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    <identificador>DOUE-L-1991-81159</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9000">Comunidades Europeas</departamento>
    <rango codigo="1220">Reglamento</rango>
    <fecha_disposicion>19910812</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>2451/1991</numero_oficial>
    <titulo>Reglamento (CEE) nº 2451/91 de la Comisión, de 12 de agosto de 1991, relativo al suministro de mantequilla y leche desnatada en polvo a Bulgaria.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de las Comunidades Europeas</diario>
    <fecha_publicacion>19910813</fecha_publicacion>
    <diario_numero>225</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <fecha_vigencia>19910813</fecha_vigencia>
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      <materia codigo="4746" orden="1">Leche</materia>
      <materia codigo="4862" orden="2">Mantequilla</materia>
      <materia codigo="6180" orden="3">República Popular de Bulgaria</materia>
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          <palabra codigo="330">CITA</palabra>
          <texto>Reglamento 2321/91, de 31 de julio</texto>
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    <p class="parrafo">LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,</p>
    <p class="parrafo">Visto  el  Reglamento  (CEE)  no 2321/91 de la Comisión, de 31 de julio de 1991, por  el  que  se  establecen  las normas de aplicación de una acción de urgencia para  el  suministro  de  mantequilla  y  leche  desnatada en polvo a Bulgaria y por  el  que  se  modifica  el  Reglamento (CEE) no 569/88 (1) y, en particular, el apartado 2 de su artículo 3,</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que,  de  conformidad  con  lo dispuesto en el Reglamento (CEE) no 597/91  del  Consejo,  de  5 de marzo de 1991, relativo a una acción de urgencia para   el   suministro  de  productos  agrícolas  y  médicos  destinados  a  las poblaciones   de  Rumanía  y  Bulgaria  (2),  el  Reglamento  (CEE)  no  2321/91 convoca una licitación para determinar los gastos de suministro;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que,  con  arreglo  a lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 3 del  Reglamento  (CEE)  no  2321/91 y habida cuenta de las ofertas recibidas, la Comisión  ha  de  fijar  el  importe  máximo de los gastos de suministro, o bien decidir  no  dar  curso  a  las  ofertas;  que,  dadas las ofertas presentadas y comunicadas   por   los   organismos   de  intervención  alemán  y  francés,  es conveniente  fijar  un  importe  máximo  para  los  suministros de mantequilla y leche desnatada en polvo a Bulgaria;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que,  debido  a  la  necesidad  de informar lo antes posible a los licitadores  del  resultado  de  su  participación en las diversas licitaciones, resulta  oportuno  establecer  que  el presente Reglamento entre en vigor el día de su publicación,</p>
    <p class="parrafo">HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">Habida  cuenta  de  las  ofertas remitidas a la Comisión el 7 de agosto de 1991, se  aplicarán  las  siguientes  disposiciones a las licitaciones establecidas en el Reglamento (CEE) no 2321/91:</p>
    <p class="parrafo">1)  el  precio  máximo  correspondiente  a  los  gastos  de  suministro de 2 000 toneladas   de   mantequilla  a  Bulgaria,  queda  fijado  en  154,50  ecus  por tonelada;</p>
    <p class="parrafo">2)  el  precio  máximo  correspondiente  a  los  gastos  de  suministro de 4 200 toneladas  de  leche  desnatada  en polvo a Bulgaria queda fijado en 153,38 ecus por tonelada.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">El  presente  Reglamento  entrará  en  vigor  el  día  de  su  publicación en el Diario  Oficial  de  las  Comunidades  Europeas.  El  presente  Reglamento  será obligatorio  en  todos  sus  elementos  y  directamente aplicable en cada Estado miembro.</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el 12 de agosto de 1991. Por la Comisión</p>
    <p class="parrafo">Ray MAC SHARRY</p>
    <p class="parrafo">Miembro de la Comisión</p>
    <p class="parrafo">(1) DO no L 213 de 1. 8. 1991, p. 58. (2) DO no L 67 de 14. 3. 1991, p. 17.</p>
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