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<documento fecha_actualizacion="20181023230315">
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    <identificador>DOUE-L-1993-81133</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9000">Comunidades Europeas</departamento>
    <rango codigo="1600">Decisión</rango>
    <fecha_disposicion>19930712</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>394/1993</numero_oficial>
    <titulo>Decisión del Consejo, de 12 de julio de 1993, sobre la celebración del Acuerdo en forma de canje de notas relativo a la aplicación provisional del Protocolo por el que se fijan las posibilidades de pesca y la compensación financiera establecidas en el acuerdo entre la Comunidad Económica Europa y el Gobierno de la República Democrática de Santo Tomé y Priíncipe sobre la pesca en aguas de Santo Tomé y Principe, durante el período comprendido entre el 1 de junio de 1993 y el 31 de mayo de 1996.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de las Comunidades Europeas</diario>
    <fecha_publicacion>19930715</fecha_publicacion>
    <diario_numero>172</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <pagina_inicial>25</pagina_inicial>
    <pagina_final>26</pagina_final>
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    <url_pdf>/doue/1993/172/L00025-00026.pdf</url_pdf>
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    <estatus_legislativo>L</estatus_legislativo>
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    <estatus_derogacion>N</estatus_derogacion>
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    <judicialmente_anulada>N</judicialmente_anulada>
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    <vigencia_agotada>N</vigencia_agotada>
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    <letra_imagen>L</letra_imagen>
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    <materias>
      <materia codigo="71" orden="1">Acuerdos internacionales</materia>
      <materia codigo="175" orden="2">Aguas jurisdiccionales</materia>
      <materia codigo="530" orden="3">Buques</materia>
      <materia codigo="5569" orden="4">Pesca marítima</materia>
      <materia codigo="6151" orden="5">Santo Tome y Príncipe</materia>
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    <notas>
      <nota codigo="72" orden="100">Contiene  el Acuerdo indicado, ADJUNTO a la misma.</nota>
      <nota codigo="2" orden="250">Aplicación provisional  del Protocolo desde el 1 de junio de 1993.</nota>
    </notas>
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  <texto>
    <p class="parrafo">(93/394/CEE)EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,</p>
    <p class="parrafo">Visto  el  Acuerdo  entre  la  Comunidad  Económica  Europea y el Gobierno de la República  Democrática  de  Santo  Tomé  y  Príncipe  sobre la pesca en aguas de Santo Tomé y Príncipe (1), que entró en vigor el 18 de abril de 1985,</p>
    <p class="parrafo">Vista la propuesta de la Comisión,</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  la  Comunidad  y  la  República  Democrática  de Santo Tomé y Príncipe  han  llevado  a  cabo negociaciones para determinar las modificaciones o  complementos  que  deben  introducirse  en el Acuerdo sobre la pesca en aguas de Santo Tomé y Príncipe al término del período de vigencia del Protocolo;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  como  resultado  de  dichas negociaciones se rubricó un nuevo Protocolo el 10 de febrero de 1993;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que,  en  virtud  de  este  Protocolo, se permite a los pescadores de  la  Comunidad  faenar  en  aguas bajo soberanía o jurisdicción de Santo Tomé y  Príncipe  durante  el  período  comprendido  entre el 1 de junio de 1993 y el 31 de mayo de 1996;</p>
    <p class="parrafo">Considerando   que,  para  evitar  cualquier  interrupción  de  las  actividades pesqueras  de  los  buques  de  la Comunidad, es indispensable aprobar el citado Protocolo  a  la  mayor  brevedad;  que, por esta razón, ambas Partes rubricaron un  Acuerdo  en  forma  de  canje de notas por el que se establece la aplicación provisional  del  Protocolo  rubricado,  a  partir  del  día  siguiente al de la expiración  del  Protocolo  vigente;  que  procede  celebrar el Acuerdo en forma de  canje  de  notas,  sin  perjuicio  de  una decisión definitiva en virtud del artículo 43 del Tratado,</p>
    <p class="parrafo">DECIDE:</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">Queda  aprobado,  en  nombre  de  la  Comunidad, el Acuerdo en forma de canje de notas  relativo  a  la  aplicación  provisional  del  Protocolo  por  el  que se fijan,  para  el  período  comprendido  entre  el  1 de junio de 1993 y el 31 de mayo   de  1996,  las  posibilidades  de  pesca  y  la  compensación  financiera establecidas   en   el  Acuerdo  entre  la  Comunidad  Económica  Europea  y  el Gobierno  de  la  República  Democrática de Santo Tomé y Príncipe sobre la pesca en aguas de Santo Tomé y Príncipe.</p>
    <p class="parrafo">El texto del Acuerdo se adjunta a la presente Decisión.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">Se  autoriza  al  presidente  del  Consejo  para  que  designe  a  las  personas facultadas  para  firmar  el  Acuerdo  en  forma  de  canje  de  notas  a fin de obligar a la Comunidad.</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el 12 de julio de 1993.</p>
    <p class="parrafo">Por el Consejo</p>
    <p class="parrafo">El Presidente</p>
    <p class="parrafo">Ph. MAYSTADT</p>
    <p class="parrafo">(1) DO no L 54 de 25. 2. 1984, p. 1.</p>
    <p class="parrafo">ACUERDO  en  forma  de  canje  de notas relativo a la aplicación provisional del Protocolo  por  el  que  se  fijan  las posibilidades de pesca y la compensación financiera  establecidas  en  el  Acuerdo entre la Comunidad Económica Europea y el  Gobierno  de  la  República  Democrática  de  Santo Tomé y Príncipe sobre la pesca  en  aguas  de  Santo  Tomé  y  Príncipe,  durante  el período comprendido entre el 1 de junio de 1993 y el 31 de mayo de 1996</p>
    <p class="parrafo">A.  Nota  del  Gobierno  de  la  República  Democrática de Santo Tomé y Príncipe Señor . . . . . .,</p>
    <p class="parrafo">Con  referencia  al  Protocolo  rubricado  el  10 de febrero de 1993, por el que se  fijan  las  posibilidades  de  pesca y la compensación financiera durante el período  comprendido  entre  el  1  de  junio  de  1993 y el 31 de mayo de 1996, tengo  el  honor  de  comunicarle que el Gobierno de la República Democrática de Santo  Tomé  y  Príncipe  está  dispuesto a aplicar dicho Protocolo con carácter provisional  a  partir  del  1  de  junio  de  1993,  en espera de su entrada en vigor  de  conformidad  con  lo  dispuesto  en  su  artículo  7,  siempre que la Comunidad Económica Europea también esté dispuesta a hacer lo propio.</p>
    <p class="parrafo">En  tal  caso,  el  pago  del  primer plazo de la compensación financiera fijada en  el  artículo  2  del Protocolo, consistente en la tercera parte de la misma, deberá efectuarse antes del 31 de octubre de 1993.</p>
    <p class="parrafo">Le   agradecería   tuviese  a  bien  confirmarme  el  acuerdo  de  la  Comunidad Económica Europea con dicha aplicación provisional.</p>
    <p class="parrafo">Le ruego acepte el testimonio de mi mayor consideración.</p>
    <p class="parrafo">Por el Gobierno de la República Democrática de Santo Tomé y Príncipe</p>
    <p class="parrafo">B. Nota de la Comunidad Económica Europea Señor . . . . . .,</p>
    <p class="parrafo">Tengo  el  honor  de  acusar  recibo  de su nota del día de hoy redactada en los siguientes términos:</p>
    <p class="parrafo">«  Con  referencia  al  Protocolo rubricado el 10 de febrero de 1993, por el que se  fijan  las  posibilidades  de  pesca y la compensación financiera durante el período  comprendido  entre  el  1  de  junio  de  1993 y el 31 de mayo de 1996, tengo  el  honor  de  comunicarle que el Gobierno de la República Democrática de Santo  Tomé  y  Príncipe  está  dispuesto a aplicar dicho Protocolo con carácter provisional  a  partir  del  1  de  junio  de  1993,  en espera de su entrada en vigor  de  conformidad  con  lo  dispuesto  en  su  artículo  7,  siempre que la Comunidad Económica Europea también esté dispuesta a hacer lo propio.</p>
    <p class="parrafo">En  tal  caso,  el  pago  del  primer plazo de la compensación financiera fijada en  el  artículo  2  del Protocolo, consistente en la tercera parte de la misma, deberá efectuarse antes del 31 de octubre de 1993.</p>
    <p class="parrafo">Le   agradecería   tuviese  a  bien  confirmarme  el  acuerdo  de  la  Comunidad Económica Europea con dicha aplicación provisional. ».</p>
    <p class="parrafo">Tengo  el  honor  de  confirmarle  el  acuerdo de la Comunidad Económica Europea con la citada aplicación provisional.</p>
    <p class="parrafo">Le ruego acepte el testimonio de mi mayor consideración.</p>
    <p class="parrafo">En nombre del Consejo de las Comunidades Europeas</p>
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