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    <identificador>DOUE-L-1992-80893</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9000">Comunidades Europeas</departamento>
    <rango codigo="1220">Reglamento</rango>
    <fecha_disposicion>19920622</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>1588/1992</numero_oficial>
    <titulo>Reglamento (CEE) nº 1588/92 de la Comisión, de 22 de junio de 1992, por el que se modifica el Reglamento (CEE) nº 1117/92 sobre medidas para mejorar la calidad de la leche en España, Irlanda, Irlanda del Norte y Portugal.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de las Comunidades Europeas</diario>
    <fecha_publicacion>19920623</fecha_publicacion>
    <diario_numero>168</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <fecha_vigencia>19920626</fecha_vigencia>
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    <judicialmente_anulada>N</judicialmente_anulada>
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      <materia codigo="420" orden="1">Ayudas</materia>
      <materia codigo="6028" orden="3">España</materia>
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      <materia codigo="4746" orden="2">Leche</materia>
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      <materia codigo="6042" orden="4">Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte</materia>
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    <notas>
      <nota codigo="37" orden="220">Aplicable desde El 1 de junio de 1992.</nota>
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        <anterior referencia="DOUE-L-1992-80606" orden="2015">
          <palabra codigo="270">MODIFICA</palabra>
          <texto>los arts. 3.1 y 5.1 del Reglamento 1117/92, de 30 de abril</texto>
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    <p class="parrafo">LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,</p>
    <p class="parrafo">Visto elTratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,</p>
    <p class="parrafo">Visto  el  Reglamento  (CEE)  no  1079/77  del  Consejo,  de 17 de mayo de 1977, relativo   a   una   tasa   de   corresponsabilidad  y  a  determinadas  medidas destinadas  a  ampliar  los  mercados  en  el  sector  de  la  leche  y  de  los productos  lácteos  (1),  cuya  última  modificación la constituye el Reglamento (CEE) no 1374/92 (2), y, en particular, su artículo 4,</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  los  artículos  3  y  5 del Reglamento (CEE) no 1117/92 de la Comisión,  de  30  de  abril  de  1992, sobre medidas para mejorar la calidad de la  leche  en  España,  Irlanda,  Irlanda  del Norte y Portugal (3), establecen, respectivamente,  la  fecha  antes  de  la  que los interesados transmitirán sus propuestas  al  organismo  competente  del  Estado  miembro de que se trate y el organismo  competente  elaborará  y  remitirá  a  la Comisión la lista de dichas propuestas;  que  estos  plazos  deben  ampliarse un mes a fin de permitir a los interesados que formulen sus propuestas de forma más adecuada;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  las  medidas  previstas  en el presente Reglamento se ajustan</p>
    <p class="parrafo">al dictamen del Comité de gestión de la leche y de los productos lácteos,</p>
    <p class="parrafo">HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">El Reglamento (CEE) no 1117/92 quedará modificado como sigue:</p>
    <p class="parrafo">1)  En  el  párrafo  segundo  del  apartado  1  del  artículo 3, se sustituye la fecha del « 1 de junio de 1992 » por la del « 1 de julio de 1992. ».</p>
    <p class="parrafo">2)  En  el  apartado  1  del  artículo 5, se sustituye la fecha del « 1 de julio de 1992 » por la del « 1 de agosto de 1992. ».</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">El  presente  Reglamento  entrará  en  vigor  el  tercer  día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.</p>
    <p class="parrafo">Será  aplicable  a  partir  del  1 de junio de 1992. El presente Reglamento será obligatorio  en  todos  sus  elementos  y  directamente aplicable en cada Estado miembro.</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el 22 de junio de 1992. Por la Comisión</p>
    <p class="parrafo">Ray MAC SHARRY</p>
    <p class="parrafo">Miembro de la Comisión</p>
    <p class="parrafo">(1)  DO  no  L  131  de 26. 5. 1977, p. 6. (2) DO no L 147 de 29. 5. 1992, p. 3. (3) DO no L 117 de 1. 5. 1992, p. 85.</p>
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