<?xml version="1.0" encoding="UTF-8"?>
<documento fecha_actualizacion="20241021180927">
  <metadatos>
    <identificador>DOUE-L-1992-80684</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9000">Comunidades Europeas</departamento>
    <rango codigo="1220">Reglamento</rango>
    <fecha_disposicion>19920518</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>1264/1992</numero_oficial>
    <titulo>Reglamento (CEE) Nº 1264/92 de la Comisión, de 18 de mayo de 1992, por el que se modifican los Reglamentos (CEE) nº 429/90 relativo a la concesión mediante licitación de una ayuda para la mantequilla concentrada destinada al consumo inmediato en la Comunidad y (CEE) nº 3143/85 relativo a la comercialización a precio reducido de mantequilla de intervención destinada al consumo inmediato en forma de mantequilla concentrada.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de las Comunidades Europeas</diario>
    <fecha_publicacion>19920519</fecha_publicacion>
    <diario_numero>135</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
    <subseccion/>
    <pagina_inicial>5</pagina_inicial>
    <pagina_final>5</pagina_final>
    <suplemento_pagina_inicial/>
    <suplemento_pagina_final/>
    <url_pdf>/doue/1992/135/L00005-00005.pdf</url_pdf>
    <url_epub/>
    <url_pdf_catalan/>
    <url_pdf_euskera/>
    <url_pdf_gallego/>
    <url_pdf_valenciano/>
    <estatus_legislativo>L</estatus_legislativo>
    <fecha_vigencia>19920522</fecha_vigencia>
    <estatus_derogacion>N</estatus_derogacion>
    <fecha_derogacion/>
    <judicialmente_anulada>N</judicialmente_anulada>
    <fecha_anulacion/>
    <vigencia_agotada>N</vigencia_agotada>
    <estado_consolidacion codigo="0"/>
    <letra_imagen>L</letra_imagen>
    <suplemento_letra_imagen/>
  </metadatos>
  <analisis>
    <materias>
      <materia codigo="420" orden="1">Ayudas</materia>
      <materia codigo="4862" orden="2">Mantequilla</materia>
    </materias>
    <notas/>
    <referencias>
      <anteriores>
        <anterior referencia="DOUE-L-1990-80130" orden="2015">
          <palabra codigo="270">MODIFICA</palabra>
          <texto>el art. 10.3 del Reglamento 429/90, de 20 de febrero</texto>
        </anterior>
        <anterior referencia="DOUE-L-1985-80886" orden="2015">
          <palabra codigo="270">MODIFICA</palabra>
          <texto>el art. 5.4 del Reglamento 3143/85, de 11 de noviembre</texto>
        </anterior>
      </anteriores>
      <posteriores/>
    </referencias>
    <alertas/>
  </analisis>
  <texto>
    <p class="parrafo">LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,</p>
    <p class="parrafo">Visto  el  Reglamento  (CEE)  no 804/68 del Consejo, de 27 de junio de 1968, por el  que  se  establece  la  organización  común  de  mercados en el sector de la leche  y  de  los  productos lácteos (1), cuya última modificación la constituye el  Reglamento  (CEE)  no  816/92  (2),  y,  en  particular, el apartado 7 de su artículo 6 y el apartado 3 de su artículo 7bis,</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  el  Reglamento  (CEE)  no  429/90  de  la  Comisión (3), cuya última  modificación  la  constituye  el  Reglamento  (CEE) no 3301/90 (4), y el Reglamento  (CEE)  no  3143/85  de  la Comisión (5), cuya última modificación la constituye   el   Reglamento  (CEE)  no  3683/91  (6),  contienen  disposiciones análogas   sobre   el   marcado   de  los  envases  de  mantequilla  concentrada destinada  al  consumo  directo  en la Comunidad; que es conveniente completar y armonizar  las  menciones  indicadas  en  dichos  Reglamentos teniendo en cuenta las  denominaciones  comerciales  existentes  en  los  Estados  miembros en este sector;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  las  medidas  previstas  en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión de la leche y de los productos lácteos,</p>
    <p class="parrafo">HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">1.  El  tercer  guión  del  apartado  3  del artículo 10 del Reglamento (CEE) no 429/90 será sustituido por el texto siguiente:</p>
    <p class="parrafo">«   -   "Butterfett  -  Verordnung  (EWG)  Nr.  429"  oder  "Butterkonzentrat  - Verordnung  (EWG)  Nr.  429/90"  oder  "Butterschmalz  -  Verordnung  (EWG)  Nr. 429/90"; »</p>
    <p class="parrafo">2.  En  el  segundo  guión del apartado 4 del artículo 5 del Reglamento (CEE) no 3143/85 se añade la mención siguiente: « o "Butterschmalz" ».</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">El  presente  Reglamento  entrará  en  vigor  el  tercer  día siguiente al de su publicación  en  el  Diario  Oficial  de  las  Comunidades Europeas. El presente Reglamento  será  obligatorio  en  todos  sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el 18 de mayo de 1992. Por la Comisión</p>
    <p class="parrafo">Ray MAC SHARRY</p>
    <p class="parrafo">Miembro de la Comisión</p>
    <p class="parrafo">(1)  DO  no  L  148  de 28. 6. 1968, p. 13. (2) DO no L 86 de 1. 4. 1992, p. 83. (3)  DO  no  L  45 de 21. 2. 1990, p. 8. (4) DO no L 317 de 16. 11. 1990, p. 24. (5)  DO  no  L  298  de  12. 11. 1985, p. 9. (6) DO no L 349 de 18. 12. 1991, p. 37.</p>
  </texto>
</documento>
