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<documento fecha_actualizacion="20241021180352">
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    <identificador>DOUE-L-1991-81404</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9000">Comunidades Europeas</departamento>
    <rango codigo="1220">Reglamento</rango>
    <fecha_disposicion>19911001</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>2891/1991</numero_oficial>
    <titulo>Reglamento (CEE) nº 2891/91 de la Comisión, de 1 de octubre de 1991, por el que se modifica el Reglamento (CEE) nº 910/91 relativo a la venta en el marco del procedimiento definido en el Reglamento (CEE) nº 2539/84 de carnes de vacuno en poder de determinados organismos de intervención y destinadas a ser exportadas a Brasil.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de las Comunidades Europeas</diario>
    <fecha_publicacion>19911002</fecha_publicacion>
    <diario_numero>275</diario_numero>
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    <url_pdf>/doue/1991/275/L00005-00005.pdf</url_pdf>
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    <fecha_vigencia>19911002</fecha_vigencia>
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      <materia codigo="621" orden="1">Carnes</materia>
      <materia codigo="3521" orden="2">Exportaciones</materia>
      <materia codigo="5262" orden="3">Organismo de intervención</materia>
      <materia codigo="5665" orden="4">Precios</materia>
      <materia codigo="7121" orden="5">Venta</materia>
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      <nota codigo="37" orden="220">Aplicable desde el 9 de septiembre de 1991.</nota>
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    <referencias>
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        <anterior referencia="DOUE-L-1991-80419" orden="2015">
          <palabra codigo="270">MODIFICA</palabra>
          <texto>el art. 1.1 del Reglamento 910/91, de 11 de abril</texto>
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  <texto>
    <p class="parrafo">LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,</p>
    <p class="parrafo">Visto  el  Reglamento  (CEE)  no 805/68 del Consejo, de 27 de junio de 1968, por el  que  se  establece  una  organización  común  de mercados en el sector de la carne  de  bovino  (1),  cuya  última  modificación  la constituye el Reglamento (CEE) no 1628/91 (2), y en particular, el apartado 3 de su artículo 7,</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  el  Reglamento  (CEE)  no  910/91  de  la  Comisión (3), cuya última   modificación   la  constituye  el  Reglamento  (CEE)  no  2345/91  (4), establece  una  venta  de  la  carne  de  vacuno almacenada en los organismos de intervención  de  varios  Estados  miembros; que, en cuanto a la cantidad puesta a  la  venta  en  Alemania,  es  preciso  aplazar  la fecha de la recogida de la mercancía para agilizar el proceso de venta;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  las  medidas  previstas  en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión de la carne de vacuno,</p>
    <p class="parrafo">HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">En  el  tercer  guión  del  apartado  1  del  artículo 1 del Reglamento (CEE) no 910/91,  la  fecha  de  «  1  de  marzo  de 1991 » se sustituye por la de « 1 de junio de 1991 ».</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">El  presente  Reglamento  entrará  en  vigor  el  día  de  su  publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.</p>
    <p class="parrafo">Será  aplicable  a  partir  del  9 de septiembre de 1991. El presente Reglamento será  obligatorio  en  todos  sus  elementos  y  directamente  aplicable en cada Estado miembro.</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el 1 de octubre de 1991. Por la Comisión</p>
    <p class="parrafo">Ray MAC SHARRY</p>
    <p class="parrafo">Miembro de la Comisión</p>
    <p class="parrafo">(1)  DO  no  L  148  de  28.  6. 1968, p. 24. (2) DO no L 150 de 15. 6. 1991, p. 16.  (3)  DO  no  L  91 de 12. 4. 1991, p. 45. (4) DO no L 214 de 2. 8. 1991, p. 29.</p>
  </texto>
</documento>
