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<documento fecha_actualizacion="20241021182325">
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    <identificador>DOUE-L-1993-81857</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9000">Comunidades Europeas</departamento>
    <rango codigo="1220">Reglamento</rango>
    <fecha_disposicion>19931111</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>3128/1993</numero_oficial>
    <titulo>Reglamento (CE) núm. 3128/93 del Consejo, de 11 de noviembre de 1993, por el que se modifica el Reglamento (CEE) núm. 2420/92 relativo a la suspensión temporal de los derechos a la importación del arancel aduanero común aplicables a algunas mezclas de residuos del almidón de maíz y de residuos de la extracción de aceite de germen de maíz obtenidos por vía húmeda.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de las Comunidades Europeas</diario>
    <fecha_publicacion>19931113</fecha_publicacion>
    <diario_numero>280</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <url_pdf>/doue/1993/280/L00009-00009.pdf</url_pdf>
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    <fecha_vigencia>19931113</fecha_vigencia>
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    <judicialmente_anulada>N</judicialmente_anulada>
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      <materia codigo="48" orden="1">Aceites vegetales</materia>
      <materia codigo="210" orden="2">Almidón</materia>
      <materia codigo="1636" orden="3">Contingentes arancelarios</materia>
      <materia codigo="4056" orden="4">Importaciones</materia>
      <materia codigo="4843" orden="5">Maíz</materia>
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    <notas>
      <nota codigo="37" orden="220">Aplicable desde el 1 de octubre de 1993.</nota>
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    <referencias>
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        <anterior referencia="DOUE-L-1992-81426" orden="2015">
          <palabra codigo="270">MODIFICA</palabra>
          <texto>el art. 1 del Reglamento 2420/92, de 18 de agosto</texto>
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  <texto>
    <p class="parrafo">EL CONSEJO DE LA UNION EUROPEA,</p>
    <p class="parrafo">Visto  el  Tratado  constitutivo  de  la  Comunidad Europea y, en particular, su artículo 113,</p>
    <p class="parrafo">Vista la propuesta de la Comisión,</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  el  Reglamento  (CEE) no 2420/92 (1) ha suspendido desde el 1 de  enero  de  1992  hasta  el  30  de  septiembre  de  1993  los  derechos a la importación   del  arancel  aduanero  común  aplicables  a  algunas  mezclas  de residuos  del  almidón  de  maíz  y  de  residuos  de la extracción de aceite de germen de maíz obtenidos por vía húmeda;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  conviene  prorrogar  dicha suspensión hasta el 30 de junio de 1994;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  se  están  llevando  a  cabo  estudios  para determinar si es factible  el  uso  de  un  método de análisis por vía microscópica, con vistas a</p>
    <p class="parrafo">la  determinación  de  las  cantidades  de  residuos de la extracción del aceite de  germen  de  maíz  obtenidos por vía húmeda y de residuos de la criba de maíz en  residuos  de  almidón  de  maíz;  que  dichos  estudios  deben conducir a un acuerdo  antes  del  31  de  diciembre  de  1993;  que  es  conveniente, a estos efectos,  suspender  la  utilización  del  método microscópico hasta que se tome una decisión sobre este método,</p>
    <p class="parrafo">HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">En  el  artículo  1  del  Reglamento  (CEE)  no  2420/92  la  fecha  del « 30 de septiembre de 1993 » se sustituye por la del « 30 de junio de 1994 ».</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">El  presente  Reglamento  entrará  en  vigor  el  día  de  su  publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.</p>
    <p class="parrafo">El presente Reglamento será aplicable a partir del 1 de octubre de 1993.</p>
    <p class="parrafo">El   presente   Reglamento   será   obligatorio   en   todos   sus  elementos  y directamente aplicable en cada Estado miembro.</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el 11 de noviembre de 1993.</p>
    <p class="parrafo">Por el Consejo</p>
    <p class="parrafo">El Presidente</p>
    <p class="parrafo">R. URBAIN</p>
    <p class="parrafo">(1)  DO  no  L  237  de  20. 8. 1992, p. 14. Reglamento cuya última modificación la  constituye  el  Reglamento  (CEE) no 1993/93 (DO no L 182 de 24. 7. 1993, p. 14).</p>
  </texto>
</documento>
