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<documento fecha_actualizacion="20241021180547">
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    <identificador>DOUE-L-1991-81946</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9000">Comunidades Europeas</departamento>
    <rango codigo="1220">Reglamento</rango>
    <fecha_disposicion>19911218</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>3774/1991</numero_oficial>
    <titulo>Reglamento (CEE) nº 3774/91 de la Comisión, de 18 de diciembre de 1991, que modifica por duodécima vez el Reglamento (CEE) nº 3800/81 por el que se establece la clasificación de las variedades de la vid.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de las Comunidades Europeas</diario>
    <fecha_publicacion>19911224</fecha_publicacion>
    <diario_numero>356</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <pagina_inicial>36</pagina_inicial>
    <pagina_final>40</pagina_final>
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    <url_pdf>/doue/1991/356/L00036-00040.pdf</url_pdf>
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    <estatus_legislativo>L</estatus_legislativo>
    <fecha_vigencia>19911231</fecha_vigencia>
    <estatus_derogacion>N</estatus_derogacion>
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    <judicialmente_anulada>N</judicialmente_anulada>
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      <materia codigo="7099" orden="1">Uvas</materia>
      <materia codigo="7151" orden="2">Viñedos</materia>
      <materia codigo="7158" orden="3">Viticultura</materia>
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    <notas>
      <nota codigo="38" orden="230">Efectos desde el 1 de septiembre de 1991.</nota>
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        <anterior referencia="DOUE-L-1981-80589" orden="2015">
          <palabra codigo="270">MODIFICA</palabra>
          <texto>el Anexo del Reglamento 3800/81, de 16 de diciembre</texto>
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  <texto>
    <p class="parrafo">LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,</p>
    <p class="parrafo">Visto  el  Reglamento  (CEE)  no 822/87 del Consejo, de 16 de marzo de 1987, por el  que  se  establece  la organización común del mercado vitivinícola (1), cuya última  modificación  la  constituye  el  Reglamento (CEE) no 1734/91 (2), y, en particular, el apartado 5 de su artíulo 13,</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  la  clasificación  de  las  variedades  de vid que pueden ser cultivadas  en  la  Comunidad  se  estableció  en el Reglamento (CEE) no 3800/81 de  la  Comisión  (3),  cuya  última  modificación  la  constituye el Reglamento (CEE) no 1565/91 (4);</p>
    <p class="parrafo">Considerando   que,   tras   el  examen  efectuado  según  lo  dispuesto  en  el Reglamento  (CEE)  no  2314/72  de  la  Comisión,  de  30  de  octubre  de 1972, relativo  a  determinadas  disposiciones  en  materia  de  examen  de la aptitud para  el  cultivo  de  variedades de vid (5), modificado por el Reglamento (CEE) no   3296/80   (6),  se  ha  reconocido  que  la  aptitud  para  el  cultivo  de determinadas  variedades  de  vid  de  uva  de  vinificación es satisfactoria en algunas  unidades  administrativas  francesas  y  en  una  unidad administrativa italiana;   que   es   conveniente   que   las  variedades  de  vid  de  uva  de vinificación  de  dichas  unidades  administrativas  se  clasifiquen en la clase</p>
    <p class="parrafo">de  variedades  de  vid  autorizadas  provisionalmente  de  conformidad  con  la letra  b)  del  apartado  1  del artículo 11 del Reglamento (CEE) no 2389/89 del Consejo,  de  24  de  julio  de 1989, relativo a las normas generales referentes a   la   clasificación   de  las  variedades  de  vid  (7),  modificado  por  el Reglamento (CEE) no 3577/90 (8);</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  la  experiencia  ha  demostrado  que  pueden  considerarse de buena  calidad  habitual  los  vinos  procedentes  de una variedad de vid de uva de  vinificación  autorizada  en  algunas  unidades  administrativas  francesas; que,  por  consiguiente,  resulta  oportuno  clasificar  esa  variedad entre las variedades   recomendadas  en  dichas  unidades  administrativas  francesas,  de conformidad  con  lo  dispuesto  en  la  letra a) del apartado 2 del artículo 11 del Reglamento (CEE) no 2389/89;</p>
    <p class="parrafo">Considerando   que   la   experiencia   ha   demostrado   también   que   pueden considerarse  de  buena  calidad  habitual los vinos procedentes de determinadas variedades  de  vid  de  uva  de  vinificación  y de mesa autorizadas en algunas unidades   administrativas   griegas;   que,   por   lo  tanto,  es  conveniente clasificar   esas   variedades  entre  las  variedades  recomendadas  en  dichas unidades  administrativas  griegas,  de  conformidad  con  lo  dispuesto  en  la letra a) del apartado 2 del artículo 11 del Reglamento (CEE) no 2389/89;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  es  conveniente  reparar  olvidos previendo la clasificación, entre  las  variedades  autorizadas,  de algunas variedades de vid utilizadas en la  elaboración  de  vino  de  mesa  en  una  parte de una unidad administrativa francesa  y  en  algunas  unidades  administrativas  griegas, de conformidad con lo  dispuesto  en  la  letra  b)  del  apartado 1 del artículo 11 del Reglamento (CEE) no 2389/89;</p>
    <p class="parrafo">Considerando   que   resulta  conveniente  completar  la  clasificación  de  las variedades   de   vid  de  uva  de  vinificación  y  de  mesa  añadiendo  a  las variedades    recomendadas    y    autorizadas    en    determinadas    unidades administrativas  italianas,  alemanas  y  griegas  algunas  variedades que desde hace  al  menos  cinco  años  están  inscritas en la clasificación de una unidad administrativa  colindante  y  que,  por tanto, cumplen el requisito establecido en  el  primer  guión  de  la  letra  a)  del  apartado  1  del  artículo 11 del Reglamento (CEE) no 2389/89;</p>
    <p class="parrafo">Considerando   que   los   nuevos   Estados   federados   de   Alemania   pueden considerarse  unidades  administrativas,  tal  y  como se definen en el artículo 3  del  Reglamento  (CEE)  no  2389/89,  según  la  sección IV del Anexo XII del Reglamento (CEE) no 3577/90;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que,  tras  su  examen,  se  ha declarado satisfactoria la aptitud para  el  cultivo  de  algunas  variedades  de  vid  de  uva  de vinificación de determinadas  unidades  administrativas  alemanas;  que  procede  clasificar las variedades  de  vid  de  uva  de  vinificación de tales unidades administrativas en  la  clase  de  variedades de vid autorizadas provisionalmente de conformidad con  la  letra  b)  del  apartado  1  del  artículo  11  del Reglamento (CEE) no 2389/89;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  las  medidas  previstas  en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión del vino,</p>
    <p class="parrafo">HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">El  Anexo  del  Reglamento  (CEE)  no 3800/81 queda modificado de acuerdo con lo dispuesto en el Anexo del presente Reglamento.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">El  presente  Reglamento  entrará  en  vigor  el  séptimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.</p>
    <p class="parrafo">Será  aplicable  con  efectos  a partir del 1 de septiembre de 1991. El presente Reglamento  será  obligatorio  en  todos  sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el 18 de diciembre de 1991. Por la Comisión</p>
    <p class="parrafo">Ray MAC SHARRY</p>
    <p class="parrafo">Miembro de la Comisión</p>
    <p class="parrafo">(1)  DO  no  L  84  de  27. 3. 1987, p. 1. (2) DO no L 163 de 26. 6. 1991, p. 6. (3)  DO  no  L  381 de 31. 12. 1981, p. 1. (4) DO no L 146 de 11. 6. 1991, p. 7. (5)  DO  no  L  248  de  1. 11. 1972, p. 53. (6) DO no L 344 de 19. 12. 1980, p. 13.  (7)  DO  no  L 232 de 9. 8. 1989, p. 1. (8) DO no L 353 de 17. 12. 1990, p. 23.</p>
    <p class="parrafo">ANEXO</p>
    <p class="parrafo">El  Anexo  del  Reglamento  (CEE)  no  3800/81  queda  modificado  del siguiente modo:</p>
    <p class="parrafo">I.  El  punto  «  IV. FRANCIA » del subtítulo I del título I queda modificado de la  siguiente  forma  (la  inclusión de las variedades de vid se efectuará en el lugar indicado, por orden alfabético):</p>
    <p class="parrafo">4. Departamento de Alpes de Haute-Provence</p>
    <p class="parrafo">-  a  las  variedades  de  vid autorizadas se añaden las variedades Marselan N ( ) y Viognier B ( ).</p>
    <p class="parrafo">6. Departamento de Alpes-Maritimes</p>
    <p class="parrafo">- a las variedades de vid recomendadas se añade la variedad Pinot N,</p>
    <p class="parrafo">-  a  las  variedades  de  vid autorizadas se añaden las variedades Marselan N ( ) y Viognier B ( ) y se suprime la variedad Pinot N.</p>
    <p class="parrafo">7. Departamento de Ardèche</p>
    <p class="parrafo">en la letra B</p>
    <p class="parrafo">-  a  las  variedades  de  vid autorizadas se añaden las variedades Chatus N ( ) y Marselan N ( ).</p>
    <p class="parrafo">9. Departamento de Ariège</p>
    <p class="parrafo">- a las variedades de vid autorizadas se añade la variedad Marselan N ( ).</p>
    <p class="parrafo">11. Departamento de Aude</p>
    <p class="parrafo">en la letra A</p>
    <p class="parrafo">-  a  las  variedades  de vid autorizadas se añaden las variedades Colombard B ( ), Gros Manseng B ( ) y Marselan N ( ).</p>
    <p class="parrafo">en la letra B</p>
    <p class="parrafo">- a las variedades de vid autorizadas se añade la variedad Marselan N ( ).</p>
    <p class="parrafo">12. Departamento de Aveyron</p>
    <p class="parrafo">- a las variedades de vid autorizadas se añade la variedad Marselan N ( ).</p>
    <p class="parrafo">13. Departamento de Bouches-du-Rhône</p>
    <p class="parrafo">- a las variedades de vid recomendadas se añade la variedad Pinot N,</p>
    <p class="parrafo">-  a  las  variedades  de  vid autorizadas se añaden las variedades Marselan N ( ) y Viognier B ( ) y se suprime la variedad Pinot N.</p>
    <p class="parrafo">20. Departamento de Haute-Corse y Corse du Sud</p>
    <p class="parrafo">-  a  las  variedades  de  vid  autorizadas  se  añaden  las  variedades Gentile Biancu B ( ), Marselan N ( ) y Viognier B ( ).</p>
    <p class="parrafo">26. Departamento de Drôme</p>
    <p class="parrafo">en la letra B</p>
    <p class="parrafo">- a las variedades de vid autorizadas se añade la variedad Marselan N ( ).</p>
    <p class="parrafo">30. Departamento de Gard</p>
    <p class="parrafo">- a las variedades de vid autorizadas se añade la variedad Marselan N ( ).</p>
    <p class="parrafo">31. Departamento de Haute-Garonne</p>
    <p class="parrafo">- a las variedades de vid autorizadas se añade la variedad Marselan N ( ).</p>
    <p class="parrafo">48. Departamento de Lozère</p>
    <p class="parrafo">en la letra A</p>
    <p class="parrafo">- a las variedades de vid autorizadas se añade la variedad Marselan N ( ).</p>
    <p class="parrafo">66. Departamento de Pyrénées-Orientales</p>
    <p class="parrafo">- se suprime la expresión « excepto la variedad Viognier B ».</p>
    <p class="parrafo">81. Departamento de Tarn</p>
    <p class="parrafo">- a las variedades de vid autorizadas se añade la variedad Marselan N ( ).</p>
    <p class="parrafo">83. Departamento de Var</p>
    <p class="parrafo">-  a  las  variedades  de  vid autorizadas se añaden las variedades Marselan N ( ) y Viognier B ( ).</p>
    <p class="parrafo">84. Departamento de Vaucluse</p>
    <p class="parrafo">- a las variedades de vid autorizadas se añade la variedad Pinot N ( ),</p>
    <p class="parrafo">-  a  las  variedades  de  vid autorizadas se añade la variedad Marselan N ( ) y se suprime la variedad Pinot N.</p>
    <p class="parrafo">II.  El  punto  «  V.  ITALIA » del subtítulo I del título I queda modificado de la  siguiente  forma  (la  inclusión de las variedades de vid se efectuará en el lugar indicado, por orden alfabético):</p>
    <p class="parrafo">24. Provincia de Padova</p>
    <p class="parrafo">-  a  las  variedades  de  vid  autorizadas  se añaden las variedades Malbech N, Refosco dal pedunculo rosso N y Malvasia Istriana B.</p>
    <p class="parrafo">27. Provincia de Venezia</p>
    <p class="parrafo">-  a  las  variedades  de vid autorizadas se añaden las variedades Franconia N y Marzemino N.</p>
    <p class="parrafo">29. Provincia de Vicenza</p>
    <p class="parrafo">-  a  las  variedades  de vid autorizadas se añade la variedad Malvasia Istriana B.</p>
    <p class="parrafo">44. Provincia de Grosseto</p>
    <p class="parrafo">-  a  las  variedades  de  vid  autorizadas  se  añaden  las variedades Cabernet franc N y Cabernet Sauvignon N.</p>
    <p class="parrafo">92. Provincia de Nuoro</p>
    <p class="parrafo">- a las variedades de vid autorizadas se añade la variedad Chardonnay B ( ).</p>
    <p class="parrafo">III.  El  punto  «  II. ALEMANIA » del subtítulo I del título I queda modificado de  la  siguiente  forma  (la inclusión de las variedades de vid se efectuará en el lugar indicado, por orden alfabético):</p>
    <p class="parrafo">2. Regierungsbezirk Trier</p>
    <p class="parrafo">-  a  las  variedades  de  vid autorizadas se añaden las variedades Dornfelder N y Muellerrebe N.</p>
    <p class="parrafo">5. Saarland</p>
    <p class="parrafo">- a las variedades de vid autorizadas se añade la variedad Chardonnay B.</p>
    <p class="parrafo">18. Land Sachsen</p>
    <p class="parrafo">-  a  las  variedades  de  vid autorizadas se añaden las variedades Goldriesling B  (  ),  Traminer  Rs ( ), Morio Muscat B ( ), Saint Laurent N ( ) y Trollinger N ( ),</p>
    <p class="parrafo">-  a  las  variedades  de  vid  temporalmente  autorizadas  se añade la variedad Perle von Zala B ( ).</p>
    <p class="parrafo">IV.  El  punto  «  III.  GRECIA  » del subtítulo I del título I queda modificado de  la  siguiente  forma  (la inclusión de las variedades de vid se efectuará en el lugar indicado, por orden alfabético):</p>
    <p class="parrafo">5. Nomos Kavalas (Kavalas)</p>
    <p class="parrafo">-  a  las  variedades  de vid autorizadas se añade la variedad Athiri (Athiri) B ( ).</p>
    <p class="parrafo">6. Nomos Serron (Serron)</p>
    <p class="parrafo">- a las variedades de vid recomendadas se añade la variedad Cinsaut N,</p>
    <p class="parrafo">- en las variedades de vid autorizadas se suprime la variedad Cinsaut N.</p>
    <p class="parrafo">8. Nomos Thessalonikis (Thessalonikis)</p>
    <p class="parrafo">-  a  las  variedades  de  vid  autorizadas  se  añade  la  variedad  Malagoyzia (Malagouzia) B ( ).</p>
    <p class="parrafo">23. Nomos Magnisias (Magnisias)</p>
    <p class="parrafo">-  a  las  variedades  de  vid  recomendadas se añaden las variedades Mandilaria (Mandilaria) N y Ugni blanc B,</p>
    <p class="parrafo">-  a  las  variedades  de  vid  autorizadas  se añaden las variedades Cinsaut N, Monemvasia  (Monemvassia)  B  (  ),  Mpatiki (Batiki) B, Xynomavro (Xynomavro) N y Syrah N.</p>
    <p class="parrafo">24. Nomos Larisis (Larissis)</p>
    <p class="parrafo">-  a  las  variedades  de  vid  recomendadas  se  añaden las variedades Cabernet Sauvignon N y Merlot N,</p>
    <p class="parrafo">-  a  las  variedades  de  vid autorizadas se añade la variedad Grenache rouge ( ) y se suprime la variedad Merlot N.</p>
    <p class="parrafo">25. Nomos Trikalon (Trikalon)</p>
    <p class="parrafo">-  a  las  variedades  de  vid  recomendadas se añaden las variedades Cinsaut N, Mpatiki (Batiki) B, Zalovitiko (Zalovitiko) N y Xynomanro (Xynomavro) N,</p>
    <p class="parrafo">-  a  las  variedades  de vid autorizadas se añade la variedad Ntempina (Debina) B  y  se  suprimen  las  variedades  Cinsaut  N,  Mpatiki (Batiki) B, Zalovitiko (Zalovitiko) N y Xynomanro (Xynomavro) N.</p>
    <p class="parrafo">28. Nomos Fthiotidos (Fthiotidos)</p>
    <p class="parrafo">-   a  las  variedades  de  vid  recomendadas  se  añade  la  variedad  Cabernet Sauvignon N.</p>
    <p class="parrafo">31. Nomos Voiotias (Viotias)</p>
    <p class="parrafo">-  a  las  variedades  de  vid  recomendadas  se  añaden  las  variedades Athiri (Athiri) B y Cabernet Sauvignon N,</p>
    <p class="parrafo">-   en  las  variedades  de  vid  autorizadas  se  suprime  la  variedad  Athiri (Athiri) B.</p>
    <p class="parrafo">35. Nomos Korinthias (Korinthias)</p>
    <p class="parrafo">-  a  las  variedades  de  vid  recomendadas  se  añade  la  variedad  Assyrtiko (Assyrtiko) B.</p>
    <p class="parrafo">36. Nomos Achaias (Achaïas)</p>
    <p class="parrafo">-  a  las  variedades  de  vid  recomendadas  se  añaden las variedades Grenache</p>
    <p class="parrafo">rouge N, Malagoyzia (Malagouzia) B y Refosko (Refosco) N.</p>
    <p class="parrafo">37. Nomos Ileias (Ilias)</p>
    <p class="parrafo">-  a  las  variedades  de  vid  recomendadas se añaden las variedades Manrodafni (Mavrodafni) N y Refosko (Refosco) N,</p>
    <p class="parrafo">-  a  las  variedades  de  vid  autorizadas  se  añade  la  variedad  Zakynthino (Zakynthino) B y se suprime la variedad Refosko (Refosco) N.</p>
    <p class="parrafo">38. Nomos Messinias (Messinias)</p>
    <p class="parrafo">-  a  las  variedades  de  vid  recomendadas  se añaden las variedades Assyrtiko (Assyrtiko)    B,    Cinsaut   N,   Mandilaria   (Mandilaria)   N,   Mosgofilero (Moschofilero) Rs y Tempranillio N.</p>
    <p class="parrafo">-  en  las  variedades  de vid autorizadas se suprimen las variedades Cinsaut N, Mandilaria (Mandilaria) N y Tempranillio.</p>
    <p class="parrafo">50. Nomos Irakleioy (Irakliou)</p>
    <p class="parrafo">-  a  las  variedades  de  vid  recomendadas  se  añaden las variedades Cabernet Sauvignon N, Chardonnay B y Grenache Rouge N,</p>
    <p class="parrafo">-  a  las  variedades  de  vid  autorizadas  se suprimen las variedades Cabernet Sauvignon N, Chardonnay B y Grenache Rouge N.</p>
    <p class="parrafo">V.  El  punto  «  II.  GRECIA » del título II se modifica del siguiente modo (la inclusión  de  las  variedades  se  vid  se  efectuará en el lugar indicado, por orden alfabético):</p>
    <p class="parrafo">2. Nomos Kavalas (Kavalas)</p>
    <p class="parrafo">- a las variedades de vid recomendadas se añade la variedad Victoria B.</p>
    <p class="parrafo">4.   Nomoi   Imathias   (Imathias),   Pellis   (Pellis),   Florinis  (Florinis), Kastorias (Kastorias), Kozanis (Kozanis( en Grevenon (Grevenon)</p>
    <p class="parrafo">- a las variedades de vid recomendadas se añade la variedad Italia B.</p>
    <p class="parrafo">6.  Nomoi  Magnisias  (Magnissias),  Karditsis (Karditsis), Trikalon (Trikalon), Fthiotidos (Fthiotidos)</p>
    <p class="parrafo">- a las variedades de vid recomendadas se añade la variedad Victoria B.</p>
    <p class="parrafo">12.    Nomoi    Lasithioy   (Lassithiou),   Irakleioy   (Irakiliou),   Rethymnis (Rethymnis), Chanion (Chanion)</p>
    <p class="parrafo">- a las variedades de vid recomendadas se añade la variedad Victoria B,</p>
    <p class="parrafo">- en las variedades de vid autorizadas se suprime la variedad Victoria B.</p>
    <p class="parrafo">VI. En el Anexo del Reglamento (CEE) no 3800/81</p>
    <p class="parrafo">- se suprime la nota 59.</p>
    <p class="parrafo">(  )  Variedad  de  vid  incluida  en  la  clasificación  a  partir  del  31  de diciembre  de  1991,  en  aplicación  de la letra b) del apartado 1 del artículo 11 del Reglamento (CEE) no 2389/89.</p>
  </texto>
</documento>
