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    <identificador>DOUE-L-1989-81435</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9000">Comunidades Europeas</departamento>
    <rango codigo="1220">Reglamento</rango>
    <fecha_disposicion>19891220</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>3829/1989</numero_oficial>
    <titulo>Reglamento (CEE) núm. 3829/89 de la Comisión, de 20 de diciembre de 1989, por el que se deroga el Reglamento (CEE) núm. 3601/82 referente a la comunicación por los Estados miembros a la Comisión de los datos relativos a las importaciones y exportaciones de determinados productos agrícolas.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de las Comunidades Europeas</diario>
    <fecha_publicacion>19891221</fecha_publicacion>
    <diario_numero>372</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <url_pdf>/doue/1989/372/L00019-00019.pdf</url_pdf>
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    <fecha_vigencia>19891221</fecha_vigencia>
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    <judicialmente_anulada>N</judicialmente_anulada>
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      <materia codigo="3521" orden="1">Exportaciones</materia>
      <materia codigo="4056" orden="2">Importaciones</materia>
      <materia codigo="5728" orden="3">Productos agrícolas</materia>
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        <anterior referencia="DOUE-L-1982-80580" orden="1010">
          <palabra codigo="210">DEROGA</palabra>
          <texto>Reglamento 3601/82, de 21 de diciembre</texto>
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    <p class="parrafo">LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,</p>
    <p class="parrafo">Vista el Acta de adhesión de España y de Portugal,</p>
    <p class="parrafo">Visto  el  Reglamento  (CEE)  no  2727/75 del Consejo, de 29 de octubre de 1975, por  el  que  se  establece  la  organización  común de mercados en el sector de los  cereales  (1),  cuya  última modificación la constituye el Reglamento (CEE) no  3707/89  (2),  y,  en  particular,  su  artículo  24,  y  las  disposiciones correspondientes  de  los  otros  reglamentos  relativos a la organización común de mercados en el sector de los productos agrícolas,</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  el  Reglamento  (CEE)  no  3601/82  de  la Comisión (3), cuya última  modificación  la  constituye  el  Reglamento  (CEE) no 798/88 (4), prevé que  los  Estados  miembros  comunicarán  de  manera acelerada a la Comisión los datos   provisionales   relativos   a   las  importaciones  y  exportaciones  de determinados productos agrícolas;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  se  han  acortado  considerablemente los plazos dentro de los cuales   se  transmiten  los  datos  contemplados  en  el  Reglamento  (CEE)  no 1736/75  del  Consejo,  de  24 de junio de 1975, relativo a las estadísticas del</p>
    <p class="parrafo">comercio  exterior  de  la  Comunidad  y del comercio entre los Estados miembros (5),  cuya  última  modificación  la  constituye  el Reglamento (CEE) no 1629/88 (6),  y  que  se  han creado otros sistemas para obtener la información buscada; que,   con   el  fin  de  simplificar  la  gestión  administrativa,  es  posible renunciar  a  las  comunicaciones  previstas  en el Reglamento (CEE) no 3601/82, que conviene, por lo tanto, derogar;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  las  medidas  previstas  en el presente Reglamento se ajustan al dictamen de todos los Comités de gestión correspondientes,</p>
    <p class="parrafo">HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">Queda derogado el Reglamento (CEE) no 3601/82.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">El  presente  Reglamento  entrará  en  vigor  el  día  de  su  publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.</p>
    <p class="parrafo">El   presente   Reglamento   será   obligatorio   en   todos   sus  elementos  y directamente aplicable en cada Estado miembro.</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el 20 de diciembre de 1989.</p>
    <p class="parrafo">Por la Comisión</p>
    <p class="parrafo">Ray MAC SHARRY</p>
    <p class="parrafo">Miembro de la Comisión</p>
    <p class="parrafo">(1) DO no L 281 de 1. 11. 1975, p. 1.</p>
    <p class="parrafo">(2) DO no L 363 de 13. 12. 1989, p. 1.</p>
    <p class="parrafo">(3) DO no L 376 de 31. 12. 1982, p. 11.</p>
    <p class="parrafo">(4) DO no L 81 de 26. 3. 1988, p. 44.</p>
    <p class="parrafo">(5) DO no L 183 de 14. 7. 1975, p. 3.</p>
    <p class="parrafo">(6) DO no L 147 de 14. 6. 1988, p. 1.</p>
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