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<documento fecha_actualizacion="20181023225435">
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    <identificador>DOUE-L-1991-80299</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9000">Comunidades Europeas</departamento>
    <rango codigo="1210">Recomendación</rango>
    <fecha_disposicion>19910318</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>150/1991</numero_oficial>
    <titulo>Recomendación del Consejo, de 18 de marzo de 1991, por la que se aprueba la ejecución por la Comisión de las operaciones del Fondo Europeo de Desarrollo (1979) (quinto FED) para el ejercicio 1989.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de las Comunidades Europeas</diario>
    <fecha_publicacion>19910321</fecha_publicacion>
    <diario_numero>75</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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      <materia codigo="3712" orden="">Financiación comunitaria</materia>
      <materia codigo="3767" orden="2">Fondo Europeo de Desarrollo</materia>
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  <texto>
    <p class="parrafo">EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,</p>
    <p class="parrafo">Visto   el  Tratado  constitutivo  de  la  Comunidad  Económica  Europea  y,  en particular, su artículo 206 ter,</p>
    <p class="parrafo">Visto el segundo Convenio ACP-CEE de Lomé firmado el 31 de octubre de 1979,</p>
    <p class="parrafo">Vista  la  Decisión  80/1186/CEE  del  Consejo,  de  16  de  diciembre  de 1980, relativa  a  la  asociación  de  los  países  y  territorios  de  Ultramar  a la Comunidad Económica Europea (1),</p>
    <p class="parrafo">Visto  el  Acuerdo  interno  de  1979  relativo a la financiación y a la gestión de  las  ayudas  de  la  Comunidad (2), firmado el 20 de noviembre de 1979 y, en particular, el apartado 3 de su artículo 29,</p>
    <p class="parrafo">Visto  el  Reglamento  financiero,  de  17 de marzo de 1981, aplicable al quinto Fondo Europeo de Desarrollo (3) y, en particular, sus artículos 66 a 70,</p>
    <p class="parrafo">Habiendo  examinado  la  cuenta  de  gestión  y  el  balance  referentes  a  las operaciones  del  Fondo  Europeo  de Desarrollo (1979) (quinto FED) aprobados el 31  de  diciembre  de  1989,  así  como  el  informe  del  Tribunal  de  Cuentas relativo al ejercicio 1989, acompañado de las respuestas de la Comisión (4),</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  en  virtud  del  apartado  3  del  artículo  29  del  Acuerdo interno,  la  aprobación  de  la  gestión  llevada  a  cabo  por la Comisión del Fondo   Europeo   de   Desarrollo  (1979)  (quinto  FED)  se  efectuará  por  el Parlamento Europeo a propuesta del Consejo;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  la  ejecución,  en  su conjunto, de las operaciones del Fondo</p>
    <p class="parrafo">Europeo  de  Desarrollo  (1979)  (quinto  FED) durante el ejercicio 1989, por la Comisión, ha sido satisfactoria,</p>
    <p class="parrafo">RECOMIENDA  al  Parlamento  Europeo  la  aprobación  por parte de la Comisión de la  ejecución  de  las  operaciones  del  Fondo  Europeo  de  Desarrollo  (1979) (quinto  FED)  para  el  ejercicio  1989.  Hecho  en Bruselas, el 18 de marzo de 1991. Por el Consejo</p>
    <p class="parrafo">El Presidente</p>
    <p class="parrafo">J.-C. JUNCKER</p>
    <p class="parrafo">(1)  DO  no  L  361  de  31. 12. 1980, p. 1. (2) DO no L 347 de 22. 12. 1980, p. 210.  (3)  DO  no  L 101 de 11. 4. 1981, p. 12. (4) DO no C 313 de 12. 12. 1990, pp. 197-216 y 305-320.</p>
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