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<documento fecha_actualizacion="20190620145601">
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    <identificador>DOUE-L-1992-82163</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9000">Comunidades Europeas</departamento>
    <rango codigo="1220">Reglamento</rango>
    <fecha_disposicion>19921228</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>3830/1992</numero_oficial>
    <titulo>Reglamento (CEE) núm. 3830/92 de la Comisión, de 28 de diciembre de 1992, relativo a la supresión de los derechos de aduanas y de los elementos fijos en los intercambios entre la Comunidad de los Diez y España y a la aplicación por España de derechos de aduanas del arancel aduanero común en los intercambios con países terceros a partir del 1 de enero de 1993.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de las Comunidades Europeas</diario>
    <fecha_publicacion>19921231</fecha_publicacion>
    <diario_numero>387</diario_numero>
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    <pagina_inicial>46</pagina_inicial>
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    <fecha_vigencia>19930101</fecha_vigencia>
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    <judicialmente_anulada>N</judicialmente_anulada>
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      <materia codigo="266" orden="1">Arancel Aduanero Común</materia>
      <materia codigo="1314" orden="2">Comunidad Económica Europea</materia>
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  <texto>
    <p class="parrafo">LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,</p>
    <p class="parrafo">Vista  el  Acta  de  adhesión  de  España  y  de  Portugal  y, en particular, el apartado 4 de su artículo 75,</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  el  Acta  de  adhesión  prevé  la posibilidad de suprimir los derechos  de  aduanas  y  otros elementos para los productos agrícolas objeto de intercambios   entre  España  y  la  Comunidad  de  los  Diez;  que  las  mismas disposiciones  permiten  una  aproximación  acelerada de los derechos de aduanas de  España  al  arancel  aduanero  común;  que la misma regla se aplica según el artículo  78  del  Acta  de  adhesión,  para  la  reducción,  en  España, de los elementos   fijos  destinados  a  asegurar  la  protección  de  la  indutria  de transformación;</p>
    <p class="parrafo">Considerando que España ha presentado una solicitud en este sentido;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  la  realización  el  1 de enero de 1993 del mercado único sin</p>
    <p class="parrafo">fronteras  interiores,  hace  necesario  la supresión de los derechos de aduanas y  otros  elementos  en  los  intercambios  intracomunitarios y la aplicación de derechos  de  aduanas  de  importación  idénticos en los intercambios con países terceros;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  las  medidas  previstas  en el presente Reglamento se ajustan al dictamen de los Comités de gestión correspondientes,</p>
    <p class="parrafo">HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">1. A partir del 1 de enero de 1993:</p>
    <p class="parrafo">-  España  suprime,  en  los  intercambios  con  la  Comunidad  de los Diez, los derechos   de   aduanas   y   los  elementos  fijos  destinados  a  asegurar  la protección  de  la  industria  de  transformación  para  los productos sujetos a una organización común de los mercados;</p>
    <p class="parrafo">-  se  suprimen  los  derechos  de  aduaneros y los elementos fijos destinados a asegurar  la  protección  de  la  industria  de  transformación  que  aplica  la Comunidad de los Diez a las importaciones procedentes de España.</p>
    <p class="parrafo">2.  A  partir  del  1  de  enero de 1993, España aplica, en los intercambios con los   países  terceros  los  derechos  de  aduanas  que  son  aplicados  por  la Comunidad de los Diez.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">El  presente  Reglamento  entrará  en  vigor  el 1 de enero de 1993. El presente Reglamento  será  obligatorio  en  todos  sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el 28 de diciembre de 1992. Por la Comisión</p>
    <p class="parrafo">Ray MAC SHARRY</p>
    <p class="parrafo">Miembro de la Comisión</p>
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