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    <identificador>DOUE-L-1988-80521</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9000">Comunidades Europeas</departamento>
    <rango codigo="1220">Reglamento</rango>
    <fecha_disposicion>19880601</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>1543/1988</numero_oficial>
    <titulo>Reglamento (CEE) nº 1543/88 de la Comisión, de 1 de junio de 1988, que modifica el Reglamento (CEE) nº 1725/79 por lo que respecta a determinadas disposiciones relativas a la concesión de la ayuda para la leche desnatada en polvo destinada a la alimentación animal.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de las Comunidades Europeas</diario>
    <fecha_publicacion>19880604</fecha_publicacion>
    <diario_numero>139</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <url_pdf>/doue/1988/139/L00009-00009.pdf</url_pdf>
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    <fecha_vigencia>19880604</fecha_vigencia>
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    <judicialmente_anulada>N</judicialmente_anulada>
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      <materia codigo="205" orden="1">Alimentos para animales</materia>
      <materia codigo="420" orden="2">Ayudas</materia>
      <materia codigo="4746" orden="3">Leche</materia>
      <materia codigo="5579" orden="4">Piensos</materia>
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      <nota codigo="37" orden="220">Aplicable desde el 6 de junio de 1988.</nota>
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    <referencias>
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        <anterior referencia="DOUE-L-1979-80241" orden="2015">
          <palabra codigo="270">MODIFICA</palabra>
          <texto>el art. 4.1 del Reglamento 1725/79, de 26 de julio</texto>
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  <texto>
    <p class="parrafo">LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,</p>
    <p class="parrafo">Visto  el  Reglamento  (CEE)  no 804/68 del Consejo, de 27 de junio de 1968, por el  que  se  establece  una  organización  común  de mercados en el sector de la leche  y  de  los  productos lácteos (1), cuya última modificación la constituye el  Reglamento  (CEE)  no  1109/88  (2),  y,  en particular, el apartado 3 de su</p>
    <p class="parrafo">artículo 10,</p>
    <p class="parrafo">Considerando   que,  en  aplicación  de  lo  dispuesto  en  el  apartado  1  del artículo  4  del  Reglamento  (CEE)  no  1725/79 de la Comisión (3), cuya última modificación  la  constituye  el  Reglamento  (CEE) no 3183/86 (4), la concesión de   la  ayuda  para  la  leche  desnatada  en  polvo  transformada  en  piensos compuestos  está  subordinada  a  la  obligación  de incorporar, como mínimo, 60 kg  de  polvo  por  100  kilogramos  de producto acabado; que la evolución de la situación  del  mercado  de  la leche desnatada hace posible que se modifique la proporción de la incorporación antes mencionada;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  las  medidas  previstas  en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión de la leche y de los productos lácteos,</p>
    <p class="parrafo">HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">El  apartado  1  del  artículo  4  del  Reglamento  (CEE) no 1725/79 se modifica como sigue:</p>
    <p class="parrafo">1.  En  la  letra  a)  del  primer  párrafo,  los  términos « 60 kilogramos » se sustituyen por los términos « 45 kilogramos ».</p>
    <p class="parrafo">2.  En  el  tercer  párrafo,  los  términos  « 60 kilogramos » se sustituyen por los  términos  «  45  kilogramos » y los términos « 59 kilogramos » por los de « 44 kilogramos ».</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">El  presente  Reglamento  entrará  en  vigor  el  día  de  su  publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.</p>
    <p class="parrafo">Será aplicable a partir del 6 de junio de 1988.</p>
    <p class="parrafo">El   presente   Reglamento   será   obligatorio   en   todos   sus  elementos  y directamente aplicable en cada Estado miembro.</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el 1 de junio de 1988.</p>
    <p class="parrafo">Por la Comisión</p>
    <p class="parrafo">Frans ANDRIESSEN</p>
    <p class="parrafo">Vicepresidente</p>
    <p class="parrafo">(1) DO no L 148 de 28. 6. 1968, p. 13.</p>
    <p class="parrafo">(2) DO no L 110 de 29. 4. 1988, p. 27.</p>
    <p class="parrafo">(3) DO no L 199 de 7. 8. 1979, p. 1.</p>
    <p class="parrafo">(4) DO no L 297 de 21. 10. 1986, p. 9.</p>
  </texto>
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