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    <identificador>DOUE-L-1990-80473</identificador>
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    <departamento codigo="9000">Comunidades Europeas</departamento>
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    <fecha_disposicion>19900423</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>221/1990</numero_oficial>
    <titulo>Decisión del Consejo, de 23 de abril de 1990, relativa al programa-marco de acciones comunitarias de investigación y de desarrollo tecnológico (1990-1994).</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de las Comunidades Europeas</diario>
    <fecha_publicacion>19900508</fecha_publicacion>
    <diario_numero>117</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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          <palabra codigo="331">EN RELACIÓN con</palabra>
          <texto>la Decisión 87/516, de 28 de septiembre</texto>
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          <texto>por Decisión 93/167, de 15 de marzo</texto>
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          <palabra codigo="440">SE DICTA DE CONFORMIDAD</palabra>
          <texto>con el art. 2, adoptando un programa de investigación y Enseñanza en el ámbito de la Seguridad de la Fisión Nuclear: Decisión 91/626, de 28 de noviembre</texto>
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  <texto>
    <p class="parrafo">EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,</p>
    <p class="parrafo">Visto   el  Tratado  constitutivo  de  la  Comunidad  Económica  Europea  y,  en particular, el apartado 1 de su artículo 130 Q,</p>
    <p class="parrafo">Visto   el  Tratado  constitutivo  de  la  Comunidad  Económica  Europea  de  la Energía Atómica y, en particular, su artículo 7,</p>
    <p class="parrafo">Vista la propuesta de la Comisión (1),</p>
    <p class="parrafo">Visto el dictamen del Parlamento Europeo (2),</p>
    <p class="parrafo">Visto el dictamen del Comité Económico y Social (3),</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  el  Acta  Unica  Europea  ha  añadido  en  el  Tratado CEE un título  VI  (artículos  130  F  a  130  Q); que este título constituye una nueva base  jurídica  de  las  acciones  comunitarias de investigación y de desarrollo tecnológico;  que,  en  particular,  el  artículo 130 F del Tratado CEE asigna a la  Comunidad  el  objetivo  de  fortalecer las bases científicas y tecnológicas de  la  industria  europea  y  favorecer  el  desarrollo  de  su  competitividad internacional;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  es  necesario  que  la  Comunidad  estimule  a  las empresas, incluidas  las  pequeñas  y  medianas,  a  los  centros de investigación y a las universidades  en  sus  esfuerzos  de  investigación y de desarrollo tecnológico y  que  con  tal  propósito apoye sus esfuerzos de cooperación mutua a través de acciones adecuadas;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  se  admite  que  las  pequeñas  y  medianas  empresas  pueden contribuir  de  modo  sensible  al  proceso innovador, y que deberían desempeñar una  función  importante  en  la  ejecución  de  los  programas  comunitarios de investigación  y  desarrollo  tecnológico,  contribuyendo  de ese modo a mejorar la   competitividad   de  la  industria  sobre  una  base  ampliada;  que  sería oportuno,   en  consecuencia,  conceder  especial  atención  a  las  necesidades específicas  de  estas  empresas,  con  el  fin  de  fomentar  su  acceso  a  la información,  su  participación  efectiva  en  los  programas  comunitarios y su aptitud para explotar los resultados de la investigación comunitaria;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que,  con  arreglo  al artículo 130 I del Tratado CEE, el conjunto de  las  acciones  comunitarias  mencionadas  en  el  artículo  130  G  de dicho Tratado figurará en un programa-marco plurianual;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que,  tras  un  primer  programa-marco  1984-1987,  se  adoptó  un segundo  programa-marco  1987-1991  mediante  Decisión  87/516/Euratom, CEE (4), modificada  por  la  Decisión  88/193/CEE,  Euratom (5), que actualmente se está llevando   a   la  práctica;  que  es  oportuno  contemplar  la  posibilidad  de proseguir  dicha  puesta  en  práctica,  para  los programas específicos que aún no   se   hayan   adoptado,   incluso   después   de   la  adopción  del  tercer programa-marco 1990-1994;</p>
    <p class="parrafo">Considerando   que   la   Comisión  presentó,  el  13  de  junio  de  1989,  una comunicación   acerca   de   «un   marco   para  las  acciones  comunitarias  de investigación y de desarrollo tecnológico en los años 1990»;</p>
    <p class="parrafo">Considerando,   además,  que  en  aplicación  del  artículo  4  de  la  Decisión 87/516/Euratom,   CEE,   la  Comisión  ha  examinado  y  evaluado  el  grado  de realización   del   segundo   programa-marco,   basándose  especialmente  en  un informe de evaluación elaborado por un grupo de expertos independientes;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que,  debido  al  rápido  ritmo  del desarrollo tecnológico, a los nuevos  retos  económicos  con  los  que  ha  de  enfrentarse la Comunidad, a la creciente  competencia  a  nivel  mundial,  a la necesidad de abrir perspectivas más  allá  de  1992,  las acciones comunitarias de investigación y de desarrollo tecnológico  han  de  intensificarse  y  completarse;  que,  teniendo  en cuenta todos  estos  elementos,  se  ha  considerado  oportuno  adoptar para el período 1990-1994  un  nuevo  programa-marco  articulado  en  el  actual  programa-marco para 1987-1991;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  las  acciones  de  la  Comunidad  han  de  inspirarse  en  el principio  de  subsidiariedad  y  que,  de esta forma, las acciones comunitarias de  investigación  y  de  desarrollo  tecnológico  han de tener un valor añadido en  comparación  con  las  acciones  que  se  llevan a cabo a nivel nacional y a otros niveles;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  conviene  concentrar  los  esfuerzos en un número limitado de acciones   correspondientes  a  los  objetivos  estratégicos  que  establece  el programa-marco;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  es  preciso  fomentar  el  desarrollo  armonioso global de la Comunidad  para  reforzar  su  cohesión económica y social; que la aplicación de las  políticas  comunes  de  la Comunidad, así como la estrategia de esta última en  materia  de  investigación  y  desarrollo  tecnológico,  contribuirán  a  la realización   de  este  objetivo;  que  un  programa-marco  comunitario  debería desempeñar    su   función,   junto   con   otros   instrumentos   comunitarios, contribuyendo   al   reforzamiento  de  las  infraestructuras  y  del  potencial científico y tecnológico en toda la Comunidad;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  el  proceso  de  los  avances  tecnológicos implica una serie continua   de   acciones   con   interrelaciones  múltiples  que  van  desde  la investigación  fundamental  hasta  la  demostración  de  las aplicaciones de las nuevas tecnologías;</p>
    <p class="parrafo">Considerando,  no  obstante,  que  el  aspecto  precompetitivo  debe mantener un carácter   central   y  preeminente  dentro  de  las  acciones  comunitarias  de investigación y desarrollo tecnológico;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  la  dimensión  prenormativa  contemplada en el artículo 130 F del   Tratado   CEE   podría   permitir   que   las   acciones  comunitarias  de investigación   y   desarrollo  tecnológico  sienten  las  bases  científicas  y técnicas  necesarias  para  la  fijación  de  normas  y  patrones adecuados; que esta  gestión  contribuirá  a  facilitar  la  labor  de  la  Comunidad  para dar respuesta  a  las  responsabilidades  crecientes de la Comunidad vinculadas a la realización  del  Mercado  Unico  en  los  demás  sectores,  tales como el medio ambiente, la seguridad y la sanidad;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  el  Centro  común  de  investigaciones  ha de contribuir a la ejecución  del  programa-marco,  especialmente  en  aquellos sectores en los que pueda  aportar  conocimientos  especializados  de  forma  neutra e independiente en beneficio de todas las políticas comunitarias;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  la  difusión  y  el  aprovechamiento de los resultados de las acciones   de   investigación  y  de  desarrollo  tecnológico  son  un  elemento indispensable  del  proceso  de  innovación,  especialmente  para las pequeñas y medianas   empresas;   que,   debido  a  ello,  por  una  parte,  cada  programa específico  debe  precisar  las  modalidades  de dicha difusión, y por otra, que debe  contemplarse  una  acción  centralizada  de  difusión y aprovechamiento de los resultados de la investigación;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  es  conveniente  lanzar  una  nueva  iniciativa  para dar más movilidad  y  mejor  formación  a los investigadores jóvenes de nivel doctoral y posdoctoral,   basándose,   en   particular,   en   redes   que  agrupen  a  los laboratorios  y  equipos  de  investigación,  tanto  públicos  como privados, de los Estados miembros, distribuidos en toda la Comunidad;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  la  ejecución  del  programa-marco  tiene  lugar  a través de</p>
    <p class="parrafo">programas  específicos  y  que  puede  efectuarse  también a través de programas complementarios,  según  lo  dispuesto  en el artículo 130 L del Tratado CEE, de participación,  según  lo  dispuesto  en  el  artículo 130 M, y de cooperaciones con  terceros  países  o  con organizaciones internacionales, según lo dispuesto en  el  artículo  130  N,  o puede adoptar asimismo la forma de empresas comunes u  otras  estructuras,  según  lo  dispuesto  en  el  artículo 130 O del Tratado CEE;</p>
    <p class="parrafo">Considerando   que   es   conveniente   fomentar   mediante   la   selección  de instrumentos  adecuados,  de  conformidad  con  los  artículos  130  M  y  N del Tratado   CEE,   el  establecimiento  de  relaciones  complementarias  entre  la acción  de  la  Comunidad  y  los  proyectos  Eureka  que  se  inscriben  en  la prolongación  de  la  estrategia  comunitaria  de  investigación y de desarrollo tecnológico;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  la  disponibilidad  de  la  Comunidad  para  cooperar,  de un modo mutuamente  ventajoso,  con  países  terceros,  especialmente  con los que hayan celebrado acuerdos-marco con las Comunidades;</p>
    <p class="parrafo">Considerando   el   incremento   de  la  contribución  de  las  acciones  de  la cooperación  europea  en  el  sector  de  la  investigación científica y técnica (COST)   a   la  aplicación  del  programa-marco,  y  su  función  específica  y complementaria  debido  a  su  fomento  de  la  cooperación científica y técnica entre   la   Comunidad  y  los  miembros  de  la  COST  a  través  de  proyectos multilaterales en materia de investigación;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que,  conforme  a  lo  dispuesto en el apartado 1 del artículo 103 I  del  Tratado  CEE,  ha  de  procederse  a  calcular  el importe de los medios financieros    comunitarios   necesarios   para   realizar   las   acciones   de investigación  y  de  desarrollo  previstas;  que este importe es compatible con las  perspectivas  financieras  incluidas  en  el Acuerdo interinstitucional, de 29 de junio de 1988, para los años 1990 a 1992;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que,  por  lo  que se refiere a la ejecución del programa-marco en 1993  y  1994,  es  conveniente fijar un importe estimado necesario y garantizar la continuidad de las actividades de investigación;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  se  ha  consultado  al  Comité  de investigación científica y técnica (CREST);</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  el  Comité  científico y técnico contemplado en el artículo 7 del Tratado CEEA, consultado por la Comisión ha emitido su dictamen,</p>
    <p class="parrafo">DECIDE:</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">1.  El  presente  programa-marco  de acciones comunitarias de investigación y de desarrollo  tecnológico,  denominado  en  lo  sucesivo  «tercer programa-marco», abarcará  el  período  de  1990 a 1994. Las Decisiones adoptadas para aplicar la Decisión 87/516/Euratom, CEE, relativa al programa-</p>
    <p class="parrafo">marco  para  1987-1991  no  se  verán afectadas por la presente Decisión. Podrán adoptarse   las   Decisiones   que   aún   sean  necesarias  para  completar  la aplicación de la Decisión 87/516/Euratom, CEE.</p>
    <p class="parrafo">2.   El  tercer  programa-marco  contempla  la  realización  de  las  siguientes acciones:</p>
    <p class="parrafo">- Tecnologías de difusión:</p>
    <p class="parrafo">1. Tecnologías de la información y de las comunicaciones</p>
    <p class="parrafo">2. Tecnologías industriales y de los materiales</p>
    <p class="parrafo">- Gestión de los recursos naturales:</p>
    <p class="parrafo">3. Medio ambiente</p>
    <p class="parrafo">4. Ciencias y tecnologías de los seres vivos</p>
    <p class="parrafo">5. Energía</p>
    <p class="parrafo">- Aprovechamiento de los recursos intelectuales:</p>
    <p class="parrafo">6. Capital humano y movilidad.</p>
    <p class="parrafo">3.  Sin  perjuicio  del  importe  de  3  125 millones de ecus estimado necesario con  arreglo  al  programa-marco  para  1987-1991,  cantidad  que  podrá  quedar consignada  en  el  presupuesto  a partir de 1990, el importe estimado necesario para   la   participación  financiera  de  la  Comunidad  en  todo  el  programa asciende  a  5  700  millones  de  ecus,  de  los  que 2 500 millones de ecus se estiman  necesarios  para  los  años 1990, 1991 y 1992, y 3 200 millones de ecus para los años 1993 y 1994.</p>
    <p class="parrafo">4.  Esta  última  cantidad  se destinará a la financiación en 1993 y 1994 de las acciones  emprendidas  durante  el  período  1990-1992. Si esta cantidad quedare cubierta  por  las  previsiones  financieras  que  se fijen para los años 1993 y 1994  se  considerará  confirmada.  En todos los demás casos, el Consejo debería tomar  lo  antes  posible,  de conformidad con lo dispuesto en el apartado 1 del artículo  130  Q  del  Tratado  CEE,  las  decisiones que estime necesarias para garantizar la continuidad del presente programa-marco.</p>
    <p class="parrafo">5.  El  desglose  del  importe  estimado  necesario  para  el  período 1990-1994 entre las seis acciones contempladas en el apartado 2 figura en el Anexo I.</p>
    <p class="parrafo">6.  En  el  Anexo  II  se  describen las acciones contempladas en el apartado 2, así como sus objetivos científicos y técnicos.</p>
    <p class="parrafo">7.  En  el  Anexo  III  se  establecen  los  criterios  de selección que deberán seguirse al aplicar el programa-marco.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">1.  El  tercer  programa-marco  se  pondrá en ejecución, conforme a lo dispuesto en  los  artículos  130  K  y  130  P  del  Tratado  CEE,  a través de programas específicos.  Para  las  actividades  que  corresponden  al  Tratado  CEEA,  los programas  se  adoptarán  con  arreglo  al artículo 7 de dicho Tratado. Cada uno de  los  programas  corresponderá  a  una  de  las  acciones  mencionadas  en el apartado 2 del artículo 1.</p>
    <p class="parrafo">2.   Dicha   ejecución  podrá  asimismo  dar  lugar,  cuando  sea  necesario,  a programas  complementarios  con  arreglo  al  artículo  130 L del Tratado CEE, a participaciones   con   arreglo   al   artículo   130   M   de   dicho  Tratado, cooperaciones   con   arreglo  al  artículo  130  N  del  mencionado  Tratado  o empresas  comunes  o  cualquier  otra  estructura  con arreglo al artículo 130 O del  repetido  Tratado  CEE.  En  tales  casos,  el Consejo adoptará la Decisión con arreglo a las normas del Tratado.</p>
    <p class="parrafo">3.  En  caso  de  que  se  adopte  una  decisión  con  arreglo al apartado 4 del artículo   1,   los  distintos  programas  específicos  u  otras  decisiones  se adaptarán para tener en cuenta dicha decisión.</p>
    <p class="parrafo">4.  En  cada  programa  específico  se  fijarán  sus  objetivos  precisos  y  se evaluarán  los  resultados  obtenidos  en  relación  con  dichos objetivos y con los   criterios  del  Anexo  III,  entre  los  que  figura  la  contribución  al refuerzo de la cohesión económica y social de la Comunidad.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 3</p>
    <p class="parrafo">Las  modalidades  de  la  participación  financiera  de  las  Comunidades  en el conjunto  del  tercer  programa-marco  serán  las  previstas  por  el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas.</p>
    <p class="parrafo">La participación financiera de la Comunidad se especifica en el Anexo IV.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 4</p>
    <p class="parrafo">Las  actividades  de  difusión  de los conocimientos y de aprovechamiento de los resultados  de  los  programas  específicos  y de los programas complementarios, descritas  en  el  Anexo  II,  se  desarrollarán,  por  un  lado  dentro  de los programas  específicos  y  complementarios  y,  por  otro,  mediante  una acción centralizada.</p>
    <p class="parrafo">El   importe   considerado   necesario   para   la   acción  centralizada  antes mencionada ascenderá a 57 millones de ecus, según se indica en el Anexo I.</p>
    <p class="parrafo">Las  modalidades  de  difusión  y  de  aprovechamiento  de los conocimientos, en particular,  la  definición  y  la  aplicación  de  la acción centralizada serán objeto de una decisión del Consejo.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 5</p>
    <p class="parrafo">Durante  el  tercer  año  de  ejecución  del  tercer programa-marco, la Comisión examinará  el  estado  de  realización  en relación con los criterios detallados en  el  Anexo  III.  Valorará, en particular, si los objetivos, las prioridades, las  acciones  previstas  así  como  los  medios  financieros  continúan  siendo adecuados   a   la   evolución   de  la  situación.  Asimismo,  procederá  a  la evaluación  de  todos  los  programas  específicos  que se hayan ejecutado en el marco   de   la   Decisión   87/516/Euratom,  CEE.  Comunicará  al  Consejo  los resultados   de   dicho   examen   y   de   dicha   evaluación   junto  con  sus observaciones.</p>
    <p class="parrafo">Una  vez  examinada  dicha  comunicación  por el Consejo, la Comisión presentará a éste las propuestas de decisiones necesarias.</p>
    <p class="parrafo">Al   concluir   el  tercer  programa-marco,  la  Comisión  efectuará  una  nueva evaluación de éste.</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Luxemburgo, el 23 de abril de 1990.</p>
    <p class="parrafo">Por el Consejo</p>
    <p class="parrafo">El Presidente</p>
    <p class="parrafo">A. REYNOLDS</p>
    <p class="parrafo">(1) DO No C 243 de 23. 9. 1989, p. 4.</p>
    <p class="parrafo">(2) DO No C 15 de 22. 1. 1990, p. 356.</p>
    <p class="parrafo">(3) DO No C 56 de 7. 3. 1990, p. 34.(4) DO No L 302 de 24. 10. 1987, p. 1.</p>
    <p class="parrafo">(5) DO No L 89 de 6. 4. 1988, p. 35.</p>
    <p class="parrafo">ANEXO I</p>
    <p class="parrafo">DESGLOSE   DE   LOS  FONDOS  ESTIMADOS  NECESARIOS  PARA  LA  EJECUCION  DE  LAS DISTINTAS ACCIONES CONTEMPLADAS</p>
    <p class="parrafo">(en millones de ecus)</p>
    <p class="parrafo">1990-1992</p>
    <p class="parrafo">1993-1994</p>
    <p class="parrafo">Total</p>
    <p class="parrafo">III. TECNOLOGIAS DE DIFUSION</p>
    <p class="parrafo">1. Tecnologías de la información y de las</p>
    <p class="parrafo">comunicaciones</p>
    <p class="parrafo">974</p>
    <p class="parrafo">1 247</p>
    <p class="parrafo">2 221 (²) (3)</p>
    <p class="parrafo">- Tecnologías de la información</p>
    <p class="parrafo">1 352</p>
    <p class="parrafo">- Tecnologías de las comunicaciones</p>
    <p class="parrafo">489</p>
    <p class="parrafo">- Desarrollo de los sistemas telemáticos de interés general</p>
    <p class="parrafo">380</p>
    <p class="parrafo">2. Tecnologías industriales y de los materiales</p>
    <p class="parrafo">390</p>
    <p class="parrafo">498</p>
    <p class="parrafo">888 (²) (3)</p>
    <p class="parrafo">- Tecnologías industriales y de los materiales</p>
    <p class="parrafo">748</p>
    <p class="parrafo">- Medidas y pruebas</p>
    <p class="parrafo">140</p>
    <p class="parrafo">III. GESTION DE LOS RECURSOS NATURALES</p>
    <p class="parrafo">3. Medio ambiente</p>
    <p class="parrafo">227</p>
    <p class="parrafo">291</p>
    <p class="parrafo">518 (²) (3)</p>
    <p class="parrafo">- Medio ambiente</p>
    <p class="parrafo">414</p>
    <p class="parrafo">- Ciencias y tecnologías marinas</p>
    <p class="parrafo">104</p>
    <p class="parrafo">4. Ciencias y tecnologías de los seres vivos</p>
    <p class="parrafo">325</p>
    <p class="parrafo">416</p>
    <p class="parrafo">741 (²) (3)</p>
    <p class="parrafo">- Biotecnología</p>
    <p class="parrafo">164</p>
    <p class="parrafo">- Investigación agraria y agroindustrial (1)</p>
    <p class="parrafo">333</p>
    <p class="parrafo">- Investigación biomédica y salud</p>
    <p class="parrafo">133</p>
    <p class="parrafo">- Ciencias y tecnologías de los seres vivos para los países en desarrollo</p>
    <p class="parrafo">111</p>
    <p class="parrafo">5. Energía</p>
    <p class="parrafo">357</p>
    <p class="parrafo">457</p>
    <p class="parrafo">814 (²) (3)</p>
    <p class="parrafo">- Energías no nucleares</p>
    <p class="parrafo">157</p>
    <p class="parrafo">- Seguridad de la fisión nuclear</p>
    <p class="parrafo">199</p>
    <p class="parrafo">- Fusión termonuclear controlada</p>
    <p class="parrafo">458</p>
    <p class="parrafo">III. APROVECHAMIENTO DE LOS RECURSOS</p>
    <p class="parrafo">INTELECTUALES</p>
    <p class="parrafo">6. Capital humano y movilidad</p>
    <p class="parrafo">227</p>
    <p class="parrafo">291</p>
    <p class="parrafo">518 (²) (3)</p>
    <p class="parrafo">- Capital humano y movilidad</p>
    <p class="parrafo">518</p>
    <p class="parrafo">TOTAL</p>
    <p class="parrafo">2 500</p>
    <p class="parrafo">3 200</p>
    <p class="parrafo">5 700 (²) (3)</p>
    <p class="parrafo">(1) Incluida la pesca.</p>
    <p class="parrafo">(²)  Incluidos  57  millones  de ecus para la acción centralizada de la difusión y  el  aprovechamiento  contemplada  en  el  artículo  4,  y  que  se  deducirán proporcionalmente de cada una de las acciones.</p>
    <p class="parrafo">(3)  Incluidos  180  millones  de  ecus  para  1990-1992  y 370 millones de ecus para 1993-1994 destinados al Centro común de investigación.</p>
    <p class="parrafo">ANEXO II</p>
    <p class="parrafo">ACCIONES   En   el   tercer   programa-marco   de   investigación  y  desarrollo tecnológico  (1990-1994)  se  definen  los objetivos apropiados para dar durante estos  cinco  años  un  impulso  innovador a la acción comunitaria. Se mantienen los  programas  específicos  del  segundo  programa-marco (1987-1991). El tercer programa-marco podrá aportarles los elementos de continuidad necesarios.</p>
    <p class="parrafo">La  selección  de  las  grandes  orientaciones  de  este  tercer  programa-marco responde a seis preocupaciones principales:</p>
    <p class="parrafo">-   mejorar  la  competitividad  industrial,  manteniendo  al  mismo  tiempo  el carácter de competencia previa de las acciones comunitarias;</p>
    <p class="parrafo">-  afrontar  los  desafíos  vinculados  a  la  realización  del  gran mercado en materia de normas y de patrones, afianzando la investigación prenormativa;</p>
    <p class="parrafo">-  modificar  la  actitud  de  los agentes industriales hacia un mayor número de iniciativas transnacionales;</p>
    <p class="parrafo">-  aportar  una  dimensión  europea a la formación del personal de investigación científica y de desarrollo tecnológico;</p>
    <p class="parrafo">-  aumentar  la  cohesión  económica  y  social,  velando al mismo tiempo por la máxima calidad científica y técnica de los proyectos de investigación;</p>
    <p class="parrafo">-  tomar  en  consideración  la protección del medio ambiente y la calidad de la vida.</p>
    <p class="parrafo">Los  objetivos  científicos  y  técnicos han sido seleccionados basándose, entre otros,  en  el  principio  del valor añadido comunitario y de la subsidiariedad. En  este  sentido,  los  criterios  definidos  para  el  programa-marco anterior enunciados  en  el  Anexo  III  adquieren  un  mayor  valor  y  serán tomados en consideración cuando se evalúen las diferentes actividades.</p>
    <p class="parrafo">Se  incrementará  la  consulta  de  los  organismos representativos científicos, técnicos e industriales de la Comunidad.</p>
    <p class="parrafo">Para  los  programas  de  índole industrial se hará hincapié en la investigación y  el  desarrollo  tecnológico  con  carácter de competencia previa. El objetivo principal  será  contribuir  al  fortalecimiento  de las bases tecnológicas para</p>
    <p class="parrafo">el  desarrollo  de  patrones  con  miras  a  alentar  la  realización  del  gran mercado  único  permitiendo  así  que  la  industria  invierta  en  el diseño de productos  a  partir  de  patrones  comunes. La transferencia de tecnología para fomentar   la   utilización  de  las  nuevas  tecnologías  adquirirá  particular importancia   e  incluirá  determinados  proyectos  de  demostración  relativos, especialmente,  a  la  utilización  de  dichos  patrones.  No  se  financiará el desarrollo de productos.</p>
    <p class="parrafo">La  principal  modalidad  de  aplicación  de  los  programas específicos seguirá siendo  la  fórmula  de  acciones  de  gastos compartidos, sin que se excluya la posibilidad  de  porcentajes  de  apoyo  modulados.  Cuando  lo  fundamental sea coordinar  las  acciones  de  investigación  existentes  a  escala  nacional  se recurrirá   a   la   acción   concertada.   Podrán   utilizarse   las  restantes modalidades  de  aplicación  establecidas  en  el  Tratado,  en  particular para establecer   o  reforzar  vínculos  con  proyectos  Eureka  a  largo  plazo  que correspondan a los criterios de las acciones comunitarias.</p>
    <p class="parrafo">El  Centro  común  de  investigación  participará  en  la puesta en práctica del programa-marco  en  aquellos  ámbitos  en  los  que  dispone de las competencias necesarias.  Se  trata  en  particular  de las tecnologías industriales y de los materiales,  de  las  investigaciones  de carácter prenormativo, de la seguridad nuclear  (fisión  y  fusión),  de la prospectiva tecnológica, del medio ambiente y de los riesgos industriales.</p>
    <p class="parrafo">Las  capacidades  de  investigación,  de  desarrollo  y  de  innovación  de  las pequeñas  y  medianas  empresas,  así  como de los centros de enseñanza superior y  de  los  centros  de investigación serán objeto de una atención continua y se fomentarán   sus   actividades   de  colaboración.  Se  intentará  especialmente favorecer  el  acceso  de  las  pequeñas  y  medianas  empresas  a los programas comunitarios.</p>
    <p class="parrafo">Se  hará  hincapié,  asimismo,  dentro de las diferentes líneas de acción, en la investigación fundamental orientada, siempre que ello resulte necesario.</p>
    <p class="parrafo">El  Consejo  definirá  las  modalidades  de difusión de los conocimientos que se obtengan   de   los   programas  específicos  y  de  las  demás  modalidades  de aplicación   del   programa-marco.   Dentro   de   este   marco   jurídico,  las actividades  de  difusión  se  llevarán a cabo de manera coherente y coordinada, lo  que  supone,  por  una  parte,  un nivel central de gestión y, por otra, una autonomía  de  acción  de  los  programas específicos para organizar un nivel de difusión    especializado.   En   ambos   casos,   dichas   actividades   podrán garantizarse,    en    particular,    mediante   publicaciones   o   de   manera informatizada según normas y protocolos comunes.</p>
    <p class="parrafo">La  actividad  de  difusión  se  referirá  asimismo  a la información relativa a los  programas  y  acciones  comunitarias con objeto de facilitar el acceso a la información   de   las   pequeñas   y   medianas   empresas  y  laboratorios  de investigación  privados  y  públicos.  Con  la  misma finalidad, se fomentará la creación  o  la  ampliación  de  las  actividades de centros que lleven a cabo a escala   nacional   y   regional   la  difusión  y  el  aprovechamiento  de  los resultados.</p>
    <p class="parrafo">Por  lo  que  se  refiere  al  aprovechamiento  de  los  resultados,  si bien es cierto  que  ésta  es  ante  todo  responsabilidad  de  las  empresas  y  de los laboratorios,  en  ciertos  casos  exige  una  acción comunitaria concertada con</p>
    <p class="parrafo">los  agentes  correspondientes  y  con  las  organizaciones  públicas o privadas competentes,   en   particular   a   escala   nacional  o  regional  (incluidos, especialmente,  los  centros  redifusores  anteriormente mencionados) con el fin de  proteger  determinados  resultados  y  facilitar  y  garantizar  de la mejor manera posible las transferencias de innovación.</p>
    <p class="parrafo">Tanto  para  la  difusión  de los conocimientos como para la valorización de los resultados  será  necesario  precisar  o  definir  las  normas  relativas  a  la propiedad  intelectual  e  industrial  y  a  la explotación de los resultados en la Comunidad y respetarlas.</p>
    <p class="parrafo">Más  allá  de  las  actividades  de evaluación correspondientes a los diferentes programas,   los   trabajos   sobre   la   metodología   de  la  evaluación,  la prospectiva  y  el  análisis  estratégico  serán  objeto, por otra parte, de una actividad  permanente  en  contacto  con  los  Estados  miembros,  con objeto de mejorar la eficacia de la investigación comunitaria.</p>
    <p class="parrafo">En  los  apartados  siguientes  se  mencionan  los  elementos  estratégicos  del programa-marco  1990-1994,  respetando  estrictamente  el  carácter de dirección que el Tratado concede al programa-marco.</p>
    <p class="parrafo">III. TECNOLOGIAS DE DIFUSION</p>
    <p class="parrafo">1. Tecnologías de la información y de las comunicaciones</p>
    <p class="parrafo">El  desarrollo  de  las  relaciones  entre  las  tecnologías de la información y las  de  las  comunicaciones,  el  incremento  de las exigencias de los usuarios en  relación  con  los  sistemas  normalizados  y  con  las  redes  de servicios transeuropeos  para  ayudar  a  la  unificación del espacio europeo, así como el refuerzo  de  las  bases  científicas  y  tecnológicas,  conducen a orientar los trabajos  en  materia  de  tecnologías de la información y de las comunicaciones con  arreglo  a  tres  líneas  principales. Un objetivo fundamental es conseguir normas   abiertas   que   permitan   mejorar  la  integración  de  los  sistemas avanzados  en  las  redes.  En  todos  los  ámbitos  afectados,  se fomentará la participación  activa  de  los  usuarios  y de las pequeñas y medianas empresas, así como la transferencia de tecnología en su favor.</p>
    <p class="parrafo">A. Tecnología de la información</p>
    <p class="parrafo">Al  tiempo  que  se  tratará de que la totalidad de los trabajos relativos a las tecnologías  de  la  información  permanezca  centrada  en el ámbito previo a la competencia,  se  hará  especial  hincapié,  por  una  parte,  en actividades de demostración  para  preparar  y  validar  normas así como para la integración de las  tecnologías  y,  por  otra,  en  la investigación de base, especialmente en los   sectores   con  un  potencial  sustancial  de  impacto  en  la  innovación industrial,  como  por  ejemplo  las  ciencias  cognitivas.  Por otra parte, las acciones  sobre  los  temas  abordados en el programa ESPRIT se orientarán hacia las  nuevas  generaciones  de  tecnologías. De manera general, se respetarán los equilibrios  entre  los  distintos  ámbitos  tecnológicos  de  base definidos en ESPRIT II (incluido lo que se refiere a la microelectrónica).</p>
    <p class="parrafo">Las   distintas   acciones  previstas  podrán  articularse  en  torno  a  cuatro grandes  temas  esenciales  que  incluyen  elementos  de  continuidad  pero  que presentan  también  nuevas  inflexiones  en  relación  con  las  investigaciones anteriores.</p>
    <p class="parrafo">a) Microelectrónica</p>
    <p class="parrafo">El  objetivo  consiste  en  contribuir,  mediante  trabajos  de  investigación y</p>
    <p class="parrafo">desarrollo  tecnológico  previo  a  la  competencia,  al  refuerzo  de  la  base tecnológica   europea  en  materia  de  semiconductores,  sobre  la  cual  pueda fundamentarse  un  potencial  europeo  de fabricación de productos avanzados así como  las  tecnologías  para  el  tratamiento de componentes. Dichos trabajos se referirán   también   a   los  circuitos  integrados  específicos  de  una  sola aplicación   (ASIC),  a  los  circuitos  multifunciones,  a  los  circuitos  muy rápidos,  a  la  optoelectrónica,  a  los circuitos de potencia avanzados (smart power),  a  los  equipos  y  a  los  nuevos materiales para circuitos integrados así  como,  en  relación  con  otras  iniciativas  aparecidas  en  la Comunidad, tales    como   JESSI,   a   las   tecnologías   correspondientes   al   silicio submicrónico.</p>
    <p class="parrafo">Se   llevarán   a   cabo   asimismo  la  investigación  y  el  desarrollo  sobre instrumentos  avanzados  y  normalizados  de  diseño asistido por ordenador para los  circuitos  integrados,  prestando  especial  atención  a las necesidades de los usuarios.</p>
    <p class="parrafo">Se   organizarán   tales   acciones   de   manera  que  se  asocien  usuarios  y productores  y  que  se  fomente y garantice a los agentes de la Comunidad en su conjunto una amplia participación en beneficio de todos.</p>
    <p class="parrafo">b) Sistemas de tratamiento de la información y programas lógicos</p>
    <p class="parrafo">La  rápida  evolución  de  este  sector  obliga  a  orientar las investigaciones hacia  las  arquitecturas  paralelas,  los  sistemas  con  base de conocimiento, las  estaciones  de  trabajo,  los  centros emisores y los sistemas repartidos y en   tiempo   real.   Seguirán   desarrollándose   los  instrumentos  y  métodos necesarios   para   aumentar   la   productividad   del  programa  lógico  y  la integración de los sistemas.</p>
    <p class="parrafo">Se  prestará  especial  atención  al  carácter  portátil  del programa lógico, a las  posibilidades  de  reutilización  y  al diseño de módulos normalizados, así como  a  la  investigación  prenormativa.  Por  otra parte, se velará por que la industria  europea,  y  especialmente  las  pequeñas y medianas empresas, puedan adoptar  a  gran  escala  programas  lógicos normalizados y utilizar las mejores prácticas   en   lo   referente   a   instrumentos,   métodos   y  contextos  de programación, teniendo en cuenta las actividades nacionales en este ámbito.</p>
    <p class="parrafo">c) Sistemas avanzados de ofimática y periféricos</p>
    <p class="parrafo">El  objetivo  principal  será  construir, a partir de la competencia tecnológica europea,   arquitecturas   mejoradas,   soportes   lógicos   previos   y   otros componentes  para  sistemas  de  carácter tal que aporten un valor añadido a los dispositivos y a los sistemas, en particular aquellos basados en normas.</p>
    <p class="parrafo">Los  dos  temas  principales  son  la  investigación y el desarrollo en relación con  la  utilización  de  la  ingeniería  de soportes lógicos para el desarrollo de  aplicaciones  selectivas  basadas  en  normas  abiertas  y la integración de sistemas  de  información  y  de interfaces complejos. Entre los ámbitos afectos se  pueden  citar  los  sistemas  de  información  adaptados  a  los  terminales móviles,   los   trabajos   en   cooperación  (groupware),  la  domótica  y  los edificios   inteligentes,   y  los  sistemas  informáticos  integrados  para  la empresa.</p>
    <p class="parrafo">En   este   contexto,  los  periféricos  adquieren  mucha  más  importancia.  El objetivo  de  los  trabajos  de  investigación  y  de desarrollo es reforzar las bases  científicas  y  tecnológicas  de  nuevas  generaciones de periféricos que</p>
    <p class="parrafo">ofrezcan  fiabilidad,  bajo  precio  y  que  puedan  producirse en gran cantidad sin  llegar  hasta  el  desarrollo  de  productos.  Esto  requiere el recurso no sólo  a  tecnologías  de  base  que  se  sitúen  en  el  mejor  nivel de calidad actual,  sino  también  a  nuevos  métodos  genéricos  de fabricación. La acción deberá   procurar,   por   ejemplo,  nuevos  dispositivos  de  entrada-salida  y sistemas de almacenamiento.</p>
    <p class="parrafo">d)   Tecnología  de  la  producción  y  aplicación  de  las  tecnologías  de  la información a la ingeniería industrial</p>
    <p class="parrafo">El  objetivo  consiste  en  proporcionar,  mediante  trabajos de investigación y desarrollo  tecnológico  previos  a  la  fase  de  competencia,  las  bases para sistemas  abiertos,  con  sedes  múltiples  y  con  multiplicidad  de  puntos de venta.  Los  trabajos  se  centrarán  en  los  sistemas  de  planificación  y de ordenación,   el   control   de  la  fabricación,  los  sistemas  de  ingeniería asistida   por   ordenador,   la  robótica  y  las  tecnologías  para  el  ratio seguridad/calidad.   Los   ámbitos   afectados   son   los   de  la  fabricación discontinua,  continua  y  por  lotes,  el  ensamblado  flexible y la producción masiva.  En  las  actividades  de transferencia de tecnologías estarán incluidos algunos   proyectos   de   demostración   en  los  que  las  tecnologías  de  la información  ocupen  un  lugar  predominante,  y  que  puedan  ser  lanzados  en entornos  industriales  reales  que  permitan probar la eficacia de las normas y fomentar   su   utilización.   Se   realizarán  estas  actividades  en  estrecha coordinación con las actividades de la línea 2.</p>
    <p class="parrafo">Esta  acción  contribuirá  a  la  mejor integración en los sistemas avanzados de diseño   y   de   producción   asistida   por  ordenadores  de  las  necesidades manifestadas  por  los  industriales,  incluidos  los  problemas de integración, de organización y de cualificación del trabajo.</p>
    <p class="parrafo">B. Tecnologías de las comunicaciones</p>
    <p class="parrafo">El  objetivo  principal  consiste  en permitir a la red integrada de banda ancha asimilar  los  nuevos  servicios  que  están  surgiendo,  diseñados  a partir de normas   «abiertas»,   y   conseguir   que   la  utilización  de  los  servicios integrados sea al mismo tiempo flexible y más económica.</p>
    <p class="parrafo">Paralelamente  a  la  continuación  del  desarrollo de la red integrada de banda ancha   y   a  la  intensificación  del  esfuerzo  de  investigación  sobre  las comunicaciones  ópticas  y  las  técnicas  de  conmutación síncronas/asíncronas, las   nuevas  actividades  estarán  orientadas  hacia  el  desarrollo  de  redes inteligentes,  fiables  y  seguras  y  de  nuevos  servicios  con  valor añadido rentables  y  adaptados  a  la  evolución  de  las  necesidades de los usuarios. Dichas   acciones   comprenden   un  esfuerzo  comunitario  en  investigación  y desarrollo   de   tipo   prenormativo,   de  manera  que  quede  garantizada  la interoperatividad de los sistemas a partir de normas y protocolos comunes.</p>
    <p class="parrafo">Se  prestará  una  atención  especial  a  la  creciente  demanda de servicios de telefonía móvil y a su integración en las redes.</p>
    <p class="parrafo">Se han previsto las siguientes acciones:</p>
    <p class="parrafo">-  Desarrollo  de  redes  inteligentes,  que  utilicen  las  nuevas  técnicas de transferencia  de  información,  de  comunicación óptica y que puedan recurrir a la   inteligencia   artificial.   El  objetivo  consiste  en  permitir  que  los sistemas  de  segunda  generación  exploten  los  progresos  previsibles  en  el ámbito   de   la   informática.   Ello  requiere  trabajos  de  investigación  y</p>
    <p class="parrafo">desarrollo tecnológico en los ámbitos de</p>
    <p class="parrafo">la   normalización  y  de  los  protocolos  de  interconexión.  Dichos  trabajos deberían  tomar  en  consideración  el desarrollo de un nuevo contexto normativo europeo en materia de arquitectura abierta (ONP - Open Network Provision).</p>
    <p class="parrafo">-  Comunicación  con  unidades  móviles. El objetivo consiste en contribuir a la definición  de  las  normas  que necesite el sistema de tercera generación, cuya aparición  está  prevista  a  partir  de  1996,  y  permitir  la  explotación de nuevas  hiperfrecuencias  en  los  servicios  de  telecomunicación  con unidades móviles.</p>
    <p class="parrafo">-  Comunicación  por  la  imagen:  basándose  en  la  transferencia  de imágenes digitalizadas  (en  la  que  se  incluye  a  la  televisión de alta definición - TVAD),  se  requieren  esfuerzos  de investigación en materia de tratamiento, de almacenamiento   y   de   visualización   para   integrar   la   imagen  en  las comunicaciones   multimedia   y  garantizar  la  creación  de  protocolos  y  de codificadores-descodificadores asociados.</p>
    <p class="parrafo">-   Ingeniería   de   servicios:   trabajos   de  tipo  prenormativo  sobre  las arquitecturas  y  los  soportes  lógicos,  realizados  en  los  teleservicios de base  y  en  los  servicios  con  valor añadido perfeccionados, procurando sobre todo  su  facilidad  de  usos  por  parte  de las pequeñas y medianas empresas y preparando  las  bases  científicas  y tecnológicas para el desarrollo de normas tanto para los sistemas como para los servicios de telecomunicación.</p>
    <p class="parrafo">-   Experiencias   de  comunicaciones  avanzadas.  Será  necesario  definir  las características  y  las  funciones  de  determinados  servicios  tipo avanzados. Estas  experiencias  de  carácter  genérico,  en condiciones reales contribuirán al   desarrollo   de   normas  de  interconexión  y  a  la  comprobación  de  la viabilidad   de  los  sistemas  integrados  de  comunicación,  de  modo  que  se limiten los riesgos de cara a una introducción posterior.</p>
    <p class="parrafo">-   Seguridad   de  la  información:  el  objetivo  consiste  en  contribuir  al desarrollo  de  técnicas  capaces  de garantizar una seguridad eficaz y práctica que   responda   a   las   necesidades   de   los   servicios   de  comunicación interconectados  o  integrados  utilizados  por  los agentes económicos y por el público   en   general.   Se   requieren,  de  forma  prioritaria,  trabajos  de investigación  y  de  desarrollo  tecnológico que contribuyan a la definición de normas internacionales y de técnicas de verificación.</p>
    <p class="parrafo">C. Desarrollo de sistemas telemáticos en sectores de interés general</p>
    <p class="parrafo">El   objetivo   general   consiste   en   garantizar,  mediante  investigaciones prenormativas  y  un  número  limitado de actividades de desarrollo experimental relativas   a   la   validación  de  especificaciones  funcionales  comunes,  la interoperatividad  de  sistemas,  de  periféricos  y  de  redes  telemáticas,  a escala  transeuropea.  Se  prestará  una  atención  especial  a  los aspectos de calidad,  fiabilidad,  seguridad  y  facilidad  de utilización de los servicios, al  mismo  tiempo  que  a  las  economías  de  escala  y  a  la supresión de los obstáculos a los intercambios de información.</p>
    <p class="parrafo">Los   trabajos   se   efectuarán   en   ámbitos  correspondientes  tanto  a  las necesidades  resultantes  de  la  puesta  en  práctica  del gran mercado europeo como  a  las  demandas,  nuevas  e incrementadas, de carácter social y económico que pueden beneficiarse de la utilización de los nuevos medios telemáticos.</p>
    <p class="parrafo">La  realización  del  gran  mercado  interior  determina,  efectivamente, nuevas</p>
    <p class="parrafo">necesidades  en  materia  de  servicios  y  de intercambio de información. En lo que   respecta   a   las   relaciones   entre   administraciones   públicas,  se manifiestan  nuevas  exigencias,  por  ejemplo,  en los ámbitos de los servicios de  urgencia,  de  la  justicia,  de los servicios sociales, de las estadísticas de  las  aduanas  y  del  medio  ambiente.  En  cuanto a los sectores de interés general,  predominan  los  problemas  de  transporte,  de sanidad, los problemas relativos  a  los  minusválidos  y  ancianos,  los  problemas  de  formación, de relación entre bibliotecas y de acceso a las zonas rurales.</p>
    <p class="parrafo">Para  responder  a  dichas  necesidades  se  impone,  además  de  los  esfuerzos realizados  en  el  marco  regional  o  nacional,  un esfuerzo suplementario por parte de la Comunidad en materia de investigación y desarrollo tecnológico.</p>
    <p class="parrafo">En  concreto,  algunos  de  dichos  sectores  han sido ya examinados en el marco de    actividades    exploratorias    (AIM,   DELTA,   DRIVE)   o   preliminares (investigación   de   las   necesidades   de   las   zonas   rurales  y  de  las bibliotecas).   Las   acciones   de   investigación   y  desarrollo  tecnológico previstas   se  apoyarán  en  la  experiencia  y  en  los  resultados  de  tales acciones  exploratorias.  Se  tratará  de conseguir la continuidad de las mismas con  el  fin  de  que  no  se  pierda  el beneficio de la comunidad de intereses creada.</p>
    <p class="parrafo">El  desarrollo  completo  de  dichos  proyectos únicamente podrá llevarse a cabo fuera  del  programa-marco:  la  realización  y  la  explotación  de las redes y servicios no está incluida en estos trabajos.</p>
    <p class="parrafo">En  cada  uno  de  los  dos  ámbitos  mencionados anteriormente, la facilidad de utilización   de   los   servicios   requiere   un  esfuerzo  continuado  en  la investigación   y   en   la  ingeniería  lingueísticas.  Tras  los  trabajos  ya iniciados  en  el  marco  del  programa EUROTRA, ahora es necesario estimular el desarrollo  de  sistemas  operativos  vinculados a los sistemas de información y de comunicación.</p>
    <p class="parrafo">En  todas  estas  acciones  intervendrán  las  industrias de la información y de las     comunicaciones,    los    operadores    de    telecomunicaciones,    los suministradores    de   servicios   de   telecomunicaciones   y   los   usuarios precursores   de  comunicaciones  avanzadas.  Más  que  en  otros  sectores,  la dimensión  transeuropea  para  los  servicios  telemáticos es una condición para el éxito.</p>
    <p class="parrafo">2. Tecnologías industriales y de los materiales</p>
    <p class="parrafo">El  objetivo  consiste  en  contribuir  a  la  revitalización  de  la  industria manufacturera  europea  reforzando  su  base  científica  y tecnológica mediante trabajos  de  investigación  y  desarrollo.  En  esta perspectiva, es importante fomentar:</p>
    <p class="parrafo">- la investigación técnica básica;</p>
    <p class="parrafo">- la integración de nuevas tecnologías por parte de las industrias usuarias;</p>
    <p class="parrafo">-  la  adquisición  de  los conocimientos científicos y técnicos necesarios para el  establecimiento  de  normas  y  códigos  de  buena práctica que faciliten la transferencia de dichas tecnologías;</p>
    <p class="parrafo">- la armonización de métodos de medición y de prueba.</p>
    <p class="parrafo">Las  tecnologías  avanzadas  necesarias  cubren  todo  el  ciclo  de vida de los materiales  y  tienen  el  objetivo  de  reducir  el tiempo de transición «de la idea   al   producto»  y  de  mejorar  los  procedimientos  de  fabricación.  Al</p>
    <p class="parrafo">procederse  a  la  selección  de las acciones que deben ejecutarse, se tendrá en cuenta  la  experiencia  adquirida  mediante los programas y proyectos piloto en curso (BRITE-EURAM, Materias primas, Reciclado y BCR).</p>
    <p class="parrafo">Estos   avances   tecnológicos   incluirán  consideraciones  sobre  las  futuras exigencias   del  mercado  y  requisitos  más  estrictos  en  materia  de  medio ambiente  y  de  condiciones  de trabajo, permitiendo al mismo tiempo mejorar la competitividad de los productores y usuarios europeos.</p>
    <p class="parrafo">La  calidad  del  trabajo  y,  por  ende,  la calidad de la producción, se verán incrementadas  más  aún  si  se  piensa  que  se  podrá garantizar una dimensión humana  de  las  tecnologías.  Por  lo  tanto,  los  trabajos  tratarán sobre la investigación  y  el  desarrollo  relativo  al  entorno  laboral y la adaptación permanente   de   la   cualificación   de   los   trabajadores   a  los  cambios tecnológicos.   Se   procurará   conseguir   nuevos   modos   de  gestión  y  de organización  para  garantizar  una  buena  relación  entre  la  tecnología y el mundo del trabajo.</p>
    <p class="parrafo">Los  trabajos  que  se  realicen  en  uno de los tres ámbitos que se describen a continuación  estarán  relacionados  con  los  demás  y no se efectuarán, por lo tanto,  de  forma  aislada,  sino que serán objeto de un enfoque sistemático. La investigación  sobre  los  nuevos  materiales  estará  estrechamente relacionada con   la   investigación  sobre  los  procedimientos  de  diseño  y  fabricación necesarios   para   la  utilización  económica  de  los  materiales,  y  con  la investigación  prenormativa  que  permita  la  incorporación  de  dicho  tipo de materiales en los productos y garantice el respeto del medio ambiente.</p>
    <p class="parrafo">Los   trabajos  de  investigación  propuestos  contribuirán  a  consolidar  y  a profundizar  los  desarrollos  tecnológicos  realizados  en  la  Comunidad,  y a utilizar  de  forma  más  eficaz los recursos. Se realizará un esfuerzo especial para  ayudar  a  las  pequeñas  y  medianas  empresas  a  participar  más  en la investigación  transnacional,  a  desarrollar  sus relaciones con otras empresas y universidades, y a gestionar mejor sus recursos técnicos.</p>
    <p class="parrafo">La  investigación  en  el  ámbito  de  las  medidas  y pruebas es necesaria para preparar   la   aplicación   de  normas  de  calidad  y  de  métodos  de  prueba armonizados  y  la  aceptación  de  los  resultados  en  toda  la Comunidad. Una mayor  colaboración  entre  laboratorios  mejorará  la calidad de los resultados y su aceptación que requiere la realización del mercado único.</p>
    <p class="parrafo">Este  proceso  afecta  al  mismo tiempo a los siguientes sectores de actividad y a sus interconexiones:</p>
    <p class="parrafo">A. Materiales - Materias Primas</p>
    <p class="parrafo">El  objetivo  consiste  en  contribuir  a  la  mejora de las prestaciones de los materiales  a  un  coste  que  permita una explotación industrial competitiva en una  amplia  gama  de  aplicaciones que no se limite a algunos elementos de alto rendimiento.  Se  tratará  del  enfoque  integrado  de  todo el ciclo de vida de los materiales, incluido su reciclado.</p>
    <p class="parrafo">Dichas   actividades   se   referirán   tanto   a  la  investigación  sobre  los materiales  avanzados  destinados  a  aplicaciones importantes, como por ejemplo las  matrices  metálicas  y  cerámicas  compuestas, que pueden tener importantes repercusiones  en  otros  ámbitos,  como a la investigación sobre los materiales tradicionales  con  una  aplicación  más amplia, como es el caso de la industria de la construcción, y para los cuales es necesario mejorar el ciclo de vida.</p>
    <p class="parrafo">Se  prestará  especial  atención  a las investigaciones que permitan utilizar de forma  innovadora  los  materiales,  metales  y minerales industriales, así como su   producción,   transformación,   incluida  la  exploración,  recuperación  y reciclado.</p>
    <p class="parrafo">La  investigación  fundamental  y  la  explotación  de tecnologías emergentes de desarrollo rápido serán también intensamente fomentadas.</p>
    <p class="parrafo">Se  dedicará  especial  atención  a  la  investigación  sobre  nuevos materiales mejorando la comprensión de su estructura y propied</p>
    <p class="parrafo">ades, incluido su ciclo de producción.</p>
    <p class="parrafo">B. Diseño y fabricación</p>
    <p class="parrafo">El   objetivo  consiste  en  reducir  el  tiempo  de  transición  entre  idea  y producto,  así  como  en  mejorar los medios, los procedimientos y la gestión de las  operaciones  de  diseño  y  fabricación  a  partir  del  estado  en  que se encuentren las tecnologías genéricas correspondientes.</p>
    <p class="parrafo">Se  insistirá,  entre  otras  cosas,  en la calidad, fiabilidad y control de los productos  y  procedimientos  así  como  en  los  trabajos  de  investigación  y desarrollo  tecnológico  que  necesiten  la adaptación de las técnicas de diseño y  fabricación  asistida  por  ordenador,  especialmente  para  las  pequeñas  y medianas  empresas.  Se  procurará  garantizar  una  estrecha coordinación entre dicha   actividad  y  los  aspectos  genéricos  de  las  técnicas  de  diseño  y fabricación cubiertas por la línea 1.</p>
    <p class="parrafo">El   desarrollo   de   las  tecnologías  necesarias  para  modernización  de  la industria   europea   requiere   un   esfuerzo  en  la  investigación  de  base, especialmente  en  los  ámbitos  de  la  física  y de la química. Igualmente, se recurrirá   simultáneamente   a   las  disciplinas  genéricas,  (tales  como  la elaboración  de  modelos  matemáticos,  la acústica, la dinámica de los fluidos, la  ingeniería  de  procedimientos,  .  .  .),  así  como  a  los nuevos avances tecnológicos  (en  materia,  por  ejemplo,  de  tratamiento  de  superficie,  de miniaturización, de optomatrónica, . . .).</p>
    <p class="parrafo">C. Mediciones y pruebas</p>
    <p class="parrafo">El  objetivo  es  llegar,  mediante  una  mejor  armonización  de los métodos de prueba,   de   medición   y  de  análisis,  a  la  eliminación  de  determinados obstáculos al comercio en el gran mercado interior.</p>
    <p class="parrafo">Con  este  objetivo,  se  emprenderán acciones transnacionales en cuatro ámbitos principales:  establecimiento  de  las  bases  científicas  y  técnicas  de  los reglamentos  y  directivas  comunitarios  relativos  a  mediciones  (incluido el aprovechamiento   de   los   resultados   de   investigaciones   en  materia  de instrumentación),  pruebas  o  análisis;  resolución  de  problemas  de  pruebas sectoriales  que  pueden  plantearse  en  la adopción y aplicación de un enfoque internacional   de   las   cuestiones   de   certificación  y  prueba;  trabajos derivados  de  un  enfoque  coordinado  para  el  suministro  de los patrones de medida  que  se  adopten  en  adelante en la Comunidad; y apoyo al desarrollo de nuevos métodos de medición.</p>
    <p class="parrafo">La  elaboración  y  aplicación  de normas y códigos de buena práctica necesarios para   responder   a   la   demanda  del  mercado,  que  requieren  trabajos  de investigación   y   desarrollo   prenormativos,   se   realizarán  mediante  los programas  de  investigación  de  que  se  trate  y  estarán  incluidos en otras líneas de actividad.</p>
    <p class="parrafo">La  flexibilidad  de  los  medios  de  acción será especialmente importante para emprender  la  investigación  anteriormente  señalada.  Dos  medios  importantes para la aplicación de estas propuestas serán:</p>
    <p class="parrafo">-   el   establecimiento   de  una  acción  de  estimulación  tecnológica  y  de investigación    cooperativa    que    ampliaría   las   iniciativas   actuales, dispositivo  abierto,  sin  limitaciones  de temas ni de calendario, para apoyar los   proyectos   técnicos   especialmente   innovadores   que,  en  un  momento determinado,  no  pudieran  incluirse  en  las  demás acciones. Ello favorecerá, en  particular,  la  resolución  de  problemas  técnicos comunes a una totalidad de  pequeñas  y  medianas  empresas  que  no poseen sus propias instalaciones de investigación.  Esta  acción  está  delimitada  con  relación a las demás partes del  programa,  en  el  sentido  de  que  solamente podrán tenerse en cuenta por regla  general,  pequeñas  y  medianas  empresas  relacionadas,  en su caso, con centros  de  investigación,  con  el  fin  de  aumentar  su participación en los programas de investigación comunitarios.</p>
    <p class="parrafo">-  al  mismo  tiempo  que se mantiene el enfoque genérico seguido en esta línea, se   tomarán   en  consideración  proyectos  integrados  selectivos  en  ámbitos apropiados  en  los  que  debe  ponerse  en  común  un  conjunto  de tecnologías genéricas,  con  el  fin  de  definir  para  los  usuarios  las especificaciones funcionales.    Dichos    proyectos   contarán   con   objetivos   seleccionados específicos,  agrupando  a  proveedores  y  usuarios en un enfoque sistemático y facilitando  la  participación  de  pequeñas  y medianas empresas. El desarrollo de  los  productos  y  su  comercialización  serán competencia de las industrias correspondientes.</p>
    <p class="parrafo">Entre  los  ámbitos  que  deben  tomarse  así  en consideración, y a la vista de las   necesidades  creadas  por  la  instauración  del  gran  mercado  interior, figuraría,  por  ejemplo,  el  de  los  transportes  (que  podrá  ser  objeto de actividades  integradas  en  lo  que  se  refiere  por  ejemplo,  a la industria aeronáutica  -  previa  evaluación  -  la  industria  del  automóvil y al «coche limpio»).  Por  otra  parte,  se  prestará  especial  atención  a  los  aspectos logísticos  de  armonización  y  de  normalización  de los medios de transporte, relacionándolos  con  las  actividades  de  la  línea  1.  Otros  ámbitos podrán beneficiarse de un enfoque integrado.</p>
    <p class="parrafo">III. 2. C.</p>
    <p class="parrafo">Por  lo  general,  todas  estas  acciones  deberán  contribuir a la expansión de las  pequeñas  y  medianas  empresas  europeas,  favoreciendo  en  particular su inserción en las redes tecnológicas desarrolladas con dicho motivo.</p>
    <p class="parrafo">El  Centro  común  de  investigación contribuirá a estas actividades a través de los    trabajos   sobre   materiales   avanzados   favoreciendo   la   dimensión prenormativa,  la  preparación  de  materiales  de  referencia  nucleares  y  no nucleares,  la  adquisición  de  datos  de referencia y la validación de algunas técnicas de referencia.</p>
    <p class="parrafo">III. GESTION DE LOS RECURSOS NATURALES</p>
    <p class="parrafo">3. Medio ambiente</p>
    <p class="parrafo">El  objetivo  es  desarrollar  los  conocimientos científicos y las competencias técnicas  que  requiere  la  Comunidad  para  desempeñar el papel que en materia de medio ambiente le atribuye el título VII del Tratado CEE.</p>
    <p class="parrafo">En  este  sector,  las  actividades  de  investigación  están dirigidas hacia la</p>
    <p class="parrafo">comprensión   de   los   mecanismos   fundamentales   del   medio  ambiente,  la identificación   de  las  fuentes  de  contaminación  y  la  evaluación  de  sus efectos  combinados  en  el  medio  ambiente.  Contribuirán  a la preparación de normas  de  calidad,  normas  de seguridad y normas técnicas, al establecimiento de  metodologías  para  evaluar  el  impacto ambiental, sanitario y económico, y estarán  orientadas  también  hacia  la  prevención  de  los riesgos naturales y tecnológicos,  así  como  hacia  la rehabilitación del medio ambiente. Además de estas  actividades,  se  tendrán  en cuenta en las diversas líneas de acción los aspectos «horizontales» del medio ambiente.</p>
    <p class="parrafo">A. Participación en los programas sobre los cambios globales</p>
    <p class="parrafo">El  objetivo  consiste  en  contribuir  a  comprender los procesos que rigen los cambios  ambientales  y  evaluar  el  impacto  de  las  actividades  humanas. La participación  de  la  Comunidad  se  centrará en los problemas que repercutirán en  la  política  del  medio  ambiente  así  como  allí  donde la Comunidad esté mejor  situada  para  asegurar  una  coordinación  europea  en  el  marco de los grandes   programas   internacionales,   teniendo   en   cuenta   los  programas nacionales.  Esta  participación  contribuirá  al desarrollo de la investigación sobre  los  cambios  naturales  y  antropogénicos del clima sobre la interacción entre  los  ciclos  bio-geoquímicos,  la  física  y  la química de la atmósfera, los  efectos  en  los  ecosistemas, la oceanografía física, química y biológica, y  de  modo  general,  los  procesos  climáticos, así como el empobrecimiento de la capa de ozono de la estratosfera.</p>
    <p class="parrafo">B. Tecnologías e ingeniería del medio ambiente</p>
    <p class="parrafo">El   objetivo   es  fomentar  mejores  normas  de  calidad  del  medio  ambiente alentando  la  innovación  técnica  a  nivel precompetitivo. Los dos principales ejes  de  investigación  en  este  campo serán la vigilancia del medio ambiente, incluidas  las  aplicaciones  de  la teledetección y el desarrollo de técnicas y sistemas  que  la  protección  y  la  rehabilitación  del  medio  ambiente  (por ejemplo,  reciclado,  tratamiento  de  residuos toxicos, de suelos contaminados, de aguas residuales, tecnologías limpias).</p>
    <p class="parrafo">C. Ciencias y tecnologías marinas</p>
    <p class="parrafo">En  el  sector  de  las  ciencias  y  tecnologías  marinas,  se  añadirá,  a  la aplicación   del   programa  piloto  MAST,  un  esfuerzo  particular  sobre  los conocimientos   básicos   (comprendidos  los  de  oceanografía),  la  ingeniería costera  y  las  tecnologías  para  la exploración y para una explotación de los recursos que respete el medio ambiente.</p>
    <p class="parrafo">D. Investigación de los aspectos económicos y sociales</p>
    <p class="parrafo">El  objetivo  consiste  en  mejorar  la  comprensión  de  los  aspectos legales, económicos,  éticos  y  sanitarios  de  la  política  y  de la gestión del medio ambiente.  Se  referirán  a:  la  evaluación,  la percepción y la gestión de los riesgos   naturales   y   tecnológicos,   la   evaluación   económica   de   las repercusiones   sobre  el  medio  ambiente,  el  impacto  socioeconómico  de  la aplicación  de  las  políticas  de  medio ambiente y la eficacia y la coherencia de las leyes y normativas relativas al medio ambiente.</p>
    <p class="parrafo">E. Proyectos de investigación integrados</p>
    <p class="parrafo">El   objetivo   consiste   en   efectuar   investigaciones   interdisciplinarias concertadas  en  un  número  limitado  de  sectores  de  interés  transnacional. Estos  proyectos  transnacionales  pueden  referirse a campañas coordinadas, que</p>
    <p class="parrafo">vayan  desde  la  observación  y  experimentación  hasta  operaciones integradas que   aborden   todos   los  aspectos  de  un  problema  regional,  pasando  por investigaciones  de  síntesis  sobre  los  riesgos  naturales y tecnológicos. Se efectuarán   investigaciones  integradas  sobre  la  modelización,  que  deberán permitir  también  la  evaluación  de  estrategias  tecnológicas  en  materia de medio   ambiente.  Así  mismo  se  llevará  a  cabo  una  acción  concertada  de recogida de datos.</p>
    <p class="parrafo">El  Centro  común  de  investigación  contribuirá a las actividades en el sector del  medio  ambiente,  especialmente  mediante  trabajos  prenormativos sobre la química  de  la  atmósfera  y  sobre  modelización,  mediante  estudios sobre la evaluación  y  la  gestión  de  los riesgos tecnológicos, mediante la aplicación de  medios  experimentales  para  la  evaluación  de  tales  riesgos.  El Centro común  de  investigación  efectuará  una contribución específica a la aplicación de  las  técnicas  de  teledetección  en  cooperación  con  la  Agencia espacial europea;  en  colaboración  con  la  futura  Agencia  de  medio  ambiente  de la Comunidad   Europea,   contribuirá   al  desarrollo  de  nuevos  instrumentos  y técnicas  de  prueba,  a  la  armonización  de  los  métodos  de medición y a la intercalibración.</p>
    <p class="parrafo">4. Ciencias y tecnologías de los seres vivos</p>
    <p class="parrafo">El   objetivo   estratégico  a  largo  plazo  consiste  en  contribuir  de  modo selectivo  e  integrado  al  desarrollo  del potencial de Europa en lo referente a  la  comprensión  y  utilización  de  las  propiedades  y  estructuras  de  la materia viva.</p>
    <p class="parrafo">A. Biotecnologías</p>
    <p class="parrafo">El  objetivo  de  esta  investigación  consiste  en  reforzar  los conocimientos básicos  en  biología  como  fundamento  común  e  integrado  necesario para las aplicaciones   a   la   agricultura,   a  las  industrias,  a  la  salud,  a  la alimentación y al medio ambiente.</p>
    <p class="parrafo">Se  concederá  toda  la  importancia  necesaria  a  las  implicaciones éticas de dichos trabajos y a su pertinencia desde el punto de vista industrial.</p>
    <p class="parrafo">Se  ampliarán  los  objetivos  del programa BRIDGE. Entre los temas prioritarios figurarán  la  estructura  y  las  funciones  de las proteínas y la modelización molecular,   las  estructuras  y  funciones  de  los  genes,  en  particular  el análisis  del  genoma  de  especies  representativas,  la  conservación  de  los recursos  genéticos  y  la  expresión  de  los  genes  y su control, así como la regeneración  y  el  desarrollo  celular,  y  la reproducción y el desarrollo de los   organismos  vivos.  Los  trabajos  se  referirán  también  al  metabolismo microbiano   animal  y  vegetal  y  sus  vías  fisiológicas  esenciales,  a  las consecuencias   ecológicas  de  la  biotecnología,  en  particular  la  ecología microbiana  y  el  comportamiento  en  el  medio  ambiente  de  los  genes y los organismos    modificados.    Se   estudiarán   igualmente   los   sistemas   de comunicación   en   la   materia   viva,   en   particular  la  inmunología,  la neurobiología y el funcionamiento de los receptores.</p>
    <p class="parrafo">Se   desarrollarán   los  métodos  y  las  pruebas  que  constituyen  las  bases científicas prenormativas necesarias para elaborar normativas comunitarias.</p>
    <p class="parrafo">B.</p>
    <p class="parrafo">Investigación agraria y agroindustrial</p>
    <p class="parrafo">El  objetivo  consiste  en  contribuir  a hacer concordar mejor la producción de</p>
    <p class="parrafo">los  recursos  biológicos,  terrestres  y  acuáticos,  con su utilización por el consumidor  y  la  industria.  Al  inscribir  dicha  investigación  en el ámbito precompetitivo,   se   trata   de  conseguir  la  mejora  de  la  calidad  y  la diversificación  de  los  productos  agrícolas  y  silvícolas, el refuerzo de la competitividad  de  las  empresas  del  sector  agrícola  y  agroalimentario, de acuerdo  con  las  demás  políticas  comunitarias, contribuyendo al mismo tiempo a   mejorar   la  gestión  del  espacio  rural  y  forestal  y  a  asegurar  una protección adecuada del medio ambiente.</p>
    <p class="parrafo">Estas  acciones  comprenderán  acciones  interdisciplinarias, que explotarán, en particular,  los  resultados  de  las  biotecnologías  y  tendrán  en cuenta los aspectos  genéticos,  la  ingeniería  agrícola  y  silvícola,  las  técnicas  de cultivo  o  de  cría  y  las  interacciones  entre  el  medio  y  la  planta. En particular,   se  emprenderá  una  acción  para  desarrollar  remedios  eficaces contra  la  desertización  y  la  tala  de árboles. También se proseguirá con la investigación en el sector de la acuicultura y la pesca.</p>
    <p class="parrafo">Algunos   temas   ya  han  sido  abordados  en  el  segundo  programa-marco,  en particular   en   el   programa   ECLAIR.  Aunque  manteniéndose  en  el  ámbito precompetitivo,  dichos  temas  serán  completados  con  algunas  operaciones de demostración  elaboradas  conjuntamente  por  los  productores y los usuarios, a fin  de  aproximar  los  resultados  de  la  investigación y el desarrollo a sus aplicaciones.</p>
    <p class="parrafo">En  el  ámbito  de  la utilización industrial de las materias primas agrícolas y silvícolas,   la   investigación,   sin  salirse  del  ámbito  precompetitivo  y mediante  procesos  innovadores,  debe  estar dirigida prioritariamente hacia el aprovechamiento  industrial  de  los  coproductos  de  los  usos  alimentarios y hacia  el  desarrollo  de  nuevas  utilizaciones  industriales y energéticas más limpias  y  que  ofrezcan  perspectivas  favorables  desde  el  punto  de  vista económico.</p>
    <p class="parrafo">La  investigación  agroalimentaria  abordada  en  el  segundo programa-marco, en particular,  dentro  del  programa  FLAIR, se desarrollará principalmente en los siguientes campos: definición y satisfacción</p>
    <p class="parrafo">de  las  necesidades  nutricionales,  toxicología e higiene alimentaria y nuevas tecnologías  de  la  transformación  agroalimentaira.  Los  nuevos  trabajos  en dichos   sectores   tendrán   en  cuenta  los  programas  actualmente  en  curso (ECLAIR, FLAIR, Investigación agrícola y Pesca).</p>
    <p class="parrafo">En  la  ejecución  de  estas acciones, se estimulará la realización de proyectos innovadores por parte de las pequeñas y medianas empresas.</p>
    <p class="parrafo">C. Investigación biomédica y salud</p>
    <p class="parrafo">El  objetivo  principal  consiste  en  contribuir  a la mejora de la eficacia de la  investigación  y  del  desarrollo  en  medicina  y  sanidad  en  los Estados miembros,  en  particular  mediante  una  mejor  coordinación de las actividades de  investigación  y  desarrollo  de los Estados miembros y la aplicación de sus resultados,  merced  a  la  cooperación  comunitaria y a la utilización conjunta de los recursos disponibles.</p>
    <p class="parrafo">Se  concederá  especial  atención  a  los  nuevos  enfoques  que  permitan hacer frente  a  las  enfermedades  importantes  desde  el  punto de vista económico y social  (en  particular,  el  cáncer, el SIDA, las enfermedades cardiovasculares y  las  mentales),  el  envejecimiento,  los  problemas de los minusválidos, los</p>
    <p class="parrafo">problemas  de  salud  en  los  lugares  de  trabajo,  por  medio  de estudios de metodologías   y   de  protocolos  armonizados  referentes  a  la  investigación epidemiológica,  biológica  y  clínica.  Las actividades comprenderán también el análisis  del  genoma  humano.  Se  llevarán a cabo en estrecha coordinación con los   trabajos  efectuados  separadamente  sobre  otros  genomas.  Se  evaluarán cuidadosamente  los  aspectos  éticos,  sociales y jurídicos de la aplicación de los resultados de las investigaciones sobre el genoma humano.</p>
    <p class="parrafo">Esta  acción  se  completará  con  un  esfuerzo  de investigación precompetitiva sobre los modos y las formas de administración de medicamentos.</p>
    <p class="parrafo">Se  prestará  especial  atención  a  los  métodos  de  diagnóstico precoz de los factores  de  riesgo,  al  desarrollo  y evaluación de los métodos de prevención y tratamiento, así como a la gestión de los servicios sanitarios.</p>
    <p class="parrafo">D.  Las  ciencias  y  las  tecnologías  de  los  seres  vivos para los países en desarrollo</p>
    <p class="parrafo">El  objetivo  de  este  programa  consiste  en  aumentar  la  cooperación  entre científicos  europeos  y  de  los  países  en  desarrollo  en  los  campos de la agricultura  (incluida  la  pesca,  medicina,  sanidad y nutrición tropicales, a fin  de  permitir  a  los países en desarrollo beneficiarse de los conocimientos científicos  y  de  los  desarrollos  tecnológicos disponibles en la Comunidad y fomentar  el  desarrollo  de  su  propia  capacidad  de  investigación  y  a los Estados miembros de la Comunidad incrementar sus propias capacidades.</p>
    <p class="parrafo">Se  tendrá  en  cuenta  el  conjunto  de los problemas relacionados con el medio tropical   (suelo,   aguas,   bosques,  energía,  medio  ambiente,  agricultura, población, sanidad, nutrición, . . .).</p>
    <p class="parrafo">En  agricultura  tropical  se  hará  hincapié  en  la  gestión  integrada de los recursos  agrícolas,  incluidos  la  agricultura y los bosques, para reducir las crisis  de  alimentos  en  las  regiones  expuestas  a  ellas,  al tiempo que se preserva  el  medio  ambiente  teniendo  en  cuenta  los  factores  humanos.  Se prestará   especial   atención  a  los  cultivos  que  puedan  sustituir  a  los utilizados en la producción de narcóticos.</p>
    <p class="parrafo">En  materia  de  investigación  en  medicina  tropical  se  desarrollarán nuevas acciones  para  afrontar  los  grandes  problemas  sanitarios, especialmente los relativos  a  las  enfermedades  transmisibles  y  a  los sistemas de asistencia sanitaria.</p>
    <p class="parrafo">5. Energía</p>
    <p class="parrafo">El   principal  objetivo  para  la  acción  comunitaria  en  este  campo  es  el desarrollo   de   tecnologías   energéticas  seguras  y  respetuosas  del  medio ambiente,  que  contemplen  la  mejora del saldo energético de la Comunidad a un coste  razonable  dentro  del  gran  mercado. Esto se llevará a cabo en los tres campos siguientes.</p>
    <p class="parrafo">A.  Fuentes  de  energía  fósiles,  renovables,  utilización  y  control  de  la energía</p>
    <p class="parrafo">El   objetivo   consiste   en   contribuir  al  desarrollo  de  nuevas  opciones energéticas  que  sean  a  un  tiempo  económicamente  viables y más respetuosas del  medio  ambiente,  incluidas  las  tecnologías  para  el  ahorro de energía, mediante  actividades  comunes  destinadas  a  asistir a los Estados miembros en este  proceso.  En  dicho  contexto,  deberá  concederse  mayor  atención  a los trabajos   sobre  las  tecnologías  energéticas  que,  a  pesar  de  su  elevado</p>
    <p class="parrafo">potencial  y  de  la  ausencia de efectos negativos sobre el medio ambiente y en especial  sobre  el  clima,  en  la actualidad no son utilizables en condiciones económicas  satisfactorias,  puesto  que  dichos  trabajos  aún  no  pueden  ser financiados enteramente por la industria.</p>
    <p class="parrafo">Las  citadas  actividades  se  centrarán en tres ámbitos vinculados entre sí: el dominio  de  la  energía,  las  fuentes  renovables  y  la reducción del impacto negativo  en  el  medio  ambiente.  En  el  ámbito  del dominio de la energía se tendrá  en  cuenta  el  papel  predominante  de  los  combustibles fósiles en el suministro  energético  de  la  Comunidad. Se incluirán trabajos sobre la mejora de  las  tecnologías  destinadas  a  ahorrar energía en todos sus usos, sobre la producción   de  energía  a  partir  de  fuentes  fósiles  mediante  tecnologías avanzadas,   en   particular   mediante  los  ciclos  combinados,  y  sobre  los productos  de  sustitución  adecuados  para los carburantes convencionales en el sector  del  transporte.  En  lo  que  respecta  al  impacto  de la producción y utilización  de  energía,  en  particular eléctrica, sobre el medio ambiente, se hará  hincapié  en  la  reducción de las emisiones de los gases responsables del efecto   invernadero,  incluido  el  CO2.  Se  intensificarán  los  trabajos  de investigación  y  desarrollo  en  el  campo  de  las  energías  renovables  para alcanzar   con   rapidez   su   nivel  óptimo  de  contribución  a  la  política energética comunitaria.</p>
    <p class="parrafo">Se   efectuarán   además   investigaciones   sobre   modelización,  que  deberán permitir  la  evaluación  de  las estrategias tecnológicas en materia de control de la energía y de la interacción entre energía y medio ambiente.</p>
    <p class="parrafo">B.</p>
    <p class="parrafo">Seguridad de la fisión nuclear</p>
    <p class="parrafo">El  objetivo  de  esta  acción  consiste en proseguir el esfuerzo común dirigido a  apoyar  a  los  Estados  miembros en sus responsabilidades de establecimiento de normativas y de protección del medio ambiente.</p>
    <p class="parrafo">La  acción  comunitaria  favorecerá  la  armonización de los enfoques en materia de  seguridad  asociando  a  todos los protagonistas competentes e intensificará de  esta  forma  la  dimensión  prenormativa  de  la  investigación.  Se dará un nuevo  impulso  centrando  la  investigación  en  la seguridad de los reactores, prestando  mayor  atención  a  las  tecnologías  pasivas, la gestión de residuos radiactivos,  el  cierre  definitivo  de  centrales, la intervención en un medio hostil,   los  elementos  combustibles,  los  actínidos  y  el  control  de  los materiales   fisionables.  La  investigación  en  radioprotección  abarcará  las radiaciones  procedentes  de  fuentes  naturales  y  médicas, una definición más adecuada  de  los  riesgos  de las dosis bajas de radiación y nuevas tecnologías para  evaluar  rápidamente  las  consecuencias  radiológicas  de  los accidentes nucleares.</p>
    <p class="parrafo">El  Centro  común  de  investigación  participará  en  esta  actividad  mediante trabajos  en  el  campo  de  la  seguridad  de  los reactores, la seguridad y la gestión  de  los  residuos  radiactivos,  la  gestión  y  la  seguridad  de  los materiales fisionables, de los combustibles nucleares y de los actínidos.</p>
    <p class="parrafo">C.</p>
    <p class="parrafo">Fusión nuclear controlada</p>
    <p class="parrafo">El  objetivo  a  largo  plazo  del programa Fusión comunitario es la realización en  común  de  prototipos  de  reactores,  seguros  y  compatibles  con el medio</p>
    <p class="parrafo">ambiente.  El  objetivo  inmediato  consiste  en establecer la base científica y tecnológica  para  la  construcción  de  una  instalación destinada a efectuar y estudiar  la  ignición  y  la  combustión  prolongada del plasma y los problemas tecnológicos  asociados  (Next  Step).  Con  dicho  objeto, a fin de efectuar un control  del  plasma  en  condiciones  cercanas  al  Next Step, el Consejo podrá decidir,  previa  evaluación,  la  prórroga  de la empresa común JET más allá de la  fecha  prevista  actualmente.  Se proseguirán los trabajos relativos al Next Step,  así  como  los  nuevos  sistemas teniendo en cuenta los desarrollos de la cooperación  ITER.  Los  trabajos  podrán  incluir,  previa  evaluación  de  las acciones  que  están  realizándose,  la  construcción de máquinas especializadas necesarias  para  alcanzar  los  objetivos  del  programa.  Se  irán clausurando progresivamente  algunos  de  los  equipos  actuales  de  fusión cuyos programas experimentales   han   concluido.   Se   mantendrá   la   actual   actividad  de investigación  tecnológica  sobre  otros  enfoques  de  la  fusión  termonuclear controlada, en particular, en materia de confinamiento inercial.</p>
    <p class="parrafo">El   Centro  común  de  investigación  contribuirá  a  esta  actividad  mediante trabajos   sobre  la  seguridad  de  las  instalaciones,  el  apoyo  del  NET  y determinados  trabajos  básicos  sobre  los  materiales. Dichos trabajos estarán estrechamente  coordinados  con  los  que  las  asociaciones hayan emprendido en los mismos ámbitos.</p>
    <p class="parrafo">III. APROVECHAMIENTO DE LOS RECURSOS INTELECTUALES</p>
    <p class="parrafo">6. Capital humano y movilidad</p>
    <p class="parrafo">El  objetivo  consiste  en  contribuir a acrecentar el capital humano en materia de   investigación   y   desarrollo  tecnológico  que  necesitarán  los  Estados miembros  en  la  próxima  década,  así  como  en  hacer  un  uso  óptimo de las infraestructuras    científicas    y   técnicas   de   los   Estados   miembros, contribuyendo  a  la  creación  de  una verdadera comunidad científica y técnica europea.   Esta   acción   deberá   proporcionar   una   plusvalía   comunitaria beneficiosa para todos los Estados miembros.</p>
    <p class="parrafo">Contrariamente  a  las  líneas  precedentes,  que se organizan de forma temática o  sectorial,  esta  acción  se  articulará, de manera transversal y con arreglo a  una  gestión  «bottom-up»,  alrededor de dos ejes principales: la formación y la  movilidad  del  personal  por una parte y la constitución de redes, por otra parte.</p>
    <p class="parrafo">El  aumento  de  la  movilidad  del  personal  de investigación permitirá que un mayor  número  de  personas  trabaje  durante  períodos  de tiempo considerables dentro  de  su  carrera  en  establecimientos  científicos  y  técnicos  de alto nivel de otros Estados miembros.</p>
    <p class="parrafo">Las  acciones  se  dirigirán  fundamentalmente a la formación de los jóvenes que inician    sus   profesiones   de   investigación   y   desarrollo   tecnológico (especialmente  a  nivel  doctoral  y  posdoctoral),  y podrán incluir también a otros   colectivos,   en   los   períodos   en   que   deban   adquirir   nuevas especializaciones,  especialmente  con  ocasión  de las reconversiones que exija la  adaptación  a  la  rápida  evolución  del contexto científico y tecnológico, así  como  en  los  intercambios  y  cooperaciones  que  deban efectuar de forma permanente.</p>
    <p class="parrafo">La  creación  de  la  infraestructura de redes que contempla esta acción reviste una  importancia  esencial  para  la realización de los objetivos de la política</p>
    <p class="parrafo">comunitaria   de   investigación   y   desarrollo  tecnológico,  consolidando  y completando los efectos estructuradores de los programas temáticos.</p>
    <p class="parrafo">Las  redes  agruparán  a  los  laboratorios  y  equipos  de investigación de los países  miembros,  tanto  públicos  como privados, para que los mejores de ellos puedan  ejercer  todo  su  efecto  de  arrastre en beneficio de todos los demás. En   particular,   fomentarán  la  interacción  de  disciplinas  distintas,  las asociaciones de varias técnicas y las aplicaciones de un campo a otros.</p>
    <p class="parrafo">Estas  redes  deberán  hacerse  extensivas a la totalidad de las regiones de los países   de  la  Comunidad,  teniendo  en  cuenta  sobre  todo  las  necesidades especiales  de  las  zonas  periféricas  y  de las regiones menos favorecidas en la  actualidad.  De  este  modo  se  facilitará  el  establecimiento  en  dichas regiones de un potencial científico y técnico altamente cualificado.</p>
    <p class="parrafo">Se  desarrollarán  las  actividades  emprendidas  en  el marco del plan SCIENCE. Se  fomentarán  de  forma  especial,  además  de la vinculación de laboratorios, las  operaciones  de  la  misma  naturaleza que se refieran al mismo tiempo a la investigación  fundamental  aplicada  e  industrial  y  agrupen  a instituciones pertenecientes  a  más  de  dos  países  o  que asocien iniciativas nacionales y comunitarias.</p>
    <p class="parrafo">Los  efectos  de  dichas  acciones  se  ampliarán  mediante  el desarrollo de la cooperación   entre   los   laboratorios   y  los  equipos  de  los  centros  de investigación  (incluidos  los  del  Centro  común  de  investigación),  de  las empresas y de los centros de formación superior.</p>
    <p class="parrafo">Será    oportuno   tener   en   cuenta   los   factores   demográficos   y   las características   específicas   de   las   estructuras  de  investigación  y  de formación  de  los  diferentes  Estados, para contribuir a que cada uno de ellos pueda dotarse de las capacidades óptimas.</p>
    <p class="parrafo">Se   procurará   asimismo   favorecer   el   acceso  preferente  a  los  grandes dispositivos  científicos  existentes  y  facilitar  las  concertaciones  en  el momento de la programación de los dispositivos futuros.</p>
    <p class="parrafo">Todas  estas  iniciativas  abarcarán  los  diversos  sectores  tecnológicos, las ciencias   exactas  y  naturales,  incluidas  las  matemáticas  y  las  ciencias humanas  y  sociales,  que  contribuyen  a  reforzar  las  bases  científicas  y técnicas   de   la   industria  europea  y  a  favorecer  el  desarrollo  de  su competitividad  internacional.  Se  tomarán  en cuenta las interconexiones entre ciencias fundamentales y aplicaciones tecnológicas.</p>
    <p class="parrafo">Se  velará  por  que  dichas  actividades  tengan  en  cuenta  las cooperaciones bilaterales  y  multinacionales  existentes  en  las  que participan los Estados miembros, incluida la cooperación que se lleva a cabo en el marco del COST.</p>
    <p class="parrafo">Se  velará  asimismo  por  garantizar  su  coherencia  con las demás actividades comunitarias de formación y de investigación.</p>
    <p class="parrafo">La  comunidad  científica,  técnica  e industrial participará en la ejecución de esta  acción,  en  particular  en  la  identificación de las redes y la elección de  los  beneficiarios,  velando  por  el  respeto de los principios rectores de las acciones y de la plusvalía comunitaria.</p>
    <p class="parrafo">ANEXO III</p>
    <p class="parrafo">CRITERIOS    DE   SELECCION   En   general,   las   acciones   comunitarias   de investigación  y  desarrollo  tecnológico  deben  seleccionarse  en  función  de objetivos  científicos  y  técnicos,  de  su  calidad científica y técnica, y de</p>
    <p class="parrafo">su contribución a la definición o a la ejecución de políticas comunitarias.</p>
    <p class="parrafo">Un   objetivo   concreto   en  las  acciones  comunitarias  de  investigación  y desarrollo   tecnológico  será  el  fortalecimiento  de  la  base  científica  y tecnológica  de  la  industria  europea  -  incluidas  las  pequeñas  y medianas empresas  -,  en  particular,  en  ámbitos  estratégicos de alta tecnología y el estímulo de su competitividad a escala internacional.</p>
    <p class="parrafo">Las   acciones   comunitarias  pueden  justificarse  cuando  presenten  ventajas (valor  añadido)  a  corto,  medio  o  largo plazo desde el punto de vista de la eficacia  y  la  financiación,  o  bien  desde  el  punto  de vista científico y técnico   en  comparación  con  las  actividades  nacionales  e  internacionales (privadas o públicas).</p>
    <p class="parrafo">En particular, los siguientes criterios justificarán una acción comunitaria:</p>
    <p class="parrafo">-   la   investigación   que   contribuya  al  fortalecimiento  de  la  cohesión económica  y  social  de  la  Comunidad y a la promoción de su desarrollo global y  armónico  de  forma  coherente  con la consecución del objetivo científico de la calidad científica y técnica;</p>
    <p class="parrafo">-  la  investigación  a  escala  muy  importante  y  para  la  cual  los Estados miembros  por  sí  solos  no  podrían,  o sólo podrían con dificultades, ofrecer la financiación y personal necesarios;</p>
    <p class="parrafo">-  la  investigación  cuya  ejecución  conjunta  ofreciera  evidentes beneficios financieros,  incluso  tras  tomar  en  consideración los costes extraordinarios inherentes a toda cooperación internacional;</p>
    <p class="parrafo">-   la   investigación  que,  debido  a  la  naturaleza  complementaria  de  los trabajos  parciales  a  escala  nacional en un ámbito determinado, haga posibles resultados  significativos  para  la  Comunidad  en  su  conjunto  en el caso de aquellos  problemas,  cuya  solución  exija  investigaciones  a  gran escala, en particular de carácter geográfico;</p>
    <p class="parrafo">-  la  investigación  que  contribuya  a la realización del mercado común y a la unificación   del   ámbito   científico   y   técnico   europeo,   así  como  la investigación   que   conduzca,   cuando   ésto   se   considere  necesario,  al establecimiento de normas y homologaciones uniformes.</p>
    <p class="parrafo">ANEXO IV</p>
    <p class="parrafo">PARTICIPACION  FINANCIERA  DE  LA  COMUNIDAD  Los  porcentajes  de participación financiera de la Comunidad son los siguientes:</p>
    <p class="parrafo">- las acciones directas se financiarán en principio al 100 %;</p>
    <p class="parrafo">-  las  acciones  concertadas  podrán  ser  objeto de una participación de hasta 100 % de los gastos de concertación;</p>
    <p class="parrafo">-  las  acciones  de  gastos  compartidos  serán objeto de una participación que normalmente  no  será  superior  al  50 %. Las universidades y los demás centros de  investigación  que  participen  en acciones de gastos compartidos tendrán la posibilidad  de  solicitar,  para  cada  proyecto,  una financiación del 50 % de los   gastos   totales  o  bien  una  financiación  del  100  %  de  los  costes marginales adicionales;</p>
    <p class="parrafo">-  para  la  ejecución  de las actividades contempladas en virtud del apartado 2 del   artículo   2,   el   Consejo  se  pronunciará  caso  por  caso  sobre  las modalidades de la participación financiera de la Comunidad;</p>
    <p class="parrafo">Sólo   podrán   introducirse   excepciones  a  estas  normas  generales  en  las condiciones indicadas en cada programa específico.</p>
  </texto>
</documento>
