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    <identificador>DOUE-L-1994-80323</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9000">Comunidades Europeas</departamento>
    <rango codigo="1220">Reglamento</rango>
    <fecha_disposicion>19940302</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>501/1994</numero_oficial>
    <titulo>Reglamento (Euratom) nº 501/94 de la Comisión, de 2 de marzo de 1994, relativo a la celebración por la Comunidad Europea de la Energía Atómica del Protocolo relativo a la aplicación provisional del Acuerdo por el que se establece un Centro internacional para la ciencia y la tecnología.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de las Comunidades Europeas</diario>
    <fecha_publicacion>19940308</fecha_publicacion>
    <diario_numero>64</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <fecha_vigencia>19940311</fecha_vigencia>
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      <materia codigo="71" orden="1">Acuerdos internacionales</materia>
      <materia codigo="1314" orden="2">Comunidad Económica Europea</materia>
      <materia codigo="1316" orden="3">Comunidad Europea de Energía Atómica</materia>
      <materia codigo="6851" orden="4">Tecnología</materia>
      <materia codigo="7001" orden="5">Unión Europea</materia>
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      <nota codigo="72" orden="100">Contiene  Protocolo de 27 de diciembre de 1993, ADJUNTO al mismo.</nota>
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    <referencias>
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        <anterior referencia="DOUE-L-1992-82273" orden="3060">
          <palabra codigo="440">DE CONFORMIDAD con</palabra>
          <texto>on los arts. 3 y 4 del Reglamento 3956/92, de 21 de diciembre</texto>
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  <texto>
    <p class="parrafo">LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,</p>
    <p class="parrafo">Visto  el  Tratado  constitutivo  de  la Comunidad Europea de la Energía Atómica y, en particular, el apartado 2 de su artículo 101,</p>
    <p class="parrafo">Considerando   que  el  Protocolo  relativo  a  la  aplicación  provisional  del Acuerdo  por  el  que  se establece un Centro internacional para la ciencia y la tecnología  se  firmó  el  27 de diciembre de 1993; que, mediante la decisión de 21  de  febrero  de  1994,  el  Consejo  aprobó  dicho Protocolo a efectos de su celebración  por  la  Comisión  en  nombre de la Comunidad Europea de la Energía Atómica;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  el  Protocolo  debe  celebrarse  en  nombre  de  la Comunidad Europea de la Energía Atómica,</p>
    <p class="parrafo">HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">Se  aprueba  en  nombre  de  la  Comunidad  Europea  de  la  Energía  Atómica el Protocolo  relativo  a  la  aplicación  provisional  del  Acuerdo  por el que se establece un Centro internacional para la ciencia y la tecnología.</p>
    <p class="parrafo">El texto del Protocolo se adjunta al presente Reglamento (1).</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">El  presidente  de  la  Comisión,  en  nombre  de  la  Comunidad  Europea  de la Energía  Atómica,  enviará  la  notificación  prevista  en  el  artículo  1  del Protocolo.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 3</p>
    <p class="parrafo">Serán  aplicables  los  artículos  3  y 4 del Reglamento (Euratom) nº 3956/92 de la Comisión (2).</p>
    <p class="parrafo">Artículo 4</p>
    <p class="parrafo">El  presente  Reglamento  entrará  en  vigor  el  tercer  día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.</p>
    <p class="parrafo">El   presente   Reglamento   será   obligatorio   en   todos   sus  elementos  y directamente aplicable en cada Estado miembro.</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el 2 de marzo de 1994.</p>
    <p class="parrafo">Por la Comisión</p>
    <p class="parrafo">El Presidente</p>
    <p class="parrafo">Jacques DELORS</p>
    <p class="parrafo">_______</p>
    <p class="parrafo">(1) Véase la página 2 del presente Diario Oficial.</p>
    <p class="parrafo">(2) DO nº L 409 de 31. 12. 1992, p. 10.</p>
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