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    <identificador>DOUE-L-1986-81708</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9000">Comunidades Europeas</departamento>
    <rango codigo="1600">Decisión</rango>
    <fecha_disposicion>19861124</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>588/1986</numero_oficial>
    <titulo>Decisión del Consejo, de 24 de noviembre de 1986, por la que se establece el número de funcionarios que pueden acogerse al cese definitivo en sus funciones en 1987.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de las Comunidades Europeas</diario>
    <fecha_publicacion>19861202</fecha_publicacion>
    <diario_numero>339</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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      <materia codigo="3852" orden="1">Funcionarios de las Comunidades Europeas</materia>
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  <texto>
    <p class="parrafo">EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,</p>
    <p class="parrafo">Visto  el  Tratado  por  el  que  se  constituye un Consejo único y una Comisión única de las Comunidades Europeas,</p>
    <p class="parrafo">Visto  el  Reglamento  (CECA,  CEE,  Euratom)  no  3518/85 del Consejo, de 12 de diciembre  de  1985,  por  el  que  se  establecen, con motivo de la adhesión de España  y  de  Portugal,  medidas  específicas  relativas  al cese definitivo en sus  funciones  de  los  funcionarios  de  las  Comunidades  Europeas  (1) y, en particular, el párrafo primero del apartado 2 de su artículo 2,</p>
    <p class="parrafo">Vista la propuesta de la Comisión,</p>
    <p class="parrafo">Considerando   que   conviene   fijar,  para  cada  institución,  el  número  de funcionarios  que  pueden  ser  objeto,  durante  el  año 1987, de una medida de cese   en   las  funciones,  en  las  condiciones  previstas  en  el  Reglamento mencionado,</p>
    <p class="parrafo">DECIDE:</p>
    <p class="parrafo">Artículo único</p>
    <p class="parrafo">En  1987,  el  número  de  funcionarios  que  pueden ser objeto de una medida de cese en las funciones, se establecerá en:</p>
    <p class="parrafo">50 por lo que respecta al Parlamento Europeo,</p>
    <p class="parrafo">24 por lo que respecta al Consejo,</p>
    <p class="parrafo">150 por lo que respecta a la Comisión (Presupuesto de funcionamiento),</p>
    <p class="parrafo">15 por lo que respecta a la Comisión (Presupuesto de investigación),</p>
    <p class="parrafo">4 por lo que respecta al Tribunal de Justicia,</p>
    <p class="parrafo">4 por lo que respecta al Comité Económico y Social,</p>
    <p class="parrafo">3 por lo que respecta al Tribunal de Cuentas.</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el 24 de noviembre de 1986.</p>
    <p class="parrafo">Por el Consejo</p>
    <p class="parrafo">El Presidente</p>
    <p class="parrafo">G. HOWE</p>
    <p class="parrafo">(1) DO no L 335 de 13. 12. 1985, p. 56.</p>
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