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<documento fecha_actualizacion="20241021181939">
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    <identificador>DOUE-L-1993-80904</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9000">Comunidades Europeas</departamento>
    <rango codigo="1220">Reglamento</rango>
    <fecha_disposicion>19930614</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>1561/1993</numero_oficial>
    <titulo>Reglamento (CEE) núm. 1561/93 del Consejo, de 14 de junio de 1993, que modifica el Reglamento (CEE) núm. 2072/92 por el que se fija el precio indicativo de la leche y los precios de intervención de la mantequilla, la leche desnatada en polvo y los quesos grana padano y parmigiano reggiano para los dos períodos anuales comprendidos entre el 1 de julio de 1993 y el 30 de junio de 1995.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de las Comunidades Europeas</diario>
    <fecha_publicacion>19930625</fecha_publicacion>
    <diario_numero>154</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <pagina_inicial>33</pagina_inicial>
    <pagina_final>33</pagina_final>
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    <url_pdf>/doue/1993/154/L00033-00033.pdf</url_pdf>
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    <estatus_legislativo>L</estatus_legislativo>
    <fecha_vigencia>19930628</fecha_vigencia>
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    <judicialmente_anulada>N</judicialmente_anulada>
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      <materia codigo="4746" orden="1">Leche</materia>
      <materia codigo="5665" orden="2">Precios</materia>
      <materia codigo="5743" orden="3">Productos lácteos</materia>
      <materia codigo="5807" orden="4">Queso</materia>
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    <notas>
      <nota codigo="37" orden="220">Aplicable desde el 1 de julio de 1993.</nota>
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        <anterior referencia="DOUE-L-1992-81296" orden="2015">
          <palabra codigo="270">MODIFICA</palabra>
          <texto>Reglamento 2072/92, de 30 de junio</texto>
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  <texto>
    <p class="parrafo">EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,</p>
    <p class="parrafo">Visto   el  Tratado  constitutivo  de  la  Comunidad  Económica  Europea  y,  en particular, su artículo 43,</p>
    <p class="parrafo">Vista la propuesta de la Comisión (1),</p>
    <p class="parrafo">Visto el dictamen del Parlamento Europeo (2),</p>
    <p class="parrafo">Considerando   que   como  consecuencia  de  las  Decisiones  adoptadas  por  el Consejo  en  el  marco  de  la reforma relativa al sector lechero el análisis de mercado  efectuado  por  la  Comisión pone de manifiesto una situación mucho más preocupante  para  las  materias  grasas  lácteas  que  para las proteínas de la leche;  que  conviene,  por  ello,  tratar  de  corregir  el  desequilibrio  del mercado  de  las  materias  grasas  lácteas  y  aplicar  desde  el 1 de julio de</p>
    <p class="parrafo">1993,  una  reducción  del  3  %  del  precio  de intervención de la mantequilla modificando en consecuencia el Reglamento (CEE) no 2072/92 (3),</p>
    <p class="parrafo">HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">El Reglamento (CEE) no 2072/92 quedará modificado como sigue:</p>
    <p class="parrafo">1) Se suprimirá el artículo 1.</p>
    <p class="parrafo">2) Se sustituirá el artículo 2 por el texto siguiente:</p>
    <p class="parrafo">«Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">El  precio  indicativo  de  la  leche  y  los  precios  de  intervención  de los productos  lácteos  se  fijan  como  se  indica a continuación, sin perjuicio de posteriores adaptaciones:</p>
    <p class="parrafo">1)  Para  el  período  comprendido  entre el 1 de julio de 1993 y el 30 de junio de 1994:</p>
    <p class="parrafo">(en ecus por 100 kilogramos)</p>
    <p class="parrafo">a)   precio   indicativo  de  la  leche  26,40  b)  precio  de  intervención:  - mantequilla  284,00  -  leche  desnatada en polvo 172,43 - queso grana padano: - de  un  tiempo  de  maduración  de  30  a  60  días  372,05  -  de  un tiempo de maduración  de  seis  meses  como  mínimo  462,51 - queso parmigiano reggiano de un tiempo de maduración de seis meses como mínimo 511,37</p>
    <p class="parrafo">2)  Para  el  período  comprendido  entre el 1 de julio de 1994 y el 30 de junio de 1995:</p>
    <p class="parrafo">(en ecus por 100 kilogramos)</p>
    <p class="parrafo">a)   precio   indicativo   de   la  leche  26,13QT&gt;«Artículo  2»  b)  precio  de intervención:  -  mantequilla  278,14;»  -  leche  desnatada en polvo 172,43;» - queso  grana  padano:  -  de  un tiempo de maduración de 30 a 60 días 369,84;» - de  un  tiempo  de  maduración  de  seis  meses  como  mínimo  460,18;»  - queso parmigiano  reggiano  de  un  tiempo  de  maduración  de  seis meses como mínimo 509,04»</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">El  presente  Reglamento  entrará  en  vigor  el  tercer  día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.</p>
    <p class="parrafo">Será aplicable a partir del 1 de julio de 1993.</p>
    <p class="parrafo">El   presente   Reglamento   será   obligatorio   en   todos   sus  elementos  y directamente aplicable en cada Estado miembro.</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Luxemburgo, el 14 de junio de 1993.</p>
    <p class="parrafo">Por el Consejo</p>
    <p class="parrafo">El Presidente</p>
    <p class="parrafo">B. WESTH</p>
    <p class="parrafo">(1)  DO  no  C  112  de 22. 4. 1993, p. 11.(2) DO no C 150 de 31. 5. 1993.(3) DO no L 215 de 30. 7. 1992, p. 65.</p>
  </texto>
</documento>
