<?xml version="1.0" encoding="UTF-8"?>
<documento fecha_actualizacion="20251202082602">
  <metadatos>
    <identificador>DOUE-L-1986-81213</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9000">Comunidades Europeas</departamento>
    <rango codigo="1600">Decisión</rango>
    <fecha_disposicion>19860714</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>357/1986</numero_oficial>
    <titulo>Decisión del Consejo, de 14 de julio de 1986, relativa a la celebración del Acuerdo marco de cooperación científica y técnica entre las Comunidades Europeas y la República de Austria.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de las Comunidades Europeas</diario>
    <fecha_publicacion>19860805</fecha_publicacion>
    <diario_numero>216</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
    <subseccion/>
    <pagina_inicial>7</pagina_inicial>
    <pagina_final>11</pagina_final>
    <suplemento_pagina_inicial/>
    <suplemento_pagina_final/>
    <url_pdf>/doue/1986/216/L00007-00011.pdf</url_pdf>
    <url_epub/>
    <url_pdf_catalan/>
    <url_pdf_euskera/>
    <url_pdf_gallego/>
    <url_pdf_valenciano/>
    <estatus_legislativo>L</estatus_legislativo>
    <fecha_vigencia/>
    <estatus_derogacion>N</estatus_derogacion>
    <fecha_derogacion/>
    <judicialmente_anulada>N</judicialmente_anulada>
    <fecha_anulacion/>
    <vigencia_agotada>N</vigencia_agotada>
    <estado_consolidacion codigo="0"/>
    <letra_imagen>L</letra_imagen>
    <suplemento_letra_imagen/>
  </metadatos>
  <analisis>
    <materias>
      <materia codigo="71" orden="1">Acuerdos internacionales</materia>
      <materia codigo="6078" orden="4">Austria</materia>
      <materia codigo="1703" orden="2">Cooperación económica</materia>
      <materia codigo="1707" orden="3">Cooperación técnica</materia>
    </materias>
    <notas>
      <nota codigo="72" orden="100">Contiene  acuerdo, ADJUNTO a la misma.</nota>
    </notas>
    <referencias>
      <anteriores/>
      <posteriores>
        <posterior referencia="DOUE-L-1987-80268" orden="1">
          <palabra codigo="420">SE APRUEBA</palabra>
          <texto>por Decisión 87/177, de 9 de febrero (Ref. 87/80268) se aprueba Acuerdo firmado el 15 de julio de 1986</texto>
        </posterior>
      </posteriores>
    </referencias>
    <alertas/>
  </analisis>
  <texto>
    <p class="parrafo">EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica,</p>
    <p class="parrafo">Vista la recomendación de la Comisión,</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  es  conveniente  aprobar  el  Acuerdo  marco  de  Cooperación Científica   y  Técnica  entre  las  Comunidades  Europeas  y  la  República  de Austria,</p>
    <p class="parrafo">DECIDE:</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">Queda  aprobado,  en  nombre  de  la  Comunidad  Económica  Europea,  el Acuerdo marco de Cooperación Científica y</p>
    <p class="parrafo">Técnica entre las Comunidades Europeas y la República de Austria.</p>
    <p class="parrafo">El texto del Acuerdo marco de Cooperación se adjunta a la presente Decisión.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">El   Presidente   del  Consejo  procederá  a  la  notificación  prevista  en  el artículo 13 del Acuerdo marco.</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el 14 de julio de 1986.</p>
    <p class="parrafo">Por el Consejo</p>
    <p class="parrafo">El Presidente</p>
    <p class="parrafo">M. JOPLING</p>
    <p class="parrafo">EWG:L666UMBS02.95</p>
    <p class="parrafo">FF: 6USP; SETUP: 01; Hoehe: 332 mm; 35 Zeilen; 1205 Zeichen;</p>
    <p class="parrafo">Bediener: HELM Pr.: C;</p>
    <p class="parrafo">Kunde: Montan Spanisch</p>
    <p class="parrafo">ACUERDO MARCO</p>
    <p class="parrafo">de  Cooperación  Científica  y  Técnica  entre  las  Comunidades  Europeas  y la República de Austria</p>
    <p class="parrafo">EL  CONSEJO  DE  LAS  COMUNIDADES  EUROPEAS, en nombre de la Comunidad Económica Europea,   y   LA  COMISION  DE  LAS  COMUNIDADES  EUROPEAS,  en  nombre  de  la Comunidad Europea de la Energía Atómica,</p>
    <p class="parrafo">por una parte,</p>
    <p class="parrafo">EL  GOBIERNO  DE  LA  REPUBLICA  DE  AUSTRIA,  en  nombre  de  la  República  de Austria, en lo sucesivo denominada «Austria»,</p>
    <p class="parrafo">por otra,</p>
    <p class="parrafo">CONSIDERANDO  que,  sin  perjuicio  de  las  disposiciones  pertinentes  de  los Tratados   constitutivos  de  las  Comunidades  Europeas,  el  presente  Acuerdo marco  y  toda  acción  emprendida  con  arreglo  a  dicho Acuerdo no afectan de ningún  modo  a  los  poderes que poseen los Estados miembros de las Comunidades para  emprender  actividades  bilaterales  con  Austria  en  los  ámbitos  de la ciencia,  la  tecnología,  la  investigación  y  el  desarrollo  y,  en su caso, celebrar acuerdos a tal fin;</p>
    <p class="parrafo">CONSIDERANDO  la  importancia  de  la  investigación  científica  y técnica para Austria  y  las  Comunidades  y su interés recíproco en cooperar en la materia a fin de utilizar al máximo los recursos y evitar las duplicaciones inútiles;</p>
    <p class="parrafo">CONSIDERANDO  que,  con  motivo  de  la reunión celebrada en Luxemburgo, el 9 de abril  de  1984,  los  ministros de los Estados miembros de las Comunidades, los ministros  de  los  Estados  de  la  Asociación Europea de Libre Cambio (AELC) y la  Comisión  estimaron  que  la  creciente interdependencia económica entre las Comunidades   y   los   países   de   la  AELC  justifica,  en  particular,  una cooperación  en  el  campo  de la investigación y del desarrollo y subrayaron la necesidad   de   intensificar   dichos  esfuerzos;  que,  por  otra  parte,  los</p>
    <p class="parrafo">ministros  desearon  conceder  una  atención  especial  a  determinados  ámbitos industriales y tecnológicos de futuro;</p>
    <p class="parrafo">CONSIDERANDO   que   Austria   y   la   Comunidad   Económica  Europea  cooperan igualmente   en   el  marco  de  la  Cooperación  europea  en  el  campo  de  la investigación   científica   y  técnica  (COST)  y  que  esperan  proseguir  sus esfuerzos en este ámbito;</p>
    <p class="parrafo">CONSIDERANDO   que  Austria  y  las  Comunidades  llevan  a  cabo,  actualmente, importantes  programas  de  investigación  en  los  sectores  prioritarios y que los objetivos de dichos programas coinciden en gran medida;</p>
    <p class="parrafo">CONSIDERANDO  que  Austria  y  las  Comunidades tienen interés en cooperar en un gran número de dichos programas;</p>
    <p class="parrafo">CONSIDERANDO  que,  a  tal  fin, es conveniente disponer de un marco que abarque el  conjunto  de  la  cooperación establecida entre Austria y las Comunidades en el  campo  de  la  investigación  y  que  permita  la asociación de organismos y empresas   privadas;   que,   por   otra   parte,   este   marco   debe   prever procedimientos simples y eficaces y tener un carácter dinámico,</p>
    <p class="parrafo">HAN CONVENIDO LAS DISPOSICIONES SIGUIENTES:</p>
    <p class="parrafo">A. Objeto del acuerdo</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">Queda  definido  por  el  presente  Acuerdo  el  marco  para el desarrollo de la cooperación  científica  y  técnica  entre  Austria  y  las  Comunidades  en los sectores  de  común  interés  objeto  de programas de investigación y desarrollo comunitarios y austriacos.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">La  cooperación  podrá  realizarse  a través de organismos y empresas públicas o privadas  que,  en  Austria  y  en  la Comunidad, participen en los programas de investigación contemplados en el Artículo 1.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 3</p>
    <p class="parrafo">La cooperación podrá adoptar las siguientes formas:</p>
    <p class="parrafo">-   cambios   de   impresiones   periódicas   sobre   las  orientaciones  y  las prioridades  de  la  política  de  investigación en Austria y en las Comunidades así como sobre su planificación,</p>
    <p class="parrafo">-   cambios  e  impresiones  sobre  las  perspectivas  y  el  desarrollo  de  la cooperación,</p>
    <p class="parrafo">-  transmisión  de  informaciones  que  resulten  de  la cooperación establecida por el presente Acuerdo,</p>
    <p class="parrafo">-  coordinación  de  programas  y  proyectos  realizados  en  Austria  y  en las Comunidades,</p>
    <p class="parrafo">-   participación   en   programas  o  subprogramas  comunes  y  realización  de acciones conjuntas en Austria y en las Comunidades.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 4</p>
    <p class="parrafo">La Cooperación podrá llevarse a cabo mediante:</p>
    <p class="parrafo">- reuniones comunes,</p>
    <p class="parrafo">- visitas e intercambios de investigadores, ingenieros y técnicos,</p>
    <p class="parrafo">-  contactos  regulares  y  seguidos  entre  los responsables de los programas o de los proyectos,</p>
    <p class="parrafo">- participación de expertos en los seminarios, simposios y talleres,</p>
    <p class="parrafo">-  participación  en  programas  o  subprogramas  de investigación y en acciones</p>
    <p class="parrafo">comunes,</p>
    <p class="parrafo">-  puesta  a  disposición  de documentos y comunicación de los resultados de los trabajos emprendidos en el marco de esta cooperación.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 5</p>
    <p class="parrafo">La  cooperación  podrá  ser  adaptada  y  desarrollada  en todo momento de común acuerdo entre las Partes Contratantes.</p>
    <p class="parrafo">B. Establecimiento de la cooperación</p>
    <p class="parrafo">Artículo 6</p>
    <p class="parrafo">La  cooperación  contemplada  en  el  presente Acuerdo será establecida mediante acuerdos adecuados.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 7</p>
    <p class="parrafo">En  los  acuerdos  previstos  en  el  artículo  6  se definirán las formas y los medios de las acciones de cooperación así como:</p>
    <p class="parrafo">- los objetivos y el contenido científico y técnico,</p>
    <p class="parrafo">-  las  normas  relativas  a  la  difusión de los conocimientos y a la propiedad intelectual,</p>
    <p class="parrafo">-   las   disposiciones   relativas   a   la  movilidad  del  personal  y  a  la participación  de  representantes  de  una  Parte  Contratante en los organismos de la otra Parte,</p>
    <p class="parrafo">- las modalidades de participación financiera en los acuerdos,</p>
    <p class="parrafo">- cualquier otra modalidad adecuada.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 8</p>
    <p class="parrafo">Los   acuerdos  contemplados  en  el  artículo  6  serán  celebrados  según  los procedimientos en vigor en las Partes Contratantes.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 9</p>
    <p class="parrafo">Las  Partes  Contratantes  se  comunicarán  los  nombres  de  los  organismos  y empresas, contemplados en el artículo 2, que participen en la cooperación.</p>
    <p class="parrafo">C. Comité mixto</p>
    <p class="parrafo">Artículo 10</p>
    <p class="parrafo">Se    crea    un    Comité    mixto    denominado   «Comité   de   Investigación Austria/Comunidades», encargado de:</p>
    <p class="parrafo">-  identificar  los  sectores  idóneos  para  la  cooperación  y  examinar  toda medida que mejore y desarrolle dicha cooperación;</p>
    <p class="parrafo">-   llevar   a  cabo  intercambios  regulares  de  puntos  de  vista  sobre  las orientaciones  y  las  prioridades  de las políticas en materia de investigación así  como  sobre  la  planificación  de  la  investigación  en  Austria y en las Comunidades y sobre las perspectivas de la cooperación,</p>
    <p class="parrafo">- velar por la correcta ejecución del presente Acuerdo.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 11</p>
    <p class="parrafo">El  Comité  mixto  compuesto  por  representantes  de  la  Comisión y de Austria adoptará su reglamento interno.</p>
    <p class="parrafo">Se  reunirá  a  petición  de  una de las Partes Contratantes y, como mínimo, una vez por año.</p>
    <p class="parrafo">D. Comunidad europea del carbón y del acero</p>
    <p class="parrafo">Artículo 12</p>
    <p class="parrafo">Podrá  celebrarse  un  Protocolo  independiente  entre  la Comunidad Europea del Carbón  y  del  Acero  y  sus  Estados  miembros,  por una parte, y Austria, por otra,  si  existe  un  interés  recíproco en cooperar en los campos incluidos en</p>
    <p class="parrafo">el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea del Carbón y del Acero.</p>
    <p class="parrafo">E. Disposiciones finales</p>
    <p class="parrafo">Artículo 13</p>
    <p class="parrafo">El  presente  Acuerdo  será  aprobado por las Partes Contratantes en el marco de los  procedimientos  en  vigor  en  cada  una  de  ellas. Entrará en vigor en la fecha  en  la  que  las  Partes Contratantes se hayan notificado el cumplimiento de los procedimientos necesarios al respecto.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 14</p>
    <p class="parrafo">El  presente  Acuerdo  se  aplicará,  por  una  parte, en los territorios en los que  sea  aplicable  el  Tratado  constitutivo de la Comunidad Económica Europea y   en   las  condiciones  previstas  en  dicho  Tratado  y,  por  otra,  en  el territorio de la República de Austria.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 15</p>
    <p class="parrafo">El  presente  Acuerdo  tendrá  una  duración  indefinida. Cada Parte Contratante podrá  en  todo  momento  denunciarlo o solicitar su revisión con un preaviso de doce meses.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 16</p>
    <p class="parrafo">El  presente  Acuerdo  se  redacta en doble ejemplar en lenguas alemana, danesa, española,   francesa,  griega,  inglesa,  italiana,  neerlandesa  y  portuguesa, siendo cada uno de estos textos igualmente auténtico.</p>
    <p class="parrafo">EWG:L666UMBS03.95</p>
    <p class="parrafo">FF: 6USP; SETUP: 01; Hoehe: 1388 mm; 160 Zeilen; 7870 Zeichen;</p>
    <p class="parrafo">Bediener: HELM Pr.: C;</p>
    <p class="parrafo">Kunde: Montan Spanisch</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el quince de julio de mil novecientos ochenta y seis.</p>
    <p class="parrafo">Udfaerdiget i Bruxelles, den femtende juli nitten hundrede og seksogfirs.</p>
    <p class="parrafo">Geschehen zu Bruessel am fuenfzehnten Juli neunzehnhundertsechsundachtzig.</p>
    <p class="parrafo">éAAãéíaa   óôéò  ÂñõîÝëëaaò,  óôéò  aeaaêáðÝíôaa  Eïõëssïõ  ÷ssëéá  aaííéáêueóéá ïãaeueíôá Ýîé.</p>
    <p class="parrafo">Done  at  Brussels  on  the  fifteenth day of July in the year one thousand nine hundred and eighty-six.</p>
    <p class="parrafo">Fait à Bruxelles, le quinze juillet mil neuf cent quatre-vingt-six.</p>
    <p class="parrafo">Gedaan te Brussel, de vijftiende juli negentienhonderd zesentachtig.</p>
    <p class="parrafo">Feito em Bruxelas, em quinze de Julho de mil novecentos e oitenta e seis.</p>
    <p class="parrafo">Por el Consejo y la Comisión de las Comunidades Europeas</p>
    <p class="parrafo">For Raadet og Kommissionen for De europaeiske Faellesskaber</p>
    <p class="parrafo">Fuer den Rat und die Kommission der Europaeischen Gemeinschaften</p>
    <p class="parrafo">Ãéá ôï Oõ qïýëéï êáé ôçí AAðéôñïðÞ ôùí AAõñùðáúêþí ÊïéíïôÞôùí</p>
    <p class="parrafo">For the Council and the Commission of the European Communities</p>
    <p class="parrafo">Pour le Conseil et la Commission des Communautés européennes</p>
    <p class="parrafo">Per il Consiglio e la Commissione delle Comunità europee</p>
    <p class="parrafo">Voor de Raad en de Commissie van de Europese Gemeenschappen</p>
    <p class="parrafo">Pelo Conselho e pela Comissão das Comunidades Europeias</p>
    <p class="parrafo">En nombre del Gobierno de la República de Austria</p>
    <p class="parrafo">Paa vegne af regeringen for republikken OEstrig</p>
    <p class="parrafo">Im Namen der Regierung der Republik OEsterreich</p>
    <p class="parrafo">AAî ïíue áôïò ôçò ÊõqÝñíçóçò ôçò AEç ïêñáôssáò ôçò Aõóôñssáò</p>
    <p class="parrafo">On behalf of the Government of the Republic of Austria</p>
    <p class="parrafo">Au nom du gouvernement de la république d'Autriche</p>
    <p class="parrafo">A nome del governo della Repubblica d'Austria</p>
    <p class="parrafo">Namens de Regering van de Republiek Oostenrijk</p>
    <p class="parrafo">Em nome do Governo da República da Austria</p>
  </texto>
</documento>
