesto  a  aplicar  dicho  Protocolo  con carácter provisional a partir del 1 de  diciembre  de  1993  en  espera de su entrada en vigor de conformidad con lo dispuesto  en  su  artículo  6  siempre  que  la  Comunidad Europea también esté dispuesta a hacer lo propio.</p>
    <p class="parrafo">En  tal  caso,  el  pago  del  primer tramo de la compensación financiera fijada en  el  artículo  2  del Protocolo, consistente en la tercera parte de la misma, deberá efectuarse antes del 31 de mayo de 1994.</p>
    <p class="parrafo">Le  agradecería  tuviese  a  bien confirmarme el acuerdo de la Comunidad Europea con dicha aplicación provisional. ».</p>
    <p class="parrafo">Tengo  el  honor  de  confirmarle  el  acuerdo  de  la  Comunidad Europea con la citada aplicación provisional.</p>
    <p class="parrafo">Le ruego acepte el testimonio de mi mayor consideración.</p>
    <p class="parrafo">En nombre del Consejo de la</p>
    <p class="parrafo">Unión Europea</p>
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</documento>
