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    <identificador>DOUE-L-1992-81177</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9000">Comunidades Europeas</departamento>
    <rango codigo="1220">Reglamento</rango>
    <fecha_disposicion>19920715</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>1996/1992</numero_oficial>
    <titulo>Reglamento (CEE) nº 1996/92 de la Comisión, de 15 de julio de 1992, por el que se modifica el Reglamento (CEE) nº 2568/91 relativo a las características de los aceites de oliva y de los aceites de orujo de oliva y sobre sus métodos de análisis.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de las Comunidades Europeas</diario>
    <fecha_publicacion>19920718</fecha_publicacion>
    <diario_numero>199</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <pagina_final>19</pagina_final>
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    <url_pdf>/doue/1992/199/L00018-00019.pdf</url_pdf>
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    <fecha_vigencia>19920721</fecha_vigencia>
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    <judicialmente_anulada>N</judicialmente_anulada>
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      <materia codigo="48" orden="1">Aceites vegetales</materia>
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        <anterior referencia="DOUE-L-1991-81272" orden="2015">
          <palabra codigo="270">MODIFICA</palabra>
          <texto>el Anexo VIII del Reglamento 2568/91, de 11 de julio</texto>
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  <texto>
    <p class="parrafo">LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,</p>
    <p class="parrafo">Visto  el  Reglamento  no  136/66/CEE  del Consejo, de 22 de septiembre de 1966, por  el  que  se  establece  la  organización  común de mercados en el sector de las   materias   grasas   (1),   cuya   última  modificación  la  constituye  el Reglamento (CEE) no 1720/91 (2), y, en particular, su artículo 35 bis,</p>
    <p class="parrafo">Considerando   que,   habida   cuenta  de  la  experiencia  adquirida,  resultan necesarias   determinadas   adaptaciones  del  método  de  determinación  de  la trilinoleína  previsto  en  el  Reglamento  (CEE) no 2568/91 de la Comisión (3), cuya  última  modificación  la  constituye  el  Reglamento (CEE) no 1683/92 (4); que conviene, por lo tanto, modificar el mencionado Reglamento;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  las  medidas  previstas  en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión de las materias grasas,</p>
    <p class="parrafo">HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">El   Anexo   VIII   del  Reglamento  (CEE)  no  2568/91  quedará  modificado  de conformidad con el Anexo del presente Reglamento.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">El  presente  Reglamento  entrará  en  vigor  el  tercer  día siguiente al de su publicación  en  el  Diario  Oficial  de  las  Comunidades Europeas. El presente Reglamento  será  obligatorio  en  todos  sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el 15 de julio de 1992. Por la Comisión</p>
    <p class="parrafo">Ray MAC SHARRY</p>
    <p class="parrafo">Miembro de la Comisión</p>
    <p class="parrafo">(1)  DO  no  172  de 30. 9. 1966, p. 3025/66. (2) DO no L 162 de 26. 6. 1991, p. 27.  (3)  DO  no  L  248 de 5. 9. 1991, p. 1. (4) DO no L 176 de 30. 6. 1992, p. 27.</p>
    <p class="parrafo">ANEXO</p>
    <p class="parrafo">En  el  Anexo  VIII  del  Reglamento  (CEE)  no  2568/91  se  añadirá  la nota 5 siguiente:</p>
    <p class="parrafo">«  Nota  5:  En  el  caso  de los aceites de orujo de oliva brutos, para obtener una  buena  separación  del  pico  de la trilinoleína de los picos adyacentes se debe  purificar  previamente  el  aceite  como  se  indica  en  el punto 6.2 del Anexo  VII,  o,  como  alternativa,  se puede llevar a cabo la absorbción de 200  l  de  aceite  sin  diluir  en  una columna de sílice sólida para extracción de líquido (tipo SEP PAK silica cartriage-waters port. no 51 900).</p>
    <p class="parrafo">La  elución  de  los  triglicéridos  se  efectúa con 2 ml de hexano anhidro para HPLC.</p>
    <p class="parrafo">El  producto  eluido  se  seca  en  una  corriente  de nitrógeno y se recoge con isopropanol  o  acetona  (5  ml).  Se inyectan de 10 a 20  l en HPLC. Para ambos métodos  de  purificación,  es  necesario comprobar que la composición en ácidos del   aceite   sea   la  misma  antes  y  después  de  la  purificación.  Si  la composición  no  es  la  misma, se deberá reducir progresivamente la cantidad de absorbente utilizado. »</p>
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