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<documento fecha_actualizacion="20181023230748">
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    <identificador>DOUE-L-1994-80013</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9000">Comunidades Europeas</departamento>
    <rango codigo="1210">Recomendación</rango>
    <fecha_disposicion>19931222</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>7/1994</numero_oficial>
    <titulo>Recomendación del Consejo, de 22 de diciembre de 1993, sobre las orientaciones generales para las políticas económicas de los Estados miembros y de la Comunidad.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de las Comunidades Europeas</diario>
    <fecha_publicacion>19940111</fecha_publicacion>
    <diario_numero>7</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <pagina_final>12</pagina_final>
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      <materia codigo="1314" orden="1">Comunidad Económica Europea</materia>
      <materia codigo="3160" orden="2">Empleo</materia>
      <materia codigo="5645" orden="3">Política económica</materia>
      <materia codigo="5665" orden="4">Precios</materia>
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  <texto>
    <p class="parrafo">EL CONSEJO DE LA UNION EUROPEA,</p>
    <p class="parrafo">Visto  el  Tratado  constitutivo  de  la  Comunidad Europea y, en particular, el apartado 2 de su artículo 103,</p>
    <p class="parrafo">Vista la Recomendación de la Comisión,</p>
    <p class="parrafo">Vistas  las  conclusiones  del  Consejo Europeo de los días 10 y 11 de diciembre de 1993,</p>
    <p class="parrafo">RECOMIENDA:</p>
    <p class="parrafo">El  artículo  103  del  Tratado  establece  el marco para la coordinación de las políticas  económicas  en  la  segunda fase del proceso hacia la Unión Económica y   Monetaria.   Las   orientaciones   de   política   económica   adoptadas  de conformidad  con  dicho  artículo  constituirán  el punto de referencia para las políticas económicas de la Comunidad y de los Estados miembros.</p>
    <p class="parrafo">Principales objetivos</p>
    <p class="parrafo">Existen  indicios  de  que  la recesión ha tocado fondo en la Unión Europea. Los indicadores  de  la  producción  y  de  los estudios comerciales en una serie de países  reflejan  un  fortalecimiento  de  la  confianza  y  una  mejora  de las perspectivas.   Los   tipos   de   interés   a   largo   plazo   han  disminuido considerablemente  y  la  mayoría  de  los  bancos  centrales europeos ha bajado sus  tipos  de  interés  básicos.  Sin embargo, el desempleo sigue aumentando en la  mayoría  de  los  Estados  miembros.  En este contexto, las líneas generales de   política   económica   para   1994   deberían   perseguir,   con   carácter prioritario,   la   vuelta   a   un   crecimiento   económico   duradero   y  no inflacionario.</p>
    <p class="parrafo">La  Comunidad  debería  proponerse  como  objetivo  a  corto  plazo  invertir la tendencia   del   paro  y  luego,  antes  de  que  finalice  el  siglo,  reducir sustancialmente  el  número  de  parados  que  en  la  actualidad se sitúa en el nivel  inaceptable  de  17  millones.  Es  indispensable  disminuir el paro para reducir  las  consecuencias  económicas  y  sociales  negativas  que implica ese derroche  de  recursos  humanos.  También  se  requiere  una  mayor  creación de empleo  a  fin  de  realizar  una  sociedad  más activa, en la que todos los que deseen   participar  en  el  proceso  productivo  puedan  hacerlo  y  se  limite sustancialmente el peso de los factores que llevan a la exclusión social.</p>
    <p class="parrafo">Este  objeto  de  empleo  deberá  lograrse  con un crecimiento fuerte, generador de  empleo  y  no  inflacionario  que se mantenga a lo largo de muchos años y no atente  contra  el  medio  ambiente. Un mayor crecimiento es fundamental no sólo para   la   creación  de  empleo  sino  también  para  que  la  Comunidad  pueda beneficiarse  del  mercado  interior,  mejorar  su cohesión económica y social y cumplir  sus  crecientes  compromisos  para  con el resto del mundo. Dado que el</p>
    <p class="parrafo">crecimiento   no   puede   generarse  de  forma  artificial,  deberá  realizarse fundamentalmente  mediante  el  juego  de las fuerzas del mercado y el dinamismo del   mercado  interior,  abierto  al  mundo  exterior.  La  conclusión  de  las negociaciones  del  GATT  con  carácter  global,  duradero  y  equilibrado  y la apertura  de  la  Comunidad  a  nuevos mercados habrán de desempeñar una función fundamental al respecto.</p>
    <p class="parrafo">El  logro  de  una  mayor tasa de crecimiento exige además el fortalecimiento de la  convergencia  económica  entre  Estados  miembros.  La  convergencia sentará las  bases  para  una  mayor  creación  de  puestos  de trabajo y permitirá a la Comunidad   recoger   todos   los   beneficios  del  mercado  interior.  También permitirá el éxito del paso a la UEM.</p>
    <p class="parrafo">A  tal  fin,  la  tarea de los responsables de la política económica consiste en permitir   a   las  fuerzas  del  mercado  que  desplieguen  todo  su  potencial mediante:</p>
    <p class="parrafo">i) el establecimiento de un marco macroeconómico estable y coherente;</p>
    <p class="parrafo">ii)  la  supresión  de  los  obstáculos  macroeconómicos  y  microeconómicos  al crecimiento.</p>
    <p class="parrafo">En   la   presente  situación,  el  reto  es  doble.  En  primer  lugar,  actuar decididamente  para  mejorar  las  condiciones de crecimiento compatibles con el compromiso  de  una  fuerte  creación  de  puestos  de trabajo a medio plazo. En segundo  lugar,  crear  las  condiciones  económicas  y sociales que permitan un crecimiento  duradero  más  fuerte  y  más  generador  de empleo a medio y largo plazo.</p>
    <p class="parrafo">El  proceso  de  recuperación  exigirá  el  restablecimiento de la confianza, el cual  exige  a  su  vez  que  se reequilibre la dosificación actual de políticas macroeconómicas  y  de  medidas  estructurales  dignas  de crédito. Cuanto antes se   integre   el   objetivo   de  estabilidad  de  precios  en  las  tendencias salariales  y  presupuestarias  actuales  y  previstas,  antes  podrá efectuarse una  nueva  reducción  sustancial  de  los tipos de interés sobre una base sana. Efectivamente,   una   baja   de   los   tipos   de   interés  sobre  esta  base representaría   un   factor   esencial  para  mejorar  las  perspectivas  de  la Comunidad  a  corto  plazo.  No  obstante,  dada  la  gravedad  en  la situación actual   y  la  magnitud  del  ajuste  presupuestario  que  debe  realizarse  en numerosos  países,  el  proceso  de recuperación puede ser débil y vacilante. En estas  circunstancias,  la  plena  realización  de  las iniciativas acordadas en las  reuniones  del  Consejo  Europeo  de  Edimburgo  y  Copenhague revisten por consiguiente una importancia capital.</p>
    <p class="parrafo">A  medio  plazo,  las  políticas  y  los  comportamientos  deben  seguir  siendo compatibles  con  la  estabilidad.  Deben  contribuir  a superar los factores de rigidez   y   poner   fin  a  la  desfavorable  reducción  del  ahorro  nacional resultante   de   los   elevados   déficits  públicos.  Se  reforzarán  así  las condiciones  de  la  inversión  y  el  potencial  de crecimiento de la Comunidad permitiéndose   durante   numerosos   años  un  crecimiento  más  fuerte  y  más generador de empleo.</p>
    <p class="parrafo">Orientaciones de política económica</p>
    <p class="parrafo">Con  el  fin  de  crear  las  condiciones  para  la realización de los objetivos económicos  de  la  Comunidad,  sobre  todo  en  materia de aumento del empleo y disminución  del  desempleo,  el  Consejo  adopta  las  siguientes orientaciones</p>
    <p class="parrafo">generales de política económica:</p>
    <p class="parrafo">Estabilidad de precios y tipos de cambio</p>
    <p class="parrafo">La  Comunidad  intentará  mantener  un  marco macroeconómico estable, debiéndose alcanzar  para  1996  en  la  mayoría  de los Estados miembros una tasa media de inflación  no  superior  al  2  o  al 3 % como una etapa hacia la estabilidad de precios en la Comunidad.</p>
    <p class="parrafo">Todas  las  políticas  y  todos  los  comportamientos deberán ser coherentes con este  objetivo.  Los  Estados  miembros  que  ya  han  alcanzado  dicho nivel de inflación  deberán  garantizar  que  las  medidas adoptadas sean compatibles con su  mantenimiento.  Los  restantes  Estados  miembros  deben adoptar iniciativas enérgicas  que  den  lugar  a  tipos de interés menos elevados a corto y a largo plazo,  por  ejemplo  iniciativas  en  materia de saneamiento presupuestario, de evolución  de  los  salarios  y  de  precios  inflacionistas en el sector de los servicios.</p>
    <p class="parrafo">Si   estas   medidas   se   aplican   con  suficiente  rapidez,  se  darían  las condiciones  para  un  descenso  tanto de los tipos de interés nominales como de los  tipos  de  interés  reales  paralelo  a una disminución de las expectativas de  inflación.  La  puesta  en  marcha  del IME representará un factor adicional de  estabilidad  y  de  cooperación,  dada  la  importancia  de  su  papel en el reforzamiento  de  los  mecanismos  de  coordinación de las políticas monetarias de  los  Estados  miembros  así  como  en  la supervisión del funcionamiento del Sistema Monetario Europeo.</p>
    <p class="parrafo">El  altro  grado  de  integración  y  la  recogida de los beneficios del mercado interior  exigen  que  la  Comunidad  siga  persiguiendo  una estabilidad de los tipos  de  cambio  basada  en un esfuerzo común encaminado a la convergencia y a la  creación  de  cimientos  económicos  sanos  en todos los Estados miembros de la Comunidad.</p>
    <p class="parrafo">La  Comunidad  reafirma  su  compromiso  con  el  proceso  hacia  la  UEM  y  el calendario  del  mismo  acordados  en  el  Tratado de la Unión Europea y, a este fin, intensificará sus esfuerzos para lograr la convergencia económica.</p>
    <p class="parrafo">Saneamiento de las finanzas públicas</p>
    <p class="parrafo">El   restablecimiento   de  la  confianza  requiere  que  en  1994  los  Estados miembros  eviten  cualquier  nuevo  deterioro  de  su situación presupuestaria y se  preparen  a  proseguir  el  proceso de reducción del déficit. En los Estados miembros  en  que  la  situación presupuestaria es más preocupante, la confianza se  beneficiará  de  que  se  acometa  inmediata  y  decididamente el proceso de saneamiento.  Esto  es  válido  sobre  todo  en  el caso de los Estados miembros cuyos   coeficientes   de  endeudamiento  son  muy  elevados  y  crecientes.  El proceso  de  consolidación  presupuestaria  debería  intensificarse  en aquellos Estados  miembros  con  un  elevado  déficit  presupuestario  y  cuya  situación económica  se  espera  que  sea  relativamente  favorable  en 1994. En los demás Estados  miembros  será  necesario  un  estricto control presupuestario en 1994, aunque   éste   tendrá   que   centrarse   principalmente   en  la  adopción  de estrategias  de  consolidación  a  medio  plazo  dignas  de  crédito, anunciando desde  ahora  medidas  que  no  entrarían  en  vigor  hasta dentro de unos años, cuando   la   recuperación   se   afiance.  En  el  plano  comunitario,  deberán respetarse  los  límites  de  gastos  e ingresos acordados en el Consejo Europeo de Edimburgo.</p>
    <p class="parrafo">En  1995,  los  Estados  miembros deberán perseverar en sus esfuerzos por lograr que  vuelva  a  ser  sostenible  la situación de sus finanzas públicas. Teniendo en  cuenta  el  crecimiento  previsto  para los próximos años, ello significa la adopción   de   iniciativas   encaminadas   a   la  reducción  de  los  déficits presupuestarios  al  valor  de  referencia  indicado  en  el Tratado de la Unión Europea  (3  %  del  PIB).  La  mayor  parte  de  los  Estados miembros están en condiciones  de  alcanzar  dicho  objetivo  en  1996, mientras que los restantes necesitan  más  tiempo.  Dichas  iniciativas  contribuirán  a  que  se cumpla el criterio relativo a la deuda pública establecido en el Tratado.</p>
    <p class="parrafo">Las  medidas  aplicadas  para  sanear los presupuestos públicos deberán conceder prioridad  a  la  reducción  de  los  gastos  corrientes  y  a  la  mejora de la eficacia   del   sistema   fiscal,   intensificando   por  ejemplo  las  medidas adoptadas  para  luchar  contra  el  fraude  fiscal.  Todos los Estados miembros deben  reorientar  el  gasto  público  hacia  finalidades  más productivas y, en particular, hacia un aumento de la inversión.</p>
    <p class="parrafo">A  largo  plazo  las  políticas  presupuestarias  de  los  Estados  miembros  se orientarán  a  contribuir  a  un  aumento del ahorro nacional y de la inversión, lo  que  traerá  consigo  una  gran  reducción  de  los déficits presupuestarios (quizás próximos al equilibrio para el año 2000).</p>
    <p class="parrafo">Creación de más puestos de trabajo</p>
    <p class="parrafo">Los  Estados  miembros  y  la Comunidad deberán actuar con decisión para mejorar el  funcionamiento  de  sus  economías,  intentando  en  particular  mejorar  la competitividad  y  la  capacidad  de la Comunidad para crear puestos de trabajo. Debido  a  las  características  institucionales,  legislativas  o contractuales específicas   de   cada   Estado   miembro,  la  acción  de  la  Comunidad  debe concentrarse   en  la  definición  de  los  objetivos,  dejando  a  los  Estados miembros la elección de los medios.</p>
    <p class="parrafo">Este  tipo  de  medidas  estructurales se pondrán de relieve en el próximo Libro blanco sobre «Crecimento, competitividad y empleo».</p>
    <p class="parrafo">Salarios, inversión y empleo</p>
    <p class="parrafo">Los  Estados  miembros  se  fijan  el  objetivo  de un incremento sensible de la participación  de  la  inversión  en  su PIB. El logro de dicho objetivo resulta imprescindible   para  aumentar  el  potencial  de  crecimiento  duradero  y  no inflacionario  de  la  economía  europea  a  medio  y  largo  plazo.  Además, la recuperación  de  la  inversión  privada  contribuirá, a corto plazo, a fomentar la demanda.</p>
    <p class="parrafo">La  recuperación  de  la  inversión será posible si la sociedad está dispuesta a hacer  hoy  los  esfuerzos  que  en  el futuro traerán más prosperidad y puestos de  trabajo.  Ello  supone,  entre otros aspectos, una evolución de los salarios compatible  con  la  mejora  de  la  rentabilidad  de  las  inversiones  y de la competitividad de las empresas europeas en los mercados mundiales.</p>
    <p class="parrafo">Dicho  proceso  contribuirá  asimismo  a  favorecer  la  creación  de puestos de trabajo prontamente.</p>
    <p class="parrafo">A  corto  plazo,  la  necesidad  de crear nuevos puestos de trabajo no permitirá un  aumento  de  los  salarios  reales  en  la  mayoría  de los países, pudiendo conducir,  en  algunos  sectores  de  la economía, a un descenso de los salarios reales.  No  obstante,  la  evolución  salarial  presentará  una  diferenciación adecuada  en  función  de  la  situación de los países miembros, de los sectores</p>
    <p class="parrafo">industriales   y   de   las   empresas,   así   como   de   las  cualificaciones profesionales y la experiencia profesional.</p>
    <p class="parrafo">Con  este  fin,  los  gobiernos  y  los  interlocutores  sociales se servirán de todos  los  instrumentos  que  los  procedimientos nacionales ponen a su alcance para   garantizar   que   la   evolución   salarial  de  sus  países  se  adapte rápidamente al objetivo en materia de inflación.</p>
    <p class="parrafo">La  moderación  salarial  en  el  sector  público es asimismo importante, por un lado   para  aligerar  las  finanzas  públicas  y  acelerar  el  fomento  de  la inversión pública y, por otro lado, para dar ejemplo al sector privado.</p>
    <p class="parrafo">Las  negociaciones  efectuadas  de  forma  descentralizada (a nivel de ramo o de empresa)  pueden  introducir  fórmulas  que  permitan favorecer nuevas formas de organización del trabajo sobre una base económica sana.</p>
    <p class="parrafo">Reducción del coste indirecto del trabajo</p>
    <p class="parrafo">Donde  haga  falta,  los  Estados  miembros  deberán  incrementar  sus esfuerzos para  efectuar  una  reducción  significativa  del  coste indirecto del trabajo. Esto  permitirá  lograr  un  mayor equilibrio entre los costes de los diferentes factores   de   producción.  Sin  dicho  reequilibrio,  el  factor  trabajo,  en particular el trabajo poco cualificado, resulta excesivamente afectado.</p>
    <p class="parrafo">La acción que debe abordarse en dicho sector perseguirá un doble objetivo:</p>
    <p class="parrafo">-  deberá  favorecer  la  creación  de  puestos  de trabajos en los servicios de proximidad  cuyo  desarrollo  se  ve  hoy  en  día desincentivado por lo gravoso del coste indirecto del trabajo;</p>
    <p class="parrafo">-  vinculada  a  la  moderación  salarial,  debería  asimismo  salvar puestos de trabajo  en  el  sector  expuesto  a  la  competencia  internacional frenando la sustitución  del  capital  al  factor  trabajo  y  el  traslado  de  centros  de actividad.</p>
    <p class="parrafo">A  fin  de  encauzar  el  proceso  en  la  dirección  deseada,  se  invita a los Estados  miembros  a  que  determinen  la  medida  en  que una adaptación de los modos  de  financiación  de  su  sistema  de  protección  social,  combinada con medidas  de  saneamiento,  podría  contribuir  mejor  a  fomentar  el empleo. No obstante,   las   modificaciones   introducidas  en  los  sistemas  no  deberían incrementar  el  endeudamiento  de  los  Estados miembros. Esta cuestión volverá a  estudiarse  a  escala  comunitaria  tomando  como  base  los  informes de los Estados  miembros.  Medidas  fiscales,  relativas,  entre  otras cosas, al medio ambiente,  podrán  constituir  uno  de  los  medios  de compensar la baja de las cotizaciones  sociales,  en  un  contexto general de estabilización del conjunto de las cotizaciones obligatorias y de reducción de la presión fiscal.</p>
    <p class="parrafo">Política activa de empleo</p>
    <p class="parrafo">El  logra  de  dicho  objetivo  dependerá  asimismo  de  una  adaptación  de las políticas de empleo a los cambios económicos actuales.</p>
    <p class="parrafo">Se invita a los Estados miembros a que:</p>
    <p class="parrafo">-   mejoren   los  sistemas  educativos  y  de  formación  permanente  para  que aquellos  que  vayan  a  entrar  en el mercado laboral dispongan de la capacidad de   evolucionar   profesionalmente  ofreciendo  al  mismo  tiempo  competencias útiles para las empresas;</p>
    <p class="parrafo">-  faciliten  la  reinserción  de  los  parados  de larga duración en el mercado laboral;</p>
    <p class="parrafo">- mejoren el funcionamiento de los servicios locales de colocación;</p>
    <p class="parrafo">-  flexibilicen  las  rigideces  excesivas  que impiden un funcionamiento eficaz del mercado laboral;</p>
    <p class="parrafo">- mejoren la movilidad laboral;</p>
    <p class="parrafo">-  promuevan  medidas  de  liberalización encaminadas a los sectores protegidos, incluida, en su caso, la industria de servicios.</p>
    <p class="parrafo">Realización plena del gran mercado</p>
    <p class="parrafo">La   existencia   de   un   gran   mercado  interior  con  vocación  exportadora constituye   una   baza   importante  de  la  economía  europea,  que  debe  ser plenamente   explotada.   La  trasposición  íntegra  al  plano  nacional  de  la normativa  comunitaria.  La  mejora  y  simplificación  de la reglamentación, la creación  de  un  entorno  fiscal,  administrativo  y financiero favorable a las PYME,  la  aplicación  de  las  normas de competencia y el control de las ayudas estatales son factores esenciales en la realización del gran mercado.</p>
    <p class="parrafo">En  el  mismo  contexto,  debe  mejorarse la eficacia del mercado de capitales a fin  de  fomentar  la  afluencia  del  ahorro  hacia las inversiones productivas generadoras de empleo.</p>
    <p class="parrafo">Las  redes  transeuropeas  constituyen  asimismo  un  elemento  esencial para el buen  funcionamiento  del  mercado  interior  y  para reforzar la competitividad económica.  El  Consejo  utilizará  rápida y plenamente las nuevas posibilidades ofrecidas por el Tratado (artículo 129 B).</p>
    <p class="parrafo">Las   orientaciones   de   política   económica   que   se   acaban  de  exponer constituirán  el  punto  de  referencia  de  todos  los  futuros  ejercicios  de vigilancia  multilateral.  La  puesta  en  práctica  de  dichas orientaciones se supervisará  con  arreglo  a  los  procedimientos establecidos en el Tratado. El Consejo  evaluará  asimismo  la  aplicación  de dichas orientaciones en el marco de  su  evaluación  de  los  programas  de  los  Estados  miembros en materia de convergencia.</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el 22 de diciembre de 1993.</p>
    <p class="parrafo">Por el Consejo</p>
    <p class="parrafo">El Presidente</p>
    <p class="parrafo">J.-M. DEHOUSSE</p>
  </texto>
</documento>
