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<documento fecha_actualizacion="20181023230315">
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    <identificador>DOUE-L-1993-80364</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9000">Comunidades Europeas</departamento>
    <rango codigo="1600">Decisión</rango>
    <fecha_disposicion>19930225</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>171/1993</numero_oficial>
    <titulo>Decisión del Consejo, de 25 de febrero de 1993 relativa a la conclusión del Acuerdo en forma de canje de notas entre la Comunidad Económica Europea y el Reino de Noruega sobre la adaptación del Acuerdo referente a los intercambios mutuos de quesos.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de las Comunidades Europeas</diario>
    <fecha_publicacion>19930325</fecha_publicacion>
    <diario_numero>72</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <pagina_inicial>26</pagina_inicial>
    <pagina_final>29</pagina_final>
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    <url_pdf>/doue/1993/072/L00026-00029.pdf</url_pdf>
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    <estatus_legislativo>L</estatus_legislativo>
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    <estatus_derogacion>N</estatus_derogacion>
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    <judicialmente_anulada>N</judicialmente_anulada>
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    <vigencia_agotada>N</vigencia_agotada>
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    <letra_imagen>L</letra_imagen>
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    <materias>
      <materia codigo="71" orden="1">Acuerdos internacionales</materia>
      <materia codigo="1314" orden="2">Comunidad Económica Europea</materia>
      <materia codigo="6034" orden="5">Noruega</materia>
      <materia codigo="5743" orden="3">Productos lácteos</materia>
      <materia codigo="5807" orden="4">Queso</materia>
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    <notas>
      <nota codigo="72" orden="100">Contiene  el Acuerdo indicado, ADJUNTO a la misma.</nota>
      <nota codigo="10" orden="200">Entrada en vigor:  del Acuerdo el 16 de marzo de 1993.</nota>
    </notas>
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  <texto>
    <p class="parrafo">(93/171/CEE)EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,</p>
    <p class="parrafo">Visto   el  Tratado  constitutivo  de  la  Comunidad  Económica  Europea  y,  en particular, su artículo 113,</p>
    <p class="parrafo">Vista la recomendación de la Comisión,</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  en  el  Acuerdo en forma de canje de notas entre la Comunidad Económica  Europea  y  el  Reino  de Noruega referente a los intercambios mutuos</p>
    <p class="parrafo">de  queso  (1),  firmado  el  22  de  marzo de 1989, denominado en lo sucesivo « Acuerdo   referente   a   los   intercambios   mutuos   de  quesos  »,  sólo  se establecieron  los  contingentes  arancelarios  que  debían abrir la Comunidad y Noruega  entre  1989  y  1991;  que,  como  resultado  de un Acuerdo en forma de canje  de  notas  entre  las  Partes  contratantes  (2),  dichos contingentes se prorrogaron  sin  modificaciones  para  el año 1992; que, por lo tanto, conviene fijar  los  contingentes  aplicables  a  partir  del  1  de  enero  de 1993, sin perjuicio  de  las  disposiciones  del  Acuerdo  en  forma  de  canje  de  notas relativo  a  los  sectores  de  la agricultura y la pesca firmado el 14 de julio de  1986  por  la  Comunidad  y Noruega tras la adhesión de España y de Portugal (3);</p>
    <p class="parrafo">Considerando   que  la  Comisión  ha  celebrado  con  Noruega  consultas  en  la materia y que estas consultas han resultado en un Acuerdo,</p>
    <p class="parrafo">DECIDE:</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">Queda  aprobado  en  nombre  de  la  Comunidad  el  Acuerdo en forma de canje de notas  entre  la  Comunidad  Económica  Europea  y  el Reino de Noruega sobre la adaptación del Acuerdo referente a los intercambios mutuos de quesos.</p>
    <p class="parrafo">El texto del Acuerdo se adjunta a la presente Decisión.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">Se   autoriza   al  presidente  del  Consejo  para  que  designe  a  la  persona facultada para firmar el Acuerdo a fin de obligar a la Comunidad.</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el 25 de febrero de 1993.</p>
    <p class="parrafo">Por el Consejo</p>
    <p class="parrafo">El Presidente</p>
    <p class="parrafo">J. TROEJBORG</p>
    <p class="parrafo">(1) DO no L 362 de 30. 12. 1988, p. 53.</p>
    <p class="parrafo">(2) DO no L 44 de 20. 2. 1992, p. 38.</p>
    <p class="parrafo">(3) DO no L 328 de 22. 11. 1986, p. 80.</p>
    <p class="parrafo">ACUERDO  en  forma  de  canje de notas entre la Comunidad Económica Europea y el Reino   de   Noruega   sobre   la   adaptación   del  Acuerdo  referente  a  los intercambios mutuos de quesos</p>
    <p class="parrafo">A. Nota de la Comunidad Señor:</p>
    <p class="parrafo">Tengo  el  honor  de  referirme  a  las  consultas que han tenido lugar entre la Comunidad  Económica  Europea  y  el  Reino  de Noruega según lo dispuesto en el apartado  7  del  Acuerdo  referente a los intercambios mutuos de quesos firmado el 22 de marzo de 1989.</p>
    <p class="parrafo">Le confirmo que estas consultas han dado los resultados siguientes:</p>
    <p class="parrafo">1)  Sin  perjuicio  de  las disposiciones del Acuerdo, firmado el 14 de julio de 1986,  entre  la  Comunidad  y Noruega tras la adhesión de España y de Portugal, las  cantidades  de  queso  y  los  derechos de importación que se fijaron en el citado Acuerdo se mantienen sin modificaciones para el año 1993.</p>
    <p class="parrafo">2)  En  el  segundo  semestre  de 1993 se celebrarán consultas, en su caso, para establecer  las  cantidades  y  los  derechos  de  importación aplicables en los años siguientes.</p>
    <p class="parrafo">Le  agradecería  tuviese  a  bien confirmarme el acuerdo de su Gobierno sobre el contenido de la presente nota.</p>
    <p class="parrafo">Le ruego acepte, Señor, el testimonio de mi mayor consideración.</p>
    <p class="parrafo">En nombre del Consejo</p>
    <p class="parrafo">de las Comunidades Europeas</p>
    <p class="parrafo">B. Nota de Noruega</p>
    <p class="parrafo">Señor:</p>
    <p class="parrafo">Tengo  el  honor  de  acusar  recibo  de su nota del día de hoy redactada en los siguientes términos:</p>
    <p class="parrafo">«  Tengo  el  honor  de  referirme a las consultas que han tenido lugar entre la Comunidad  Económica  Europea  y  el  Reino  de Noruega según lo dispuesto en el apartado  7  del  Acuerdo  referente a los intercambios mutuos de quesos firmado el 22 de marzo de 1989.</p>
    <p class="parrafo">Le confirmo que estas consultas han dado los resultados siguientes:</p>
    <p class="parrafo">1)  Sin  perjuicio  de  las disposiciones del Acuerdo, firmado el 14 de julio de 1986,  entre  la  Comunidad  y Noruega tras la adhesión de España y de Portugal, las  cantidades  de  queso  y  los  derechos de importación que se fijaron en el citado Acuerdo se mantienen sin modificaciones para el año 1993.</p>
    <p class="parrafo">2)  En  el  segundo  semestre  de 1993 se celebrarán consultas, en su caso, para establecer  las  cantidades  y  los  derechos  de  importación aplicables en los años siguientes.</p>
    <p class="parrafo">Le  agradecería  tuviese  a  bien confirmarme el acuerdo de su Gobierno sobre el contenido de la presente nota ».</p>
    <p class="parrafo">Tengo  el  honor  de  confirmarle  el  acuerdo de mi Gobierno sobre el contenido de dicha nota.</p>
    <p class="parrafo">Le ruego acepte, Señor, el testimonio de mi mayor consideración.</p>
    <p class="parrafo">Por el Gobierno</p>
    <p class="parrafo">del Reino de Noruega</p>
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