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<documento fecha_actualizacion="20241021172348">
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    <identificador>DOUE-L-1986-81838</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9000">Comunidades Europeas</departamento>
    <rango codigo="1220">Reglamento</rango>
    <fecha_disposicion>19861223</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>3945/1986</numero_oficial>
    <titulo>Reglamento (CEE) nº 3945/86 de la Comisión, de 23 de diciembre de 1986, por el que se modifica el Reglamento (CEE) nº 2814/86 por el que se derogan temporalmente los Reglamentos (CEE) nº 685/69 y nº 625/78 en lo que se refiere a la fecha en que el organismo de intervención se hará cargo de la mantequilla y de la leche desnatada en polvo.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de las Comunidades Europeas</diario>
    <fecha_publicacion>19861224</fecha_publicacion>
    <diario_numero>365</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <pagina_inicial>36</pagina_inicial>
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    <url_pdf>/doue/1986/365/L00036-00036.pdf</url_pdf>
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    <fecha_vigencia>19861224</fecha_vigencia>
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      <materia codigo="4746" orden="1">Leche</materia>
      <materia codigo="4862" orden="2">Mantequilla</materia>
      <materia codigo="5262" orden="3">Organismo de intervención</materia>
      <materia codigo="5743" orden="4">Productos lácteos</materia>
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        <anterior referencia="---" orden="2015">
          <palabra codigo="270">MODIFICA</palabra>
          <texto>el art. 2 del Reglamento 2814/86, de 11 de septiembre (DOCE L 260, del 12)</texto>
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        <anterior referencia="--1986-" orden="5020">
          <palabra codigo="330">CITA</palabra>
          <texto>Reglamento 1293/86, de 29 de octubre</texto>
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  <texto>
    <p class="parrafo">LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,</p>
    <p class="parrafo">Visto  el  Reglamento  (CEE)  no 804/68 del Consejo, de 27 de junio de 1968, por el  que  se  establece  la  organización  común  de  mercados en el sector de la leche  y  de  los  productos  lácteos  (1),  modificado  en  último lugar por el Reglamento  (CEE)  no  1335/86  (2),  y,  en  particular,  el  apartado  7 de su artículo 6 y el apartado 5 de su artículo 7,</p>
    <p class="parrafo">Considerando   que   el   Reglamento  (CEE)  no  2814/86  de  la  Comisión  (3), modificado  por  el  Reglamento  (CEE)  no  3293/86  (4),  prevé  la derogación, durante  el  período  que  va del 12 de septiembre al 31 de diciembre de 1986 de los  Reglamentos  (CEE)  no  685/69 (5) y no 625/78 (6) de la Comisión en lo que se  refiere  a  la  fecha  en  que el organismo de intervención se hará cargo de los  productos  comprados;  que  los motivos en los que se basa dicha derogación temporal  son  todavía  válidos;  que,  por  lo  tanto, es conveniente prorrogar por 3 meses el período de aplicación del Reglamento (CEE) no 2814/86;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  el  Comité  de gestión de la leche y de los productos lácteos no ha emitido dictamen alguno en el plazo establecido por su presidente,</p>
    <p class="parrafo">HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">La  fecha  de  «  31  diciembre  de  1986 » que figura en el segundo párrafo del artículo  2  del  Reglamento  (CEE)  no  2814/86  se sustituye por la de « 31 de marzo de 1987 ».</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">El  presente  Reglamento  entrará  en  vigor  el  día  de  su  publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.</p>
    <p class="parrafo">El   presente   Reglamento   será   obligatorio   en   todos   sus  elementos  y directamente aplicable en cada Estado miembro.</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el 23 de diciembre de 1986.</p>
    <p class="parrafo">Por la Comisión</p>
    <p class="parrafo">Frans ANDRIESSEN</p>
    <p class="parrafo">Vicepresidente</p>
    <p class="parrafo">(1) DO no L 148 de 28. 6. 1968, p. 13.</p>
    <p class="parrafo">(2) DO no L 119 de 8. 5. 1986, p. 19.</p>
    <p class="parrafo">(3) DO no L 260 de 12. 9. 1986, p. 14.</p>
    <p class="parrafo">(4) DO no L 304 de 30. 10. 1986, p. 24.</p>
    <p class="parrafo">(5) DO no L 90 de 15. 4. 1969, p. 12.</p>
    <p class="parrafo">(6) DO no L 84 de 31. 3. 1978, p. 19.</p>
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