<?xml version="1.0" encoding="UTF-8"?>
<documento fecha_actualizacion="20181023224657">
  <metadatos>
    <identificador>DOUE-L-1989-81301</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9000">Comunidades Europeas</departamento>
    <rango codigo="1210">Recomendación</rango>
    <fecha_disposicion>19891108</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>601/1989</numero_oficial>
    <titulo>Recomendación de la Comisión, de 8 de noviembre de 1989, sobre la formación del personal sanitario en materia de oncología.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de las Comunidades Europeas</diario>
    <fecha_publicacion>19891127</fecha_publicacion>
    <diario_numero>346</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
    <subseccion/>
    <pagina_inicial>1</pagina_inicial>
    <pagina_final>7</pagina_final>
    <suplemento_pagina_inicial/>
    <suplemento_pagina_final/>
    <url_pdf>/doue/1989/346/L00001-00007.pdf</url_pdf>
    <url_epub/>
    <url_pdf_catalan/>
    <url_pdf_euskera/>
    <url_pdf_gallego/>
    <url_pdf_valenciano/>
    <estatus_legislativo>L</estatus_legislativo>
    <fecha_vigencia/>
    <estatus_derogacion>N</estatus_derogacion>
    <fecha_derogacion/>
    <judicialmente_anulada>N</judicialmente_anulada>
    <fecha_anulacion/>
    <vigencia_agotada>N</vigencia_agotada>
    <estado_consolidacion codigo="0"/>
    <letra_imagen>L</letra_imagen>
    <suplemento_letra_imagen/>
  </metadatos>
  <analisis>
    <materias>
      <materia codigo="3193" orden="">Enfermedades</materia>
      <materia codigo="3195" orden="">Enfermería</materia>
      <materia codigo="3392" orden="2">Escuelas Profesionales de Facultades Universitarias</materia>
      <materia codigo="4913" orden="3">Médicos</materia>
    </materias>
    <notas/>
    <referencias>
      <anteriores/>
      <posteriores/>
    </referencias>
    <alertas/>
  </analisis>
  <texto>
    <p class="parrafo">I.   El   cáncer  es  una  enfermedad  sobre  la  cual  se  lleva  largo  tiempo trabajando  tanto  en  la  esfera  pública  como  en  la privada. Estos trabajos comprenden   numerosas   facetas   del   problema,   desde   la   investigación, prevención,  diagnóstico  y  tratamiento  hasta  el  asesoramiento a pacientes y familiares.  Si  bien  los  conocimientos  sobre  este  mal y su tratamiento han avanzado  considerablemente,  el  cáncer  continúa siendo una de las principales causas de mortalidad en la sociedad actual.</p>
    <p class="parrafo">La  iniciativa  adoptado  con  ocasión  de  los  Consejos Europeos celebrados en Milán  en  junio  de  1985  y  en  Luxemburgo  en  diciembre  del  mismo año fue innovadora  en  la  medida  en que se trata de la primera vez que una enfermedad concreta  se  convertía  en  blanco de una ofensiva general en toda la Comunidad Europea.  Los  resultados  obtenidos  al  aplicar el programa « Europa contra el cáncer  »  han  venido  a  corroborar  la  necesidad  de  dicha  iniciativa,  en particular en el campo de la formación de los profesionales de la sanidad.</p>
    <p class="parrafo">II.   Con   objeto   de   facilitar   el   reconocimiento   mutuo  de  diplomas, certificados   u   otros  títulos  de  formación  entre  los  Estados  miembros, previsto  en  el  artículo  57  del  Tratado  CEE,  el  Consejo  creó,  mediante Decisiones  sucesivas,  el  Comité  consultivo  sobre  formación  médica (1), el Comité  consultivo  sobre  formación  en  enfermería  (2) y el Comité consultivo sobre   formación   de  odontólogos  (3).  Estos  Comités  consultivos  son  las fuentes  autorizadas  de  información  sobre  formación profesional del personal sanitario  de  que  disponen  la  Comisión  y  los  Estados  miembros  a  escala comunitaria.</p>
    <p class="parrafo">Atendiendo   a   la   solicitud   de   la  Comisión  y  sobre  la  base  de  las recomendaciones   del   Comité   de   expertos  oncólogos,  su  contribución  al programa  «  Europa  contra  el  cáncer  » ha sido el análisis de los métodos de estudio  del  cáncer  dirigidos  a  todos  los  profesionales de la medicina, en todas  las  fases  de  su formación, y la formulación de recomendaciones para la mejora  de  aquélla.  Los  Comités  consultivos  llevaron  a  cabo este análisis durante  el  período  1987-1988  y  acaban  de  elaborar las recomendaciones que figuran  en  los  Anexos  y  que  constituyen  la aplicación concreta del primer plan  de  acción  (1987-1989)  en  materia  de  formación del personal sanitario</p>
    <p class="parrafo">(acciones 51 y 52) (4).</p>
    <p class="parrafo">III.  La  Comisión  concede  una  gran  importancia a las Recomendaciones de los tres   Comités   consultivos  que  han  venido  a  subrayar  la  importancia  de contemplar  la  formación  desde  una órbita colectiva en toda la Comunidad y de recoger  ideas  para  introducir  las  mejoras  pertinentes, respetando al mismo tiempo las competencias nacionales y la libertad de los centros docentes.</p>
    <p class="parrafo">Todas   las   recomendaciones   específicas   de   estos   Comités   consultivos merecerían  ser  objeto  de  un  amplio  debate  por  parte  de los responsables nacionales y regionales de cada uno de los Estados miembros.</p>
    <p class="parrafo">Por  su  lado,  dentro  del  límite de sus competencias y medios disponibles, la Comisión  tiene  la  intención  de  proponer, en el marco del segundo programa « Europa  contra  el  cáncer  »  (1990-1994),  acciones  que  puedan  contribuir a mejorar  la  formación  de  los  profesionales  de  la  sanidad  en  materia  de oncología en toda la Comunidad.</p>
    <p class="parrafo">En  concreto,  lo  que  se  pretende  es promover la movilidad entre los Estados miembros  de  estos  profesionales,  el intercambio de experiencias en el ámbito de  la  prevención,  el  tratamiento y los cuidados paliativos, la recogida y el intercambio   de   material   didáctico  de  interés  comunitario  así  como  la instalación  de  redes  piloto  europeas  de facultadas de medicina, escuelas de enfermería y escuelas de odontología.</p>
    <p class="parrafo">IV.  La  Comisión  quiere  contribuir,  de  común  acuerdo  con  las autoridades competentes   de   los   Estados   miembros  y  los  centros  de  formación,  al desarrollo  futuro  de  las  ideas  y  recomendaciones  relativas a la formación del  personal  sanitario  en  materia  de  oncología. En este contexto, a partir de   1990,   la  Comisión  fomentará  la  realización  de  un  análisis  de  los progresos  registrados  en  la  aplicación  concreta  de  las recomendaciones en los Estados miembros.</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  las  recomendaciones  adjuntas,  relativas  a la formación en materia  de  oncología,  adoptadas  por  el  Comité  consultivo  sobre formación médica,  el  Comité  consultivo  sobre  formación  en  enfermería  y  el  Comité consultivo  sobre  formación  de  odontólogos,  constituyen  una buena base para un  debate  lo  más  amplio posible en los Estados miembros, la Comisión formula la  recomendación  siguiente  en  virtud  del  Tratado CEE y, en particular, del segundo guión de su artículo 155:</p>
    <p class="parrafo">La  Comisión  recomienda  que  los Estados miembros, sus autoridades competentes y  sus  centros  de  formación  responsables  de  la  formación  profesional  se esfuercen,  en  el  ámbito  de  sus  competencias  respectivas,  en  que  dichas Recomendaciones   sean   ampliamente   difundidas,   discutidas   y  puestas  en práctica.</p>
    <p class="parrafo">Los destinatarios de la presente Recomendación serán los Estados miembros.</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el 8 de noviembre de 1989.</p>
    <p class="parrafo">Por la Comisión</p>
    <p class="parrafo">Vasso PAPANDREOU</p>
    <p class="parrafo">Miembro de la Comisión</p>
    <p class="parrafo">(1) Decisión 75/364/CEE (DO no L 167 de 30. 6. 1975, p. 17).</p>
    <p class="parrafo">(2) Decisión 77/454/CEE (DO no L 176 de 15. 7. 1977, p. 11).</p>
    <p class="parrafo">(3) Decisión 78/688/CEE (DO no L 233 de 24. 8. 1978, p. 15).</p>
    <p class="parrafo">(4) DO no C 50 de 26. 2. 1987, p. 1.</p>
    <p class="parrafo">ANEXO I</p>
    <p class="parrafo">RECOMENDACIONES</p>
    <p class="parrafo">del Comité consultivo para la formación de los médicos</p>
    <p class="parrafo">1.  Deben  conseguirse  importantes  avances  en  la formación de los médicos en cuanto a la oncología a través de la enseñanza y la investigación.</p>
    <p class="parrafo">2.  Cada  facultad  de  medicina  debería  tener  un  programa  de  formación en oncología  durante  la  formación  de  base. La coordinación de este programa es de una importancia capital y debería ser puesto en práctica.</p>
    <p class="parrafo">3.  Debe  reconocerse  y  desarrollarse  por  todos los medios el papel esencial del  médico  de  cabecera  tanto  en  la previsión como en el diagnóstico precoz del cáncer.</p>
    <p class="parrafo">4.  Los  médicos  de  cabecera  deberían  recibir  una  formación  específica en aquellos  aspectos  de  la  atención  a  los  enfermos  de  cáncer especialmente relacionados  con  su  ejercicio  general  de  la  medicina  como,  por ejemplo, métodos  de  detección,  asesoramiento,  rehabilitación  y  atención  a enfermos terminales.</p>
    <p class="parrafo">5.  Todas  las  personas  que  estudian  especialidades relacionadas con el tema deberían  recibir  una  formación  adecuada  sobre la biología de las neoplasias y las bases clínicas y científicas de su tratamiento.</p>
    <p class="parrafo">6.  En  todos  aquellos  países  donde se reconocen los oncólogos, debe llegarse a  un  acuerdo  sobre  los  objetivos  y  requisitos  mínimos que debe reunir la formación de dichos especialistas.</p>
    <p class="parrafo">7.  Los  principios  de  epidemiología  deben  enseñarse en todos los niveles de formación.</p>
    <p class="parrafo">8.   Durante   el   período   de  formación  de  postgraduado  deberían  existir oportunidades   para   todos   los  médicos  para  adquirir  experiencia  en  la investigación básica y clínica.</p>
    <p class="parrafo">9.  La  importancia  de  la  cooperación interdisciplinaria en la atención a los pacientes   con   cáncer   debería   reconocerse   y  fomentarse  en  todas  las especialidades.</p>
    <p class="parrafo">10.  Deberían  realizarse  esfuerzos  para  coordinar  las  actividades  de  los institutos    de    oncología,    especialistas    y   sociedades   científicas, universidades  y  todo  tipo  de  hospitales  tanto  por  lo que se refiere a la formación clínica como a la investigación sobre el cáncer.</p>
    <p class="parrafo">11.  Siempre  que  sea  adecuado,  deberían  utilizarse las modernas técnicas de enseñanza en todos los niveles de formación.</p>
    <p class="parrafo">12.   Deberían   aprovecharse  mejor  las  oportunidades  que  ya  existen  para promover   el   intercambio  dentro  de  la  Comunidad  Europea  de  profesores, estudiantes universitarios, postgraduados e investigadores.</p>
    <p class="parrafo">13.  Todas  aquellas  personas  responsables  de elaborar programas de formación médica  permanente  deberían  garantizar  que  el tema de la oncología recibiera la  importancia  que  se  merece.  Se  debe  prestar  particular  atención a las necesidades  de  los  médicos  que,  por el carácter aislado del ejercicio de su profesión,  no  pueden  acceder  fácilmente  a  instituciones  que  cuentan  con programas de formación permanente.</p>
    <p class="parrafo">ANEXO II</p>
    <p class="parrafo">RECOMENDACIONES</p>
    <p class="parrafo">Del  Comité  consultivo  para  la  formación  en  el  ámbito  de los cuidados de</p>
    <p class="parrafo">enfermería</p>
    <p class="parrafo">I. FORMACION BASICA</p>
    <p class="parrafo">1.   La   formación   básica   de  los  enfermeros  debería  incluir  de  manera sistemática   y  global  la  prevención  del  cáncer,  la  participación  en  su descubrimiento  y  diagnóstico,  la  identificación  de  los  problemas  de  los pacientes   de   cáncer   y   la  respuesta  a  sus  necesidades  concretas,  la administración  de  programas  de  terapia contra el cáncer, la participación en la  rehabilitación,  así  como  en  el  cuidado  de  los  pacientes  en  la fase terminal  de  su  enfermedad,  y  el  cuidado  a  la familia de los pacientes de cáncer.</p>
    <p class="parrafo">2.  La  formación  de  los  enfermeros en el cuidado de los pacientes cancerosos debería  basarse  en  un  modelo de enfermería adaptado a la situación de dichos pacientes.  Este  modelo  debería  servir  de  marco para organizar la verdadera formación  de  acuerdo  con  unos objetivos educativos fijados con claridad. Los objetivos  del  cuidado  de  enfermería  consisten  en identificar e interpretar las  necesidades  de  los  individuos,  atendiéndolas  de  una manera adecuada y personalizada.  La  formación  de  los  enfermeros  debería  responder  a  estos objetivos,  así  como  preparar  a  los  enfermeros para la práctica responsable de  su  profesión.  Los  enfermeros  deberían tener por lo tanto la capacidad de tomar   decisiones,   solucionar   problemas,   valorar   sus  intervenciones  y adaptarse  a  las  situaciones  particulares  de los pacientes y la evolución de los conocimientos en la materia.</p>
    <p class="parrafo">3.  Junto  con  los  otros  profesionales  implicados,  los  enfermeros deberían participar   activamente   en   los   programas  de  acción  contra  el  cáncer, colaborar  en  informar  y  educar  a la población en general sobre las ventajas de   la   prevención,  protección  y  detección,  así  como  de  un  tratamiento temprano  de  cualquier  condición  cancerígena.  Para completar esta tarea, los enfermeros,  a  través  de  su  propia  formación, deberían adquirir una actitud positiva  hacia  este  problema  social  tan  actual y equiparse a sí mismos con un base firme de conocimientos que puedan utilizar en su formación clínica.</p>
    <p class="parrafo">4.  Dada  la  cantidad  de desarrollos y descubrimientos realizados, tanto en el nivel  de  comprensión  de  los  procesos  fisiopatológicos  y de los mecanismos como  en  el  diagnóstico  y  las  técnicas  terapéuticas,  la  formación básica debería   ofrecer   a   los  enfermeros  los  instrumentos  esenciales  que  les permitan   hacer  uso  de  sus  conocimientos  y  sus  habilidades  prácticas  y reforzar  estas  habilidades.  Es  cuestión  de un proceso dinámico en un estado constante de evolución.</p>
    <p class="parrafo">5.  El  material  didáctico  sobre  prevención, identificación y tratamiento del cáncer,   fruto   del   trabajo   realizado   en   centros  de  enseñanza  y  de investigación  y  tratamiento  del  cáncer,  debe  desarrollarse estableciéndose una  red  en  la  Comunidad Europea para el intercambio de información, así como para   una   utilización   óptima   de   los   recursos  humanos,  materiales  y financieros.</p>
    <p class="parrafo">6.  La  formación  básica  debería  preparar a los enfermeros para llevar a cabo tareas  interdisciplinares,  ya  que  el  trabajo  en equipo es esencial para el cuidado de los pacientes, sobre todo en el caso de los pacientes de cáncer.</p>
    <p class="parrafo">II. FORMACION POSTBASICA</p>
    <p class="parrafo">A. Educación continuada</p>
    <p class="parrafo">1.  Los  cursos  de  formación  continuada que tratan de los cuidados al enfermo canceroso  deberían  hacerse  accesibles  a  tantos enfermeros como sea posible, estableciendo  los  procedimientos  organizativos  que  puedan  ajustarse  a las dificultades  personales  y  profesionales.  Se debería fomentar la organización de  estas  actividades,  así  como  la obtención de los recursos necesarios para su realización.</p>
    <p class="parrafo">2.  La  educación  continuada  en  el  campo  de la atención contra el cáncer no puede  llevarse  a  cabo  como  un  medio  de  cubrir  las  deficiencias  de  la formación  básica,  sino  que  tiene  que  ser  un  complemento a esa formación, tomando  en  cuenta  ciertos  requisitos  previos  y  explotando  la experiencia adquirida.  Los  cursos  deben  atenerse  a  los principios de la educación para adultos.</p>
    <p class="parrafo">3.  En  el  contexto  de los cuidados al enfermo canceroso, los objetivos de los programas  de  formación  continuada  tienen  que  actualizar  los conocimientos adquiridos,   reforzarlos   en  determinados  aspectos,  así  como  estimular  y fomentar  la  reflexión  sobre  la  verdadera  experiencia  profesional  de  los enfermeros  con  los  pacientes  de  cáncer. El contenido de los cursos no debe, por  lo  tanto,  limitarse  a  impartir  información  teórica  sobre patología y métodos   diagnósticos  y  terapeúticos,  sino  que  también  debe  abarcar  las relaciones  con  los  enfermos  y  cuestiones  personales y éticas a las que los enfermeros  tienen  que  hacer  frente en su trabajo diario con los pacientes de cáncer.   4.  Tanto  las  condiciones  de  acceso  a  los  cursos  de  formación continuada  como  las  estructuras  utilizadas deben ser sumamente flexibles. Se debería  fomentar  la  educación  a  distancia,  y  el  Comité recomienda que se fomente  el  intercambio  de  conocimientos,  experiencias  y material didáctico en  la  Comunidad.  Es,  de  hecho, algo complementario a las reuniones de grupo y conduce a un uso más eficaz de los conocimientos adquiridos.</p>
    <p class="parrafo">5.  Los  requisitos  y  expectativas  de  los enfermeros relacionados pueden ser cuidadosamente  analizados  antes  de  que  se  establezca cualquier programa de educación  continuada.  Los  cursos  de  formación  comunes  diseñados  por  los enfermeros  con  una  experiencia  concreta  en cuidados de pacientes de cáncer, así  como  la  lucha  contra  el cáncer en colaboración con otros profesionales, deberían  desarrollarse  y  distribuirse  por  los  diferentes Estados miembros. Estos  programas  no  constituirían  un  conjunto de normas, pero servirían como referencia  científica  para  los  organismos  nacionales  que deseen introducir dicha  formación.  Estos  cursos  de  formación  deberían  utilizar  en la mayor medida posible la moderna tecnología educativa.</p>
    <p class="parrafo">B. Formación superior</p>
    <p class="parrafo">1.  La  mejora  de  la  calidad  del  cuidado  proporcionado  a los pacientes de cáncer  constituye  una  prioridad.  Por  lo  tanto,  resulta  esencial  que los enfermeros  que  hayan  completado  un  alto  nivel  de  formación  en  cuidados oncológicos  participen  en  la  investigación que se lleva a cabo en este área, ejerciendo  un  papel  asesor  en  los  departamentos  relacionados y ofreciendo una formación especial al resto del personal de enfermería.</p>
    <p class="parrafo">2.  Esta  educación  superior  en  lo  que  se  refiere a la atención oncológica debería  impartirse  al  más  alto  nivel  apropiado.  Los objetivos generales y específicos  de  tales  programas  de formación así como sus contenidos deberían diseñarse  por  un  grupo  de  enfermeros  expertos  en  cooperación  con  otros</p>
    <p class="parrafo">profesionales,  de  tal  manera  que  se  llegue  a  un  modelo  común  para los Estados  miembros.  Los  centros  especializados  se  deberían  asociar  para la aplicación de estos programas de alto nivel.</p>
    <p class="parrafo">3.  El  contenido  de  la  formación  no  se debería concentrar únicamente en la adquisición  de  conocimientos  médicos  teóricos;  debería  también  incorporar relaciones  humanas  y  la  consecución  de  habilidades en el manejo de equipos de  enfermeros  responsables  de  los  pacientes de cáncer. La enseñanza teórica debe   complementarse   con   una  adecuada  enseñanza  clínica,  impartida  con preferencia  en  departamentos  de  hospitales u otros centros especializados en la asistencia oncológica.</p>
    <p class="parrafo">4.  En  el  transcurso  de  esta  formación  superior,  los estudiantes deberían participar  en  los  trabajos  de  investigación  en  el  campo de la enfermería oncológica.   La   publicación   de   los   trabajos   en   este   área  debería promocionarse y estimularse.</p>
    <p class="parrafo">ANEXO III</p>
    <p class="parrafo">RECOMENDACIONES</p>
    <p class="parrafo">del Comité consultivo para la formación de los odontólogos</p>
    <p class="parrafo">1.  Se  deberían  establecer  los  objetivos  y  las  pautas  comunitarias  para elaborar  el  contenido  del  núcleo  común  de  un  plan  de  estudios sobre el cáncer  y  sus  estadios  previos  para estudiantes de los cursos de odontología anteriores a la licenciatura (1).</p>
    <p class="parrafo">2.  Habría  que  estudiar  la posibilidad de utilizar dichos objetivos y pautas, o  una  parte  de  ellos,  para  elaborar  un  programa de formación en el mismo campo para estudiantes de medicina.</p>
    <p class="parrafo">3.  El  plan  básico  de  estudios  de  odontología  debe  proporcionar  a  todo odontólogo  generalista  el  bagaje  de  conocimientos  necesario para que pueda desempeñar  un  papel  importante  en  la  prevención y en la detección precoz y el  diagnóstico  de  enfermedades  malignas  de  la región oral de manera que el tratamiento pueda iniciarse lo antes posible.</p>
    <p class="parrafo">4.  Debería  hacerse  hincapié  en  la  experiencia clínica durante la formación básica.   Para  ello,  resulta  necesario  que  las  facultades  de  odontología colaboren  estrechamente  con  los  servicios  médicos  para  conseguir  que los estudiantes  de  odontología  puedan  acceder a una amplia gama de pacientes con enfermedades  malignas.  Todos  los  hospitales  oncológicos deberían contar con un   especialista   odontólogo   con   un  alto  grado  de  conocimientos  sobre oncología oral.</p>
    <p class="parrafo">5.  Se  deberían  instaurar  con carácter de urgencia a nivel comunitario cursos de  formación  permanente  para  odontólogos  en  el campo del cáncer oral y sus estadios previos.</p>
    <p class="parrafo">6.  De  manera  similar,  se  debería  considerar  la  posibilidad de preparar a nivel   comunitario  y  en  colaboración  con  representantes  de  la  profesión médica, material pedagógico sobre el cáncer y sus estadios previos.</p>
    <p class="parrafo">7.  Los  tres  programas  comunitarios  propuestos  en  el  apéndice se deberían llevar a cabo lo antes posible en todos los Estados miembros.</p>
    <p class="parrafo">(1)   El   Comité   consultivo  ha  emitido  propuestas  explícitas  para  tales objetivos y pautas (Doc. III/D/886/3/88).</p>
    <p class="parrafo">Apéndice</p>
    <p class="parrafo">Programa no 1</p>
    <p class="parrafo">Las  asociaciones  de  odontólogos  de  los Estados miembros deberían considerar si  es  deseable  y  factible organizar una revisión gratuita de la cavidad oral y  de  las  zonas  adyacentes  que  llevarían  a  cabo  odontólogos generalistas durante  una  o  más  jornadas  de  1989 a personas de los grupos de riesgo para el cáncer oral y sus estadios previos.</p>
    <p class="parrafo">Programa no 2</p>
    <p class="parrafo">Los   organismos   nacionales   de   cada  Estado  miembro  responsables  de  la formación  permanente  deberían  organizar  una  reunión  a  nivel  nacional  en 1989-1990  para  tratar  del  cáncer  oral y sus estadios previos con un énfasis en  el  diagnóstico  precoz  y  la prevención como tema principal de la reunión. Dicha   reunión   debería   estar  abierta  a  la  participación  de  todos  los odontólogos.</p>
    <p class="parrafo">Las  revistas  de  odontología  da cada país deberían comprometerse plenamente a difundir  los  conocimientos  del  momento  sobre  el cáncer oral y sus estadios previos a los profesionales de la odontología.</p>
    <p class="parrafo">Programa no 3</p>
    <p class="parrafo">Las  asociaciones  de  odontología  de  los diferentes Estados miembros deberían preparar,   en   colaboración   con  las  organizaciones  nacionales  contra  el cáncer,  material  de  divulgación  para  el  público  en  general  en el que se prestara  una  atención  especial  a  los  signos precoces y a la prevención del cáncer oral y de sus estadios previos.</p>
  </texto>
</documento>
