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    <identificador>DOUE-L-1987-81082</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9000">Comunidades Europeas</departamento>
    <rango codigo="1600">Decisión</rango>
    <fecha_disposicion>19870731</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>445/1987</numero_oficial>
    <titulo>Decisión de la Comisión, de 31 de julio de 1987, por la que se modifica la Decisión 74/442/CEE sobre la creación de un comité paritario para los problemas sociales de los asalariados agrícolas.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de las Comunidades Europeas</diario>
    <fecha_publicacion>19870822</fecha_publicacion>
    <diario_numero>240</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <url_pdf>/doue/1987/240/L00034-00034.pdf</url_pdf>
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      <materia codigo="158" orden="1">Agricultura</materia>
      <materia codigo="6909" orden="2">Trabajadores</materia>
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    <notas>
      <nota codigo="38" orden="230">Efectos desde el 31 de julio de 1987.</nota>
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        <anterior referencia="DOUE-L-1974-80137" orden="2050">
          <palabra codigo="245">SUSTITUYE</palabra>
          <texto>los arts. 4 y 13.3 de la Decisión 74/442, de 25 de julio</texto>
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        <anterior referencia="DOUE-L-1983-80041" orden="5020">
          <palabra codigo="330">CITA</palabra>
          <texto>Decisión 83/54, de 4 de enero</texto>
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  <texto>
    <p class="parrafo">LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  la  ampliación  de  la  Comunidad  implica  que  el número de representantes  de  las  organizaciones  europeas  en  el  Comité paritario para los problemas sociales de los asalariados agrícolas debe ser aumentado;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  la  Comisión  debe tener en cuenta la situación específica de diversos  Estados  miembros  al  objeto de garantizar la óptima participación de las  partes  sociales  del  sector  de los asalariados agrícolas en los trabajos del  Comité  paritario  y  mantener  de esta forma su carácter representativo de las respectivas fuerzas socioeconómicas,</p>
    <p class="parrafo">DECIDE:</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">La   Decisión  74/442/CEE  de  la  Comisión  (1),  modificada  por  la  Decisión 83/54/CEE de la Comisión (2), queda modificada como sigue:</p>
    <p class="parrafo">1. El artículo 4 será sustituido por el texto siguiente:</p>
    <p class="parrafo">« Artículo 4</p>
    <p class="parrafo">1. El Comité estará formado por cincuenta y seis miembros.</p>
    <p class="parrafo">2. Los puestos serán distribuidos como sigue:</p>
    <p class="parrafo">a) 28 a los representantes de los empresarios,</p>
    <p class="parrafo">b) 28 a los representantes de los trabajadores.</p>
    <p class="parrafo">3. Los miembros del Comité serán nombrados por la Comisión:</p>
    <p class="parrafo">a)   50   a   propuesta  de  las  siguientes  organizaciones  de  empresarios  y trabajadores:</p>
    <p class="parrafo">-  Comité  de  Organizaciones  Profesionales Agrícolas de la Comunidad Económica Europea (COPA): 25 miembros,</p>
    <p class="parrafo">-  Federación  Europea  de  Sindicatos de Trabajadores Agrícolas de la Comunidad (EFA): 25 miembros;</p>
    <p class="parrafo">b)  seis  directamente  por  la  Comisión,  previa  consulta  a  los  organismos mencionados  en  el  apartado  3,  letra a), de las asociaciones representativas profesionales.  Si  fuere  necesario,  podrán ser de otros organismos diferentes a los mencionados en el apartado 3, letra a). »</p>
    <p class="parrafo">2. El apartado 3 del artículo 13 será sustituido por el texto siguiente:</p>
    <p class="parrafo">«  3.  A  las  reuniones  del  Comité  podrá asistir en calidad de observador un representante  de  la  secretaría  de  cada una de las organizaciones citadas en el apartado 3, letra a), del artículo 4. ».</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">La presente Decisión surte efecto el 31 de julio de 1987.</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el 31 de julio de 1987.</p>
    <p class="parrafo">Por la Comisión</p>
    <p class="parrafo">Manuel MARIN</p>
    <p class="parrafo">Vicepresidente</p>
    <p class="parrafo">(1) DO no L 243 de 5. 9. 1974, p. 22.</p>
    <p class="parrafo">(2) DO no L 44 de 16. 2. 1983, p. 22.</p>
  </texto>
</documento>
