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    <identificador>DOUE-L-1993-80952</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9000">Comunidades Europeas</departamento>
    <rango codigo="1220">Reglamento</rango>
    <fecha_disposicion>19930629</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>1666/1993</numero_oficial>
    <titulo>Reglamento (CEE) núm. 1666/93 de la Comisión, de 29 de junio de 1993, por el que se modifica el Reglamento (CEE) núm. 2191/81 relativo a la concesión de una ayuda a la compra de mantequilla por las instituciones y las colectividades sin fines lucrativos.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de las Comunidades Europeas</diario>
    <fecha_publicacion>19930630</fecha_publicacion>
    <diario_numero>158</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <pagina_inicial>24</pagina_inicial>
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    <url_pdf>/doue/1993/158/L00024-00024.pdf</url_pdf>
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    <fecha_vigencia>19930707</fecha_vigencia>
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    <judicialmente_anulada>N</judicialmente_anulada>
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      <materia codigo="420" orden="1">Ayudas</materia>
      <materia codigo="4301" orden="2">Instituciones benéficas</materia>
      <materia codigo="4862" orden="3">Mantequilla</materia>
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    <notas>
      <nota codigo="37" orden="220">Aplicable desde el 1 de julio de 1993.</nota>
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        <anterior referencia="DOUE-L-1981-80317" orden="2015">
          <palabra codigo="270">MODIFICA</palabra>
          <texto>el art. 2 del Reglamento 2191/81, de 31 de julio</texto>
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  <texto>
    <p class="parrafo">LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,</p>
    <p class="parrafo">Visto  el  Reglamento  (CEE)  no 804/68 del Consejo, de 27 de junio de 1968, por el  que  se  establece  la  organización  común  de  mercados en el sector de la leche  y  de  los  productos lácteos (1), cuya última modificación la constituye el  Reglamento  (CEE)  no  2071/92  (2),  y,  en particular, el apartado 3 de su artículo 12,</p>
    <p class="parrafo">Visto  el  Reglamento  (CEE)  no  3813/92  del  Consejo,  de  28 de diciembre de 1992,  relativo  a  la  unidad  de cuenta y a los tipos de conversión aplicables en  el  marco  de  la política agrícola común (3), y, en particular, el apartado 1 de su artículo 9,</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  en  el  Reglamento  (CEE) no 2191/81 de la Comisión (4), cuya última   modificación   la  constituye  el  Reglamento  (CEE)  no  1497/91  (5), establece  la  concesión  de  una  ayuda  a  la  compra  de  mantequilla por las instituciones y colectividades sin fines lucrativos;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  en  el  Reglamento  (CEE)  no  2072/92  (6) se fija el precio indicativo  de  la  leche  y  los  precios de intervención de la mantequilla, la leche  desnatada  en  polvo  y  los  quesos  grana  padano y parmigiano reggiano para  los  dos  períodos  anuales  comprendidos entre el 1 de julio de 1993 y el 30  de  junio  de  1995;  que este Reglamento establece una reducción del precio de intervención de la mantequilla a partir del 1 de julio de 1993;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  en  el  artículo  1  del  Reglamento  (CEE)  no 3820/92 de la Comisión,  de  28  de  diciembre  de  1992,  por  el  que  se establecen medidas transitorias   para  la  aplicación  de  las  disposiciones  agromonetarias  del Reglamento    (CEE)   no   3813/92   del   Consejo   (7),   se   establece   una correspondencia  entre  las  disposiciones  del  régimen agromonetario aplicable a partir del 1 de enero de 1993 y el anterior;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  en  el  Reglamento  (CEE) no 3824/92 de la Comisión (8), cuya última  modificación  la  constituye  el  Reglamento  (CEE)  no  1330/93 (9), se establele  la  lista  de  los  precios  e  importes  del  sector  de  la leche y productos   lácteos  a  los  que  debe  aplicarse  el  coeficiente  reductor  de 1,013088,  fijado  por  el  Reglamento  (CEE)  no 1331/93 de la Comisión (10), a partir  del  comienzo  de  la  campaña  de comercialización 1993/94 y dentro del régimen   de   desmantelamiento   automático   de   las  diferencias  monetarias negativas;  que  el  artículo  2  del  Reglamento (CEE) no 3824/92 establece que debe  precisarse  la  reducción  de  los precios e importes resultante para cada sector  afectado  y  que  debe  fijarse  el  valor  de dichos precios e importes reducidos;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que,  por  consiguiente,  es  conveniente  adaptar  la  ayuda a la compra de mantequilla establecida en el Reglamento (CEE) no 2191/81;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  las  medidas  previstas  en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión de la leche y de los productos lácteos,</p>
    <p class="parrafo">HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">En  el  artículo  2  del  Reglamento  (CEE)  no  2191/81, el importe de « 149,74 ecus » se sustituirá por el de « 138 ecus ».</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">El  presente  Reglamento  entrará  en  vigor  el  séptimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.</p>
    <p class="parrafo">Será aplicable a partir del 1 de julio de 1993.</p>
    <p class="parrafo">El   presente   Reglamento   será   obligatorio   en   todos   sus  elementos  y directamente aplicable en cada Estado miembro.</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el 29 de junio de 1993.</p>
    <p class="parrafo">Por la Comisión</p>
    <p class="parrafo">René STEICHEN</p>
    <p class="parrafo">Miembro de la Comisión</p>
    <p class="parrafo">(1) DO no L 148 de 28. 6. 1968, p. 13.</p>
    <p class="parrafo">(2) DO no L 215 de 30. 7. 1992, p. 64.</p>
    <p class="parrafo">(3) DO no L 387 de 31. 12. 1992, p. 1.</p>
    <p class="parrafo">(4) DO no L 213 de 1. 8. 1981, p. 20.</p>
    <p class="parrafo">(5) DO no L 140 de 4. 6. 1991, p. 19.</p>
    <p class="parrafo">(6) DO no L 215 de 30. 7. 1992, p. 65.</p>
    <p class="parrafo">(7) DO no L 387 de 31. 12. 1992, p. 22.</p>
    <p class="parrafo">(8) DO no L 387 de 31. 12. 1992, p. 29.</p>
    <p class="parrafo">(9) DO no L 132 de 29. 5. 1993, p. 113.</p>
    <p class="parrafo">(10) DO no L 132 de 29. 5. 1993, p. 114.</p>
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