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    <identificador>DOUE-L-1986-81242</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9000">Comunidades Europeas</departamento>
    <rango codigo="1600">Decisión</rango>
    <fecha_disposicion>19860722</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>375/1986</numero_oficial>
    <titulo>Decisión de la Comisión, de 22 de julio de 1986, por la que se fija el coeficiente de evolución agroeconómica que deberá utilizarse para la definición de la unidad de dimensión europea en el marco de la tipología comunitaria de las explotaciones agrícolas.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de las Comunidades Europeas</diario>
    <fecha_publicacion>19860809</fecha_publicacion>
    <diario_numero>223</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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      <materia codigo="3455" orden="1">Estadística</materia>
      <materia codigo="3515" orden="2">Explotaciones agrarias</materia>
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          <palabra codigo="330">CITA</palabra>
          <texto>Coeficiente indicado a que se refiere el Anexo III de la Decisión 85/377, de 7 de junio</texto>
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    <p class="parrafo">LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,</p>
    <p class="parrafo">Visto  el  Reglamento  (CEE)  no  79/65/CEE del Consejo, de 15 de junio de 1965, por  el  que  se  crea una red de información contable agrícola sobre las rentas y  la  economía  de  las  explotaciones  agrícolas  en  la  Comunidad  Económica Europea  (1),  cuya  última  modificación  la  constituye el Reglamento (CEE) no 3644/85 (2),</p>
    <p class="parrafo">Visto  el  Reglamento  (CEE)  no 1463/84 del Consejo, de 24 de mayo de 1984, por el  que  se  organizan  las  encuestas  sobre la estructura de las explotaciones agrícolas  para  1985  y  1987 (3) y, en particular el apartado 2 de su artículo</p>
    <p class="parrafo">6,</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  la  Decisión  85/377/CEE  de  la  Comisión,  de 7 de junio de 1985   (4),   por   la  que  se  establece  una  tipología  comunitaria  de  las explotaciones  agrícolas,  define  en  su  Anexo  III  la  unidad  de  dimensión económica;  que,  en  dicha  definición,  interviene  un coeficiente que permite tener  en  cuenta  la  evolución agroeconómica global que ha sobrevenido después del  período  de  referencia  «  1980 »; que está previsto que dicho coeficiente sea   calculado  por  la  Comisión  y  fijado  previa  consulta  a  los  Estados miembros  y  que  dicha  consulta  ha  tenido lugar con ocasión de las reuniones del grupo de expertos « tipología de las explotaciones agrícolas »,</p>
    <p class="parrafo">HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISION:</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">El   coeficiente  de  evolución  agroeconómica  que  debe  permitir  definir  la unidad  de  dimensión  europea  tal como se establece en el Anexo III A.2. de la Decisión  85/377/CEE  queda  fijado  en 1,1 para la evolución entre los períodos de referencia « 1980 » y « 1982 ».</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el 22 de julio de 1986.</p>
    <p class="parrafo">Por la Comisión</p>
    <p class="parrafo">Frans ANDRIESSEN</p>
    <p class="parrafo">Vicepresidente</p>
    <p class="parrafo">(1) DO no L 109 de 23. 6. 1965, p. 1859/65.</p>
    <p class="parrafo">(2) DO no L 348 de 24. 12. 1985, p. 4.</p>
    <p class="parrafo">(3) DO no L 142 de 29. 5. 1984, p. 3.</p>
    <p class="parrafo">(4) DO no L 220 de 17. 8. 1985, p. 32.</p>
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