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    <identificador>DOUE-L-1994-80508</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9000">Comunidades Europeas</departamento>
    <rango codigo="1220">Reglamento</rango>
    <fecha_disposicion>19940412</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>813/1994</numero_oficial>
    <titulo>Reglamento (CE) nº 813/94 de la Comisión, de 12 de abril de 1994, por el que se modifica el Reglamento (CEE) nº 3477/92 relativo a las disposiciones de aplicación del régimen de cuotas en el sector del tabaco crudo para las cosechas de 1993 y 1994.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de las Comunidades Europeas</diario>
    <fecha_publicacion>19940413</fecha_publicacion>
    <diario_numero>94</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <url_pdf>/doue/1994/094/L00006-00006.pdf</url_pdf>
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    <fecha_vigencia>19940413</fecha_vigencia>
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      <materia codigo="6819" orden="1">Tabaco</materia>
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      <nota codigo="151" orden="900">Esta disposición ha dejado de estar vigente</nota>
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        <anterior referencia="DOUE-L-1992-81937" orden="2015">
          <palabra codigo="270">MODIFICA</palabra>
          <texto>el art. 11.3 del Reglamento 3477/92, de 1 de diciembre</texto>
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  <texto>
    <p class="parrafo">LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,</p>
    <p class="parrafo">Visto  el  Reglamento  (CEE)  no  2075/92  del  Consejo, de 30 de junio de 1992, por  el  que  se  establece  la  organización común de mercados en el sector del tabaco crudo (1) y, en particular, sus artículos 7 y 11,</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  ha  sido  introducida  la  posibilidad  de  que  los  Estados miembros  aplacen  las  fechas  establecidas,  para la celebración y el registro de  los  contratos  de  cultivo,  en  el  Reglamento  (CEE)  no  3478/92  de  la Comisión,   de  1  de  diciembre  de  1992,  relativo  a  las  disposiciones  de aplicación  del  régimen  de  primas previsto en el sector del tabaco crudo (2), cuya  última  modificación  la  constituye el Reglamento (CE) no 479/94 (3); que ha  sido  concedida  también  esta  misma  posibilidad para la presentación y el registro de las declaraciones de cultivo;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que,  por  consiguiente,  procede  modificar también el Reglamento</p>
    <p class="parrafo">(CEE)  no  3477/92  de  la  Comisión,  de 1 de diciembre de 1992, relativo a las disposiciones  de  aplicación  del  régimen  de  cuotas  en el sector del tabaco crudo  para  los  cosechas  de  1993  y  1994  (4),  cuya última modificación la constituye  el  Reglamento  (CE)  no  268/94  (5),  por  lo  que se refiere a la fecha   límite   del   segundo   reparto   de   certificados  de  cultivo  o  de certificados de cuotas no utilizadas;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  las  operaciones  en  cuestión deben realizarse en los plazos adecuados;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  las  medidas  previstas  en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión del tabaco,</p>
    <p class="parrafo">HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">La  última  frase  del  apartado  3  del  artículo  11  del  Reglamento (CEE) no 3477/92 será sustituida por:</p>
    <p class="parrafo">«  Sin  embargo,  se  autoriza  a los Estados miembros para que aplacen al 11 de junio la fecha límite del 1 de mayo. ».</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">El  presente  Reglamento  entrará  en  vigor  el  día  de  su  publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.</p>
    <p class="parrafo">El   presente   Reglamento   será   obligatorio   en   todos   sus  elementos  y directamente aplicable en cada Estado miembro.</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el 12 de abril de 1994.</p>
    <p class="parrafo">Por la Comisión</p>
    <p class="parrafo">René STEICHEN</p>
    <p class="parrafo">Miembro de la Comisión</p>
    <p class="parrafo">_______________</p>
    <p class="parrafo">(1) DO no L 215 de 30. 7. 1992, p. 70.</p>
    <p class="parrafo">(2) DO no L 351 de 2. 12. 1992, p. 17.</p>
    <p class="parrafo">(3) DO no L 61 de 4. 3. 1994, p. 4.</p>
    <p class="parrafo">(4) DO no L 351 de 2. 12. 1992, p. 11.</p>
    <p class="parrafo">(5) DO no L 32 de 5. 2. 1994, p. 20.</p>
  </texto>
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