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<documento fecha_actualizacion="20241021181513">
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    <identificador>DOUE-L-1992-82140</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9000">Comunidades Europeas</departamento>
    <rango codigo="1220">Reglamento</rango>
    <fecha_disposicion>19921223</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>3807/1992</numero_oficial>
    <titulo>Reglamento (CEE) núm. 3807/92 de la Comisión, de 23 de diciembre de 1992, por el que se modifican los Reglamentos (CEE) núms. 2182/77, 985/81 y 2848/89 en el sector de la carne de vacuno tras la sustitución del Reglamento (CEE) núm. 569/88 por el Reglamento (CEE) núm. 3002/92.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de las Comunidades Europeas</diario>
    <fecha_publicacion>19921230</fecha_publicacion>
    <diario_numero>384</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <pagina_inicial>33</pagina_inicial>
    <pagina_final>34</pagina_final>
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    <url_pdf>/doue/1992/384/L00033-00034.pdf</url_pdf>
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    <estatus_legislativo>L</estatus_legislativo>
    <fecha_vigencia>19930101</fecha_vigencia>
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    <judicialmente_anulada>N</judicialmente_anulada>
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      <materia codigo="621" orden="1">Carnes</materia>
      <materia codigo="3885" orden="2">Ganado vacuno</materia>
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          <palabra codigo="270">MODIFICA</palabra>
          <texto>Reglamento 2848/89, de 22 de septiembre</texto>
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          <texto>el Reglamento 985/81, de 9 de abril</texto>
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          <texto>el Reglamento 2182/77, de 30 de septiembre</texto>
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          <texto>Reglamento 3002/92, de 16 de octubre</texto>
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          <texto>Reglamento 569/88, de 16 de febrero</texto>
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        <anterior referencia="DOUE-L-1976-80186" orden="5020">
          <palabra codigo="330">CITA</palabra>
          <texto>Reglamento 1687/76, de 30 de junio</texto>
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        <posterior referencia="DOUE-L-1993-80126" orden="1">
          <palabra codigo="407">SE AÑADE</palabra>
          <texto>el art. 2 bis, por Reglamento 251/93, de 4 de febrero</texto>
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  </analisis>
  <texto>
    <p class="parrafo">REGLAMENTO (CEE) No&lt;?%&gt; 3807/92 DE LA COMISION</p>
    <p class="parrafo">LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,</p>
    <p class="parrafo">Visto  el  Reglamento  (CEE)  n° 805/68 del Consejo, de 27 de junio de 1968, por el  que  se  establece  la  organización  común  de  mercados en el sector de la carne  de  bovino  (1),  cuya  última  modificación  la constituye el Reglamento (CEE) n° 2066/92 (2), y, en particular, el apartado 3 de su artículo 7,</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  determinados  productos  procedentes  de  intervención pueden recibir una utilización o un destino especiales;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  el  Reglamento  (CEE)  n°  569/88  de  la  Comisión  (3)  fue sustituido  por  el  Reglamento  (CEE)  n°  3002/92  (4), referente a las nuevas disposiciones  comunes  de  control  de  la  utilización  y  el  destino  de los productos  procedentes  de  la  intervención,  que  garantiza que esos productos no reciban otra utilización u otro destino diferente de los previstos:</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  esas  nuevas  disposiciones  hacen  necesario  modificar  las referencias  de  las  indicaciones  previstas  en  el Reglamento (CEE) n° 569/88 que aparecen en los siguientes Reglamentos:</p>
    <p class="parrafo">-  Reglamento  (CEE)  n°  2182/77  de  la Comisión, de 30 de septiembre de 1977, por  el  que  se  establecen  modalidades de aplicación de la venta de carnes de vacuno   congeladas   procedentes   de   las   existencias   de  intervención  y destinadas  a  la  transformación  en la Comunidad (5), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CEE) n° 3988/87 (6);</p>
    <p class="parrafo">-  Reglamento  (CEE)  n°  985/81  de  la  Comisión, de 9 de abril de 1981, sobre modalidades   de   aplicación  de  la  venta  de  carnes  de  vacuno  congeladas procedentes  de  las  reservas  de  intervención  y  destinadas a la exportación (7),  cuya  última  modificación  la  constituye  el Reglamento (CEE) n° 1809/87 (8);</p>
    <p class="parrafo">-  Reglamento  (CEE)  n°  2848/89  de  la Comisión, de 22 de septiembre de 1989, sobre  venta  de  determinados  productos  del  sector  de la carne de vacuno en poder   de  los  organismos  de  intervención  a  determinadas  instituciones  y centros  de  asistencia  social  (9),  cuya última modificación la constituye el Reglamento (CEE) n° 1722/92 (10);</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  las  medidas  previstas  en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión de la carne de vacuno,</p>
    <p class="parrafo">HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">El Reglamento (CEE) n° 2182/77 se modifica del siguiente modo:</p>
    <p class="parrafo">1)  En  el  apartado  3  del  artículo  3,  la  referencia  al  « apartado 3 del artículo  13  del  Reglamento  (CEE) n° 1687/76 » se sustituye por la referencia al  «  apartado  2  del  artículo  5  del  Reglamento  (CEE)  n°  3002/92  de la Comisión  (  )  ».  Se  añadirá la nota a pie de página « ( ) DO n° L 301 de 17. 10. 10992, p. 17. »</p>
    <p class="parrafo">2)  En  el  apartado  2  del  artículo  4,  la  referencia  al  « apartado 3 del artículo  13  del  Reglamento  (CEE) n° 1687/76 » se sustituye por la referencia al « apartado 2 del artículo 5 del Reglamento (CEE) n° 3002/92. »</p>
    <p class="parrafo">3)  En  el  apartado  2  del  artículo  5,  la  referencia  al « artículo 12 del Reglamento  (CEE)  n°  1687/76  » se sustituye por la referencia al « artículo 4 del Reglamento (CEE) n° 3002/92 ».</p>
    <p class="parrafo">4) El artículo 9 se sustituye por el siguiente:</p>
    <p class="parrafo">« Artículo 9</p>
    <p class="parrafo">Además  de  las  indicaciones  establecidas  en  el Reglamento (CEE) n° 3002/92, en  la  casilla  104  del  ejemplar  de  control  T  5  se deberán incluir una o varias de las siguientes indicaciones:</p>
    <p class="parrafo">Destinados a la transformación [Reglamento (CEE) n° 2182/77]</p>
    <p class="parrafo">Til forarbejdning (forordning (EOEF) nr. 2182/77)</p>
    <p class="parrafo">Zur Verarbeitung bestimmt (Verordnung (EWG) Nr. 2182/77)</p>
    <p class="parrafo">Ðñïïñéaeue aaíá ãéá  aaôáðïssçóç [êáíïíéó ueò (AAÏÊ) áñéè. 2182/77]</p>
    <p class="parrafo">For processing (Regulation (EEC) No 2182/77)</p>
    <p class="parrafo">Destinées à la transformation [règlement (CEE) n° 2182/77]</p>
    <p class="parrafo">Destinate alla trasformazione [regolamento (CEE) n. 2182/77]</p>
    <p class="parrafo">Bestemd om te worden verwerkt (Verordening (EEG) nr. 2182/77)</p>
    <p class="parrafo">Destinadas a transformação [Regulamento (CEE) n° 2182/77];</p>
    <p class="parrafo">En  la  casilla  106  del  ejemplar  de  control  T 5 deberá figurar la fecha de conclusión del contrato de venta y:</p>
    <p class="parrafo">-   para  la  carne  que  se  destine  a  la  transformación  en  conservas,  la indicación « sistema A »,</p>
    <p class="parrafo">-  para  la  carne  que  se  destine  a la transformación en otros productos, la indicación « sistema B ». »</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">El Reglamento (CEE) n° 985/81 se modifica del siguiente modo:</p>
    <p class="parrafo">1)  En  el  apartado  2  del  artículo 1, la referencia al « Reglamento (CEE) n° 1687/76  »  se  sustituye  por la referencia al « Reglamento (CEE) n° 3002/92 de la Comisión ( ) ».</p>
    <p class="parrafo">Se  añadirá  la  nota  a pie de página « ( ) DO n° L 301 de 17. 10. 1992, p. 17. »</p>
    <p class="parrafo">2)  En  el  apartado  4  del  artículo  3,  la  referencia  al  « apartado 4 del artículo  13  del  Reglamento  (CEE) n° 1687/76 » se sustituye por la referencia al « artículo 15 del Reglamento (CEE) n° 3002/92 ».</p>
    <p class="parrafo">3) Se suprime el artículo 6 del Reglamento (CEE) n° 985/81.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 3</p>
    <p class="parrafo">El Reglamento (CEE) n° 2848/89 se modifica del siguiente modo:</p>
    <p class="parrafo">1)  En  el  apartado  3  del  artículo  6,  la  referencia  al  « apartado 2 del artículo  5  del  Reglamento  (CEE)  n°  569/88 » se sustituye por la referencia al  «  apartado  2  del  artículo  5  del  Reglamento  (CEE)  n°  3002/92  de la Comisión ( ) ».</p>
    <p class="parrafo">Se  añadirá  la  nota  a pie de página « ( ) DO n° L 301 de 17. 10. 1992, p. 17. »</p>
    <p class="parrafo">2) El artículo 7 se sustituye por el siguiente:</p>
    <p class="parrafo">« Artículo 7</p>
    <p class="parrafo">Cuando  se  despache  carne  de  intervención destinada a instituciones situadas en otro Estado miembro:</p>
    <p class="parrafo">Además  de  las  indicaciones  establecidas  en  el Reglamento (CEE) n° 3002/92, en  la  casilla  104  del  ejemplar  de  control  T  5  se deberán incluir una o varias de las siguientes indicaciones:</p>
    <p class="parrafo">Destinados a instituciones [Reglamento (CEE) n° 2848/89]</p>
    <p class="parrafo">Bestemt til institutioner (forordning (EOEF) nr. 2848/89)</p>
    <p class="parrafo">Fuer Einrichtungen bestimmt (Verordnung (EWG) Nr. 2848/89)</p>
    <p class="parrafo">Ãéá ïñãáíéó ïýò [êáíïíéó ueò (AAÏÊ) áñéè. 2848/89]</p>
    <p class="parrafo">For institutions (Regulation (EEC) No 2848/89)</p>
    <p class="parrafo">Destinés à des institutions [règlement (CEE) n° 2848/89]</p>
    <p class="parrafo">Destinati ad istituzioni [regolamento (CEE) n. 2848/89]</p>
    <p class="parrafo">Bestemd voor instellingen (Verordening (EEG) nr. 2848/89)</p>
    <p class="parrafo">Destinados a instituições [Regulamento (CEE) n° 2848/89]. ».</p>
    <p class="parrafo">Artículo 4</p>
    <p class="parrafo">El presente Reglamento entrará en vigor el 1 de enero de 1993.</p>
    <p class="parrafo">El   presente   Reglamento   será   obligatorio   en   todos   sus  elementos  y directamente aplicable en cada Estado miembro.</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el 23 de diciembre de 1992. Por la Comisión</p>
    <p class="parrafo">Ray MAC SHARRY</p>
    <p class="parrafo">Miembro de la Comisión</p>
  </texto>
</documento>
