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<documento fecha_actualizacion="20241021181000">
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    <identificador>DOUE-L-1992-80860</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9000">Comunidades Europeas</departamento>
    <rango codigo="1600">Decisión</rango>
    <fecha_disposicion>19920601</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>297/1992</numero_oficial>
    <titulo>Decisión del Consejo, de 1 de junio de 1992, relativa a la celebración del acuerdo en forma de Canje de Notas entre la Comunidad Economica Europea y la República de Austria, relativo a la prórroga del acuerdo relativo al establecimiento reciproco de contingentes arancelarios para determinados vinos de calidad.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de las Comunidades Europeas</diario>
    <fecha_publicacion>19920613</fecha_publicacion>
    <diario_numero>160</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <pagina_inicial>25</pagina_inicial>
    <pagina_final>28</pagina_final>
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    <url_pdf>/doue/1992/160/L00025-00028.pdf</url_pdf>
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    <estatus_legislativo>L</estatus_legislativo>
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    <estatus_derogacion>N</estatus_derogacion>
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    <judicialmente_anulada>N</judicialmente_anulada>
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    <letra_imagen>L</letra_imagen>
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    <materias>
      <materia codigo="71" orden="1">Acuerdos internacionales</materia>
      <materia codigo="6078" orden="3">Austria</materia>
      <materia codigo="1636" orden="2">Contingentes arancelarios</materia>
      <materia codigo="7150" orden="4">Vinos</materia>
    </materias>
    <notas>
      <nota codigo="10" orden="200">Entrada en vigor:  del Acuerdo el 1 de julio de 1992 (DOCE L 208, de 24.7.1992).</nota>
    </notas>
    <referencias>
      <anteriores>
        <anterior referencia="DOUE-L-1988-81449" orden="2100">
          <palabra codigo="401">PRORROGA</palabra>
          <texto>el Acuerdo de 23 de diciembre de 1988, Adjunto a la Decisión 88/626, de 12 de diciembre</texto>
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  <texto>
    <p class="parrafo">EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,</p>
    <p class="parrafo">Visto   el  Tratado  constitutivo  de  la  Comunidad  Económica  Europea  y,  en particular, su artículo 113,</p>
    <p class="parrafo">Vista la propuesta de la Comisión,</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  el  Acuerdo  en  forma  de  Canje de notas entre la Comunidad Económica   Europea   y   Austria   relativo  al  establecimiento  recíproco  de contingentes  arancelarios  para  determinados  vinos de calidad (1), firmado el 23  de  diciembre  de  1988,  sólo  fija los citados contingentes por un período inicial  que  finaliza  el  30  de  junio  de  1992; que, por lo tanto, conviene establecer los contingentes aplicables a partir del 1 de julio de 1992;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  la  Comisión  ha  celebrado consultas con Austria al respecto y  que  estas  consultas  han  conducido a un acuerdo en forma de Canje de notas que conviene aprobar,</p>
    <p class="parrafo">DECIDE:</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">Queda  aprobado,  en  nombre  de  la  Comunidad, el Acuerdo en forma de Canje de notas   entre   la  Comunidad  Económica  Europea  y  la  República  de  Austria referente  a  la  prórroga  del Acuerdo relativo al establecimiento recíproco de contingentes arancelarios para determinados vinos de calidad.</p>
    <p class="parrafo">El texto del Acuerdo se adjunta a la presente Decisión.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">Se   autoriza   al  presidente  del  Consejo  para  que  designe  a  la  persona facultada  para  firmar  el  Acuerdo  a  fin de obligar a la Comunidad. Hecho en Luxemburgo, el 1 de junio de 1992. Por el Consejo</p>
    <p class="parrafo">El Presidente</p>
    <p class="parrafo">António COUTO DOS SANTOS</p>
    <p class="parrafo">(1) DO no L 348 de 17. 12. 1988, p. 56.</p>
    <p class="parrafo">ACUERDO  en  forma  de  Canje de Notas entre la Comunidad Económica Europea y la República   de   Austria  referente  a  la  prórroga  del  Acuerdo  relativo  al establecimiento   recíproco   de  contingentes  arancelarios  para  determinados vinos de calidad</p>
    <p class="parrafo">A. Nota de la Comunidad</p>
    <p class="parrafo">Señor:</p>
    <p class="parrafo">Tengo  el  honor  de  referirme  a  las  consultas celebradas entre la Comunidad Económica  Europea  y  la  República  de  Austria según lo dispuesto en el punto 11   del   Acuerdo   relativo   al  establecimiento  recíproco  de  contingentes arancelarios  para  determinados  vinos  de  calidad, firmado el 23 de diciembre de 1988.</p>
    <p class="parrafo">Le confirmo que estas consultas han arrojado los siguientes resultados:</p>
    <p class="parrafo">1)  El  Acuerdo  se  prorrogará  a  partir del 1 de julio de 1992, por un nuervo período contingentario anual del 1 de julio de 1992 al 30 de junio de 1993.</p>
    <p class="parrafo">2)  En  caso  necesario,  se  celebarán  consultas durante el primer semestre de 1993 a fin de decidir la posible prórroga del presente Acuerdo.</p>
    <p class="parrafo">Le  agradecería  tuviese  a  bien  confirmar  el acuerdo de su Gobierno sobre el contenido de la presente Nota.</p>
    <p class="parrafo">Le ruego acepte el testimonio de mi mayor consideración.</p>
    <p class="parrafo">En nombre</p>
    <p class="parrafo">del Consejo de las Comunidades Europeas</p>
    <p class="parrafo">B. Nota de Austria</p>
    <p class="parrafo">Muy Sr. mío:</p>
    <p class="parrafo">Tengo  el  honor  de  acusar  recibo de su nota del día de hoy, redactada en los siguientes términos:</p>
    <p class="parrafo">«  Tengo  el  honor  de  referirme a las consultas celebradas entre la Comunidad Económica  Europea  y  la  República  de  Austria según lo dispuesto en el punto 11   del   Acuerdo   relativo   al  establecimiento  recíproco  de  contingentes arancelarios  para  determinados  vinos  de  calidad, firmado el 23 de diciembre de 1988.</p>
    <p class="parrafo">Le confirmo que estas consultas han arrojado los siguientes resultados:</p>
    <p class="parrafo">1)  El  Acuerdo  se  prorrogará  a  partir  del 1 de julio de 1992, por un nuevo período contingentario anual del 1 de julio de 1992 al 30 de junio de 1993.</p>
    <p class="parrafo">2)  En  caso  necesario,  se  celebrarán consultas durante el primer semestre de 1993 a fin de decidir la posible prórroga del presente Acuerdo.</p>
    <p class="parrafo">Le  agradecería  tuviese  a  bien  confirmar  el acuerdo de su Gobierno sobre el contenido de la presente Nota. »</p>
    <p class="parrafo">Tengo  el  honor  de  confirmar  el acuerdo de mi Gobierno sobre el contenido de dicha Nota.</p>
    <p class="parrafo">Le ruego acepte el testimonio de mi mayor consideración.</p>
    <p class="parrafo">Por  el  Gobierno  de  la República de Austria (1) Información sobre la fecha de entrada  en  vigor  del  Acuerdo  en  forma de Canje de notas entre la Comunidad Económica  Europea  y  la  República  de  Austria  referente  a  la prórroga del Acuerdo  relativo  al  establecimiento  recíproco  de  contingentes arancelarios para determinados vinos de calidad</p>
    <p class="parrafo">El  Acuerdo  en  forma  de Canje de notas entre la Comunidad Económica Europea y la  República  de  Austria  referente  a  la  prórroga  del  Acuerdo relativo al establecimiento   recíproco   de  contingentes  arancelarios  para  determinados vinos  de  calidad  fue  firmado  el 2 de junio de 1992. La República de Austria lo  firmó,  por  su  parte,  a  reserva  de ratificación, por lo que la fecha de entrada  en  vigor  de  este  Acuerdo  se  publicará  en su momento en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.</p>
    <p class="parrafo">(1) Véase la página 25 del presente Diario Oficial.</p>
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