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    <identificador>DOUE-L-1987-81528</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9000">Comunidades Europeas</departamento>
    <rango codigo="1220">Reglamento</rango>
    <fecha_disposicion>19871215</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>3805/1987</numero_oficial>
    <titulo>Reglamento (CEE) nº 3805/87 del Consejo, de 15 de diciembre de 1987, por el que se modifica la sigla con la que se fija a Grecia en las reglamentaciones del sector agrícola.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de las Comunidades Europeas</diario>
    <fecha_publicacion>19871219</fecha_publicacion>
    <diario_numero>357</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <fecha_vigencia>19871219</fecha_vigencia>
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      <materia codigo="158" orden="1">Agricultura</materia>
      <materia codigo="6167" orden="2">Grecia</materia>
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        <anterior referencia="DOUE-L-1985-80430" orden="2015">
          <palabra codigo="270">MODIFICA</palabra>
          <texto>nums. 25 y 26 de los Anexos I, II y III del Reglamento 1505/85, de 23 de mayo</texto>
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        <anterior referencia="DOUE-L-1977-80018" orden="2015">
          <palabra codigo="270">MODIFICA</palabra>
          <texto>el capítulo VII del Anexo a de la Directiva 77/99, de 21 de diciembre de 1976</texto>
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        <anterior referencia="DOUE-L-1971-80019" orden="2015">
          <palabra codigo="270">MODIFICA</palabra>
          <texto>el capítulo X del Anexo I de la Directiva 71/118, de 15 de febrero</texto>
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        <anterior referencia="DOUE-L-1970-80069" orden="2015">
          <palabra codigo="270">MODIFICA</palabra>
          <texto>nums. 25 y 26 del Anexo del Reglamento 1469/70, de 20 de julio</texto>
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        <anterior referencia="DOUE-X-1964-60032" orden="2015">
          <palabra codigo="270">MODIFICA</palabra>
          <texto>capitulo X del Anexo I de la Directiva 64/433, de 26 de junio</texto>
        </anterior>
        <anterior referencia="DOUE-L-1986-80747" orden="5020">
          <palabra codigo="330">CITA</palabra>
          <texto>Reglamento 1578/86, de 23 de mayo</texto>
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        <anterior referencia="DOUE-L-1985-81218" orden="5020">
          <palabra codigo="330">CITA</palabra>
          <texto>Reglamento 3768/85, de 20 de diciembre</texto>
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        <anterior referencia="DOUE-L-1970-80091" orden="5020">
          <palabra codigo="330">CITA</palabra>
          <texto>Reglamento 727/70, de 25 de agosto</texto>
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  <texto>
    <p class="parrafo">ANEXO</p>
    <p class="parrafo">1.  Reglamento  (CEE)  no  1469/70  del  Consejo, de 20 de julio de 1970, por el que  se  fijan  los  porcentajes  y las cantidades de tabaco de las que se harán cargo   los   organismos   de   intervención,  así  como  el  porcentaje  de  la producción   comunitaria  de  tabaco  que,  al  ser  superado,  desencadena  los procedimientos  previstos  en  el  artículo  13  del  Reglamento (CEE) no 727/70 (1),  cuya  última  modificación  la  constituye  el Reglamento (CEE) no 1578/86 (2).</p>
    <p class="parrafo">En  el  número  de  orden  25  del Anexo, se sustituye la variedad « Burley GR » por  la  variedad  «  Burley  EL  »  y  en el número de orden 26 se sustituye la variedad « Virginia GR » por la variedad « Virginia EL ».</p>
    <p class="parrafo">2.  Reglamento  (CEE)  no  1505/85  del  Consejo,  de 23 de mayo de 1985, por el que  se  fijan,  para  la  cosecha de 1985, los precios de objetivo, los precios de  intervención  y  las  primas concedidas a los compradores de tabaco en hoja, los  precios  de  intervención  derivados  del  tabaco  embalado,  así  como las calidades de referencia (3).</p>
    <p class="parrafo">En  el  número  de  orden 25 de los Anexos I, II y III, se sustituye la variedad «  Burley  GR  »  por  la  variedad  « Burley EL » y en el número de orden 26 se sustituye la variedad « Virginia GR » por la variedad « Virginia EL ».</p>
    <p class="parrafo">3.  Directiva  no  64/433/CEE  del  Consejo,  de 26 de junio de 1964, relativa a problemas  sanitarios  en  materia  de  intercambios intracomunitarios de carnes frescas  (4),  cuya  última  modificación  la  constituye el Reglamento (CEE) no 3768/85 (5).</p>
    <p class="parrafo">En  la  letra  a)  del  punto  49  del  Capítulo  X del Anexo I, se sustituye la sigla « GR » por la sigla « EL ».</p>
    <p class="parrafo">4.  Directiva  no  71/118/CEE  del Consejo, de 15 de febrero de 1971, relativa a problemas  sanitarios  en  materia  de intercambios de carnes frescas de aves de corral  (6),  cuya  última  modificación  la  constituye  el Reglamento (CEE) no 3768/85.</p>
    <p class="parrafo">En  la  letra  a)  del punto 4 del Capítulo X del Anexo I, se sustituye el texto del primer guión por el siguiente texto:</p>
    <p class="parrafo">«  -  en  la  parte superior, la inicial o las iniciales del país expedidor, que deberán escribirse en mayúsculas, serán las siguientes:</p>
    <p class="parrafo">B - D - DK - EL - ESP - F - IRL - I - L - NL - P - UK ».</p>
    <p class="parrafo">5.  Directiva  no  77/99/CEE  del  Consejo, de 21 de diciembre de 1976, relativa a   problemas   sanitarios  en  materia  de  intercambios  intracomunitarios  de productos  a  base  de  carnes  (7),  cuya  última modificación la constituye el Reglamento (CEE) no 3768/85.</p>
    <p class="parrafo">En  el  primer  guión  de la letra a) del punto 33 del Capítulo VII del Anexo A, se sustituye la sigla « E » por la sigla « EL ».</p>
    <p class="parrafo">(1) DO no L 164 de 27. 7. 1970, p. 35.</p>
    <p class="parrafo">(2) DO no L 139 de 24. 5. 1986, p. 26.</p>
    <p class="parrafo">(3) DO no L 151 de 10. 6. 1985, p. 31.</p>
    <p class="parrafo">(4) DO no 121 de 29. 7. 1964, p. 2012/64.</p>
    <p class="parrafo">(5) DO no L 362 de 31. 12. 1985, p. 8.</p>
    <p class="parrafo">(6) DO no L 55 de 8. 3. 1971, p. 23.</p>
    <p class="parrafo">(7) DO no L 26 de 31. 1. 1977, p. 85.</p>
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</documento>
