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    <identificador>DOUE-L-1991-80281</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9000">Comunidades Europeas</departamento>
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    <fecha_disposicion>19910318</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>651/1991</numero_oficial>
    <titulo>Reglamento (CEE) nº 651/91 de la Comisión, de 18 de marzo de 1991, por el que se fijan, para el séptimo período de 12 meses, los importes de la exacción reguladora a que se refiere el artículo 5 quater del Reglamento (CEE) nº 804/68 del Consejo en el sector de la leche y de los productos lácteos.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de las Comunidades Europeas</diario>
    <fecha_publicacion>19910319</fecha_publicacion>
    <diario_numero>72</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <fecha_vigencia>19910319</fecha_vigencia>
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    <judicialmente_anulada>N</judicialmente_anulada>
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      <materia codigo="4746" orden="1">Leche</materia>
      <materia codigo="5743" orden="2">Productos lácteos</materia>
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        <anterior referencia="DOUE-L-1984-80160" orden="5020">
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          <texto>Reglamento 857/84, de 31 de marzo</texto>
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          <texto>Reglamento 804/68, de 27 de junio</texto>
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    <p class="parrafo">LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,</p>
    <p class="parrafo">Visto  el  Reglamento  (CEE)  no 857/84 del Consejo, de 31 de marzo de 1984, por el  que  se  establecen  normas  generales  para  la  aplicación  de la exacción reguladora  a  que  se  refiere  el  artículo  5  quater del Reglamento (CEE) no 804/68  en  el  sector  de  la leche y de los productos lácteos (1), cuya última</p>
    <p class="parrafo">modificación   la   constituye   el  Reglamento  (CEE)  no  306/91  (2),  y,  en particular, la letra a) de su artículo 11,</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  el  artículo  5  quater  del  Reglamento  (CEE) no 804/68 del Consejo  (3),  cuya  última  modificación  la  constituye el Reglamento (CEE) no 3641/90  (4),  ha  establecido  una  exacción  reguladora  por  cada productor o cada   comprador   de   leche  u  otros  productos  lácteos  en  cantidades  que sobrepasen  una  cantidad  anual  de  referencia;  que  los tipos de la exacción reguladora se fijan en el artículo 1 del Reglamento (CEE) no 857/84;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  los  importes  de la exacción reguladora deben ser precisados por la Comisión en virtud del artículo 11 del Reglamento (CEE) no 857/84,</p>
    <p class="parrafo">HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO: Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">Los  importes  de  la  exacción  reguladora  a  que se refiere el apartado 1 del artículo  1  del  Reglamento  (CEE)  no  857/84  para  el  séptimo período de 12 meses se fijarán en:</p>
    <p class="parrafo">-  30,83  ecus  por  100  kilogramos de leche y de equivalentes de leche en caso de aplicación de la fórmula A o de la fórmula B,</p>
    <p class="parrafo">-  20,11  ecus  por  100  kilogramos de leche y de equivalentes de leche en caso de venta directa al consumo. Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">El  presente  Reglamento  entrará  en  vigor  el  día  de  su  publicación en el Diario  Oficial  de  las  Comunidades  Europeas.  El  presente  Reglamento  será obligatorio  en  todos  sus  elementos  y  directamente aplicable en cada Estado miembro.</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el 18 de marzo de 1991. Por la Comisión</p>
    <p class="parrafo">Ray MAC SHARRY</p>
    <p class="parrafo">Miembro  de  la  Comisión  (1)  DO  no L 90 de 1. 4. 1984, p. 13. (2) DO no L 37 de  9.  2.  1991,  p.  4. (3) DO no L 148 de 28. 6. 1968, p. 13. (4) DO no L 362 de 27. 12. 1990, p. 5.</p>
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