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<documento fecha_actualizacion="20181023223321">
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    <identificador>DOUE-L-1986-81733</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9000">Comunidades Europeas</departamento>
    <rango codigo="1600">Decisión</rango>
    <fecha_disposicion>19861203</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>595/1986</numero_oficial>
    <titulo>Decisión del Consejo, de 3 de diciembre de 1986, relativa a la celebración del Acuerdo en forma de Canje de Notas referente a la prórroga del Protocolo anejo al Acuerdo entre la Comunidad Económica Europea y el Gobierno de la República Democrática de Santo Tomé y Príncipe relativo a la pesca frente a las costas de Santo Tomé y Príncipe.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de las Comunidades Europeas</diario>
    <fecha_publicacion>19861206</fecha_publicacion>
    <diario_numero>344</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <pagina_inicial>28</pagina_inicial>
    <pagina_final>30</pagina_final>
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    <url_pdf>https://www.boe.es/doue/1986/344/L00028-00030.pdf</url_pdf>
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    <estatus_legislativo>L</estatus_legislativo>
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    <estatus_derogacion>N</estatus_derogacion>
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    <judicialmente_anulada>N</judicialmente_anulada>
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    <vigencia_agotada>N</vigencia_agotada>
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    <letra_imagen>L</letra_imagen>
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  <analisis>
    <materias>
      <materia codigo="71" orden="1">Acuerdos internacionales</materia>
      <materia codigo="1314" orden="2">Comunidad Económica Europea</materia>
      <materia codigo="5569" orden="3">Pesca marítima</materia>
      <materia codigo="6151" orden="4">Santo Tome y Príncipe</materia>
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    <notas>
      <nota codigo="72" orden="100">Contiene  Acuerdo , ADJUNTO a la misma.</nota>
    </notas>
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  <texto>
    <p class="parrafo">EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,</p>
    <p class="parrafo">Visto  el  Acuerdo  entre  la  Comunidad  Económica  Europea y el Gobierno de la República  Democrática  de  Santo  Tomé  y Príncipe relativo a la pesca frente a las costas de Santo Tomé y Príncipe (1), y en particular, el artículo 8,</p>
    <p class="parrafo">Vista la propuesta de la Comisión,</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  la  Comunidad  y  la  República  Democrática  de Santo Tomé y</p>
    <p class="parrafo">Príncipe  han  iniciado  negociaciones,  previstas en el artículo 8 del Acuerdo, para  determinar  el  régimen  aplicable después del 31 de agosto de 1986, fecha de la expiración del Protocolo anejo al Acuerdo;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  las  dos  Partes  han  convenido,  el  22  de agosto de 1986, prorrogar  dicho  Protocolo  para  un  período  de  interinidad  de  dos meses a partir  del  31  de  agosto  de  1986,  en  espera  del  resultado definitivo de dichas negociaciones;</p>
    <p class="parrafo">DECIDE:</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">Queda  aprobado,  en  nombre  de  la  Comunidad, el Acuerdo en forma de Canje de Notas  referente  a  la  prórroga  del  Protocolo  anejo  al  Acuerdo  entre  la Comunidad  Económica  Europea  y  el  Gobierno  de  la  República Democrática de Santo  Tomé  y  Príncipe,  relativo a la pesca frente a las costas de Santo Tomé y Príncipe.</p>
    <p class="parrafo">El texto del Acuerdo se adjunta a la presente Decisión.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">El  Presidente  del  Consejo  queda  autorizado  para  designar  a  las personas facultadas para firmar el Acuerdo con el fin de obligar a la Comunidad.</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el 3 de diciembre de 1986.</p>
    <p class="parrafo">Por la Comisión</p>
    <p class="parrafo">Por el Consejo</p>
    <p class="parrafo">M. JOPLING</p>
    <p class="parrafo">(1) DO no L 54 de 25. 2. 1984, p. 2.</p>
    <p class="parrafo">ACUERDO</p>
    <p class="parrafo">en  forma  de  Canje  de  Notas  relativo  a  la prórroga del Protocolo anejo al Acuerdo  entre  la  Comunidad  Económica  Europea  y el Gobierno de la República Democrática  de  Santo  Tomé  y Príncipe relativo a la pesca frente a las costas de Santo Tomé y Príncipe</p>
    <p class="parrafo">A. Nota de la Comunidad</p>
    <p class="parrafo">Bruselas,</p>
    <p class="parrafo">Señor:</p>
    <p class="parrafo">Tengo  el  honor  de  confirmarle que aceptamos el siguiente régimen provisional con  el  fin  de  asegurar  la  continuación  del  Acuerdo  de  pesca  entre  el Gobierno  de  la  República  Democrática de Santo Tomé y Príncipe y la Comunidad Económica   Europea,   a  la  espera  de  la  conclusión  de  las  negociaciones relativas  a  las  modificaciones  que se adopten del Protocolo anejo al Acuerdo de pesca:</p>
    <p class="parrafo">1.  Se  prorroga,  a  partir  del 31 de agosto de 1986, y para un período de dos meses, el régimen aplicable durante los tres últimos años.</p>
    <p class="parrafo">La   compensación   financiera   de   la   Comunidad,  con  arreglo  al  régimen provisional,  corresponderá,  pro  rata  temporis,  a la prevista en el artículo 2 del Protocolo actualmente en aplicación.</p>
    <p class="parrafo">2.  Durante  el  período  provisional,  se  concederán  licencias  dentro de los límites fijados en el artículo 1 del Protocolo actualmente en aplicación.</p>
    <p class="parrafo">3.  Los  derechos  y  obligaciones  derivados  del  Acuerdo  de  pesca celebrado entre  el  Gobierno  de  la  República Democrática de Santo Tomé y Príncipe y la República  Portuguesa,  cuya  gestión  corre  a  cargo  de la Comunidad a partir del  1  de  enero  de  1986,  no  se  verán  afectados  por la presente prórroga</p>
    <p class="parrafo">provisional.</p>
    <p class="parrafo">Le  agradecería  tuviera  a  bien  acusar recebido de la presente Nota y señalar su acuerdo sobre el contenido.</p>
    <p class="parrafo">Le ruego acepte, Señor, el testimonio de mi más alta consideración.</p>
    <p class="parrafo">En nombre</p>
    <p class="parrafo">del Consejo de las Comunidades Europeas</p>
    <p class="parrafo">B. Nota de la República Democrática de Santo Tomé y Príncipe</p>
    <p class="parrafo">Bruselas,</p>
    <p class="parrafo">Señor:</p>
    <p class="parrafo">Tengo  el  honor  de  acusar  recibo de su Nota con fecha de hoy, redactada como sigue:</p>
    <p class="parrafo">«   Tengo   el   honor   de  confirmarle  que  aceptamos  el  siguiente  régimen provisional  con  el  fin  de  asegurar  la  continuación  del  Acuerdo de pesca entre  el  Gobierno  de  la  República Democrática de Santo Tomé y Príncipe y la Comunidad   Económica   Europea,   a   la   espera   de  la  conclusión  de  las negociaciones  relativas  a  las  modificaciones  que  se  adopten del Protocolo anejo al Acuerdo de pesca:</p>
    <p class="parrafo">1.  Se  prorroga,  a  partir  del 31 de agosto de 1986, y para un período de dos meses, el régimen aplicable durante los tres últimos años.</p>
    <p class="parrafo">La   compensación   financiera   de   la   Comunidad,  con  arreglo  al  régimen provisional,  corresponderá,  pro  rata  temporis,  a la prevista en el artículo 2 del Protocolo actualmente en aplicación.</p>
    <p class="parrafo">2.  Durante  el  período  provisional,  se  concederán  licencias  dentro de los límites fijados en el artículo 1 del Protocolo actualmente en aplicación.</p>
    <p class="parrafo">3.  Los  derechos  y  obligaciones  derivados  del  Acuerdo  de  pesca celebrado entre  el  Gobierno  de  la  República Democrática de Santo Tomé y Príncipe y la República  Portuguesa,  cuya  gestión  corre  a  cargo  de la Comunidad a partir del  1  de  enero  de  1986,  no  se  verán  afectados  por la presente prórroga provisional.</p>
    <p class="parrafo">Le  agradecería  tuviera  a  bien acusar recibo de la presente Nota y señalar su acuerdo sobre el contenido ».</p>
    <p class="parrafo">Tengo  el  honor  de  confirmarle  que el contenido de su Nota es aceptable pare el  Gobierno  de  la  República Democrática de Santo Tomé y Príncipe y que dicha Nota  así  como  la  presente  Nota constituyen un Acuerdo de conformidad con su propuesta.</p>
    <p class="parrafo">La ruego acepte, Señor, el testimonio de mi más alta consideración.</p>
    <p class="parrafo">Por el Gobierno de la</p>
    <p class="parrafo">República Democrática de Santo Tomé y Príncipe</p>
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</documento>
