<?xml version="1.0" encoding="UTF-8"?>
<documento fecha_actualizacion="20241021180746">
  <metadatos>
    <identificador>DOUE-L-1992-80219</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9000">Comunidades Europeas</departamento>
    <rango codigo="1220">Reglamento</rango>
    <fecha_disposicion>19920227</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>469/1992</numero_oficial>
    <titulo>Reglamento (CEE) nº 469/92 de la Comisión, de 27 de febrero de 1992, por el que se rectifica el Reglamento (CEE) nº 362/92 en lo referente a la fecha límite de celebración de los contratos preliminares en el sector de los productos transformados a base de frutas y hortalizas.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de las Comunidades Europeas</diario>
    <fecha_publicacion>19920228</fecha_publicacion>
    <diario_numero>53</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
    <subseccion/>
    <pagina_inicial>16</pagina_inicial>
    <pagina_final>16</pagina_final>
    <suplemento_pagina_inicial/>
    <suplemento_pagina_final/>
    <url_pdf>/doue/1992/053/L00016-00016.pdf</url_pdf>
    <url_epub/>
    <url_pdf_catalan/>
    <url_pdf_euskera/>
    <url_pdf_gallego/>
    <url_pdf_valenciano/>
    <estatus_legislativo>L</estatus_legislativo>
    <fecha_vigencia>19920228</fecha_vigencia>
    <estatus_derogacion>N</estatus_derogacion>
    <fecha_derogacion/>
    <judicialmente_anulada>N</judicialmente_anulada>
    <fecha_anulacion/>
    <vigencia_agotada>N</vigencia_agotada>
    <estado_consolidacion codigo="0"/>
    <letra_imagen>L</letra_imagen>
    <suplemento_letra_imagen/>
  </metadatos>
  <analisis>
    <materias>
      <materia codigo="420" orden="1">Ayudas</materia>
      <materia codigo="3836" orden="2">Frutos y productos hortícolas</materia>
    </materias>
    <notas/>
    <referencias>
      <anteriores>
        <anterior referencia="DOUE-L-1992-80160" orden="2015">
          <palabra codigo="270">MODIFICA</palabra>
          <texto>el art. 1 del Reglamento 362/92, de 14 de febrero</texto>
        </anterior>
        <anterior referencia="DOUE-L-1991-80739" orden="5020">
          <palabra codigo="330">CITA</palabra>
          <texto>Reglamento 1558/91, de 7 de junio</texto>
        </anterior>
      </anteriores>
      <posteriores/>
    </referencias>
    <alertas/>
  </analisis>
  <texto>
    <p class="parrafo">LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,</p>
    <p class="parrafo">Visto  el  Reglamento  (CEE)  no  426/86  del Consejo, de 24 de febrero de 1986, por  el  que  se  establece  la  organización  común de mercados en el sector de los  productos  transformados  a  base  de  frutas y hortalizas (1), cuya última modificación   la   constituye  el  Reglamento  (CEE)  no  1943/91  (2),  y,  en particular, el apartado 4 de su artículo 3,</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  el  Reglamento  (CEE) no 362/92 de la Comisión (3), establece una  excepción  al  Reglamento  (CEE)  no  1558/91  de  la  Comisión (4) para la campaña  de  1992/93,  en  los que atañe a la fecha límite de celebración de los contratos preliminares;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que,  por  error,  el  texto  del  Reglamento  (CEE)  no 362/92 no coincide  con  el  dictamen  emitido  por  el  Comité  de  gestión;  que procede rectificar el Reglamento en cuestión;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  las  medidas  previstas  en el presente Reglamento se ajustan al  dictamen  del  Comité  de  gestión  de los productos transformados a base de frutas y hortalizas,</p>
    <p class="parrafo">HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">El  artículo  1  del  Reglamento (CEE) no 362/92 quedará sustituido por el texto siguiente:</p>
    <p class="parrafo">«  No  obstante  lo  dispuesto  en  los  apartados  1  y  2  del  artículo 5 del Reglamento  (CEE)  no  1558/91,  la fecha límite de celebración de los contratos preliminares  de  la  campaña  de 1992/93 se fija en el 16 de marzo de 1992 y la fecha  límite  de  envío  del  ejemplar  del  contrato  preliminar  al organismo correspondiente en el 26 de marzo de 1992. ».</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">El  presente  Reglamento  entrará  en  vigor  el  día  de  su  publicación en el Diario  Oficial  de  las  Comunidades  Europeas.  El  presente  Reglamento  será obligatorio  en  todos  sus  elementos  y  directamente aplicable en cada Estado miembro.</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el 27 de febrero de 1992. Por la Comisión</p>
    <p class="parrafo">Ray MAC SHARRY</p>
    <p class="parrafo">Miembro de la Comisión</p>
    <p class="parrafo">(1)  DO  no  L  49  de  27.  2. 1986, p. 1. (2) DO no L 175 de 4. 7. 1991, p. 1. (3) DO no L 39 de 15. 2. 1992, p. 15. (4) DO no L 144 de 8. 6. 1991, p. 31.</p>
  </texto>
</documento>
