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    <identificador>DOUE-L-1993-80389</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9000">Comunidades Europeas</departamento>
    <rango codigo="1220">Reglamento</rango>
    <fecha_disposicion>19930329</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>730/1993</numero_oficial>
    <titulo>Reglamento (CEE) núm. 730/93 de la Comisión, de 29 de marzo de 1993, por el que se modifica el Reglamento (CEE) núm. 2893/92 de la Comisión, sobre la aplicación de un precio mínimo de importación a las fresas congeladas originarias de Polonia.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de las Comunidades Europeas</diario>
    <fecha_publicacion>19930330</fecha_publicacion>
    <diario_numero>75</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <url_pdf>/doue/1993/075/L00006-00006.pdf</url_pdf>
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    <fecha_vigencia>19930401</fecha_vigencia>
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    <judicialmente_anulada>N</judicialmente_anulada>
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      <materia codigo="3833" orden="1">Frutos en baya</materia>
      <materia codigo="4056" orden="2">Importaciones</materia>
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      <materia codigo="5665" orden="3">Precios</materia>
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        <anterior referencia="DOUE-L-1992-81612" orden="2015">
          <palabra codigo="270">MODIFICA</palabra>
          <texto>el art. 6 del Reglamento 2893/92, de 2 de octubre</texto>
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    <p class="parrafo">LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,</p>
    <p class="parrafo">Visto  el  Reglamento  (CEE)  no  1333/92  del  Consejo,  de 18 de mayo de 1992, relativo  al  régimen  de  precios  mínimos  para la importación de determinados frutos  rojos  originarios  de  Hungría,  Polonia  y  Checoslovaquia  (1)  y, en particular, su artículo 2,</p>
    <p class="parrafo">Considerando   que  el  artículo  4  del  Reglamento  (CEE)  no  1498/92  de  la Comisión,  de  10  de  junio de 1992, por el que se establecen las disposiciones de  aplicación  del  régimen  de  precios mínimos de importación de determinados frutos  rojos  originarios  de  Hungría, Polonia y la República Federativa Checa y   Eslovaca  y  por  el  que  se  fijan  los  precios  mínimos  de  importación aplicables  hasta  el  31  de  mayo  de  1993  (2),  cuya última modificación la constituye  el  Reglamento  (CEE)  no 268/93 (3), dispone que la Comisión adopte las  medidas  que  sean  necesarias  cuando  no  se  respete el precio mínimo de importación;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que,  mediante  el  Reglamento  (CEE)  no  2893/92 (4), modificado por  el  Reglamento  (CEE)  no  3788/92  (5),  la Comisión decidió la aplicación hasta  el  31  de  marzo  de  1993  de  un precio mínimo de importación para las fresas  congeladas  originarias  de  Polonia; que de la información recibida por la  Comisión  se  desprende  claramente  que  el  valor  unitario  medio  de las</p>
    <p class="parrafo">fresas  congeladas  correspondientes  al  código Taric 0811 10 90 10 originarias de   Polonia  durante  el  tercer  período  de  tres  meses  de  la  campaña  de comercialización  fue  muy  inferior  al  precio mínimo de importación fijado en el  Reglamento  (CEE)  no  1498/92;  que,  por  lo  tanto,  procede  mantener la exigencia  de  un  precio  mínimo  durante  un período adicional de dos meses en relación con las fresas congeladas del código Taric 0811 10 90 10,</p>
    <p class="parrafo">HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">En  el  artículo  6  del  Reglamento (CEE) no 2893/92, la fecha de « 31 de marzo de 1993 » se sustituirá por la de « 31 de mayo de 1993 ».</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">El presente Reglamento entrará en vigor el 1 de abril de 1993.</p>
    <p class="parrafo">El   presente   Reglamento   será   obligatorio   en   todos   sus  elementos  y directamente aplicable en cada Estado miembro.</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el 29 de marzo de 1993.</p>
    <p class="parrafo">Por la Comisión</p>
    <p class="parrafo">René STEICHEN</p>
    <p class="parrafo">Miembro de la Comisión</p>
    <p class="parrafo">(1) DO no L 145 de 27. 5. 1992, p. 3.</p>
    <p class="parrafo">(2) DO no L 158 de 11. 6. 1992, p. 15.</p>
    <p class="parrafo">(3) DO no L 30 de 6. 2. 1993, p. 53.</p>
    <p class="parrafo">(4) DO no L 288 de 3. 10. 1992, p. 16.</p>
    <p class="parrafo">(5) DO no L 383 de 29. 12. 1992, p. 101.</p>
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