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    <identificador>DOUE-L-1993-81044</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9000">Comunidades Europeas</departamento>
    <rango codigo="1220">Reglamento</rango>
    <fecha_disposicion>19930701</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>1762/1993</numero_oficial>
    <titulo>Reglamento (CEE) núm. 1762/93 de la Comisión, de 1 de julio de 1993, por el que se modifica el Reglamento (CEE) núm. 3378/91 relativo al procedimiento de venta de las existencias de intervención de mantequilla destinada a la exportación.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de las Comunidades Europeas</diario>
    <fecha_publicacion>19930702</fecha_publicacion>
    <diario_numero>161</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <pagina_inicial>64</pagina_inicial>
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    <url_pdf>/doue/1993/161/L00064-00064.pdf</url_pdf>
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    <fecha_vigencia>19930705</fecha_vigencia>
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    <judicialmente_anulada>N</judicialmente_anulada>
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      <materia codigo="3521" orden="1">Exportaciones</materia>
      <materia codigo="4862" orden="2">Mantequilla</materia>
      <materia codigo="7121" orden="3">Venta</materia>
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      <nota codigo="151" orden="900">Esta disposición ha dejado de estar vigente</nota>
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        <anterior referencia="DOUE-L-1991-81695" orden="2015">
          <palabra codigo="270">MODIFICA</palabra>
          <texto>el art. 1.1 del Reglamento 3378/91, de 20 de noviembre</texto>
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    <p class="parrafo">LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Reglamento (CEE) nº 804/68 del Consejo, de 27 de junio de 1968, por el que se establece la organización común de mercados en el sector de la leche y de los productos lácteos (1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CEE) nº 2071/92 (2), y, en particular, el apartado 7 de su artículo 6,</p>
    <p class="parrafo">Considerando que el Reglamento (CEE) nº 3378/91 de la Comisión (3), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CEE) nº 227/93 (4), establece que determinadas cantidades de mantequilla procedentes de almacenamiento público deben ponerse a disposición de los agentes económicos y que deben efectuarse licitaciones para fijar, en concreto, los precios mínimos de la mantequilla destinada a exportarse en su estado natural o transformada; que el artículo 1 de dicho Reglamento establece que la mantequilla puesta en venta debe haber entrado en almacén antes del 1 de diciembre de 1990;</p>
    <p class="parrafo">Considerando que, habida cuenta de la evolución de las existencias de mantequilla y de las cantidades disponibles, es conveniente ampliar estas ventas a la mantequilla que haya entrado en almacén antes del 1 de febrero de 1991;</p>
    <p class="parrafo">Considerando que las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión de la leche y de los productos lácteos,</p>
    <p class="parrafo">HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">En el apartado 1 del artículo 1 del Reglamento (CEE) nº 3378/91, la fecha de « 1 de diciembre de 1990 » se sustituirá por la de « 1 de febrero de 1991 ».</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">El presente Reglamento entrará en vigor el tercer día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.</p>
    <p class="parrafo">El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el 1 de julio de 1993.</p>
    <p class="parrafo">Por la Comisión</p>
    <p class="parrafo">René STEICHEN</p>
    <p class="parrafo">Miembro de la Comisión</p>
    <p class="parrafo">_____________________</p>
    <p class="parrafo">(1) DO nº L 148 de 28. 6. 1968, p. 13.</p>
    <p class="parrafo">(2) DO nº L 215 de 30. 7. 1992, p. 64.</p>
    <p class="parrafo">(3) DO nº L 319 de 21. 11. 1991, p. 40.</p>
    <p class="parrafo">(4) DO nº L 27 de 4. 2. 1993, p. 15.</p>
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</documento>
