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    <identificador>DOUE-L-1989-80128</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9000">Comunidades Europeas</departamento>
    <rango codigo="1220">Reglamento</rango>
    <fecha_disposicion>19890224</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>472/1989</numero_oficial>
    <titulo>Reglamento (CEE) núm. 472/89 de la Comisión, de 24 de febrero de 1989, que modifica el Reglamento (CEE) núm. 1609/88 respecto a la fecha límite de entrada en los almacenes de la mantequilla vendida con arreglo a lo dispuesto en el Reglamento (CEE) núm. 570/88.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de las Comunidades Europeas</diario>
    <fecha_publicacion>19890225</fecha_publicacion>
    <diario_numero>53</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <pagina_inicial>33</pagina_inicial>
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    <url_pdf>/doue/1989/053/L00033-00033.pdf</url_pdf>
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    <fecha_vigencia>19890225</fecha_vigencia>
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    <judicialmente_anulada>N</judicialmente_anulada>
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      <materia codigo="207" orden="1">Almacenes</materia>
      <materia codigo="4862" orden="2">Mantequilla</materia>
      <materia codigo="7121" orden="3">Venta</materia>
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      <nota codigo="151" orden="900">Esta disposición ha dejado de estar vigente</nota>
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        <anterior referencia="DOUE-L-1988-80541" orden="2015">
          <palabra codigo="270">MODIFICA</palabra>
          <texto>el segundo párrafo del art. 1 del Reglamento 1609/88, de 9 de junio</texto>
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    <p class="parrafo">LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,</p>
    <p class="parrafo">Visto  el  Reglamento  (CEE)  no 804/68 del Consejo, de 27 de junio de 1968, por el  que  se  establece  la  organización  común  de  mercados en el sector de la leche  y  los  productos  lácteos (1), cuya última modificación la constituye el Reglamento  (CEE)  no  1109/88  (2),  y,  en  particular  el  apartado  7  de su artículo 6,</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que,  con  arreglo  a lo dispuesto en el artículo 1 del Reglamento (CEE)  no  570/88  de  la  Comisión,  de  16  de  febrero de 1988, relativo a la venta  a  precio  reducido  de mantequilla y a la concesión de una ayuda para la mantequilla  y  la  mantequilla  concentrada  destinadas  a  la  fabricación  de productos  de  pastelería,  de  helados y otros productos alimenticios (3), cuya última  modificación  la  constituye  el  Reglamento  (CEE)  no  352/89  (4), la mantequilla  que  se  ponga  a  la  venta  deberá haber sido almacenada antes de una  fecha  que  habrá  que determinar; que el Reglamento (CEE) no 1609/88 de la Comisión  (5),  cuya  última  modificación  la constituye el Reglamento (CEE) no</p>
    <p class="parrafo">94/89  (6),  fija  las  fechas  límite de almacenamiento de la mantequilla; que, habida  cuenta  del  nivel  de  existencias,  procede  modificar  la  fecha  que figura  en  el  segundo  párrafo  del  artículo 1 del Reglamento antes citado en lo  que  se  refiere  a la mantequilla de un contenido en materia grasa inferior al 82 %;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  las  medidas  previstas  en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión de la leche y de los productos lácteos,</p>
    <p class="parrafo">HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">En  el  segundo  párrafo  del  artículo  1  del  Reglamento  (CEE) no 1609/88 se sustituye  la  fecha  de  «  1  de abril de 1987 » por la de « 1 de mayo de 1987 ».</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">El  presente  Reglamento  entrará  en  vigor  el  día  de  su  publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.</p>
    <p class="parrafo">El   presente   Reglamento   será   obligatorio   en   todos   sus  elementos  y directamente aplicable en cada Estado miembro.</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el 24 de febrero de 1989.</p>
    <p class="parrafo">Por la Comisión</p>
    <p class="parrafo">Ray MAC SHARRY</p>
    <p class="parrafo">Miembro de la Comisión</p>
    <p class="parrafo">(1) DO no L 148 de 28. 6. 1968, p. 13.</p>
    <p class="parrafo">(2) DO no L 110 de 29. 4. 1988, p. 27.</p>
    <p class="parrafo">(3) DO no L 55 de 1. 3. 1988, p. 31.</p>
    <p class="parrafo">(4) DO no L 42 de 14. 2. 1989, p. 7.</p>
    <p class="parrafo">(5) DO no L 143 de 10. 6. 1988, p. 23.</p>
    <p class="parrafo">(6) DO no L 14 de 18. 1. 1989, p. 5.</p>
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