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<documento fecha_actualizacion="20260507202601">
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    <identificador>DOUE-L-1987-80561</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9000">Comunidades Europeas</departamento>
    <rango codigo="1220">Reglamento</rango>
    <fecha_disposicion>19870526</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>1498/1987</numero_oficial>
    <titulo>Reglamento (CEE) nº 1498/87 del Consejo, de 26 de mayo de 1987, relativo a las reglas de cálculo de los montantes compensatorios monetarios aplicables en los sectores de los huevos y de la carne de aves de corral, y que modifica el Reglamento (CEE) nº 2062/86.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de las Comunidades Europeas</diario>
    <fecha_publicacion>19870530</fecha_publicacion>
    <diario_numero>141</diario_numero>
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    <url_pdf>/doue/1987/141/L00003-00003.pdf</url_pdf>
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    <fecha_vigencia>19870601</fecha_vigencia>
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    <judicialmente_anulada>N</judicialmente_anulada>
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      <materia codigo="407" orden="1">Aves</materia>
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      <materia codigo="4042" orden="3">Huevos</materia>
      <materia codigo="5043" orden="4">Montantes compensatorios monetarios</materia>
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          <palabra codigo="270">MODIFICA</palabra>
          <texto>el art. 2 del Reglamento 2062/86, de 30 de junio</texto>
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    <p class="parrafo">EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,</p>
    <p class="parrafo">Visto   el  Tratado  constitutivo  de  la  Comunidad  Económica  Europea  y,  en particular, su artículo 43,</p>
    <p class="parrafo">Vista la propuesta de la Comisión (1),</p>
    <p class="parrafo">Visto el dictamen del Parlamento Europeo (2),</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  el  Reglamento  (CEE)  no 2062/86 del Consejo, de 30 de junio de  1986,  relativo  a  las  reglas  de  cálculo de los montantes compensatorios monetarios  aplicables  en  los  sectores  de la carne de porcino, de los huevos y  de  las  aves  de  corral  (3),  cuya  última  modificación  la constituye el Reglamento  (CEE)  no  913/87  (4),  suspendió hasta el 31 de mayo de 1987, para los  productos  de  los  sectores de los huevos y de la carne de aves de corral, la   aplicación   de  una  parte  de  los  montantes  compensatorios  monetarios negativos en Francia y en el Reino Unido;</p>
    <p class="parrafo">Considerando   que  dicha  limitación  temporal  se  adoptó  en  espera  de  una decisión  del  Consejo  relativa  al  cálculo  de  los  montantes compensatorios monetarios que se deben aplicar en el futuro para los productos en cuestión;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  el  conjunto  del régimen agrimonetario está siendo examinado de   nuevo   por  el  Consejo,  basándose  en  las  propuestas  de  la  Comisión relativas  a  los  precios  agrícolas  para la campaña 1987/88; que no ha podido adoptarse  a  su  debido  tiempo  una  decisión;  que, en espera de una decisión definitiva  del  Consejo  sobre  dichas  propuestas, es conveniente, para evitar cualquier  riesgo  de  perturbaciones  en los intercambios, prorrogar el régimen vigente  en  un  período  suficientemente largo para permitir la finalización de dichos trabajos,</p>
    <p class="parrafo">HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">En  el  artículo  2  del  Reglamento (CEE) no 2062/86, la fecha del « 31 de mayo de 1987 » se sustituye por la del « 30 de junio de 1987 ».</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">El presente Reglamento entrará en vigor el 1 de junio de 1987.</p>
    <p class="parrafo">El   presente   Reglamento   será   obligatorio   en   todos   sus  elementos  y directamente aplicable en cada Estado miembro.</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el 26 de mayo de 1987.</p>
    <p class="parrafo">Por el Consejo</p>
    <p class="parrafo">El Presidente</p>
    <p class="parrafo">P. DE KEERSMAEKER</p>
    <p class="parrafo">(1) DO no C 89 de 3. 4. 1987, p. 94.</p>
    <p class="parrafo">(2)  Dictamen  emitido  el  14  de  mayo  de 1987 (no publicado aún en el Diario Oficial).</p>
    <p class="parrafo">(3) DO no L 176 de 1. 7. 1986, p. 15.</p>
    <p class="parrafo">(4) DO no L 89 de 1. 4. 1987, p. 3.</p>
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