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<documento fecha_actualizacion="20241021182656">
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    <identificador>DOUE-L-1994-80332</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9000">Comunidades Europeas</departamento>
    <rango codigo="1600">Decisión</rango>
    <fecha_disposicion>19940307</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>149/1994</numero_oficial>
    <titulo>Decisión del Consejo, de 7 de marzo de 1994, que modifica la Decisión 93/350/Euratom, CECA, CEE por la que se modifica la Decisión 88/591/CECA, CEE, Euratom por la que se crea el Tribunal de Primera Instancia de las Comunidades Europeas.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de las Comunidades Europeas</diario>
    <fecha_publicacion>19940310</fecha_publicacion>
    <diario_numero>66</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <pagina_inicial>29</pagina_inicial>
    <pagina_final>29</pagina_final>
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    <url_pdf>/doue/1994/066/L00029-00029.pdf</url_pdf>
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    <fecha_vigencia>19940311</fecha_vigencia>
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    <judicialmente_anulada>N</judicialmente_anulada>
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      <materia codigo="6961" orden="1">Tribunal de Primera Instancia de las Comunidades Europeas</materia>
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        <anterior referencia="DOUE-L-1993-80824" orden="2015">
          <palabra codigo="270">MODIFICA</palabra>
          <texto>el art. 3 de la Decisión 93/350, de 8 de junio</texto>
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        <anterior referencia="DOUE-L-1988-81332" orden="5020">
          <palabra codigo="330">CITA</palabra>
          <texto>Decisión 88/591, de 24 de octubre</texto>
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  <texto>
    <p class="parrafo">EL CONSEJO DE LA UNION EUROPEA,</p>
    <p class="parrafo">Vista  la  Decisión  93/350/Euratom,  CECA,  CEE  del  Consejo, de 8 de junio de 1993,  por  la  que  se  modifica  la Decisión 88/591/CECA, CEE, Euratom, por la que  se  crea  un  Tribunal  de  Primera  Instancia  de las Comunidades Europeas (1), y, en particular, su artículo 3,</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que,  en  virtud  de la Decisión 88/591/CECA, CEE, Euratom (2) así modificada,  el  Tribunal  de  Primera  Instancia  es competente para conocer de casi todos los recursos interpuestos por personas físicas o jurídicas;</p>
    <p class="parrafo">Considerando,  no  obstante,  que  en  lo  relativo  a  las  medidas  de defensa comercial  tomadas  en  caso  de  dumping  y  de  subvenciones en el marco de la aplicación  de  los  Tratados  constitutivos  de la Comunidad Europea del Carbón y  del  Acero  y  de  la  Comunidad  Europea, la entrada en vigor de la Decisión 93/350/Euratom,  CECA,  CEE  ha  sido  aplazada  a una fecha que se decidirá más adelante;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que,  teniendo  en  cuenta  la evolución que ha tenido lugar desde entonces,  procede  fijar  la  fecha  de  entrada  en  vigor de esta parte de la Decisión,</p>
    <p class="parrafo">DECIDE:</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">En  el  artículo  3  de  la Decisión 93/350/Euratom, CECA, CEE, la segunda frase se sustituye por el texto siguiente:</p>
    <p class="parrafo">«  No  obstante,  en  lo  referente  a  los  recursos  interpuestos por personas físicas  o  jurídicas  con  arreglo  al  párrafo  segundo  del  artículo  33, el artículo  35  y  los  párrafos  primero  y  segundo  del artículo 40 del Tratado CECA  y  que  se  refieran  a actos relativos a la aplicación del artículo 74 de dicho  Tratado,  así  como  en  lo  referente  a  los  recursos interpuestos por personas  físicas  o  jurídicas  con arreglo al párrafo cuarto del artículo 173, al  párrafo  tercero  del  artículo  175,  y  al  artículo  178 del Tratado CE y relativas  a  las  medidas  de  defensa  comercial a efectos del artículo 113 de dicho  Tratado,  tomadas  en  caso  de  dumping  y  subvenciones,  su entrada en vigor queda fijada al 15 de marzo de 1994. ».</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">La  presente  Decisión  entrará  en  vigor el día siguiente al de su publicación</p>
    <p class="parrafo">en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el 7 de marzo de 1994.</p>
    <p class="parrafo">Por el Consejo</p>
    <p class="parrafo">El Presidente</p>
    <p class="parrafo">Th. PANGALOS</p>
    <p class="parrafo">(1) DO no L 144 de 16. 6. 1993, p. 21.</p>
    <p class="parrafo">(2) DO no L 319 de 25. 11. 1988, p. 1.</p>
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