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    <identificador>DOUE-L-1993-81402</identificador>
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    <departamento codigo="9000">Comunidades Europeas</departamento>
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    <fecha_disposicion>19930722</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>464/1993</numero_oficial>
    <titulo>Decisión del Consejo, de 22 de julio de 1993, relativa al programa marco para las acciones prioritarias en el ámbito de la información estadística 1993-1997.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de las Comunidades Europeas</diario>
    <fecha_publicacion>19930828</fecha_publicacion>
    <diario_numero>219</diario_numero>
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          <texto>Reglamento 1588/90, de 11 de junio</texto>
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          <texto>Decisión 89/382, de 19 de junio</texto>
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    <p class="parrafo">EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,</p>
    <p class="parrafo">Visto   el  Tratado  constitutivo  de  la  Comunidad  Económica  Europea  y,  en particular, su artículo 213,</p>
    <p class="parrafo">Vista la propuesta de la Comisión(1) ,</p>
    <p class="parrafo">Visto el dictamen del Parlamento Europeo(2) ,</p>
    <p class="parrafo">Visto el dictamen del Comité Económico y Social(3) ,</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  la  Comunidad  ha  adoptado importantes decisiones con vistas a  la  aplicación  y  al buen funcionamiento del mercado interior y que pretende la realización de una unión económica y monetaria;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  para  la  concepción,  realización,  seguimiento y evaluación de  sus  políticas,  la  Comunidad  debe  disponer de informaciones estadísticas comparables   entre  Estados  miembros,  actualizadas,  fiables,  pertinentes  y producidas de la forma más eficaz posible;</p>
    <p class="parrafo">Considerando   que,  para  garantizar  la  coherencia  y  comparabilidad  de  la información  estadística  en  la  Comunidad, conviene elaborar un programa marco estadístico  a  medio  plazo,  que  será  realizado bien por acuerdo mutuo entre la  Comisión  y  los  Estados  miembros o bien mediante acciones específicas que decidirán,   según   el   caso,  el  Consejo  o,  para  acciones  limitadas,  la Comisión;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  la  aplicación  de  las  acciones  específicas  se  hará, por norma   general,   bajo   la   autoridad   de  los  organismos  e  instituciones encargados de la elaboración de las estadísticas oficiales;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  la  especificidad  de  la  elaboración  de  las  estadísticas comunitarias,   que   está  basada  en  los  sistemas  estadísticos  nacionales, requiere  una  colaboración  especialmente  estrecha  en el marco del Comité del programa  estadístico  respecto  de  la  creación  de los instrumentos jurídicos necesarios para establecer dichas estadísticas comunitarias;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que,  antes  de  presentar  su  propuesta, la Comisión consultó al Comité   del   programa  estadístico,  al  Comité  de  estadísticas  monetarias, financieras   y   de   balanza   de  pagos,  al  Comité  consultivo  europeo  de información   estadística   en   los  ámbitos  económico  y  social,  al  Comité permanente  de  estadística  agrícola  y  al  Comité  de estadística de comercio exterior,  y  que  dichos  Comités se pronunciaron a favor de la propuesta de la Comisión,</p>
    <p class="parrafo">HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISION:</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">El   programa   marco   estadístico   de   la   Comunidad  indica  las  acciones prioritarias  previstas  para  el  período 1993-1997. Dicho programa figura como Anexo de la presente Decisión.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">Las acciones prioritarias corresponden a los siguientes ámbitos:</p>
    <p class="parrafo">a) funcionamiento del mercado único,</p>
    <p class="parrafo">b)   política   social,   cohesión  económica  y  social  y  protección  de  los consumidores,</p>
    <p class="parrafo">c) Unión Económica y Monetaria,</p>
    <p class="parrafo">d) relaciones entre la Comunidad y el resto del mundo,</p>
    <p class="parrafo">e) desarrollo de tecnologías estadísticas y de recursos humanos.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 3</p>
    <p class="parrafo">Cada  año  la  Comisión  presentará  al  Comité  del programa estadístico creado mediante   la   Decisión   89/382/CEE,  Euratom(4)  las  orientaciones  para  la ejecución del programa estadístico.</p>
    <p class="parrafo">El  Comité  del  programa  estadístico se pronunciará sobre dichas orientaciones y, en particular sobre:</p>
    <p class="parrafo">-  las  acciones  que  haya  propuesto  con  carácter  prioritario  la Comisión, teniendo  en  cuenta  los  imperativos  financieros  tanto a nivel nacional como comunitario;</p>
    <p class="parrafo">-  los  procedimientos  y,  en  su  caso,  los  instrumentos  jurídicos  que  la Comisión se proponga adoptar para la aplicación del programa.</p>
    <p class="parrafo">La  Comisión  tendrá  especialmente  en  cuenta las observaciones del Comité del programa estadísticos y actuará de la forma que considere más adecuada.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 4</p>
    <p class="parrafo">El  Programa  marco  estadístico  a  que  se  refiere  el artículo 1 se aplicará mediante acciones estadísticas específicas:</p>
    <p class="parrafo">a)  que  decidirá  el  Consejo  de conformidad con las disposiciones pertinentes del Tratado;</p>
    <p class="parrafo">b)  que  decidirá  la  Comisión  en  las  condiciones  que  se  establecen en el artículo 5 y con arreglo al procedimiento establecido en el artículo 6;</p>
    <p class="parrafo">c)  que  decidirán,  mediante  acuerdo, la Comisión y las autoridades nacionales en el ámbito de sus respectivas competencias.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 5</p>
    <p class="parrafo">La  Comisión  podrá  decidir  aplicar  una  acción  estadística concreta siempre que cumpla las dos condiciones siguientes:</p>
    <p class="parrafo">- la duración de la acción no será superior a un año;</p>
    <p class="parrafo">-  la  recopilación  de  datos  deberá  limitarse bien a datos administrativos y estadísticos  ya  disponibles,  bien  a  aquellos  a  los  que  las  autoridades nacionales   competentes   permitan   el  acceso  o  bien  a  datos  que  pueden recogerse  directamente  y  de  cuyos  gastos  adicionales  a  nivel nacional se haga cargo la Comisión.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 6</p>
    <p class="parrafo">1.  A  efectos  de  la  aplicación  del  artículo  5,  el  Comité  del  programa estadístico asistirá a la Comisión.</p>
    <p class="parrafo">2.  El  representante  de  la  Comisión  presentará al Comité un proyecto de las medidas   que   deban  tomarse.  El  Comité  emitirá  su  dictamen  sobre  dicho proyecto  en  un  plazo  que  el  presidente  podrá  determinar en función de la urgencia  de  la  cuestión  de  que  se  trate.  El dictamen se emitirá según la mayoría  prevista  en  el  apartado  2 del artículo 148 del Tratado para adoptar aquellas  decisiones  que  el  Consejo  deba  tomar  a propuesta de la Comisión. Con  motivo  de  la  votación  en  el Comité, los votos de los representantes de los  Estados  miembros  se  ponderarán  de  la  manera definida en el mencionado artículo. El presidente no tomará parte en la votación.</p>
    <p class="parrafo">3.  a)  La  Comisión  adoptará  las  medidas  previstas cuando sean conformes al dictamen del Comité.</p>
    <p class="parrafo">b)  Cuando  las  medidas  previstas  no  sean conformes al dictamen del Comité o en  caso  de  ausencia  de  dictamen, la Comisión someterá sin demora al Consejo una  propuesta  relativa  a  las  medidas  que  deban  tomarse.  El  Consejo  se pronunciará por mayoría cualificada.</p>
    <p class="parrafo">Si,  transcurrido  un  plazo  de  tres  meses  a  partir  del  momento en que la propuesta  se  haya  sometido  al  Consejo,  éste  no se hubiere pronunciado, la Comisión  adoptará  las  medidas  propuestas,  excepto  en  el  caso  en  que el Consejo se haya pronunciado por mayoría simple contra dichas medidas.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 7</p>
    <p class="parrafo">La  Comisión  indicará  en  sus propuestas al Consejo, así como en sus proyectos de medidas que deba presentar al Comité mencionado en el artículo 6:</p>
    <p class="parrafo">-  los  motivos  que  justifican  la  acción  propuesta,  en particular desde el punto de vista de los objetivos de la política comunitaria de que se trate;</p>
    <p class="parrafo">-   los   objetivos  precisos  y  cuantificados  de  la  acción,  así  como  una evaluación de los resultados que se pretenden;</p>
    <p class="parrafo">-  las  modalidades  para  la  realización  de la acción, su duración y el papel de las autoridades estadísticas nacionales y comunitarias;</p>
    <p class="parrafo">- la función de los Comités especializados competentes en la materia;</p>
    <p class="parrafo">-  un  análisis  de  rentabilidad que tendrá en cuenta las cargas financieras de la acción tanto para la Comunidad como para los Estados miembros;</p>
    <p class="parrafo">-  las  recomendaciones  estadísticas  internacionales  que  hayan de observarse en los ámbitos tratados;</p>
    <p class="parrafo">-  las  soluciones  que  permitan  reducir  al  mínimo la carga de respuestas en los cuestionarios estadísticos de los declarantes.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 8</p>
    <p class="parrafo">La  ejecución  en  los  Estados miembros de la acciones estadísticas específicas corresponderá  a  las  autoridades  estadísticas  nacionales.  En  las normas de desarrollo  se  tendrá  en  cuenta  la organización de la estadística oficial de cada Estado miembro.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 9</p>
    <p class="parrafo">Los  Estados  miembros  comunicarán  la  información  estadística  con arreglo a las  modalidades  establecidas  para  cada  acción específica de conformidad con lo  dispuesto  en  el  Reglamento  (Euratom,  CEE) no 1588/90 del Consejo, de 11 de  junio  de  1990,  relativo  a la transmisión a la Oficina Estadística de las Comunidades   Europeas   de   las   informaciones   amparadas   por  el  secreto estadístico(5) .</p>
    <p class="parrafo">Artículo 10</p>
    <p class="parrafo">La  Comisión  examinará  el  estado  de  ejecución del programa marco durante su tercer  año  de  vigencia.  Previa  consulta al Comité del programa estadístico, la  Comisión  valorará  fundamentalmente  si  se  han  alcanzado los objetivos y prioridades del programa y someterá, en su caso, propuesta de adaptación.</p>
    <p class="parrafo">Al   final   de   período   que  corresponde  al  programa  marco,  la  Comisión presentará,  previa  consulta  al  Comité  del  programa estadístico, un informe sobre  la  ejecución  del  programa.  Dicho  informe se remitirá al Consejo y al Parlamento Europeo antes de que finalice el año 1998.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 11</p>
    <p class="parrafo">Los destinatarios de la presente Decisión son los Estados miembros.</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el 22 de julio de 1993.</p>
    <p class="parrafo">Por el Consejo El Presidente H. OFFECIERS-VAN DE WIELE</p>
    <p class="parrafo">(1) DO no C 277 de 26. 10. 1992, p. 54.</p>
    <p class="parrafo">(2) DO no C 176 de 28. 6. 1993.</p>
    <p class="parrafo">(3) DO no C 19 de 25. 1. 1993, p. 62.</p>
    <p class="parrafo">(4) DO no L 181 de 28. 6. 1989, p. 47.</p>
    <p class="parrafo">(5) DO no L 151 de 15. 6. 1990, p. 1.</p>
    <p class="parrafo">ANEXO</p>
    <p class="parrafo">PROGRAMA  MARCO  1993-1997  GRANDES  LINEAS DE ACTUACION PREVISTAS EN MATERIA DE INFORMACION ESTADISTICA DE LA COMUNIDAD OBJETIVOS GENERALES</p>
    <p class="parrafo">VINCULOS CON OTROS PROGRAMAS DE COOPERACION</p>
    <p class="parrafo">PROGRAMAS ESTADISTICOS SECTORIALES</p>
    <p class="parrafo">I. PROGRAMAS SECTORIALES PARA EL FUNCIONAMIENTO DEL MERCADO UNICO</p>
    <p class="parrafo">A.  Programas  sectoriales  de  política  industrial, de transportes de energía, de I+D y de turismo</p>
    <p class="parrafo">Finalidad</p>
    <p class="parrafo">Objetivos estadísticos</p>
    <p class="parrafo">1. Normas</p>
    <p class="parrafo">2. Estadísticas de intercambios de bienes entre Estados miembros</p>
    <p class="parrafo">3. Estadísticas de empresas</p>
    <p class="parrafo">a) Industria</p>
    <p class="parrafo">b) Servicios</p>
    <p class="parrafo">4. Estadísticas de transportes</p>
    <p class="parrafo">5. Estadísticas de investigación y desarrollo tecnológico</p>
    <p class="parrafo">6. Estadísticas de energía</p>
    <p class="parrafo">7. Estadísticas de turismo</p>
    <p class="parrafo">B. Programas sectoriales de gestión de las políticas agraria y de pesca</p>
    <p class="parrafo">Finalidad</p>
    <p class="parrafo">Objetivos estadísticos</p>
    <p class="parrafo">1. Estadísticas agrarias</p>
    <p class="parrafo">a) producción agrarias</p>
    <p class="parrafo">b) precios y rentas agrarias</p>
    <p class="parrafo">c) estructuras agrarias</p>
    <p class="parrafo">d) industria agroalimentaria</p>
    <p class="parrafo">e) silvicultura</p>
    <p class="parrafo">2. Estadísticas de pesca</p>
    <p class="parrafo">C. Programas sectoriales de políticas de medio ambiente</p>
    <p class="parrafo">Finalidad</p>
    <p class="parrafo">Objetivo estadísticos</p>
    <p class="parrafo">Estadísticas de medio ambiente</p>
    <p class="parrafo">II.  PROGRAMAS  SECTORIALES  DE  POLITICA  SOCIAL, COHESION ECONOMICA Y SOCIAL Y PROTECCION DE LOS CONSUMIDORES</p>
    <p class="parrafo">Finalidad</p>
    <p class="parrafo">Objetivos estadísticos</p>
    <p class="parrafo">1. Estadísticas de empleo</p>
    <p class="parrafo">2.   Estadísticas   sobre   las  condiciones  de  vida  y  trabajo  y  sobre  la protección</p>
    <p class="parrafo">a) población:</p>
    <p class="parrafo">b) condiciones de trabajo:</p>
    <p class="parrafo">c) condiciones de vida y protección social:</p>
    <p class="parrafo">3. Estadísticas de educación y formación profesional</p>
    <p class="parrafo">4. Estadísticas de salud y seguridad</p>
    <p class="parrafo">5. Estadísticas regionales y locales</p>
    <p class="parrafo">6. Estadísticas para la protección de los consumidores</p>
    <p class="parrafo">III. PROGRAMAS SECTORIALES PARA LA UNION ECONOMICA Y MONETARIA</p>
    <p class="parrafo">Finalidad</p>
    <p class="parrafo">Objetivos estadísticos</p>
    <p class="parrafo">1. Cuentas nacionales (económicas y financieras)</p>
    <p class="parrafo">2. Estadísticas del sector público</p>
    <p class="parrafo">a) Estadísticas de las empresas públicas</p>
    <p class="parrafo">b) Estadísticas de la administración pública</p>
    <p class="parrafo">3. Estadísticas sobre la balanza de pagos</p>
    <p class="parrafo">4. Estadísticas de precios</p>
    <p class="parrafo">5. Indicadores de coordinación de la política monetaria</p>
    <p class="parrafo">6. Estadísticas sobre el ecu</p>
    <p class="parrafo">7. Estadísticas de comercio exterior</p>
    <p class="parrafo">IV. PROGRAMAS SECTORIALES PARA LA COMUNIDAD Y EL RESTO DEL MUNDO</p>
    <p class="parrafo">Finalidad</p>
    <p class="parrafo">Objetivos estadísticos</p>
    <p class="parrafo">1. La estadística y el espacio económico europeo</p>
    <p class="parrafo">2.  Desarrollo  de  los  sistemas  estadísticos  de  los  países  en  proceso de transición</p>
    <p class="parrafo">3.   Desarrollo   de  los  sistemas  estadísticos  de  los  países  en  vías  de desarrollo</p>
    <p class="parrafo">4. Cooperación con los demás países terceros</p>
    <p class="parrafo">5. Coordinación con las organizaciones internacionales</p>
    <p class="parrafo">V. DESARROLLO DE TECNOLOGIAS ESTADISTICAS Y DE RECURSOS HUMANOS</p>
    <p class="parrafo">Finalidad</p>
    <p class="parrafo">Objetivos estadísticos</p>
    <p class="parrafo">1. Difusión e informática estadísticas</p>
    <p class="parrafo">a) Proyecto DSIS (Distributed Statistical Information Services)</p>
    <p class="parrafo">b)   Establecimiento   de   una   red   de   difusión  del  sistema  estadístico comunitario</p>
    <p class="parrafo">2. Formación estadística</p>
    <p class="parrafo">3. Investigación estadística</p>
    <p class="parrafo">a) programa «Development of Statistical Experts Systems» (DOSES)</p>
    <p class="parrafo">b) transferencia de tecnología entre sistemas</p>
    <p class="parrafo">c) dimensión geográfica</p>
    <p class="parrafo">PROGRAMA  MARCO  1993-1997  -  GRANDES  LINEAS DE ACTUACION PREVISTAS EN MATERIA DE  INFORMACION  ESTADISTICA  DE  LA  COMUNIDAD  OBJETIVOS  GENERALES El sistema estadístico de la Comunidad tiene el cometido siguiente:</p>
    <p class="parrafo">-  aplicar  un  conjunto  de  normas,  métodos  y  estructuras organizativas que permitan  la  producción  de  estadísticas comparables, fiables y pertinentes en el conjunto de la Comunidad,</p>
    <p class="parrafo">-  ofrecer  a  las  instituciones  europeas  y  a  los  Gobiernos de los Estados miembros  la  información  requerida  para  la  aplicación,  el seguimiento y la evaluación de las políticas comunitarias,</p>
    <p class="parrafo">-  difundir  la  información  estadística  al  público europeo, a las empresas y al   conjunto   de   los  agentes  económicos  y  sociales  para  acompañar  sus decisiones,</p>
    <p class="parrafo">-   contribuir  a  la  mejora  de  los  sistemas  estadísticos  en  los  Estados miembros  y  apoyar  el  desarrollo de los países en vías de desarrollo y de los países en transición hacia una economía de mercado.</p>
    <p class="parrafo">La  consecución  de  los  objetivos  mencionados  implicará una actuación en los ámbitos siguientes:</p>
    <p class="parrafo">a)  el  desarrollo  de  clasificaciones,  metodologías  y  definiciones  comunes</p>
    <p class="parrafo">directamente   aplicables   en   los  Estados  miembros,  con  el  apoyo  de  la legislación comunitaria;</p>
    <p class="parrafo">b)  la  realización  de  encuestas estadísticas comunes sobre bases estadísticas armonizadas;</p>
    <p class="parrafo">c)  la  elaboración,  el  análisis  y  la difusión de resultados estadísticos de la Comunidad, incluidas las comparaciones entre países y entre regiones;</p>
    <p class="parrafo">d)  la  integración  del  acervo  comunitario  en  los programas estadísticos de los Estados miembros;</p>
    <p class="parrafo">e)  el  fomento  de  la  convergencia de las prácticas estadísticas nacionales a través de medidas de formación comunes;</p>
    <p class="parrafo">f)   el  apoyo  al  desarrollo  de  los  sistemas  estadísticos  de  los  países comunitarios  y  extracomunitarios  a  partir  de acciones estructurales y sobre la  base  de  intercambios  de  tecnologías  y  experiencias  entre  los Estados miembros y con los terceros países.</p>
    <p class="parrafo">VINCULOS  CON  OTROS  PROGRAMAS  DE  COOPERACION  Además de la especial relación con   los   sistemas   estadísticos  nacionales  de  los  Estados  miembros,  la cooperación  se  extenderá  a  los  sistemas  estadísticos  de  los países de la AELC,   en   el   marco   del   espacio   económico   europeo,  e  incluirá  las organizaciones  internacionales  activas  en  el  campo  de  la  estadística,  y particularmente  las  Naciones  Unidas  y sus agencias y la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE).</p>
    <p class="parrafo">PROGRAMAS ESTADISTICOS SECTORIALES</p>
    <p class="parrafo">I.   PROGRAMAS   SECTORIALES   PARA  EL  FUNCIONAMIENTO  DEL  MERCADO  UNICO  A. Programas  sectoriales  de  política  industrial, de transportes, de energía, de I+D y de turismo</p>
    <p class="parrafo">Finalidad</p>
    <p class="parrafo">Contribuir  a  la  elaboración  de  la información estadística necesaria para el correcto  funcionamiento  del  mercado  único  europeo.  Dicha  contribución  se realizará   ofreciendo   a   las   instancias   de  decisión  (administraciones, empresas  e  interlocutores  sociales)  los  datos  requeridos  para fomentar la competitividad   de   la   economía   comunitaria  en  el  plano  internacional, garantizando, al mismo tiempo, una mayor transparencia del mercado.</p>
    <p class="parrafo">Objetivos estadísticos</p>
    <p class="parrafo">Proponer  a  los  sistemas  estadísticos de los Estados miembros la armonización de   normas,   la   realización   de  encuestas  estadísticas  comunitarias,  la elaboración  de  estadísticas  a  partir  de  datos  existentes y la creación de infraestructuras  estadísticas  comunes  (por  ejemplo  de  los registros en los ámbitos que a continuación se indican).</p>
    <p class="parrafo">1. Normas</p>
    <p class="parrafo">El  conjunto  de  los  programas  estadísticos  se  articulará en torno a nuevas nomenclaturas  europeas  muy  armonizadas  con  las nomenclaturas nacionales, lo cual  permitirá  configurar  un  verdadero  marco  común  de  datos que incluirá todos los sectores de actividad de la Comunidad.</p>
    <p class="parrafo">2. Estadísticas de intercambios de bienes entre Estados miembros</p>
    <p class="parrafo">Este  proyecto  prevé  la  puesta  en  práctica de las decisiones del Consejo en materia  de  intercambios  de  bienes  entre  los  Estados  miembros  después de 1992,  como  consecuencia  de  la  supresión de los controles fronterizos dentro de la Comunidad.</p>
    <p class="parrafo">La   creación,  en  el  marco  de  esta  arquitectura,  de  una  base  de  datos distribuida  de  las  estadísticas  comerciales y arancelarias de la Comunidad y de  los  terceros  países  (COMEXT-93), permitirá, gracias a la distribución del tratamiento,  la  obtención  de  estadísticas  nuevas,  más ajustadas y de mayor actualidad.</p>
    <p class="parrafo">La  disponibilidad  de  datos  detallados  por  parte  de las instituciones y de los  agentes  económicos  se  verá facilitada por la utilización generalizada de nuevos  soportes,  especialmente  CD-ROM,  por  la  elaboración de productos más adaptados  a  las  necesidades  específicas de los grandes sectores de actividad y   por   la   vinculación   de   los  productos  de  difusión  a  los  sistemas declarativos  de  recogida  de  datos,  lo  cual  facilitará  el  retorno  de la información y aumentará la transparencia del mercado.</p>
    <p class="parrafo">La  calidad  y  actualidad  de  las  estadísticas  dependen  directamente  de la percepción  de  su  utilidad  por  parte  de  las  empresas  y  de  la  relación coste/beneficio   de   la   declaración.   Por   consiguiente,   además  de  las iniciativas  dirigidas  a  reducir  esta  carga,  se intensificarán las campañas de  promoción,  sensibilización  y  formación,  con  el  objeto  de  mejorar los niveles de cumplimentación.</p>
    <p class="parrafo">La  combinación  de  datos  comerciales  y  arancelarios, la aproximación de las estadísticas   de   comercio   y  producción,  la  ampliación  de  la  cobertura geográfica  a  los  países  de  la  AELC  y  las  comparaciones con los datos de terceros países constituyen los ejes centrales de la evolución futura.</p>
    <p class="parrafo">3. Estadísticas de empresas</p>
    <p class="parrafo">a) Industria</p>
    <p class="parrafo">El  objetivo  central  de  la  estadística  de  empresas  es suministrar toda la información  necesaria  para  el  seguimiento del sistema productivo comunitario y  de  las  políticas  sectoriales de la Comunidad. Las consecuencias operativas para  el  programa  estadístico  1993-1997,  tal  como  se  derivan  del Tratado modificado  por  el  Tratado  de  Maastricht, afectan a la vez a los aspectos de normalización   (adopción   de   métodos,   nomenclaturas   y  normas  comunes), infraestructuras    (técnicas    y    jurídicas),    ampliación   de   encuestas comunitarias a nuevos ámbitos y recursos humanos y presupuestarios.</p>
    <p class="parrafo">El  objetivo  principal  sigue  siendo  la mejora de los tres pilares en los que se  sustenta  la  información  estadística  sobre  las  empresas,  a  saber: los datos   anuales  sobre  la  estructura  y  la  actividad  de  las  empresas,  el seguimiento  suficientemente  detallado  de  la  coyuntura  de las empresas y el seguimiento   suficientemente   detallado   de   la   producción   de  bienes  y servicios.</p>
    <p class="parrafo">La  elaboración  de  una  encuesta  anual  sobre la estructura y la actividad de las  empresas  conducirá  a  la  producción de datos desglosados por sectores de actividad, tamaño, Estados miembros o regiones de éstos.</p>
    <p class="parrafo">La  estadística  de  producción  de  bienes  y  servicios constituirá la base de todos   los  trabajos  vinculados  al  seguimiento  y  a  la  transparencia  del mercado interior (política comercial, competitividad).</p>
    <p class="parrafo">Para   rebasar   los   límites  de  este  objetivo  central,  se  proseguirán  o desarrollarán dos grandes grupos de tareas.</p>
    <p class="parrafo">Por   una   parte,  sería  conveniente  buscar  todas  las  vías  y  medios  que garanticen  una  mejor  organización  de  las  estadísticas de la industria, con</p>
    <p class="parrafo">el  fin  de  reducir  la  carga  que  imponen  las  encuestas  a  las  empresas, facilitando  al  mismo  tiempo  la  utilización  por  estas últimas de los datos correspondientes    (continuación    de    los    trabajos   de   normalización, coordinación  de  las  encuestas  dirigidas a las empresas, diálogo con el mundo empresarial  para  adaptar  mejor  la  información  recogida  a  las  verdaderas necesidades, etc.).</p>
    <p class="parrafo">Por  otra  parte,  la  evolución  de  las políticas comunitarias trae consigo la necesidad de determinados desarrollos específicos:</p>
    <p class="parrafo">-  desarrollo  del  sistema  de  información  relativo a las pequeñas y medianas empresas  (PYME)  (especialmente  indicadores  específicos sobre la demografía o las características propias de éstas),</p>
    <p class="parrafo">-  elaboración  y  aplicación  de  indicadores  precisos de la competitividad de las  empresas  europeas  que  permiten  la  comparación  con nuestros inmediatos competidores (ante todo Estados Unidos y Japón),</p>
    <p class="parrafo">-  desarrollo  de  estadísticas  sobre  investigación  y  desarrollo,  a  fin de garantizar  la  evaluación  de  este factor de crecimiento de la productividad y la competitividad.</p>
    <p class="parrafo">b) Servicios</p>
    <p class="parrafo">Continuará  el  desarrollo  de  las  estadísticas de servicios, con un enfoque a la vez global y sectorial.</p>
    <p class="parrafo">El  perfeccionamiento  y  consolidación  de  la  metodología de las estadísticas de  empresas  y  organismos  de  servicios  requerirá  una creciente integración entre  las  estadísticas  de  las empresas industriales y de servicios (incluido el  análisis  de  la  creciente  exteriorización  de los servicios auxiliares de las   empresas).   Los   trabajos  metodológicos  deberán  tener  en  cuenta  la experiencia  adquirida  a  través  de  encuestas piloto, cuya realización deberá apoyarse y coordinarse a nivel comunitario.</p>
    <p class="parrafo">La  interpretación  de  la  «empresa» deberá completarse con el desarrollo de la metodología   relativa   a   las   estadísticas   funcionales  de  servicios,  y especialmente las estadísticas de productos, funciones, precios y volúmenes.</p>
    <p class="parrafo">El  seguimiento  y  cuantificación  de los efectos del mercado único en diversos sectores   importantes,   y   a  veces  frágiles,  exigirán  la  elaboración  de encuestas  específicas  en  varios  ámbitos considerados prioritarios. Así pues, los  ámbitos  relativos  a  servicios  financieros,  servicios  prestados  a las empresas,  comunicaciones  y  medios  audiovisuales  son  prioritarios  a  nivel comunitario,   y   los  trabajos  ya  iniciados  se  intensificarán  para  hacer efectiva la creación de los correspondientes sistemas de información.</p>
    <p class="parrafo">Al  mismo  tiempo,  las  nuevas  perspectivas  de  unión  política que ofrece el Tratado  de  Unión  política,  y concretamente las medidas relativas a la Europa social,  apuntan  a  la  emergencia  de  nuevos  sectores  de servicios para las personas  y  las  colectividades  (como  la  seguridad  social, la educación, la sanidad   y   la   acción  social,  las  actividades  asociativas,  recreativas, culturales  y  deportivas,  etc.)  que deberán analizarse bajo el enfoque de las «empresas  de  servicios»,  prestando  especial  atención  al tratamiento de los servicios  no  comerciales  y  a  los estrechos vínculos entre dichos sectores y el análisis funcional del gasto público.</p>
    <p class="parrafo">Asimismo,  la  evolución  de  las  estadísticas  de  las  empresas  de servicios deberá  vincularse  al  desarrollo  de  un  sistema  de  información  basado  en</p>
    <p class="parrafo">repertorios  sectoriales  que  cubran  tanto  la  economía social y la artesanía como  las  actividades  dirigidas  a  ajustar  y  aplicar  el programa de acción para el desarrollo del sistema estadístico del comercio y la distribución.</p>
    <p class="parrafo">4. Estadísticas de transportes</p>
    <p class="parrafo">El  Tratado  de  Maastricht  hace  hincapié  en  la  voluntad  de  avanzar en el sector   de   los  transportes  aplicando  una  política  de  liberalización  de mercados.  Ello  significa,  en  el  plano  estadístico,  que  deberá concederse prioridad   a   las   estadísticas   insuficientemente   desarrolladas  a  nivel comunitario,   a   saber:  las  de  transportes  aéreos  y  las  de  transportes marítimos.</p>
    <p class="parrafo">Ahora   bien,   al   margen   del   aspecto  modal,  será  conveniente  elaborar estadísticas   de   utilización   de   las  infraestructuras  y  los  medios  de transporte,  lo  cual  supone  que  deberá  concederse  especial prioridad a las estadísticas relativas al transporte de pasajeros.</p>
    <p class="parrafo">Por  otra  parte,  el  marco  específico  de  las  estadísticas  de  transportes continuará   desarrollándose   mediante   la   revisión   de  la  Directivas  de transportes  por  carretera,  ferrocarril  y  vías navegables, así como mediante su   ampliación  a  las  estadísticas  relativas  a  los  transportes  aéreos  y marítimos.</p>
    <p class="parrafo">Debe  consolidarse  todavía  el  sistema  de  información a partir de en enfoque más  intermodal  que  permita  reunir  las  metodologías sectoriales facilitando la organización de encuestas.</p>
    <p class="parrafo">5. Estadísticas de investigación y desarrollo tecnológico</p>
    <p class="parrafo">Las  competencias  en  materia  de  investigación  y  desarrollo tecnológico que asignó  a  la  Comunidad  el  Acta  Unica  (competencias que se ven consolidadas por  los  acuerdos  de  Maastricht  y  por la política comunitaria de fomento de la  innovación)  exigen  una  información  estadística actualizada y precisa. En el  marco  de  previsiones  de  la  propuesta de Decisión del Consejo en materia de  estadísticas  de  I+D  e  innovación,  los  objetivos del programa 1993-1997 apuntarán   especialmente   a   consolidar   la   actual  situación,  ampliando, asimismo,   las  tareas  de  recogida  de  datos:  nueva  información  sobre  el personal  de  I+D,  cuantificación  del  potencial tecnológico de las regiones y explotación   de   las   encuestas  piloto  sobre  innovación.  Se  ha  previsto intensificar  la  colaboración  con  la  OCDE, con el fin de obtener datos sobre la financiación y los gastos de I+D en un plazo más reducido.</p>
    <p class="parrafo">6. Estadísticas de energía</p>
    <p class="parrafo">La   perspectiva   que  ofrecen  las  estadísticas  de  energía  depende  de  la evolución  de  la  situación  económica  general  y del mercado de la energía en particular.</p>
    <p class="parrafo">El  interés  se  centrará  en la mejora de los balances, tanto en el aspecto del desglose  de  productos  como  en  lo  que  se  refiere a los agregados. Deberán ampliarse  las  encuestas  sobre  precios  y  consumo,  en  aras  de  una  mejor cobertura estadística.</p>
    <p class="parrafo">Por  lo  demás,  las  medidas  previstas  se  proponen  mejorar  y  facilitar la comparabilidad  de  la  información  estadística  sobre transparencia de precios y  flujos  de  la  energía,  seguridad  del  suministro  (con  medidas concretas destinadas   a   incrementar   la   dispersión   geográfica  de  los  recursos), intrasustitución   de   productos   energéticos,   utilización  racional  de  la</p>
    <p class="parrafo">energía,   explotación  de  recursos  de  energía  renovables,  impacto  de  las emisiones  procedentes  de  la  transformación  de  produtos  energéticos  (CO2, SO2,  etc.)  sobre  el  medio  ambiente y evaluación económica de dicho impacto, e inversiones energéticas regionales.</p>
    <p class="parrafo">En  este  contexto,  la  estrategia  de una utilización esmerada de los recursos de  materias  primas  no  energéticas  representa  un complemento importante. Es posible  que  la  apertura  de  las redes exija un seguimiento estadístico de su utilización.</p>
    <p class="parrafo">7. Estadísticas de turismo</p>
    <p class="parrafo">En  materia  de  estadísticas  de  turismo,  será  conveniente establecer, en el marco  del  espacio  económico  europeo,  un  sistema  de  información orientado especialmente hacia la oferta y la demanda turísticas.</p>
    <p class="parrafo">B.  Programas  sectoriales  de  gestión  de  la  política  agraria  común  y  la política de pesca</p>
    <p class="parrafo">Finalidad</p>
    <p class="parrafo">Contribuir  a  la  elaboración  de  los  datos  estadísticos  necesarios para la tramitación  y  el  seguimiento  de  las  disposiciones  fijadas  dentro  de  la política agraria común y la política de pesca.</p>
    <p class="parrafo">Objetivos estadísticos</p>
    <p class="parrafo">Proponer   a   los   organismos   estadísticos   de   los  Estados  miembros  la realización  de  encuestas  comunitarias,  una  elaboración similar de los datos a  partir  de  las  encuestas  nacionales, la aplicación de normas armonizadas y el  establecimiento  de  infraestructuras  estadísticas  comunes  en los ámbitos que se describen a continuación:</p>
    <p class="parrafo">1. Estadísticas agrarias</p>
    <p class="parrafo">Las  estadísticas  agrarias  experimentarán  en  los  próximos  años una notable evolución  como  consecuencia  de  la  reforma  de  la  política  agrícola común (PAC)   y   la   aplicación  de  los  resultados  de  la  operación  «screening» realizada  en  el  programa  anterior.  Parece  inevitable introducir cambios en los  instrumentos  de  recogida  de  los  datos referidos a las producción y las previsiones   de  producción,  los  precios,  los  ingresos  y  las  estructuras agrarias.   El  objetivo  es  lograr  una  mejor  utilización  de  los  recursos dedicados  a  las  estadísticas  agrarias limitando al máximo la creciente carga que sufren los empresarios agrarios.</p>
    <p class="parrafo">a) Producción agraria</p>
    <p class="parrafo">Producción   vegetal:   el   establecimiento  de  estabilizadores  en  distintos sectores   de  la  producción  vegetal  y  determinados  aspectos  que  incluirá probablemente  la  reforma  de  la  PAC  han  puesto  de relieve la necesidad de aumentar  la  calidad,  la  similitud  y  los  plazos  de  preparación de dichas estadísticas.  La  reforma  de  la  PAC  aumentará  la influencia directa de los resultados  estadísticos  en  la  gestión  de los mercados. Por consiguiente, es importante  no  sólo  crear  un  marco  jurídico  vinculante  sobre estadísticas vegetales,  sino  además  continuar  la  búsqueda  constante  de  los medios más adecuados   para  garantizar  su  fiabilidad  y  objetividad  limitando  lo  más posible   el   coste  en  recursos  financieros  y  humanos.  Con  este  fin  se continuará  y,  si  es  posible, se intensificará la investigación ya emprendida sobre   técnicas  de  sondeo  y  de  previsión,  así  como  sobre  teledetección aplicada a las estadísticas agrarias.</p>
    <p class="parrafo">Producción  animal:  las  estadísticas  y  la  legislación  comunitarias deberán adaptarse  a  la  evolución  de  los mercados y a la de las medidas adoptadas en relación  con  su  gestión:  por consiguiente deberán someterse periódicamente a un  estudio  crítico  para  que  se  puedan  conseguir los objetivos perseguidos con  el  menor  coste,  sobre  todo  teniendo  en cuenta los distintos grados de importancia  de  la  producción  en  los  distintos países. Deberá prestarse una atención  especial  a  la  mejora  de toda la información sobre el sacrificio de animales.</p>
    <p class="parrafo">Balances   de   suministro:  estos  balances  constituyen  la  síntesis  de  las estadísticas   sobre   las  disponibilidades  y  utilización  de  los  distintos productos  vegetales  y  animales  y  permiten,  por  consiguiente, seguir sobre todo  la  evolución  del  grado  de  autoabastecimiento  y  de  consumo. Podrían hacerse   necesarios   determinados   ajustes  por  la  introducción  del  nuevo sistema  de  comercio  intracomunitario  depués  de  1992. Es preciso mejorar su calidad  y  definir  mejor  la  demanda  de datos esenciales, según el detalle y las  agrupaciones  geográficas  requeridas,  teniendo en cuenta que estas cifras sirven   como   datos   de   referencia   para   los  acuerdos  internacionales, especialmente para el GATT.</p>
    <p class="parrafo">Balances  alimenticios:  las  cantidades  de alimentos disponibles se recogen en estadísticas   desde   hace  dos  decenios.  Se  han  emprendido  estudios  para determinar  las  necesidades  de  alimentación  animal  con  el  fin de fijar la demanda  de  alimentos  mucho  antes  de  que  se  conozcan  los  datos sobre la oferta.  Se  han  iniciado  y  se  van a continuar los esfuerzos para cruzar los datos  de  la  oferta  y  la  demanda  para  tener  un mejor conocimiento de los alimentos  que  consume  cada  una  de  las clases de animales. La reforma de la PAC  fortalecerá  el  papel  de  los mercados y exigirá un esfuerzo especial con vistas  a  obtener  datos  sobre el nivel de reservas de los productos agrarios, tanto  públicos  como  privados,  en  consideración  a  su  influencia  sobre el mercado.</p>
    <p class="parrafo">b) Precios y rentas agrarias</p>
    <p class="parrafo">La  revisión  y  la  mejora  de  las  fuentes  y  los  métodos  utilizados en la elaboración  de  las  cuentas  económicas  de  la  agricultura  constituyen  una importante  tarea  que  permitirá  una mayor armonización de las estadísticas de los  Estados  miembros  y  una  mejor  percepción  de  las disparidades de renta agraria  que  hay  en  la  Comunidad. Se introducirán mejoras de la calidad, así como del análisis de las previsiones de la renta agraria.</p>
    <p class="parrafo">La  puesta  en  marcha  y  la  continuación  de  un  estudio  sobre los ingresos globales  de  las  unidades  familiares  del  sector  agrario  contribuirá a una mejor comprensión de la renta total del sector.</p>
    <p class="parrafo">Se  crearán  o  se  actualizarán modelos de previsión y de simulación (a corto y medio  plazo)  en  una  base de datos integrada del sector agrario. Constituirán una  herramienta  para  las  previsiones  y  las  simulaciones de los efectos de las   medidas   políticas   agrarias  alternativas.  La  utilización  de  dichos modelos  permitirá  a  los  responsables  políticos  apoyar  sus propuestas. Los Estados miembros estarán más vinculados a este trabajo.</p>
    <p class="parrafo">c) Estructuras agrarias</p>
    <p class="parrafo">Durante  el  período  1993-1997,  los  Estados  miembros  realizarán  todas  las encuestas  sobre  las  explotaciones  agrarias fijadas en el Reglamento (CEE) no</p>
    <p class="parrafo">571/88.</p>
    <p class="parrafo">Para   facilitar   el   acceso  a  los  resultados  de  dichas  encuestas  y  su utilización,  se  continuará  el  desarrollo del nuevo sistema de banco de datos (EUROFARM).</p>
    <p class="parrafo">El   aprovechamiento   estadístico   de   fuentes  administrativas  (registros), especialmente  en  los  cultivos  permanentes,  deberá poner a disposición de la Comunidad  un  conjunto  de  datos  imprescindibles  sobre  la  evolución de los sectores agrarios correspondientes.</p>
    <p class="parrafo">d) Industria agroalimentaria</p>
    <p class="parrafo">Se  continuará  el  repertorio  de  datos  sobre las industrias relacionadas con el  sector  agrario.  Se  atenderán  las  necesidades de los usuarios utilizando los  datos  existentes  y  aprovechando las mejoras anunciadas en el área de las estadísticas de las empresas.</p>
    <p class="parrafo">e) Silvicultura</p>
    <p class="parrafo">La  mejora  de  la  información  sobre la silvicultura se dirige especialmente a la  estructura  de  las  unidades  forestales  para  hacer  un  inventario de la silvicultura comunitaria.</p>
    <p class="parrafo">2. Estadísticas de pesca</p>
    <p class="parrafo">La  política  común  de  pesca  abarca  varios  centros de interés que requieren disponer  de  estadísticas:  la  gestión de los mercados, la conservación de las reservas pesqueras y la reestructuración de la industria de la pesca.</p>
    <p class="parrafo">Los  Reglamentos  ya  adoptados  sobre  desembarque  de  productos de la pesca y sobre  capturas  en  el  nordeste  y  el  noroeste  del  Atlántico prescriben la elaboración  de  las  estadísticas  más  necesarias.  En  los próximos años será preciso  mejorar  la  calidad  de  estos  datos mediante un continuo intercambio de datos sobre la metodología que se utiliza en los Estados miembros.</p>
    <p class="parrafo">Por   otro  lado,  se  han  iniciado  los  trabajos  previos  para  mejorar  las actuales   estadísticas   sobre   la   pesca  en  el  Mediterráneo  y  sobre  la acuicultura.</p>
    <p class="parrafo">C. Programas sectoriales de la política de medio ambiente</p>
    <p class="parrafo">Finalidad</p>
    <p class="parrafo">Elaborar  un  sistema  de  indicadores estadísticos que permitan la preparación, la  aplicación,  el  seguimiento  y  la valoración de los programas comunitarios de medio ambiente.</p>
    <p class="parrafo">Objetivos estadísticos</p>
    <p class="parrafo">Proponer   a   los   organismos   estadísticos   de   los  Estados  miembros  la realización  de  encuestas  comunitarias,  una  elaboración  similar a partir de los   datos   existentes,   la   aplicación   de   normas   armonizadas   y   el establecimiento   de   infraestructuras   estadísticas   comunes  en  el  sector siguiente:</p>
    <p class="parrafo">Estadísticas de medio ambiente</p>
    <p class="parrafo">En  el  sector  del  medio  ambiente  el  período  de  programación  se cubre el quinto  programa  de  actuación  de  la  política  comunitaria  sobre  el  medio ambiente   titulado   «Towards   sustainability»,   que  amplía  los  principios básicos  del  desarrollo  sostenible  (sustainability)  y  de la responsabilidad compartida  (shared  responsibility)  de  todos  los  agentes  y sectores. Dicho programa  postula  el  paso  de  una  estrategia  de  legislación  normativa  al desarrollo  de  una  combinación  de  los instrumentos económicos y sociales que</p>
    <p class="parrafo">permitan   incorporar  el  objetivo  del  desarrollo  sostenible  en  todos  los sectores,  cambiar  el  comportamiento  de  los  diferentes agentes e introducir el concepto de responsabilidad medioambiental (environmental liability).</p>
    <p class="parrafo">La  filosofía  del  desarrollo  continuado  se continuará a escala mundial en la Conferencia  sobre  el  medio  ambiente  y  el desarrollo de la ONU (UNCED), que se  reunió  en  junio  de  1992  en  Brasil  y  para  la  que se ha elaborado un programa  de  cara  al  siglo  XXI  con  un  capítulo sobre el despliegue de una política de información adecuada.</p>
    <p class="parrafo">En  estas  circunstancias,  los  objetivos  del programa de estadística sobre el medio   ambiente   del   período  1993/1997  deberán  continuar  y  ampliar  las actividades  iniciadas  en  el  período  1989/1992  y orientarse hacia la puesta en práctica de los resultados de los estudios en curso.</p>
    <p class="parrafo">Las actividades prioritarias se refieren a:</p>
    <p class="parrafo">-  la  introducción  de  un  sistema  de  recogida  de datos de las estadísticas sobre   desechos   en   relación   con   la  legislación  comunitaria  sobre  el tratamiento de los desechos;</p>
    <p class="parrafo">-  la  introduccción  de  un  sistema  de  recogida de datos en relación con las encuestas  industriales  referidas  a  la generación de emisiones y desechos y a los  gastos  realizados  para  su  prevención  y  eliminación;  determinación  y descripción de las ecoindustrias;</p>
    <p class="parrafo">-  la  colaboración  para  la  elaboración  de  un  registro  de las emisiones y desechos  por  sector  económico  en  colaboración  con  la  Agencia europea del medio ambiente (AEMA) (continuación del proyecto Corinair);</p>
    <p class="parrafo">-  armonización  de  las  estadísticas  sobre los gastos de los poderes públicos destinados   al   medio   ambiente  y  las  iniciativas  sobre  investigación  y desarrollo (I+D) en este sector;</p>
    <p class="parrafo">-   creación   de  indicadores  y  estudios  referidos  a  las  estadísticas  de transporte,  materias  primas  y  energía,  industria, agricultura y turismo, en aplicación de las políticas de medio ambiente en estos sectores;</p>
    <p class="parrafo">-  colaboración  en  los  trabajos  internacionales  sobre las cuentas satélites del medio ambiente.</p>
    <p class="parrafo">En  los  próximos  años,  el  trabajo  estadístico  podrá  avanzar  mediante  la introducción  de  normas  comunitarias  sobre  la  planificación medioambiental, la  contabilidad  y  los  controles  medioambientales  de  las  empresas  y  las administraciones  públicas  y  mediante  el  aumento  de  la  información  y  la responsabilidad   de   los   consumidores  y  ciudadanos  particulares.  A  ello contribuirán  también  el  avance  de  la investigación científica acerca de las causas  y  efectos  del  impacto  de  la actividad humana en el medio ambiente y el  desarrollo  de  la  teoría  económica y de los medios empíricos para valorar los   daños  al  medio  ambiente,  con  vistas  a  englobar  los  costes  de  la degradación  del  medio  ambiente  y el agotamiento de los recursos naturales en la contabilidad económica.</p>
    <p class="parrafo">II.  PROGRAMAS  SECTORIALES  DE  POLITICA  SOCIAL, COHESION ECONOMICA Y SOCIAL Y PROTECCION DE LOS CONSUMIDORES Finalidad</p>
    <p class="parrafo">Contribuir   a   la  creación  de  indicadores  estadísticos  armonizados  sobre empleo,  paro,  movimientos  de  población,  nivel  de  vida,  salud, protección social, educación, formación profesional y disparidades regionales.</p>
    <p class="parrafo">Objetivos estadísticos</p>
    <p class="parrafo">Proponer   a   los   organismos   estadísticos   de   los  Estados  miembros  la realización  de  encuestas  o  la  elaboración  de  estadísticas a partir de los datos  que  se  poseen  actualmente,  según  normas  comunes,  en los siguientes sectores:</p>
    <p class="parrafo">1. Estadísticas de empleo</p>
    <p class="parrafo">El  esfuerzo  realizado  para  hacer  más  fiables y completos los resultados de la  encuesta  sobre  la  población  activa  (EPA)  se  encuentra  en este sector plenamente  justificado.  La  EPA  va  a  mantener  su  posición  central en las estadísticas  de  empleo  y  adquirir  una  nueva  importancia por la innovación derivada  del  artículo  123  del  Tratado,  que añade a las funciones del Fondo social  la  «adaptación  a  las transformaciones industriales y a los cambios de los   sistemas   de   producción,  especialmente  mediante  la  formación  y  la reconversión profesionales», con arreglo a los objetivos 3 y 4.</p>
    <p class="parrafo">Esta  encuesta  comunitaria  se  convertirá,  más que en el pasado, en la base y el  marco  común  de  las  estimaciones  que  servirán  de  complemento de otras estadísticas   más  detalladas  o  más  frecuentes  que  se  realizarán  en  los Estados  miembros.  Así  será  posible  no  sólo presentar mensualmente tasas de desempleo  comparables  entre  sí,  sino también delimitar mejor el problema del volumen  de  trabajo  en  economías  con  modos de organizar el trabajo cada vez más  variables  (por  ejemplo,  tiempo  parcial,  empleo  múltiple,  alternancia trabajo/formación).</p>
    <p class="parrafo">Se  prestará  una  especial  atención a las posibilidades de fijar indicadores a corto plazo sobre el empleo en cada sector.</p>
    <p class="parrafo">2.   Estadísticas   sobre   las  condiciones  de  vida  y  trabajo  y  sobre  la protección social</p>
    <p class="parrafo">Las  tareas  prioritarias  en  este  ámbito  pueden distribuirse en tres grandes sectores:</p>
    <p class="parrafo">a) Población</p>
    <p class="parrafo">las tareas serán las siguientes:</p>
    <p class="parrafo">-  obtención  de  un  conjunto  anual de datos coherentes y comparables sobre la situación y la evolución demográficas,</p>
    <p class="parrafo">- continuación de los trabajos referidos a las proyecciones demográficas,</p>
    <p class="parrafo">-  suministro  de  datos  sobre  la  movilidad  intracomunitaria,  con  atención especial al flujo, la cualificación y la edad,</p>
    <p class="parrafo">-  satisfacción  de  las  necesidades de datos estadísticos sobre la inmigración extracomunitaria,  con  atención  especial  a  la composición familiar, así como a la formación y la cualificación de la población inmigrante,</p>
    <p class="parrafo">-  creación  de  un  sistema  de  información CEE/AELC sobre las cifras y flujos de inmigrantes.</p>
    <p class="parrafo">b) Condiciones de trabajo</p>
    <p class="parrafo">las tareas serán las siguientes:</p>
    <p class="parrafo">-   disponibilidad   de  datos  estadísticos  referidos  a  las  condiciones  de trabajo  y,  en  especial,  al  tipo  de  contrato  y  el  reparto del tiempo de trabajo,   con   objeto   de   realizar  un  seguimiento  de  los  proyectos  de directivas que tratan sobre estos asuntos,</p>
    <p class="parrafo">-  mejora  de  la  información  sobre  los  salarios  y los costes de la mano de obra,  sobre  todo  a  través  de  encuestas sobre la estructura de los salarios que  proporcionen  datos  sobre  los niveles de cualificación y la dispersión de</p>
    <p class="parrafo">salarios  según  el  tamaño  de  las  empresas,  los sectores de actividad y las regiones.  Esta  mejora  de  la  información  deberá  igualmente  satisfacer las exigencias  expuestas  en  el  dictamen  sobre  una  remuneración  justa y en el tercer  programa  de  igualdad  de  oportunidades  entre  hombres  y mujeres, en relación con la idea «a igual trabajo, igual salario»,</p>
    <p class="parrafo">- creación de indicadores a corto plazo sobre el coste de la mano de obra,</p>
    <p class="parrafo">-   establecimiento   de   indicadores   sobre   las   relaciones   industriales (conflictos,    porcentajes    de   afiliación   a   sindicatos,   negociaciones colectivas, etc.).</p>
    <p class="parrafo">De  manera  general,  dado  que  la  Comunidad  se  ha  propuesto  avanzar en la igualdad  de  oportunidades  entre  hombres  y  mujeres, la distinción por sexos deberá  estar  presente  en  todas  las  estadísticas  que,  por  su naturaleza, permitan dicha distinción.</p>
    <p class="parrafo">c) Condiciones de vida y protección social</p>
    <p class="parrafo">las tareas serán las siguientes:</p>
    <p class="parrafo">-  aumento  de  la  posibilidad  de  comparar  y  de  la frecuencia de los datos sobre el consumo y las condiciones de vida de las familias,</p>
    <p class="parrafo">-  creación  de  una  base  de  datos sobre la distribución de los ingresos, con especial  atención  a  los  ingresos  de  las  personas  de edad avanzada, en el contexto del Año europeo de las personas de edad avanzada (1993),</p>
    <p class="parrafo">-  creación  de  una  comisión  europea  sobre los ingresos y las condiciones de vida  de  las  familias,  como para el seguimiento de las repercusiones sociales del mercado único,</p>
    <p class="parrafo">-   continuación  y  perfeccionamiento  de  los  indicadores  de  pobreza  y  en especial la incorporación de sus aspectos no monetarios,</p>
    <p class="parrafo">-  seguimiento  de  los  gastos  e  ingresos de protección social, especialmente en  correspondencia  con  el  proyecto de recomendación sobre la convergencia de los objetivos de seguridad social con el objetivo relativo al nivel mínimo,</p>
    <p class="parrafo">-   seguimiento   de   los   estudios   microeconómicos  sobre  los  índices  de sustitución por empleo,</p>
    <p class="parrafo">-  actualización  periódica  del  «Digest  of Statistics on Social Protection in Europe»,</p>
    <p class="parrafo">-  actualización  cada  dos  años  de las estadísticas sobre la situación social de los minusválidos,</p>
    <p class="parrafo">-  fomento  de  la  recogida  de  datos relativos al «presupuesto-tiempo» de los europeos,</p>
    <p class="parrafo">-  preparación  de  datos  sobre  las medidas y presupuestos concedidos para los servicios de apoyo a las familias.</p>
    <p class="parrafo">3. Estadísticas de educación y formación profesional</p>
    <p class="parrafo">Una  de  las  principales  nuevas  y más urgentes tareas del sistema estadístico comunitario   va   a   ser   impulsar   las   estadísticas   sobre   eduación  y especialmente sobre la fomación profesional.</p>
    <p class="parrafo">El  aumento  de  la  posibilidad  de comparar los datos estadísticos a través de la   determinación   de   las   correspondencias   reales   entre  los  sistemas educativos  y  de  formación  profesional de cada Estado es una importante labor que  se  va  a  llevar  a cabo con objeto de conocer mejor las realidades de los distintos  Estados  miembros.  El  fundamento  de la expansión de la información en  este  sector  será  la elaboración de estadísticas concretas a partir de los</p>
    <p class="parrafo">datos actuales de los distintos ficheros administrativos.</p>
    <p class="parrafo">4. Estadísticas de salud y seguridad</p>
    <p class="parrafo">Las  iniciativas  previstas  en  este  sector  se  refieren  al  estudio  de  la mortalidad  y  la  morbilidad  según  sus  causas.  Se fijará y se continuará la recogida  sistemática  de  datos  que  permitan la comparación, de común acuerdo con    los   países   y   los   organismos   internacionales   correspondientes, especialmente la Organización Mundial de la Salud.</p>
    <p class="parrafo">Por  otra  parte,  la  Resolución  del  Consejo  de 21 de diciembre de 1987 y la Directiva  de  22  de  junio  de 1989 exigen la armonización de las estadísticas sobre  accidentes  en  el  lugar  de  trabajo  y  enfermedades profesionales. Se coninuarán los trabajos en este sector.</p>
    <p class="parrafo">5. Estadísticas regionales y locales</p>
    <p class="parrafo">Las estadísticas regionales evolucionarán en las direcciones siguientes:</p>
    <p class="parrafo">-  aplicación  y  atención  a  la  red  regional más completas, con inclusión de los  nuevos  Estados  federados  alemanes,  del  plan  de cuentas regionales por parte de todos los Estados miembros,</p>
    <p class="parrafo">-  aumento  de  la  representatividad  regional  de las encuestas comunitarias y mayores posibilidades de aprovechamiento,</p>
    <p class="parrafo">-   mayores  fiabilidad  y  posibilidades  de  comparación  de  los  indicadores regionales  utilizados  para  la  aplicación  de los reglamentos relativos a los Fondos estructurales,</p>
    <p class="parrafo">- datos regionales sobre el sector público,</p>
    <p class="parrafo">-  organización  de  un  sistema  común  de  datos  infrarregionales que permita disponer   de   subdivisiones   funcionales   y   geográficas   del   territorio comunitario  (zonas  de  empleo,  zonas urbanas y rurales, etc.), y organizar la recogida  de  datos  y  la  base informática para la representación cartográfica espacial y regional,</p>
    <p class="parrafo">-  creación  de  indicadores  que  reflejen  los factores que influyen de manera apreciable  en  las  perspectivas  y  capacidad  de  desarrollo  y de adaptación estructural, como los siguientes:</p>
    <p class="parrafo">- nivel y cualificación de los recursos humanos,</p>
    <p class="parrafo">- inversión,</p>
    <p class="parrafo">- equipamiento en infraestructuras,</p>
    <p class="parrafo">- capacidad de innovación,</p>
    <p class="parrafo">-  capacidad  emprendedora  según  se  refleja  en  la  evolución  del número de empresas que se crean o que se cierran.</p>
    <p class="parrafo">6. Estadísticas para la protección de los consumidores</p>
    <p class="parrafo">El  título  XI  del  nuevo  Tratado  de  la  Unión Europea introduce un capítulo sobre  la  protección  de  los  consumidores  en  los  ámbitos  de  la salud, la seguridad, los intereses económicos y la información.</p>
    <p class="parrafo">En  este  contexto,  es  importante disponer de datos relativos a los siguientes aspectos:</p>
    <p class="parrafo">-  daños  a  la  salud  y  la  seguridad  relacionados  con  la  utilización  de productos  o  servicios,  con  inclusión  de  los  accidentes domésticos y en el tiempo de ocio,</p>
    <p class="parrafo">-  tendencias  de  los  gastos de los consumidores, según los distintos sectores y  tipos  de  distribución  (las  llamadas ventas fijas, frente a las ventas por correspondencia).</p>
    <p class="parrafo">Por  último,  será  conveniente  crear un nuevo tipo de información estadística, que  sea  capaz  de  percibir no sólo en qué medida crea el mercado único nuevos mercados  (por  ejemplo,  para  las  entidades  financieras) en los países de la Comunidad,  sino  también  la  confianza  que  inspira  el  mercado  único a los consumidores  (por  ejemplo,  transacciones  de  productos  y servicios más allá de las fronteras interiores de la Comunidad).</p>
    <p class="parrafo">III. PROGRAMAS SECTORIALES PARA LA UNION ECONOMICA Y MONETARIA Finalidad</p>
    <p class="parrafo">Contribuir   a   la   creación   de  indicadores  estadísticos  armonizados  que faciliten  al  avance  hacia  los objetivos fijados dentro de la Unión Económica y  Monetaria.  Se  trata  del  conjunto  de estadísticas necesarias para que los Estados  miembros  supervisen  la  aplicación de los principios enunciados en la letra  a)  del  artículo  3 del título II del Tratado de la Unión Europea, sobre la convergencia de las políticas económicas.</p>
    <p class="parrafo">Objetivos estadísticos</p>
    <p class="parrafo">Proponer   a   los   organismos   estadísticos   de   los  Estados  miembros  la realización  de  encuestas  o  la  elaboración  de  estadísticas a partir de los datos  acutales,  según  normas  comunes,  en  los  sectores  que  se detallan a continuación.</p>
    <p class="parrafo">1. Cuentas nacionales (económicas y financieras)</p>
    <p class="parrafo">Los  datos  sobre  las  cuentas  de cada país serán, como hasta ahora, la piedra angular del análisis macroeconómico.</p>
    <p class="parrafo">El  producto  nacional  bruto  (PNB)  constituye  desde 1988 la base de un nuevo recurso  propio  de  la  Comunidad.  La  Directiva  sobre  el  PNB estableció un procedimiento  de  comprobación  y  estimación  de la posibilidad de comparación y la representatividad de los PNB de los Estados miembros de la Comunidad.</p>
    <p class="parrafo">Para  alcanzar  estos  objetivos,  será  preciso  consolidar los trabajos que se están realizando y darles absoluta prioridad.</p>
    <p class="parrafo">Se trata de:</p>
    <p class="parrafo">1)  Conseguir  un  cumplimiento  más homogéneo de las normas del sistema europeo de cuentas económicas integradas (SEC).</p>
    <p class="parrafo">2) Mejorar la exactitud de la evaluación del PNB.</p>
    <p class="parrafo">3)  Cerciorarse  de  que  las  cuentas  nacionales  proporcionan  una imagen más exhaustiva de la actividad económica.</p>
    <p class="parrafo">Se  espera  que  se  produzca  en  un  futuro próximo una sutancial mejora de la calidad  de  los  datos  básicos  utilizados  en  las  cuentas de los países, en especial  un  inventario  de  las  fuentes  y  métodos  realizado  con objeto de comprobar  la  posibilidad  de  comparación de los datos del PNB en el ámbito de la  contribución  de  los  Estados  miembros al presupuesto comunitario según el PNB  (cuarto  recurso).  Será  conveniente,  no  obstante,  llegar  más allá del simple  PNB  y  sus  principales contrapartidas, pues la posibilidad de comparar las  estimaciones  macroeconómicas  sobre  distribución  de  la renta, formación del  ahorro,  acumulación  y  financiación  constituirá una importante exigencia conectada con la realización de la Unión Económica y Monetaria.</p>
    <p class="parrafo">El  Tratado  de  la  Unión  Europea  destaca  la  importancia de los indicadores estadísticos   derivados  del  SEC.  En  el  Protocolo  sobre  el  procedimiento aplicable   en   caso   de  déficit  excesivo,  por  ejemplo,  las  definiciones utilizadas  para  el  déficit  presupuestario,  la  inversión y la deuda son las del  SEC.  El  SEC  se encuentra actualmente en proceso de revisión y la versión</p>
    <p class="parrafo">revisada  entrará  en  vigor  durante el período que abarca el presente programa estadístico.</p>
    <p class="parrafo">La  elaboración  de  las  cuentas  de  patrimonio  -es  decir, el estudio de las existencias  más  que  de  los  flujos- ya está prevista en la revisión del SEC. En  el  caso  de  los balances financieros, constituyen un estudio global de las distintas  cuentas  satélites,  como,  por  ejemplo, agregados monetarios, deuda exterior  y  deuda  del  Estado.  Será preciso disponer de cuentas de patrimonio de  todos  los  Estados  miembros  para  poder analizar el comportamiento de los agentes económicos.</p>
    <p class="parrafo">Para  la  futura  Unión  Económica  y Monetaria será preciso tener un sistema de cuentas  económicas  integradas  para  toda  la Unión, para estar en condiciones de   seguir   la   evolución  económica.  Para  determinar  la  posición  de  la Comunidad  con  respecto  al  resto  del mundo, por ejemplo, es preciso disponer de datos coherentes sobre los haberes y los compromisos en el exterior.</p>
    <p class="parrafo">2. Estadísticas del sector público</p>
    <p class="parrafo">La  aplicación  de  un  programa de trabajo se muestra totalmente distinta según se   trate   de   las   estadísticas   de   las   empresas  públicas  o  de  las administraciones   públicas.   En   el   primer   caso,  es  preciso  crear  una subdivisión  de  las  estadísicas  de  las empresas, mientras que, en el segundo caso,  se  trata  de  mejorar  la  calidad  de  las  estadísticas  actuales (más rapidez,  más  posibilidad  de  comparar,  más  detalle)  para  adecuarlas a las necesidades concretas de la realización de la Unión Económica y Monetaria.</p>
    <p class="parrafo">a) Estadísticas de las empresas públicas</p>
    <p class="parrafo">En  primer  lugar,  conviene  que  los  repertorios  de empresas que se utilicen con  fines  estadísticos  hagan  constar  en  sus descriptores los criterios que definen el control de la empresa por parte de los poderes públicos.</p>
    <p class="parrafo">En  lo  que  se  refiere  a  las  encuestas  comunitarias correspondientes a las empresas   industriales   y   de   servicios,   la  Comisión  debe  iniciar,  en colaboración  con  los  Estados  miembros, los trabajos necesarios que conduzcan a  la  separación  entre  las  empresas  privadas  y  las  empresas  públicas. A priori,   todas  las  variables  que  se  recojan  en  estas  encuestas  deberán considerarse  con  respecto  a  las empresas públicas y podrían incluirse además otras variables.</p>
    <p class="parrafo">En   el   ámbito  de  la  elaboración  de  las  cuentas  de  patrimonio  de  las sociedades   (y   cuasisociedades)  públicas  (financieras  y  no  financieras), deberá  prestar  una  especial  atención  a la realización de estadísticas sobre el  endeudamiento  de  las  sociedades (y cuasiociedades) públicas que disfrutan de la garantía de los poderes públicos.</p>
    <p class="parrafo">b) Estadísticas de la administración pública</p>
    <p class="parrafo">Determinados  elementos  de  las  cuentas  nacionales  que  hasta  ahora estaban infrautilizados   están   adquiriendo  gran  importancia.  En  el  caso  de  una política  monetaria  unificada,  por  ejemplo,  el estudio de la política fiscal exige  datos  sobre  los  ingresos  y  gastos  del  Estado,  los  déficit  y  su financiación.  Además,  uno  de  los cuatro principios de convergencia señalados en  el  Tratado  de  la  Unión  Europea  se  refiere  expresamente a la política fiscal.  Para  dar  cumplimiento  al Protocolo sobre el procedimiento de déficit excesivo,  los  datos  relativos  a  la vez a la posición presupuestaria general y  a  la  deuda  pública  general  deben  armonizarse,  recogerse y actualizarse</p>
    <p class="parrafo">conforme a la metodología del SEC y a lo que se estipula en el Protocolo.</p>
    <p class="parrafo">El  artículo  104  C  del  Tratado  de la Unión Europea hace referencia a que la relación  entre  el  nivel  de  gastos  públicos  de  inversión  y  el  nivel de déficit  público  es  uno  de  los criterios que deberán incluirse en el informe que   la   Comisión   deberá  elaborar  si  un  Estado  miembro  no  cumple  los requisitos  de  dichos  criterios  sobre  déficit presupuestario. Ello significa que  los  datos  relativos  a los gastos públicos de inversión deben armonizarse y  recogerse  en  una  base  uniforme;  dichos datos se extraerán de las cuentas de cada país.</p>
    <p class="parrafo">3. Estadísticas sobre la balanza de pagos</p>
    <p class="parrafo">Una  «balanza  de  pagos  estable» constituye un principio rector tanto para los Estados   miembros   en  particular  como  para  la  Comunidad  en  su  conjunto (artículo  3  A).  En  consecuencia,  las estadísticas sobre la balanza de pagos tienen  una  extraordinaria  importancia  para  vigilar la situación económica y financiera  externa  de  cada  Estado  miembro  y  de  toda  la  Comunidad.  Las estadísticas   son   una   fuente   de   información  fiable  sobre  los  flujos macroeconómicos  internacionales,  como  el  comercio de bienes y servicios, los ingresos   de   los   agentes,   las   transferencias   sin  contrapartida,  las inversiones  directas  y  los  demás  flujos  de capital y monetarios. Numerosas medidas  políticas  importantes  en  el  contexto  de la integración económica y monetaria  dependen  de  manera  decisiva  de  las estadísticas sobre la balanza de   pagos.   Se   trata,   entre  otras  cosas,  de  medidas  relativas  a  los movimientos  de  capitales  y  los  pagos  (artículo 109 C), y al comportamiento de  las  operaciones  de  cambio.  Además,  parece muy probable que los próximos acuerdos  internacionales  de  comercio  (Ronda  Uruguay)  incluirán el comercio internacional  de  servicios,  para  el  que  las  estadísticas sobre balanza de pagos  constituyen  una  de  las  principales  fuentes  de información. Por elle sería   deseable   disponer   de   estadísticas   sobre  balanza  de  pagos  más pormenorizadas, fiables y rápidamente disponibles.</p>
    <p class="parrafo">Actualmente,  las  estadísticas  sobre  balanza de pagos de los Estados miembros difieren  en  cuanto  a  su  detalle,  su  calidad  y  su actualidad. Además, en determinados    Estados   miembros,   su   carácter   confidencial   impide   la transmisión  de  datos  a  la Comunidad. De ello se deriva para la Comunidad una falta  de  información  comparable  basada  en  definiciones comunes a todos los Estados   miembros.  Por  esta  razón  los  datos  agregados  sobre  los  flujos nacionales  tienen  una  calidad  limitada.  Además, los flujos nacionales no se desglosan  en  flujos  intracomunitarios  y  extracomunitarios.  La información, de  la  que  se  dispone  actualmente,  en  especial  a  escala  comunitaria, es claramente  insuficiente  para  satisfacer  las  necesidades futuras de la Unión Económica y Monetaria.</p>
    <p class="parrafo">Es   preciso   hacer   un   mayor  esfuerzo  para  llevar  a  cabo  las  mejoras sutanciales  necesarias.  El  próximo  manual  del Fondo Monetario Internacional deberá  adaptarse  a  las  normas  comunitarias  para  que  su aplicación no sea motivo   de  asimetrías  estadísticas.  Al  mismo  tiempo,  deberá  revisarse  y armonizarse  el  sistema  de  recogida  de  datos  en  toda  la Comunidad. Todas estas  tareas  deberán  realizarse  antes  del principio de la tercera fase y es conveniente,  en  consecuencia,  aprovechar  intensamente  el período que abarca el  presente  programa  estadístico.  El  papel  del  IME  («Institut  monétaire</p>
    <p class="parrafo">européen»)  en  la  segunda  fase  contribuirá  a  la  consecución,  a  un ritmo sostenido, de los objetivos definidos anteriormente.</p>
    <p class="parrafo">4. Estadísticas de precios</p>
    <p class="parrafo">Los  datos  sobre  los  índices  de precios tendrán dos importantes aplicaciones en  la  Union  Económica  y Monetaria. En primer lugar, el Tratado establece que el  objetivo  principal  del  Sistema  europeo  de  bancos centrales (SEBC) debe ser  mantener  la  estabilidad  de  los  precios. En segundo lugar, la reducción hasta  un  nivel  aceptable  de  los difernciales de inflación entre los países, definidos  por  los  índices  de  precios  al  consumo,  es uno de los criterios empleados  para  determinar  cuáles  serán  los Estados miembros cuyas economías se  considerará  que  han  alcanzado  un  grado  de convergencia suficiente para adherirse a la Unión Monetaria.</p>
    <p class="parrafo">Aunque   la   Comisión  recoge  y  difunde  datos  sobre  la  evolución  de  las inflaciones  de  cada  país  a  través  de  los  índices  de  precios al consumo facilitados  por  los  Estados  miembros  a  partir  de  una base mensual, tales índices  no  están  completamente  armonizados. Teniendo en cuenta lo importante que  es  disponer  de  datos comparables acerca de los datos de la inflación, en muy  breve  plazo  deberá  emprenderse  una  iniciativa  orientada  a  fijar  un índice de precios al consumo armonizado para todos los Estados miembros.</p>
    <p class="parrafo">5. Indicadores de coordinación de la política monetaria</p>
    <p class="parrafo">Con  objeto  de  mejorar  la  comprensión  de  los  mercados  financieros de los distintos  países,  se  continuarán  los trabajos sobre el inventario de fuentes y  métodos  de  las  estadísticas bancarias. El inventario tiene la finalidad de facilitar  la  determinación  de  los  distintos  instrumentos  financieros  que constituyen  los  «elementos  básicos»  de  los  agregados monetarios actuales y que  son  similares  en  los  Estados  miembros,  por características económicas semejantes.  El  Comité  de  Gobernadores  y más adelante el IME podrán utilizar dichos  elementos  para  fijar  y  someter  a  prueba  en  la práctica distintas definiciones  de  la  oferta  de  moneda, que podrán utilizarse en el proceso de intensificación   de   la   coordinación  de  las  políticas  monetarias  de  la Comunidad.</p>
    <p class="parrafo">A  partir  de  los  resultados  del  inventario,  se  fijarán,  si  se considera necesario,  los  sectores  en  los que sea posible una armonización más profunda de   las   condiciones   de  recogida  y  el  tratamiento  de  las  estadísticas bancarias.   Hasta   el  final  de  1993,  las  propuestas  de  armonización  se desarrollarán  según  las  modalidades  en  vigor  durante la primera fase de la UEM.  A  partir  del  1  de  enero  de  1994,  dichas  modalidades pasarán a ser responsabilidad  del  IME,  en  el marco de las funciones que deberá realizar en la  segunda  fase  de  la  UEM,  y  en tal caso hasta el 31 de diciembre de 1996 como máximo.</p>
    <p class="parrafo">Para  contribuir  al  ejercicio  de  supervisión  multilateral del Consejo, será preciso   disponer   de  datos  sobre  una  serie  de  indicadores  de  política monetaria.  Los  tipos  de  interés  son  uno de dichos indicadores y uno de los principios  de  convergencia  fijados  por el Tratado de la Unión Europea. Serán necesarios datos comparables referidos a tales indicadores.</p>
    <p class="parrafo">6. Estadísticas sobre el ecu</p>
    <p class="parrafo">Durante  el  período  que  abarca hasta el fin de la primera fase del proceso de la  UEM,  se  seguirán  recogiendo  y  publicando  estadísticas  sobre  el ecu a</p>
    <p class="parrafo">partir de una base uniforme.</p>
    <p class="parrafo">Durante  la  segunda  fase  de  la  UEM,  so  continuarán  y  se  ampliarán  los trabajos  de  recogidda  y  de  difusión  de  las  estadísticas  sobre  el  ecu, especialmente  para  que  el  IME  pueda  supervisar  la  evolución  del  ecu  y facilitar  su  uso,  de  conformidad con los artículos 2 y 4 del Protocolo sobre los   estatutos   del   IME,   y   para   que  la  Comisión  pueda  cumplir  sus obligaciones.</p>
    <p class="parrafo">7. Estadísticas de comercio exterior</p>
    <p class="parrafo">Desde  1993  será  importante  impulsar  de  nuevo una actuación sistemática con objeto   de   completar   la   armonización  (incluso  la  uniformidad)  de  las estadísticas  sobre  comercio  exterior  cuyos  cimientos  ya fueron puestos por el  Reglamento  (CEE)  no  1736/75  del  Consejo.  La  entrada  en vigor el 1 de enero   de  1993  de  la  versión  actualizada  de  dicho  Reglamento  será  una oportunidad  para  que  la  Comunidad  y  sus  Estados  miembros  reafirmen  por nuevas   disposiciones   de   aplicación  (especialmente  sobre  el  valor,  los criterios  de  confidencialidad  y  los  movimientos particulares de mercancías) tanto  la  existencia  autónoma  como el carácter específico de las estadísticas comunitarias.</p>
    <p class="parrafo">Este  nuevo  planteamiento  resulta  la única vía de mejora de la posibilidad de comparación  interna  de  los  resultados  proporcionados  a la Comisión por los institutos nacionales de estadística.</p>
    <p class="parrafo">Ahora  bien,  dicha  mejora  deberá  ser  paralela  a  la  de  la posibilidad de comparación  externa  que  se  consolida como el principal objetivo del presente decenio,  entre  otras  cosas  a  través  de  acercamiento  metodológico  que se institucionaliza  con  la  Asociación  Europea  de  Libre  Comercio  (AELC) y se anuncia  con  los  países  en  período  de  transición, así como a través de los ejercicios  de  «reconciliación»  que  se  están desarrollando (Estados Unidos y Canadá)   o   que  se  prevén  [Acuerdo  General  sobre  Aranceles  Aduaneros  y Comercio  (GATT)]  sobre  los  intercambios  de  la  Comunidad  con  los  países terceros.   Sólo  se  alcanzará  el  objetivo  si  cada  instituto  nacional  de estadística  acepta  la  reforma  de  lo  que  le  aparta  de  la práctica de la mayoría de los demás institutos.</p>
    <p class="parrafo">A   partir   de  la  unidad  así  consolidada,  la  Comisión  y  los  institutos nacionales  de  estadística  podrán  intervenir  de  común  acuerdo  en el plano internacional   para   preparar   los   acuerdos   que   hagan  compatibles  las estadísticas  mundiales  de  comercio  exterior  con mucha más seguridad que las correcciones,  adaptaciones  y  estimaciones  emprendidas  a posteriori a partir de resultados producidos por métodos diferentes.</p>
    <p class="parrafo">Por  lo  que  se  refiere  a  los  intercambios  internacionales  de  servicios, parece  realista  limitar  en  un primer momento el desarrollo de la información a  la  adaptación  del  contenido de las estadísticas de intercambios de bienes, que  en  conjunto  permitirán  aumentar  la  precisión  de  los  datos  sobre el comercio  exterior  requeridos  para  las  estadísticas  sobre  balanza de pagos (por  ejemplo,  valor,  naturaleza  de  la  transacción,  gastos  de transporte, gastos de seguro, operaciones de perfeccionamiento, etc.).</p>
    <p class="parrafo">Naturalmente,  deberá  continuarse  la  actividad  que  se  está  realizando  de adaptar  la  parte  estadística  de  la  nomenclatura  combinada  a la evolución tecnológica  del  comercio  exterior  y  a las exigencias de otras nomenclaturas</p>
    <p class="parrafo">comunitarias   e   internacionales,   puesto  que  el  órgano  institucional  de gestión es el Comité de la nomenclatura combinada arancelaria y estadística.</p>
    <p class="parrafo">El  estudio  de  las  medidas de convergencia de las economías europeas requiere disponer  de  datos  fiables  y  comparables.  La mejora de calidad de los datos se  logrará  por  medio  de  operaciones  concretas  orientadas a generalizar, a partir   de   los   estudios  dirigidos  junto  con  los  Estados  miembros,  la aplicación  de  una  lista  comunitaria  mínima  de controles y validaciones, de las  correciones  retroactivas  y  de  las  rectificaciones de anomalías y datos anormales   detectados  a  través  de  los  programas  de  análisis  estadístico creados con este objeto.</p>
    <p class="parrafo">La  valoración  de  la  base  de  información  así  obtenida se realizará por la producción  de  datos  derivados,  el  suministro  de series más elaboradas y el desarrollo   de  procedimientos  de  ajuste  temporal,  de  los  cálculos  y  el estudio  de  los  índices  de  comercio  exterior,  de  las  estimaciones  y los análisis estadísticos adecuados.</p>
    <p class="parrafo">IV. PROGRAMAS SECTORIALES PARA LA COMUNIDAD Y EL RESTO DEL MUNDO</p>
    <p class="parrafo">Finalidad   Estos   programas   tienen  una  doble  finalidad.  Por  una  parte, procurar  que  las  normas  estadísticas  elaboradas  y aplicadas en el interior de   la   Comunidad   se  apliquen  a  escala  internacional  para  aumentar  la capacidad  de  comparación  y  la  calidad  de  los datos, que resultan para los usuarios  una  cualidad  imprescindible  de la información estadística. Por otra parte,  la  Comunidad,  especialmente  con  respecto  a los países de Europa del Este  que  están  en  proceso  de  modernización  económica, debe desempeñar una función   de  coordinación  y  ayuda  al  desarrollo  de  sistemas  estadísticos modernos,  eficaces  y  que  obedezcan  a  los  mismos principios que los de los países de Europa occidental.</p>
    <p class="parrafo">Objetivos  estadísticos  Proponer  a  los institutos estadísticos de los Estados miembros   coordinar   la   actuación   de   la   Comunidad  en  los  organismos internacionales  y  emprender  iniciativas  de  cooperación y asistencia técnica para  el  desarrollo  de  los  sistemas estadísticos de los países en proceso de transición y en vías de desarrollo.</p>
    <p class="parrafo">1.  La  estadística  y  el  espacio  económico europeo (EEE) El Tratado sobre el EEE   señala  en  su  artículo  76  la  necesidad  de  fomentar  un  sistema  de estadísticas  comparables  y  armonizadas  en el conjunto de los países miembros de   citado   EEE.   Esta   disposición  del  Tratado  se  ha  reflejado  en  la elaboración  de  un  programa  estadístico  común CE-AELC. Dicho programa recoge todos  los  logros  y  proyectos  del  programa  estadístico comunitario que son pertinentes  para  la  aplicación  del  Tratado.  Por  lo  que  se refiere a los mecanismos  de  concertación,  y  más  allá  de  las disposiciones fijadas en el Tratado   EEE,   la   Comisión   quiere   vincular  estrechamente  los  sistemas estadísticos  de  los  países  de  la  AELC  a  todos los programas comunitarios para  favorecer  el  desarrollo  de  un  espacio  estadístico europeo coherente, basado en principios, normas y metodologías comunes.</p>
    <p class="parrafo">2.  Desarrollo  de  los  sistemas  estadísticos  de  los  países  en  proceso de transición  La  transición  hacia  la  economía  moderna  requiere  una profunda reorganización del sistema estadístico.</p>
    <p class="parrafo">La  cooperación  estadística  tendrá  fundamentalmente  un  carácter  técnico  y debe   orientarse  a  poner  a  su  disposición  las  metodologías  y  prácticas</p>
    <p class="parrafo">utilizadas  en  las  economías  de  mercado  desarrolladas y, en especial, en la Comunidad  Europea.  La  formación  podría  incluir  conferencias  y  seminarios dirigidos  a  grandes  grupos  o  ir unida a la elaboración de un proyecto en un área determinada (formación práctica).</p>
    <p class="parrafo">La  Comisión  se  encargará  de  la  organización  del  sistema  de formación en sentido  amplio  (desde  la  formación teórica hasta la asistencia técnica) y de la  coordinación  de  las  actividades  de  todos  los  países  e  instituciones internacionales organizadoras.</p>
    <p class="parrafo">La  cooperación  se  sitúa  dentro  de  un programa plurianual, que se divide en sectores  estadísticos  y  señala  el  orden  de  prioridad  de  los proyectos y tareas   individuales.   La  formación  básica  se  organiza  por  seminarios  y talleres  a  partir  de  una  base o bien bilateral, entre la Comisión y Estados miembros  y  un  país  de  Europa  central  y  oriental, o bien multilateral. La asistencia  técnica  se  realiza  en  un plano bilateral, entre la Comisión o un Estado miembro y un país de Europa central y oriental.</p>
    <p class="parrafo">Al  coordinar  los  proyectos  de  cooperación  de  los  países  del  G24  y las instituciones   internacionales,   la  Comisión  garantiza  un  buen  empleo  de recursos limitados (créditos y especialización).</p>
    <p class="parrafo">3.   Desarrollo   de  los  sistemas  estadísticos  de  los  países  en  vías  de desarrollo  Durante  el  período  1993-1997,  se  propone  que  la acitividad de cooperación de la Comisión se centre en las siguientes prioridades:</p>
    <p class="parrafo">-  formación  de  estadísticos:  la  educación  es una actividad fundamental que permite  que  los  países  en  vías  de  desarrollo  sienten  las  bases  de  un desarrollo   institucional   de   las   estadísticas;   en   este  ámbito  deben emprenderse dos tipos de iniciativas:</p>
    <p class="parrafo">-  la  financiación  de  escuelas  de  formación  profesional  en los países del ¦frica francófona, anglófona y de habla portuguesa.</p>
    <p class="parrafo">Están   previstas  intervenciones  en  otras  regiones  (América  Latina,  Asia, etc.),  para  satisfacer  las  posibles  peticiones emanadas de países de dichas regiones.  La  coordinación  con  la  red  del  Centro  europeo  de formación de estadísticos  economistas  de  los  países  en  vías  desarrollo (París, Lisboa, Madrid  y  Luxemburgo),  así  como  con  el  Centro  de  Munich,  seguirá siendo prioritaria   con   objeto  de  asegurarse  los  mejores  recursos  posibles  de cooperación;</p>
    <p class="parrafo">-  el  apoyo  a  las actividades dirigidas a la constante mejora de los recursos humanos,  organizando  cursos  y  seminarios de corta duración sobre los asuntos pertinentes;</p>
    <p class="parrafo">-   estadísticas   de   comercio  exterior:  el  apoyo  de  la  Comisión  a  las estadísticas  de  comercio  exterior  seguirá teniendo por objeto la terminación y  la  instalación  del  sistema  EUROTRACE.  Están  proyectadas  las  versiones francesa,  inglesa,  portuguesa  y  española  de  este  programa,  con objeto de apoyar  en  este  sector  a  los  países  en  vías  de  desarrollo  de todas las regiones;</p>
    <p class="parrafo">-  la  información  estadística  necesaria para la consideración de los aspectos sociales  del  desarrollo  representa  otra  vertiente de la futura cooperación. Tendrá   importancia   sobre   todo   en   relación   con  el  apoyo  al  ajuste estructural,  que  actualmente  forma  parte  de las prioridades del IV Convenio de Lomé;</p>
    <p class="parrafo">-  sistemas  de  información  para  la  seguridad  alimentaria:  la finalidad es apoyar  la  creación  de  sistemas  de  información  capaces  de contribuir a la elaboración  y  la  administración  de  políticas  alimentarias  y de desarrollo rural.  Ello  incluirá  la  participación en la programación y en la realización del   proyecto   DIAPER   III   en  los  países  del  CILSS  («Comité  permanent inter- tats  de  lutte  contre  la sécheresse dans le Sahel») financiados por el FED  (Fondo  europeo  de  desarrollo) y los programas bilaterales de los Estados miembros.</p>
    <p class="parrafo">Este   programa   se   fijará  dentro  de  una  estrategia  global  que  prepara actualmente  la  Comisión  con  los  Estados  miembros  de  la  CEE, teniendo en cuenta  los  programas  de  los  demás  organismos,  como  el Banco Mundial y la Comisión Económica de las Naciones Unidas para ¦frica.</p>
    <p class="parrafo">4.   Cooperación   con  los  demás  países  terceros  El  período  1993-1997  se dedicará   a   la  realización  de  los  objetivos  fijados  en  el  acuerdo  de cooperación   celebrado  con  el  «Office  of  Management  and  Budget»  de  los Estados   Unidos   y   con   el   organismo  de  estadísticas  de  Canadá,  como consecuencia  de  la  Declaración  transatlántica,  firmada  en  otoño  de  1990 entre  la  Comunidad,  Estados  Unidos y Canadá. Estos trabajos comunes tratarán sobre   la  creación  de  clasificaciones  y  nomenclaturas,  normas  y  métodos comunes,  la  coordinación  de  la asistencia técnica a los países en proceso de transición, la formación estadística y la difusión de la información.</p>
    <p class="parrafo">5.  Coordinación  con  las  organizaciones  internacionales  La  cooperación con los  departamentos  de  estadística  de  las organizaciones internacionales va a seguir  siendo  en  el  futuro un aspecto central de la política de la Comisión. En  el  plano  mundial,  la  Comisión  incrementará  su  presencia  en todos los mecanismos  de  cooperación  que  funcionan en el ámbito de las Naciones Unidas. La  revisión  de  dichos  mecanismos que se está llevando a cabo ahora permitirá a  la  comisión  estadística  de  las  Naciones Unidas disponer a partir de 1993 de  las  mejores  condiciones  para  la  cooperación, y definir mejor la función que  la  Comisión  deberá  desempeñar  dentro de los organismos de coordinación, como  el  grupo  de  trabajo  de  la  comisión  estadística de coordinación o el subcomité estadístico de cooperación de las organizaciones internacionales.</p>
    <p class="parrafo">Por  lo  que  se  refiere  a  sectores  específicos,  la Comisión participará en todos  los  grupos  de  trabajo  formados  por miembros de distintas secretarías en   los  que  representará  a  la  Comunidad  Europea:  contabilidad  nacional, estadísticas   de   servicios,estadísticas  de  medio  ambiente,  nomenclaturas, repertorios, etc.</p>
    <p class="parrafo">En  el  plano  europeo,  y de manera más general en los países industrializados, la  Comisión  tiene  previsto  incrementar su cooperación con la Organización de Cooperación  y  Desarrollo  Económicos  (OCDE)  y  la  CEE-Ginebra.  El grupo de representantes  de  distintas  secretarías  creado  en  1991 va a permitir poner en   práctica   la   cooperación   de  las  tres  instituciones  con  objeto  de perfeccionar  el  desarrollo  de  normas  y  métodos  estadísticos,  así como el sistema  de  recogida  de  datos  procedentes  de los organismos estadísticos de cada país.</p>
    <p class="parrafo">V. DESARROLLO DE TECNOLOGIAS ESTADISTICAS Y DE LOS RECURSOS HUMANOS</p>
    <p class="parrafo">Finalidad</p>
    <p class="parrafo">Más  allá  de  la  actividad  relacionada  con la producción de estadísticas, su</p>
    <p class="parrafo">estudio  y  difusión,  el  sistema  estadístico  comunitario  deberá afrontar en los  próximos  años  la  necesidad  de  continuar  el proceso de convergencia de las  prácticas  estadísticas  de  cada  país  hacia  un  sistema  cada  vez  más integrado   y   que  disponga  en  todos  sus  elementos  de  las  más  modernas tecnologías.</p>
    <p class="parrafo">Por  consiguiente,  será  preciso  actuar  en dos direcciones: por una parte, el desarrollo  de  técnicas  de  recogida,  tratamiento,  intercambio y difusión de los   datos   que   puedan  aprovechar  las  investigaciones  más  avanzadas  en tecnología  de  las  comunicaciones.  Por  otra parte, el objetivo es contribuir a  conseguir  en  los  sistemas  estadísticos nacionales la mejor utilización de las  infraestructuras  y  metodologías  creadas  dentro  del sistema estadístico de  la  Comunidad,  favoreciendo  la  instauración  de  una  verdadera comunidad estadística europea.</p>
    <p class="parrafo">Objetivos estadísticos</p>
    <p class="parrafo">Proponer  a  los  organismos  estadísticos de los Estados miembros el desarrollo en  común  de  las  técnicas  y  tecnologías  modernas  destinadas  a  hacer más fiables  y  rápidamente  disponibles  las  estadísticas  y  poner en práctica un programa de formación permanente.</p>
    <p class="parrafo">1. Difusión e informática estadísticas</p>
    <p class="parrafo">Hasta  el  final  de  esta década e incluso después, la condición principal para la  eficacia  del  sistema  estadístico europeo seguirá siendo un buen diseño de los   sistemas   de   información   y   una   herramienta  informática  de  alto rendimiento.</p>
    <p class="parrafo">Si  bien  en  un  primer  momento la calidad, la fiabilidad, la pertinencia y la disponibilidad   de   la   información   estadística  seguirán  siendo  factores importantes,  en  el  futuro  se  apostará  cada  vez  más  por la rapidez en el suministro   de  información  y  por  la  capacidad  de  análisis  de  ésta.  La importancia  otorgada  hasta  ahora  a  los sistemas informáticos, se trasladará a  la  capacidad  de  intercambio  de  conjuntos  importantes  de  datos  y a la interconexión  de  las  aplicaciones  estadísticas  de los Estados miembros y la Comisión,  es  decir,  la  aplicación  de  auténticos  sistemas  de  información europeos descentralizados.</p>
    <p class="parrafo">Dos ejes de desarrollo atañen a la cooperación con los Estados miembros:</p>
    <p class="parrafo">a)  Proyecto  DSIS  (Distributed  Statiscal  Information  Services)  El proyecto DSIS  consiste  en  desarrollar  un  conjunto de servicios estadísticos para uso del  sistema  estadístico  europeo  para  la recogida, tratamiento y difusión de la información estadística.</p>
    <p class="parrafo">La cooperación con los Estados miembros abarca:</p>
    <p class="parrafo">-   la   consideración   en   los  sistemas  de  información  estatales  de  los resultados de la estandarización estadística,</p>
    <p class="parrafo">-  la  normalización  del  intercambio  informatizado  de datos (IID), que tiene varios  ejes  de  desarrollo:  creación  de mensajes genéricos de transmisión de datos  estadísticos,  aprovechamiento  de  los componentes «estadísticos» de los mensajes  para  la  recogida  primaria  de  información,  utilización  de normas estadísticas (nomenclaturas) en los mensajes EDI en general,</p>
    <p class="parrafo">aprovechamiento  de  equipos  lógicos  que  tengan  las  normas EDIFACT y de sus interfaces con las aplicaciones,</p>
    <p class="parrafo">-  la  infraestructura  técnica:  deberán  ponerse  en funcionamiento centros de</p>
    <p class="parrafo">recogida  potentes  y  multimedios  (proyecto  STADIUM)  con  ayuda de distintos colaboradores  con  objeto  de  tratar  del  modo  más  automático  posible  los flujos entre sus sistemas de información,</p>
    <p class="parrafo">-   las   nuevas   aplicaciones   deberán   diseñarse   de   manera  que  puedan aprovecharse  lo  antes  posible  las ventajas tecnológicas de dichos proyectos. En  este  contexto,  la  aplicación  modelo,  la  más  urgente,  se  referirá al comercio  intracomunitario.  Deberá  estudiarse  el traslado de las aplicaciones actuales.</p>
    <p class="parrafo">b)   Establecimiento   de   una   red   de   difusión  del  sistema  estadístico comunitario   La   información   estadística   comunitaria   deberá   ponerse  a disposición  del  usuario  final  en  el  organismo  más  próximo  a  él  al que acostumbre  dirigirse  y  con  el asesoramiento necesario en su lengua. A partir de  esta  idea,  se  ha  acordado  establecer entre la Comisión y los organismos estadísticos  de  los  Estados  miembros  una  red de difusión de la información estadística comunitaria.</p>
    <p class="parrafo">La  creación  de  esta  red  exigirá  un  importante  esfuerzo  en  los  ámbitos siguientes:</p>
    <p class="parrafo">-  la  circulación  de  información  sobre los datos disponibles: arquitectura y contenido de los sistemas de información comunitario y estatales,</p>
    <p class="parrafo">- la formación de los miembros de la red en contacto con los usuarios,</p>
    <p class="parrafo">-  la  definición  de  políticas  de  difusión  con todos los detalles prácticos (tarifas,  acceso  o  encaminamiento  de la información,facilidad de uso, etc.). 2.  Formación  estadística  La  Comisión  continuará  en  los  próximos  años el programa   TES   (Training   of   European   Statisticians),   que  consolida  y complementa  las  actividades  de  los  organismos  estadísticos  de  cada  país sobre especialización y formación continua.</p>
    <p class="parrafo">El  desarrollo  de  un  sistema estadístico europeo eficaz depende igualmente de una  formación  profesional  de  los estadísticos europeos capaz, por una parte, de  confrontar  y  enriquecer  las experiencias de cada país y de consolidar los lenguajes   comunes,   y,   por   otra  parte,  de  difundir  las  más  modernas tecnologías   de   recogida,   tratamiento   y  análisis  de  los  datos.  Dicha formación   profesional   deberá   garantizar   una   buena  sinergia  entre  la estadística oficial, las universidades y la estadística del sector privado.</p>
    <p class="parrafo">El  principio  fundamental  del  programa  TES  es que tanto los profesores como los   participantes   deben  proceder  de  diversos  países  para  favorecer  el intercambio de información y experiencias sobre las cuestiones comunes.</p>
    <p class="parrafo">3.  Investigación  estadística  a)  Programa «Development of Statistical Experts Systems»  (DOSES)  Las  estadísticas  son  igualmente  en  sí mismas un campo de investigación.  Los  trabajos  de  modernización del sistema estadístico estatal y  comunitario  requieren  actividades  de  investigación  y  desarrollo.  En el período  1993-1997,  siguiendo  los  pasos  del  programa DOSES, será importante sacar  provecho  de  los  resultados obtenidos, continuar los trabajos iniciados incrementando  el  esfuerzo  en  los  sectores  que  se consideren prometedores, ampliar  el  campo  de  las actividad investigadora con la inclusión de la mayor cantidad  posible  de  técnicas  y  tecnologías  que  puedan  usarse  con  fines estadísticos.  También  es  necesaria  una  reflexión  general  sobre  el  marco institucional  adecuado  para  fomentar,  coordinar  y  ampliar  las iniciativas estatales.</p>
    <p class="parrafo">b)  Transferencia  de  tecnología  entres sistemas estadísticos En el área de la tecnología  de  información,  los  avances  conseguidos  en  la  normalización y estandarización  de  los  equipos  lógicos  y materiales son tan importantes que ahora  es  posible  plantear  una  cooperación  tecnológica  mucho  más estrecha entre  los  distintos  sistemas  estadístico  europeos  y estatales. La Comisión realizará  en  el  período  del  presente  programa  una política de cooperación tecnológica  basada  en  el  principio de la subcontratación en provecho de toda la  Comunidad  estadística.  A  partir  de los pliegos de condiciones, definidos en  común,  se  podrá  encargar  a  uno  o  varios institutos de estadística que desarrollen  para  todo  el  sistema estadístico comunitario módulos de sistemas de  información.  Se  darán  a  conocer  en  este  sector  proyectos  piloto  en relación   con  el  sistema  BLAISE  (desarrollado  en  los  Países  Bajos),  el distribuidor  de  nomenclatura  desarrollado  en  Francia.  Sin duda, aparecerán otros «módulos» dentro del proyecto Intrastat/Comedi y en otros sectores.</p>
    <p class="parrafo">c)  Dimensión  geográfica  Tradicionalmente  los datos de la Comisión se fijaban en  principio  a  escala  de los Estados miembros y, para determinadas series de datos,   un   desglose   en   grandes   regiones  tipificadas  (según  la  NUTS, nomenclatura de unidades territoriales estadísticas).</p>
    <p class="parrafo">Para  distintas  nuevas  políticas,  el  soporte  de  la  información  exige una división  regional  mayor  y  más  variada.  Actualmente  se dispone cada vez de más  datos  asociados  a  identificadores  de  localización.  Tecnologías nuevas (sistemas   de   información   geográfica)   proporcionan  los  instrumentos  de almacenamiento, tratamiento y presentación de dichos datos.</p>
    <p class="parrafo">Los  aspectos  de  las  políticas  se  refieren  a  los trabajos estadísticos de varias   áreas   de   la  Comisión.  La  reforma  y  ampliación  de  los  Fondos estructurales  de  la  Comunidad,  ligados a la idea de una «cohesión regional», los  aspectos  medioambientales,  la  reforma  de  la  política agrícola común y las  preocupaciones  por  el  futuro del mundo rural que de ella se derivan, las necesidades  operativas  para  el  gran  mercado  único  y  su  ampliación, y el espacio económico europeo son algunos de los principales ejemplos.</p>
    <p class="parrafo">Para  delimitar  mejor  los  problemas,  determinar,  aplicar  y  controlar  las políticas,   así  como  para  informar  a  los  gestores  de  los  mercados,  es imprescindible   disponer   de   datos   referidos   a   una   serie  de  nuevas agrupaciones  territoriales,  algunas  de  carácter  físico  (como, por ejemplo, las  cuencas  hidráulicas)  y  otras  de  carácter  económico  (por  ejemplo, el desplazamiento, a veces transfronterizo, hacia los lugares de trabajo).</p>
    <p class="parrafo">La  Comisión  ha  comenzado  a invertir en una sistema de información geográfica (adquisición  del  material  específico,  de  los  equipos lógicos y el personal adecuados,  la  determinación  de  sistemas  de  información  geográfica  básica -cartografía  de  datos-  y  la  organización de relaciones con las estadísticas geo-referenciales).  Esta  actividad  se  desarrollará  y extenderá para poner a disposición   de   otras  direcciones  generales  de  la  Comisión  determinados servicios  centrales  (análogos  a  los  proporcionados  sobre  estadísticas)  y colaborar  con  los  departamentos  estadísticos  y  las entidades cartográficas de   los   Estados   miembros.   Se   procurarán  acuerdos  políticos  sobre  el «copyright»  y  los  precios.  Tendrá gran importancia para el desarrollo futuro la  posibilidad  de  que  los  Estados  miembros  añadan  a sus datos parámetros detallados  de  localización.  Además,  la  Comisión estimulará la consideración</p>
    <p class="parrafo">del  papel  de  la  teledetección  en el sistema de estadísticas oficiales, como importante  fuente  potencial  de  datos  geo-referenciales,  cuya situación aún no está muy definida.</p>
  </texto>
</documento>
