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    <identificador>DOUE-L-1993-82048</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9000">Comunidades Europeas</departamento>
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    <fecha_disposicion>19931125</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>659/1993</numero_oficial>
    <titulo>Decisión de la Comisión, de 25 de noviembre de 1993, relativa a la liquidación de cuentas de los Estados miembros, correspondientes a los gastos financiados por la sección de Garantía del Fondo Europeo de Orientación y de Garantía Agrícola (FEGOA) respecto al ejercicio financiero de 1990.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de las Comunidades Europeas</diario>
    <fecha_publicacion>19931208</fecha_publicacion>
    <diario_numero>301</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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          <texto>Reglamento 2776/88, de 7 de septiembre</texto>
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          <texto>parcialmente por Sentencia de 4 de julio de 1996</texto>
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          <texto>el Anexo, por Decisión 94/1077, de 30 de noviembre</texto>
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  <texto>
    <p class="parrafo">LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,</p>
    <p class="parrafo">Visto  el  Reglamento  (CEE)  no  729/70  del  Consejo,  de 21 de abril de 1970, sobre   la   financiación  de  la  política  agrícola  común  (1),  cuya  última modificación   la   constituye  el  Reglamento  (CEE)  no  2048/88  (2),  y,  en particular, el apartado 2 de su artículo 5,</p>
    <p class="parrafo">Previa consulta al Comité del Fondo,</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que,  con  arreglo  a  la  letra  b) del apartado 2 del artículo 5 del   Reglamento  (CEE)  no  729/70,  la  Comisión,  basándose  en  las  cuentas anuales  presentadas  por  los  Estados  miembros, debe verificar las cuentas de los   gastos   pagados  por  los  servicios  y  organismos  contemplados  en  el artículo 4 de dicho Reglamento;</p>
    <p class="parrafo">Considerando   que   los  Estados  miembros  han  remitido  a  la  Comisión  los documentos  necesarios  para  la  revisión  de  cuentas  del  ejercicio de 1990; que,  según  la  letra  a) del apartado 2 del artículo 5 del Reglamento (CEE) no 729/70,  el  ejercicio  de  1990  comenzó el 16 de octubre de 1989 y finalizó el 15 de octubre de 1990;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  la  Comisión  ha  procedido a las comprobaciones previstas en el apartado 2 del artículo 9 del Reglamento (CEE) no 729/70;</p>
    <p class="parrafo">Considerando   que,   de   acuerdo  con  lo  dispuesto  en  el  artículo  8  del Reglamento  (CEE)  no  1723/72  de la Comisión, de 26 de julio de 1972, relativo a  la  liquidación  de  las cuentas referentes al Fondo Europeo de Orientación y de  Garantía  Agrícola,  sección  Garantía  (3),  cuya  última  modificación  la constituye  el  Reglamento  (CEE)  no  295/88 (4), la decisión de liquidación de las  cuentas  implica  la  determinación del importe de los gastos realizados en cada  Estado  miembro  durante  el  año de que se trate, reconocidos con cargo a la  sección  de  Garantía  del  FEOGA;  que,  de acuerdo con el artículo 102 del Reglamento   financiero   de   21   de   diciembre  de  1977  (5),  cuya  última modificación  la  constituye  el  Reglamento (Euratom, CECA, CEE) no 610/90 (6), el   resultado  de  la  decisión  de  liquidación,  que  constituye  la  posible diferencia  entre  el  total  de gastos a cargo correspondientes al ejercicio de que  se  trate,  en  aplicación  de  los  artículos 100 y 101, y el total de los gastos   reconocidos  por  la  Comisión  en  la  liquidación  de  cuentas,  debe consignarse en un artículo único como gasto de más o de menos;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que,  con  arreglo  a  los artículos 2 y 3 del Reglamento (CEE) no 729/70,  sólo  pueden  financiarse  las restituciones por exportación a terceros países  y  las  intervenciones  destinadas  a  la regularización de los mercados agrícolas,  concedidas  o  emprendidas,  respectivamente,  de  acuerdo  con  las normas  comunitarias  de  la  organización  común  de mercados agrícolas; que, a raíz  de  las  comprobaciones  y,  por consiguiente, no puede ser financiada por la  sección  de  Garantía  del  FEOGA;  que  en el Anexo de la presente Decisión figuran  los  importes  declarados  por  los  Estados  miembros de que se trata, los  importes  reconocidos  a  cargo  de  la  sección de Garantía del FEOGA y la diferencia  entre  ambos  importes,  así  como  las diferencias entre los gastos reconocidos  a  cargo  de  la  sección de Garantía del FEOGA y los imputados con cargo al ejercicio;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  los  gastos  declarados por Grecia en concepto de realización del  programa  de  mejora  de  la  leche,  por un importe de 343 019 260 dracmas griegas,  no  son  objeto  de  la  presente  Decisión,  dado que es necesario un examen  complementario  de  este  asunto  habida  cuenta  de  la situación en la ejecución  de  los  contratos  celebrados; que, por lo tanto, dichos importes se han  deducido  de  los  gastos  declarados por dicho Estado miembro con cargo al ejercicio considerado y se liquidarán posteriormente;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  los  gastos  con  cargo  al  ejercicio de 1990 no reconocidos por   la  presente  Decisión  incluyen  importes  de  29  492  159  232  pesetas españolas  para  España,  de  369  593 980 dracmas griegas para Grecia, y de 526 309   029   147   liras  italianas  para  Italia,  correspondientes  a  la  tasa suplementaria  que  habrían  debido  recaudar  estos  tres Estado miembros en el sector  de  la  leche  y  los productos lácteos; que esas correcciones tienen en cuenta  el  aumento  provisional,  decidido  por  el  Consejo, de las cantidades globales  garantizadas  de  leche  de  los tres Estados miembros citados para la campaña  1993/94;  que  dichos  Estados  miembros  deben  hacerse  cargo  de los importes  corregidos  en  virtud  de  la  presente  Decisión; que la Comisión se reserva   la   posibilidad   de   aplicar,  en  el  marco  de  una  decisión  de liquidación  de  cuentas  posterior,  una  corrección financiera correspondiente</p>
    <p class="parrafo">a   la  totalidad  de  las  entregas  excedentarias  si  sus  comprobaciones  no confirman  la  aplicación  efectiva  del  régimen  de cuotas lecheras en Grecia, España  y  en  Italia  en  los  plazos fijados por el Consejo; que, no obstante, ello no afecta a la aplicación inmediata de la presente Decisión;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  los  gastos  que  la  presente Decisión no reconoce con cargo al  ejercicio  de  1990  representan,  en  el  caso de Grecia, un importe de 859 315  339  dracmas  griegas  y,  en  el  de  Italia,  de  15  697  544  030 liras italianas,  correspondientes  a  las  restituciones por exportación en el sector del  tabaco;  que  tampoco  se  reconocen los gastos relacionados con las primas por  el  tabaco,  en  Grecia,  por  un importe de 3 632 654 033 dracmas griegas; que,  en  vista  del  incumplimiento  de algunas disposiciones comunitarias, los mencionados   Estados   miembros   deberán   hacerse   cargo   de  los  importes corregidos  en  virtud  de  la  presente  Decisión;que,  sin  embargo, dadas las especiales  circunstancias  de  estos  casos,  está  justificado que la Comisión examine   de   nuevo   su  negativa  de  financiación  que  supone  la  presente liquidación   de   cuentas   cuando   disponga   de   los   resultados   de  las comprobaciones  que  se  están  llevando  a  cabo;  que,  no  obstante,  ello no afecta a la aplicación inmediata de la presente Decisión;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  la  Decisión  90/644/CEE  de  la  Comisión  (1),  cuya última modificación  la  constituye  la  Decisión  92/315/CEE  (2),  correspondiente al ejercicio  de  1988,  no  tuvo  en  cuenta  un importe de 48 065 056 733 dracmas griegas  declaradas  por  Grecia  y correspondientes a ayudas a la producción de algodón;  que  la  Decisión  92/491/CEE  de  la  Comisión (3), modificada por la Decisión  93/524/CEE  (4),  correspondiente  al  ejercicio  de  1989, no tuvo en cuenta  los  importes  de  760  841  808,23 marcos alemanes de restituciones por exportación;  de  58  005  839  787 dracmas griegas de ayudas a la producción de algodón,  al  almacenamiento  en  intervención de tabaco embalado, y al arranque de   viñedos;  de  1  766  026  057  pesetas  españolas,  499  800  000  francos franceses  y  103  600  591 415 liras italianas de ayudas al arranque de viñedos y  de  293  514  782,91  libras  irlandesas y 19 702 437,99 libras esterlinas de restituciones  por  exportación;  que  la  Comisión  ha finalizado el estudio de estos  gastos  y,  por  lo  tanto,  debe determinar, en la presente Decisión, el curso que ha de darse a estos casos;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  la  Decisión  92/491/CEE fijó, bajo reserva, las correcciones financieras   en   el   sector   de   las  restituciones  por  exportación,  que representan,  para  Bélgica,  un  importe  de  101  462 150 francos belgas; para España,  626  592  450  pesetas  españolas;  para  Irlanda,  5  990  097  libras irlandesas  y,  para  el  Reino  Unido,  4  051  029  libras esterlinas; que, no obstante,  la  Comisión  se  comprometió  a  reconsiderar  esa  negativa  si los Estados  miembros  correspondientes,  mediante  un  control suplementario de los gastos  de  que  se  trata,  presentaban pruebas que pudieran eliminar las dudas sobre    la    pertinencia    de   las   restituciones   declaradas;   que   las investigaciones   realizadas   con   motivo   de   esta   reserva   en  empresas exportadoras  irlandesas  no  reveló  anomalías  en la declaración y que, por lo tanto,  es  conveniente  asumir  el  importe correspondiente a Irlanda; que, por el  contrario,  las  investigaciones  efectuadas  en  Bélgica, España y el Reino Unido   revelaron   anomalías  en  las  declaraciones;  que,  por  consiguiente, procede  fijar  correcciones  financieras  definitivas  de  22  646  327 francos</p>
    <p class="parrafo">belgas  con  respecto  a  Bélgica,  24  002 044 pesetas españolas con respecto a España  y  51  169  libras  esterlinas  con  respecto  al  Reino  Unido; que, en consecuencia,  es  conveniente  que  el presupuesto comunitario se haga cargo de los  importes  de  78  815 823 francos belgas correspondientes a Bélgica, de 602 590  406  pesetas  españolas  a España y de 3 999 860 libras esterlinas al Reino Unido;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  la  Decisión  92/491/CEE  de  liquidación de cuentas respecto al  ejercicio  de  1989  fijó,  bajo  reserva,  una  corrección  financiera para Bélgica  por  un  importe  de  71  307  680 francos belgas correspondientes a la exacción  reguladora  de  base  y  a la tasa suplementaria de corresponsabilidad que  habría  debido  recaudarse  en el sector de los cereales; que, no obstante, la  Comisión  se  comprometió  a  reconsiderar esta negativa siempre que Bélgica presentase  las  pruebas  solicitadas;  que  ni  el  estudio  de  los documentos presentados,  ni  los  resultados  de  los  controles  efectuados  han  revelado elementos  que  invaliden  la  pertinencia  de la corrección ni se ha demostrado que  la  situación  de  los  controles  de  la percepción de las exacciones haya cambiado  suficientemente;  que,  sin  embargo,  existen  elementos que permiten reducir  la  corrección  en  30  275  887  francos belgas; que, por lo tanto, es conveniente que el presupuesto comunitario se haga cargo de esta cantidad;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  la  Decisión  92/491/CEE fijó, bajo reserva, las correcciones financieras  relativas  a  Alemania  por un importe de 4 217 752 marcos alemanes correspondientes  a  las  restituciones  por exportación de carne de vacuno y un importe  de  1  609  109  marcos  alemanes  correspondientes  al  almacenamiento privado  de  carne  de  vacuno;  a  Francia, por un importe de 1 500 000 francos franceses  correspondientes  al  pago  retrasado  de una parte del precio mínimo de  la  ayuda  a  la producción de guisantes, habas y haboncillos; a Italia, por un   importe   de   1   241  513  490  liras  italianas  correspondientes  a  la compensación   financiera   por   la  retirada  de  frutas  y  hortalizas;  y  a Portugal,  por  un  importe  de  80 074 799 escudos portugueses correspondientes a   la  compensación  financiera  por  la  retirada  de  pescado  en  el  sector pesquero;  que,  no  obstante,  la  Comisión se comprometió a reconsiderar estas negativas  siempre  que  los  citados  Estados  miembros presentasen las pruebas solicitadas;   que,  en  vista  de  las  pruebas  presentadas  por  los  Estados miembros  de  que  se  trate,  el presupuesto comunitario puede hacerse cargo de los mencionados importes;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  la  Decisión  92/491/CEE  fijó,  bajo reserva, una corrección financiera   para  Grecia  por  un  importe  de  120  296  927  dracmas  griegas correspondientes  a  las  restituciones  por exportación concedidas en el sector de  los  cereales  por  la  concesión  ilegal de subvenciones nacionales para la exportación;  que,  no  obstante,  la  Comisión  se  comprometió  a reconsiderar esta   negativa   de   financiación;   que  las  comprobaciones  complementarias efectuadas   por  la  Comisión  no  han  revelado  elementos  que  invaliden  la pertinencia   de   la   corrección  financiera;  que,  por  consiguiente,  dicha corrección es definitiva;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  el  Tribunal  de Justicia, por su sentencia de 22 de junio de 1993  en  el  asunto  C-56/91,  (Grecia  contra Comisión) (1), anuló la decisión de  liquidación  de  cuentas  de  Grecia correspondiente al ejercicio de 1988 en la  medida  en  que  ésta  había  adoptado  una  corrección  financiera  por  un</p>
    <p class="parrafo">importe  de  245  233  dracmas  griegas  correspondiente  a la venta de carne de vacuno  que  se  encontraba  en  poder de la intervención en Grecia; que de ello se  desprende  que,  de  conformidad  con  el  artículo 176 del Tratado, procede que,   con   motivo   de   la  presente  revisión  de  cuentas,  el  presupuesto comunitario se haga cargo del citado importe con cargo el ejercicio de 1988;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que,  mediante  dos  sentencias  de 14 de julio de 1967 y de 30 de noviembre  de  1967,  el  Tribunal  de  Justicia  hizo  constar  en  los asuntos acumulados  5,  7  y  13  a  24  (Firma  Kampffmeyer) (2) y 30/66 (Firma Becher) (3),  respectivamente,  la  responsabilidad  no  contractual  de  la Comisión de reparar  los  daños  causados  por  su Decisión 63/553/CEE (4), mediante la cual autorizó  a  Alemania  a  mantener  una medida de protección en el sector de los cereales;  que,  en  las  citadas  sentencias,  el Tribunal decidió asimismo que los  importes  que  debían  pagarse  a  los  operadores interesados dependían de los   importes  de  daños  y  perjuicios  que  les  concediera  la  jurisdicción alemana;  que  Alemania  indemnizó  por  completo  a  los operadores interesados mediante   los  procedimientos  judiciales  nacionales;  que,  a  partir  de  la información   enviada   por   el   Gobierno   alemán   y   de   acuerdo  con  la responsabilidad  solidaria  de  este  Gobierno  y  de  la Comisión por los daños causados,  es  conveniente  que  ésta  cargue  en  el presupuesto comunitario un importe  de  955  721  marcos  alemanes,  que representa la mitad de la cantidad abonada por Alemania;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  han  finalizado,  en Bélgica, las investigaciones relativas a las  medidas  excepcionales  de  apoyo  del  mercado en el sector de la carne de porcino  y  a  la  transformación  de  mantequilla  en butteroil; en Italia, las investigaciones  sobre  la  calidad  del trigo duro comprobado en intervención y los  controles  de  las  operaciones  de retirada de frutas y hortalizas; en los Países   Bajos,   una   investigación   sobre   la   subvencionabilidad   de  la mantequilla  comprada  en  intervención  entre  1982  y  1987,  y,  en Irlanda e Italia,  las  investigaciones  en  relación  con  el  almacenamiento  público de intervención  en  el  sector  de  la  carne  de vacuno; que la presente Decisión debe determinar el curso que ha de darse a estos casos;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  el  artículo  8  del Reglamento (CEE) no 729/70 establece que las   consecuencias  financieras  de  las  irregularidades  o  las  negligencias serán  costeadas  por  la  Comunidad,salvo  que  resulten  de  irregularidades o negligencias  imputables  a  las  administraciones  u  organismos de los Estados miembros;  que  es  conveniente  incluir  en  el  ámbito de la presente Decisión algunas  de  las  consecuencias  financieras  a las que no pueda hacer frente el presupuesto comunitario;</p>
    <p class="parrafo">Considerando   que   la   presente   Decisión   se  entiende  sin  perjuicio  de consecuencias   financieras   que   puedan  aplicarse,  en  una  liquidación  de cuentas   posterior,   por   ayudas   nacionales  o  infracciones  por  las  que permacezcan  abiertos,  o  se  hayan  cerrado  después  del 30 de abril de 1993, procedimientos iniciados en virtud de los artículos 93 y 169 del Tratado;</p>
    <p class="parrafo">Considerando   que   la   presente   Decisión   no  prejuzga  las  consecuencias financieras   que   la   Comisión   deduzca,   en  una  liquidación  de  cuentas posterior,  de  investigaciones  en  curso  el  día  de  la fecha de la presente Decisión,  de  irregularidades  de  acuerdo  con  el  artículo  8 del Reglamento (CEE)   no   729/90  o  de  sentencias  del  Tribunal  de  Justicia  en  asuntos</p>
    <p class="parrafo">actualmente  pendientes  y  que  se  refieran a cuestiones que sean objeto de la presente Decisión,</p>
    <p class="parrafo">HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISION:</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">Las   cuentas   de   los   Estados   miembros   correspondientes  a  los  gastos financiados  por  la  sección  de  Garantía del FEOGA, con cargo al ejercicio de 1990,  quedan  liquidadas  tal  como  se  indica  en  el  Anexo  de  la presente Decisión.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">Los  importes  resultantes  del  punto  3  del Anexo se contabilizarán entre los gastos  contemplados  en  el  artículo  3  del Reglamento (CEE) no 2776/88 de la Comisión (1), con cargo al mes de noviembre de 1993.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 3</p>
    <p class="parrafo">Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el 25 de noviembre de 1993.</p>
    <p class="parrafo">Por la Comisión</p>
    <p class="parrafo">René STEICHEN</p>
    <p class="parrafo">Miembro de la Comisión</p>
    <p class="parrafo">(1) DO no L 94 de 28. 4. 1970, p. 13.</p>
    <p class="parrafo">(2) DO no L 185 de 15. 7. 1988, p. 1.</p>
    <p class="parrafo">(3) DO no L 186 de 16. 8. 1972, p. 1.</p>
    <p class="parrafo">(4) DO no L 30 de 2. 2. 1988, p. 7.</p>
    <p class="parrafo">(5) DO no L 356 de 31. 12. 1977, p. 1.</p>
    <p class="parrafo">(6) DO no L 70 de 16. 3. 1990, p. 1.</p>
    <p class="parrafo">(7) DO no L 350 de 14. 12. 1990, p. 82.</p>
    <p class="parrafo">(8) DO no L 166 de 20. 6. 1992, p. 36.</p>
    <p class="parrafo">(9) DO no L 298 de 14. 10. 1992, p. 23.</p>
    <p class="parrafo">(10) DO no L 252 de 9. 10. 1993, p. 27.</p>
    <p class="parrafo">(11) No publicada aún.</p>
    <p class="parrafo">(12) No publicada en lengua española.</p>
    <p class="parrafo">(13) No publicada en lengua española.</p>
    <p class="parrafo">(14) DO no 146 de 11. 10. 1963, p. 2479/63.</p>
    <p class="parrafo">(15) DO no L 249 de 8. 9. 1988, p. 9.</p>
    <p class="parrafo">ANEXO</p>
    <p class="parrafo">BELGIC</p>
    <p class="parrafo">----------------------------------------------------------------------------</p>
    <p class="parrafo">Gastos correspondientes a la sección de Garantía del FEOGA  |Francos belgas</p>
    <p class="parrafo">Ejercicio financiero: 1990                                  |</p>
    <p class="parrafo">----------------------------------------------------------------------------</p>
    <p class="parrafo">1. Gastos reconocidos                                       |</p>
    <p class="parrafo">a) Gastos declarados por el Estado miembro correspondientes |36 708 849 337</p>
    <p class="parrafo">a la presente liquidación                                   |</p>
    <p class="parrafo">b) Gastos declarados en el ejercicio precedente pero        |0</p>
    <p class="parrafo">excluidos de su liquidación                                 |</p>
    <p class="parrafo">c) Gastos declarados excluidos de la presente liquidación   |0</p>
    <p class="parrafo">d) Gastos declarados que son objeto de la presente          |36 708 849 337</p>
    <p class="parrafo">declaración (a + b + c)                                     |</p>
    <p class="parrafo">e) Gastos no reconocidos                                    |244 678 086</p>
    <p class="parrafo">f) Total de los gastos reconocidos (d + e)                  |36 953 527 423</p>
    <p class="parrafo">2. Gastos imputados                                         |</p>
    <p class="parrafo">a) Gastos imputados con cargo al ejercicio                  |37 223 301 336</p>
    <p class="parrafo">b) Gastos imputados con cargo al ejercicio precedente, pero |0</p>
    <p class="parrafo">excluidos de su liquidación                                 |</p>
    <p class="parrafo">c) Gastos imputados con cargo al presente ejercicio, pero   |0</p>
    <p class="parrafo">excluidos de la presente liquidación                        |</p>
    <p class="parrafo">d) Total de los gastos imputados que son objeto de la       |37 223 301 336</p>
    <p class="parrafo">presente liquidación (a + b + c)                            |</p>
    <p class="parrafo">3. Gastos con cargo o cantidades a girar al Estado miembro  |269 773 913</p>
    <p class="parrafo">tras la liquidación de las cuentas (2d - 1f)                |</p>
    <p class="parrafo">----------------------------------------------------------------------------</p>
    <p class="parrafo">DINAMARC</p>
    <p class="parrafo">----------------------------------------------------------------------------</p>
    <p class="parrafo">Gastos correspondientes a la sección de Garantía del FEOGA |Coronas danesas</p>
    <p class="parrafo">Ejercicio financiero: 1990                                 |</p>
    <p class="parrafo">----------------------------------------------------------------------------</p>
    <p class="parrafo">1. Gastos reconocidos                                      |</p>
    <p class="parrafo">a) Gastos declarados por el Estado miembro                 |8 873 891 435,98</p>
    <p class="parrafo">correspondientes a la presente liquidación                 |</p>
    <p class="parrafo">b) Gastos declarados en el ejercicio precedente pero       |0,-</p>
    <p class="parrafo">excluidos de su liquidación                                |</p>
    <p class="parrafo">c) Gastos declarados excluidos de la presente liquidación  |0,-</p>
    <p class="parrafo">d) Gastos declarados que son objeto de la presente         |8 873 891 435,98</p>
    <p class="parrafo">declaración (a + b + c)                                    |</p>
    <p class="parrafo">e) Gastos no reconocidos                                   |- 12 741 507,81</p>
    <p class="parrafo">f) Total de los gastos reconocidos (d + e)                 |8 861 149 928,17</p>
    <p class="parrafo">|</p>
    <p class="parrafo">2. Gastos imputados                                        |</p>
    <p class="parrafo">a) Gastos imputados con cargo al ejercicio                 |8 886 515 021,72</p>
    <p class="parrafo">|</p>
    <p class="parrafo">b) Gastos imputados con cargo al ejercicio precedente      |0,-</p>
    <p class="parrafo">, pero excluidos de su liquidación                         |</p>
    <p class="parrafo">c) Gastos imputados con cargo al presente ejercicio, pero  |0,-</p>
    <p class="parrafo">excluidos de la presente liquidación                       |</p>
    <p class="parrafo">d) Total de los gastos imputados que son objeto de la      |8 886 515 021,72</p>
    <p class="parrafo">presente liquidación (a + b + c)                           |</p>
    <p class="parrafo">3. Gastos con cargo o cantidades a girar al Estado miembro |25 365 093,55</p>
    <p class="parrafo">tras la liquidación de las cuentas (2d - 1f)               |</p>
    <p class="parrafo">----------------------------------------------------------------------------</p>
    <p class="parrafo">ALEMANI</p>
    <p class="parrafo">----------------------------------------------------------------------------</p>
    <p class="parrafo">Gastos correspondientes a la sección de Garantía del      |Marcos alemanes</p>
    <p class="parrafo">FEOGA Ejercicio financiero: 1990                          |</p>
    <p class="parrafo">----------------------------------------------------------------------------</p>
    <p class="parrafo">1. Gastos reconocidos                                     |</p>
    <p class="parrafo">a) Gastos declarados por el Estado miembro                |9 443 565 291,45</p>
    <p class="parrafo">correspondientes a la presente liquidación                |</p>
    <p class="parrafo">b) Gastos declarados en el ejercicio precedente pero      |760 841 808,23</p>
    <p class="parrafo">excluidos de su liquidación                               |</p>
    <p class="parrafo">c) Gastos declarados excluidos de la presente liquidación |0,-</p>
    <p class="parrafo">|</p>
    <p class="parrafo">d) Gastos declarados que son objeto de la presente        |10 204 407 099,68</p>
    <p class="parrafo">declaración (a + b + c)                                   |</p>
    <p class="parrafo">e) Gastos no reconocidos                                  |- 12 138 098,27</p>
    <p class="parrafo">f) Total de los gastos reconocidos (d + e)                |10 192 269 001,41</p>
    <p class="parrafo">|</p>
    <p class="parrafo">2. Gastos imputados                                       |</p>
    <p class="parrafo">a) Gastos imputados con cargo al ejercicio                |9 444 879 736,04</p>
    <p class="parrafo">b) Gastos imputados con cargo al ejercicio precedente     |760 841 808,23</p>
    <p class="parrafo">, pero excluidos de su liquidación                        |</p>
    <p class="parrafo">c) Gastos imputados con cargo al presente ejercicio, pero |0,-</p>
    <p class="parrafo">excluidos de la presente liquidación                      |</p>
    <p class="parrafo">d) Total de los gastos imputados que son objeto de la     |10 205 721 544,27</p>
    <p class="parrafo">presente liquidación (a + b + c)                          |</p>
    <p class="parrafo">3. Gastos con cargo o cantidades a girar al Estado        |13 452 542,86</p>
    <p class="parrafo">miembro tras la liquidación de las cuentas (2d - 1f)      |</p>
    <p class="parrafo">----------------------------------------------------------------------------</p>
    <p class="parrafo">GRECI</p>
    <p class="parrafo">----------------------------------------------------------------------------</p>
    <p class="parrafo">Gastos correspondientes a la sección de Garantía del FEOGA  |Dracmas griegas</p>
    <p class="parrafo">Ejercicio financiero: 1990                                  |</p>
    <p class="parrafo">----------------------------------------------------------------------------</p>
    <p class="parrafo">1. Gastos reconocidos                                       |</p>
    <p class="parrafo">a) Gastos declarados por el Estado miembro correspondientes |375 713 512 722</p>
    <p class="parrafo">a la presente liquidación                                   |</p>
    <p class="parrafo">b) Gastos declarados en el ejercicio precedente pero        |106 070 896 520</p>
    <p class="parrafo">excluidos de su liquidación                                 |</p>
    <p class="parrafo">c) Gastos declarados excluidos de la presente liquidación   |- 343 019 260</p>
    <p class="parrafo">d) Gastos declarados que son objeto de la presente          |481 441 389 982</p>
    <p class="parrafo">declaración (a + b + c)                                     |</p>
    <p class="parrafo">e) Gastos no reconocidos                                    |- 5 068 077 463</p>
    <p class="parrafo">|</p>
    <p class="parrafo">f) Total de los gastos reconocidos (d + e)                  |476 373 312 519</p>
    <p class="parrafo">|</p>
    <p class="parrafo">2. Gastos imputados                                         |</p>
    <p class="parrafo">a) Gastos imputados con cargo al ejercicio                  |376 000 997 503</p>
    <p class="parrafo">|</p>
    <p class="parrafo">b) Gastos imputados con cargo al ejercicio precedente, pero |106 070 896 520</p>
    <p class="parrafo">excluidos de su liquidación                                 |</p>
    <p class="parrafo">c) Gastos imputados con cargo al presente ejercicio, pero   |- 343 019 260</p>
    <p class="parrafo">excluidos de la presente liquidación                        |</p>
    <p class="parrafo">d) Total de los gastos imputados que son objeto de la       |481 728 874 763</p>
    <p class="parrafo">presente liquidación (a + b + c)                            |</p>
    <p class="parrafo">3. Gastos con cargo o cantidades a girar al Estado miembro  |5 355 562 244</p>
    <p class="parrafo">tras la liquidación de las cuentas (2d - 1f)                |</p>
    <p class="parrafo">----------------------------------------------------------------------------</p>
    <p class="parrafo">ESPAÑ</p>
    <p class="parrafo">----------------------------------------------------------------------------</p>
    <p class="parrafo">Gastos correspondientes a la sección de Garantía del FEOGA |Pesetas</p>
    <p class="parrafo">Ejercicio financiero: 1990                                 |españolas</p>
    <p class="parrafo">----------------------------------------------------------------------------</p>
    <p class="parrafo">1. Gastos reconocidos                                      |</p>
    <p class="parrafo">a) Gastos declarados por el Estado miembro                 |277 982 315 185</p>
    <p class="parrafo">correspondientes a la presente liquidación                 |</p>
    <p class="parrafo">b) Gastos declarados en el ejercicio precedente pero       |1 766 026 057</p>
    <p class="parrafo">excluidos de su liquidación                                |</p>
    <p class="parrafo">c) Gastos declarados excluidos de la presente liquidación  |0</p>
    <p class="parrafo">d) Gastos declarados que son objeto de la presente         |279 748 341 242</p>
    <p class="parrafo">declaración (a + b + c)                                    |</p>
    <p class="parrafo">e) Gastos no reconocidos                                   |- 29 224 069 973</p>
    <p class="parrafo">|</p>
    <p class="parrafo">f) Total de los gastos reconocidos (d + e)                 |250 524 271 269</p>
    <p class="parrafo">2. Gastos imputados                                        |</p>
    <p class="parrafo">a) Gastos imputados con cargo al ejercicio                 |277 910 254 332</p>
    <p class="parrafo">b) Gastos imputados con cargo al ejercicio precedente      |1 766 026 057</p>
    <p class="parrafo">, pero excluidos de su liquidación                         |</p>
    <p class="parrafo">c) Gastos imputados con cargo al presente ejercicio, pero  |0</p>
    <p class="parrafo">excluidos de la presente liquidación                       |</p>
    <p class="parrafo">d) Total de los gastos imputados que son objeto de la      |279 676 280 389</p>
    <p class="parrafo">presente liquidación (a + b + c)                           |</p>
    <p class="parrafo">3. Gastos con cargo o cantidades a girar al Estado miembro |29 152 009 120</p>
    <p class="parrafo">tras la liquidación de las cuentas (2d - 1f)               |</p>
    <p class="parrafo">----------------------------------------------------------------------------</p>
    <p class="parrafo">FRANCI</p>
    <p class="parrafo">----------------------------------------------------------------------------</p>
    <p class="parrafo">Gastos correspondientes a la sección de Garantía del      |Francos franceses</p>
    <p class="parrafo">FEOGA Ejercicio financiero: 1990                          |</p>
    <p class="parrafo">----------------------------------------------------------------------------</p>
    <p class="parrafo">1. Gastos reconocidos                                     |</p>
    <p class="parrafo">a) Gastos declarados por el Estado miembro                |35 969 122 771,86</p>
    <p class="parrafo">correspondientes a la presente liquidación                |</p>
    <p class="parrafo">b) Gastos declarados en el ejercicio precedente pero      |499 800 000,-</p>
    <p class="parrafo">excluidos de su liquidación                               |</p>
    <p class="parrafo">c) Gastos declarados excluidos de la presente liquidación |0,-</p>
    <p class="parrafo">|</p>
    <p class="parrafo">d) Gastos declarados que son objeto de la presente        |36 468 922 771,86</p>
    <p class="parrafo">declaración (a + b + c)                                   |</p>
    <p class="parrafo">e) Gastos no reconocidos                                  |- 115 180 309,60</p>
    <p class="parrafo">f) Total de los gastos reconocidos (d + e)                |36 353 742 462,26</p>
    <p class="parrafo">|</p>
    <p class="parrafo">2. Gastos imputados                                       |</p>
    <p class="parrafo">a) Gastos imputados con cargo al ejercicio                |35 969 357 000,-</p>
    <p class="parrafo">b) Gastos imputados con cargo al ejercicio precedente     |499 800 000,-</p>
    <p class="parrafo">, pero excluidos de su liquidación                        |</p>
    <p class="parrafo">c) Gastos imputados con cargo al presente ejercicio, pero |0,-</p>
    <p class="parrafo">excluidos de la presente liquidación                      |</p>
    <p class="parrafo">d) Total de los gastos imputados que son objeto de la     |36 469 157 000,-</p>
    <p class="parrafo">presente liquidación (a + b + c)                          |</p>
    <p class="parrafo">3. Gastos con cargo o cantidades a girar al Estado        |115 414 537,74</p>
    <p class="parrafo">miembro tras la liquidación de las cuentas (2d - 1f)      |</p>
    <p class="parrafo">----------------------------------------------------------------------------</p>
    <p class="parrafo">IRLAND</p>
    <p class="parrafo">----------------------------------------------------------------------------</p>
    <p class="parrafo">Gastos correspondientes a la sección de Garantía del FEOGA |Libras</p>
    <p class="parrafo">Ejercicio financiero: 1990                                 |irlandesas</p>
    <p class="parrafo">----------------------------------------------------------------------------</p>
    <p class="parrafo">1. Gastos reconocidos                                      |</p>
    <p class="parrafo">a) Gastos declarados por el Estado miembro                 |1 285 174 312,84</p>
    <p class="parrafo">correspondientes a la presente liquidación                 |</p>
    <p class="parrafo">b) Gastos declarados en el ejercicio precedente pero       |293 514 782,91</p>
    <p class="parrafo">excluidos de su liquidación                                |</p>
    <p class="parrafo">c) Gastos declarados excluidos de la presente liquidación  |0,-</p>
    <p class="parrafo">d) Gastos declarados que son objeto de la presente         |1 578 689 095,75</p>
    <p class="parrafo">declaración (a + b + c)                                    |</p>
    <p class="parrafo">e) Gastos no reconocidos                                   |- 2 546 763,54</p>
    <p class="parrafo">f) Total de los gastos reconocidos (d + e)                 |1 576 142 332,21</p>
    <p class="parrafo">|</p>
    <p class="parrafo">2. Gastos imputados                                        |</p>
    <p class="parrafo">a) Gastos imputados con cargo al ejercicio                 |1 287 100 278,51</p>
    <p class="parrafo">|</p>
    <p class="parrafo">b) Gastos imputados con cargo al ejercicio precedente      |293 514 782,91</p>
    <p class="parrafo">, pero excluidos de su liquidación                         |</p>
    <p class="parrafo">c) Gastos imputados con cargo al presente ejercicio, pero  |0,-</p>
    <p class="parrafo">excluidos de la presente liquidación                       |</p>
    <p class="parrafo">d) Total de los gastos imputados que son objeto de la      |1 580 615 061,42</p>
    <p class="parrafo">presente liquidación (a + b + c)                           |</p>
    <p class="parrafo">3. Gastos con cargo o cantidades a girar al Estado miembro |4 472 729,21</p>
    <p class="parrafo">tras la liquidación de las cuentas (2d - 1f)               |</p>
    <p class="parrafo">----------------------------------------------------------------------------</p>
    <p class="parrafo">ITALI</p>
    <p class="parrafo">----------------------------------------------------------------------------</p>
    <p class="parrafo">Gastos correspondientes a la sección de Garantía del      |Liras italianas</p>
    <p class="parrafo">FEOGA Ejercicio financiero: 1990                          |</p>
    <p class="parrafo">----------------------------------------------------------------------------</p>
    <p class="parrafo">1. Gastos reconocidos                                     |</p>
    <p class="parrafo">a) Gastos declarados por el Estado miembro                |6 370 613 428 380</p>
    <p class="parrafo">correspondientes a la presente liquidación                |</p>
    <p class="parrafo">b) Gastos declarados en el ejercicio precedente pero      |103 600 591 415</p>
    <p class="parrafo">excluidos de su liquidación                               |</p>
    <p class="parrafo">c) Gastos declarados excluidos de la presente liquidación |0,-</p>
    <p class="parrafo">|</p>
    <p class="parrafo">d) Gastos declarados que son objeto de la presente        |6 474 214 019 795</p>
    <p class="parrafo">declaración (a + b + c)                                   |</p>
    <p class="parrafo">e) Gastos no reconocidos                                  |- 586 129 215 541</p>
    <p class="parrafo">|</p>
    <p class="parrafo">f) Total de los gastos reconocidos (d + e)                |5 888 084 804 254</p>
    <p class="parrafo">|</p>
    <p class="parrafo">2. Gastos imputados                                       |</p>
    <p class="parrafo">a) Gastos imputados con cargo al ejercicio                |6 394 446 710 610</p>
    <p class="parrafo">|</p>
    <p class="parrafo">b) Gastos imputados con cargo al ejercicio precedente     |103 600 591 415</p>
    <p class="parrafo">, pero excluidos de su liquidación                        |</p>
    <p class="parrafo">c) Gastos imputados con cargo al presente ejercicio, pero |0,-</p>
    <p class="parrafo">excluidos de la presente liquidación                      |</p>
    <p class="parrafo">d) Total de los gastos imputados que son objeto de la     |6 498 047 302 025</p>
    <p class="parrafo">presente liquidación (a + b + c)                          |</p>
    <p class="parrafo">3. Gastos con cargo o cantidades a girar al Estado        |609 962 497 771</p>
    <p class="parrafo">miembro tras la liquidación de las cuentas (2d - 1f)      |</p>
    <p class="parrafo">----------------------------------------------------------------------------</p>
    <p class="parrafo">LUXEMBURG</p>
    <p class="parrafo">----------------------------------------------------------------------------</p>
    <p class="parrafo">Gastos correspondientes a la sección de Garantía del FEOGA   |Francos</p>
    <p class="parrafo">Ejercicio financiero: 1990                                   |luxemburguese</p>
    <p class="parrafo">|s</p>
    <p class="parrafo">----------------------------------------------------------------------------</p>
    <p class="parrafo">1. Gastos reconocidos                                        |</p>
    <p class="parrafo">a) Gastos declarados por el Estado miembro correspondiente a |190 405 951</p>
    <p class="parrafo">la presente liquidación                                      |</p>
    <p class="parrafo">b) Gastos declarados en el ejercicio precedente pero         |0</p>
    <p class="parrafo">excluidos de su liquidación                                  |</p>
    <p class="parrafo">c) Gastos declarados excluidos de la presente liquidación    |0</p>
    <p class="parrafo">d) Gastos declarados que son objeto de la presente           |190 405 951</p>
    <p class="parrafo">declaración (a + b + c)                                      |</p>
    <p class="parrafo">e) Gastos no reconocidos                                     |31 116 620</p>
    <p class="parrafo">f) Total de los gastos reconocidos (d + e)                   |221 522 571</p>
    <p class="parrafo">2. Gastos imputados                                          |</p>
    <p class="parrafo">a) Gastos imputados con cargo al ejercicio                   |221 522 571</p>
    <p class="parrafo">b) Gastos imputados con cargo al ejercicio precedente, pero  |0</p>
    <p class="parrafo">excluidos de su liquidación                                  |</p>
    <p class="parrafo">c) Gastos imputados con cargo al presente ejercicio, pero    |0</p>
    <p class="parrafo">excluidos de la presente liquidación                         |</p>
    <p class="parrafo">d) Total de los gastos imputados que son objeto de la        |221 522 571</p>
    <p class="parrafo">presente liquidación (a + b + c)                             |</p>
    <p class="parrafo">3. Gastos con cargo o cantidades a girar al Estado miembro   |0</p>
    <p class="parrafo">tras la liquidación de las cuentas (2d - 1f)                 |</p>
    <p class="parrafo">----------------------------------------------------------------------------</p>
    <p class="parrafo">PAISES BAJO</p>
    <p class="parrafo">----------------------------------------------------------------------------</p>
    <p class="parrafo">Gastos correspondientes a la sección de Garantía del FEOGA |Florines</p>
    <p class="parrafo">Ejercicio financiero: 1990                                 |holandeses</p>
    <p class="parrafo">----------------------------------------------------------------------------</p>
    <p class="parrafo">1. Gastos reconocidos                                      |</p>
    <p class="parrafo">a) Gastos declarados por el Estado miembro                 |6 650 953 782,54</p>
    <p class="parrafo">correspondientes a la presente liquidación                 |</p>
    <p class="parrafo">b) Gastos declarados en el ejercicio precedente pero       |0,-</p>
    <p class="parrafo">excluidos de su liquidación                                |</p>
    <p class="parrafo">c) Gastos declarados excluidos de la presente liquidación  |0,-</p>
    <p class="parrafo">d) Gastos declarados que son objeto de la presente         |6 650 953 782,54</p>
    <p class="parrafo">declaración (a + b + c)                                    |</p>
    <p class="parrafo">e) Gastos no reconocidos                                   |- 88 004 857,32</p>
    <p class="parrafo">f) Total de los gastos reconocidos (d + e)                 |6 562 948 925,22</p>
    <p class="parrafo">|</p>
    <p class="parrafo">2. Gastos imputados                                        |</p>
    <p class="parrafo">a) Gastos imputados con cargo al ejercicio                 |6 650 433 675,19</p>
    <p class="parrafo">|</p>
    <p class="parrafo">b) Gastos imputados con cargo al ejercicio precedente      |0,-</p>
    <p class="parrafo">, pero excluidos de su liquidación                         |</p>
    <p class="parrafo">c) Gastos imputados con cargo al presente ejercicio, pero  |0,-</p>
    <p class="parrafo">excluidos de la presente liquidación                       |</p>
    <p class="parrafo">d) Total de los gastos imputados que son objeto de la      |6 650 433 675,19</p>
    <p class="parrafo">presente liquidación (a + b + c)                           |</p>
    <p class="parrafo">3. Gastos con cargo o cantidades a girar al Estado miembro |87 484 749,97</p>
    <p class="parrafo">tras la liquidación de las cuentas (2d - 1f)               |</p>
    <p class="parrafo">----------------------------------------------------------------------------</p>
    <p class="parrafo">PORTUGA</p>
    <p class="parrafo">----------------------------------------------------------------------------</p>
    <p class="parrafo">Gastos correspondientes a la sección de Garantía del      |Escudos</p>
    <p class="parrafo">FEOGA Ejercicio financiero: 1990                          |portugueses</p>
    <p class="parrafo">----------------------------------------------------------------------------</p>
    <p class="parrafo">1. Gastos reconocidos                                     |</p>
    <p class="parrafo">a) Gastos declarados por el Estado miembro                |38 364 410 470,90</p>
    <p class="parrafo">correspondientes a la presente liquidación                |</p>
    <p class="parrafo">b) Gastos declarados en el ejercicio precedente pero      |0,-</p>
    <p class="parrafo">excluidos de su liquidación                               |</p>
    <p class="parrafo">c) Gastos declarados excluidos de la presente liquidación |0,-</p>
    <p class="parrafo">|</p>
    <p class="parrafo">d) Gastos declarados que son objeto de la presente        |38 364 410 470,90</p>
    <p class="parrafo">declaración (a + b + c)                                   |</p>
    <p class="parrafo">e) Gastos no reconocidos                                  |136 223 980,-</p>
    <p class="parrafo">f) Total de los gastos reconocidos (d + e)                |38 500 634 450,90</p>
    <p class="parrafo">|</p>
    <p class="parrafo">2. Gastos imputados                                       |</p>
    <p class="parrafo">a) Gastos imputados con cargo al ejercicio                |38 364 410 472,50</p>
    <p class="parrafo">|</p>
    <p class="parrafo">b) Gastos imputados con cargo al ejercicio precedente     |0,-</p>
    <p class="parrafo">, pero excluidos de su liquidación                        |</p>
    <p class="parrafo">c) Gastos imputados con cargo al presente ejercicio, pero |0,-</p>
    <p class="parrafo">excluidos de la presente liquidación                      |</p>
    <p class="parrafo">d) Total de los gastos imputados que son objeto de la     |38 364 410 472,50</p>
    <p class="parrafo">presente liquidación (a + b + c)                          |</p>
    <p class="parrafo">3. Gastos con cargo o cantidades a girar al Estado        |- 136 223 978,40</p>
    <p class="parrafo">miembro tras la liquidación de las cuentas (2d - 1f)      |</p>
    <p class="parrafo">----------------------------------------------------------------------------</p>
    <p class="parrafo">REINO UNID</p>
    <p class="parrafo">----------------------------------------------------------------------------</p>
    <p class="parrafo">Gastos correspondientes a la sección de Garantía del FEOGA |Libras</p>
    <p class="parrafo">Ejercicio financiero: 1990                                 |esterlinas</p>
    <p class="parrafo">----------------------------------------------------------------------------</p>
    <p class="parrafo">1. Gastos reconocidos                                      |</p>
    <p class="parrafo">a) Gastos declarados por el Estado miembro                 |1 410 029 647,46</p>
    <p class="parrafo">correspondientes a la presente liquidación                 |</p>
    <p class="parrafo">b) Gastos declarados en el ejercicio precedente pero       |19 702 437,99</p>
    <p class="parrafo">excluidos de su liquidación                                |</p>
    <p class="parrafo">c) Gastos declarados excluidos de la presente liquidación  |0,-</p>
    <p class="parrafo">d) Gastos declarados que son objeto de la presente         |1 429 732 085,45</p>
    <p class="parrafo">declaración (a + b + c)                                    |</p>
    <p class="parrafo">e) Gastos no reconocidos                                   |4 318 215,59</p>
    <p class="parrafo">f) Total de los gastos reconocidos (d + e)                 |1 434 050 301,04</p>
    <p class="parrafo">|</p>
    <p class="parrafo">2. Gastos imputados                                        |</p>
    <p class="parrafo">a) Gastos imputados con cargo al ejercicio                 |1 409 855 516,41</p>
    <p class="parrafo">|</p>
    <p class="parrafo">b) Gastos imputados con cargo al ejercicio precedente      |19 702 437,99</p>
    <p class="parrafo">, pero excluidos de su liquidación                         |</p>
    <p class="parrafo">c) Gastos imputados con cargo al presente ejercicio, pero  |0,-</p>
    <p class="parrafo">excluidos de la presente liquidación                       |</p>
    <p class="parrafo">d) Total de los gastos imputados que son objeto de la      |1 429 557 954,40</p>
    <p class="parrafo">presente liquidación (a + b + c)                           |</p>
    <p class="parrafo">3. Gastos con cargo o cantidades a girar al Estado miembro |- 4 492 346,64</p>
    <p class="parrafo">tras la liquidación de las cuentas (2d - 1f)               |</p>
    <p class="parrafo">³[L76]</p>
  </texto>
</documento>
