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    <identificador>DOUE-L-1986-80848</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9000">Comunidades Europeas</departamento>
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    <fecha_disposicion>19860527</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>1764/1986</numero_oficial>
    <titulo>Reglamento (CEE) nº 1764/86 de la Comisión, de 27 de mayo de 1986, por el que se determinan los requisitos de calidad mínimos para los productos a base de tomates que pueden beneficiarse de la ayuda a la producción.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de las Comunidades Europeas</diario>
    <fecha_publicacion>19860607</fecha_publicacion>
    <diario_numero>153</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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      <materia codigo="3836" orden="2">Frutos y productos hortícolas</materia>
      <materia codigo="4749" orden="3">Legumbres de fruto</materia>
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          <palabra codigo="440">DE CONFORMIDAD con</palabra>
          <texto>el Reglamento 1599/84, de 5 de junio</texto>
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          <texto>Reglamento 426/86, de 24 de febrero</texto>
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          <texto>, por Reglamento 996/2001, de 22 de mayo</texto>
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          <texto>, por Reglamento 1593/98, de 23 de julio</texto>
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          <texto>en la forma indicada, por Reglamento 2318/89, de 28 de julio</texto>
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          <palabra codigo="245">SE SUSTITUYE</palabra>
          <texto>los arts. 8 y 9, por Reglamento 1132/2004, de 18 de junio</texto>
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  </analisis>
  <texto>
    <p class="parrafo">LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,</p>
    <p class="parrafo">Visto  el  Reglamento  (CEE)  no  426/86  del Consejo, de 24 de febrero de 1986, por  el  que  se  establece  la  organización  común de mercados en el sector de los   productos  transformados  a  base  de  frutas  y  hortalizas  (1),  y,  en particular, el apartado 4 de su artículo 6,</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  el  apartado  1,  artículo  2  del Reglamento (CEE) no 426/86 establece  un  sistema  de  ayuda  a  la producción para determinados productos; que  la  letra  b),  apartado  1,  artículo  6 dispone que sólo se concederá esa ayuda  a  los  productos  que  reúnan  los  requisitos de calidad mínimos que se establezcan;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  estos  requisitos  de calidad tienen por objeto evitar que se produzcan  productos  para  los  que  no exista demanda o productos que pudieran provocar  distorsiones  en  el  mercado;  que  los  requisitos  deben basarse en procedimientos de elaboración tradicionales y cabales;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que,  con  vistas  a  la  ejecución  del  sistema  de  ayudas a la producción,   el   presente  Reglamento  debe  aplicarse  conjuntamente  con  el Reglamento  (CEE)  no  1599/84  de  la  Comisión,  de 5 de junio de 1984, por el que  se  establecen  normas  específicas  para  aplicar la ayuda a la producción para   los   productos   transformados  a  base  de  frutas  y  hortalizas  (2), modificado  por  el  Reglamento  (CEE)  no  1155/86 (3), en particular en lo que se refiere al examen de los productos transformados;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  los  requisitos  de  calidad  establecidos  por  el  presente Reglamento  constituyen  medidas  para  la aplicación del sistema de ayudas a la producción;  que  la  Comunidad  aún  no  ha  establecido  requisitos de calidad para  comercialización  de  los  productos;  que  los  Estados  miembros  pueden seguir   aplicando   requisitos  nacionales  con  este  fin,  siempre  que  sean compatibles   con   las   disposiciones   del   Tratado  relativas  a  la  libre circulación de mercancías;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  el  Comité  de  gestión de los productos transformados a base de  frutas  y  hortalizas  no ha emitido dictamen alguno en el plazo establecido por su presidente,</p>
    <p class="parrafo">HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">El  presente  Reglamento  establece  los requisitos de calidad mínimos que deben cumplir  los  productos  a  base  de tomates, tal como se definen en el apartado 2  del  artículo  1  del  Reglamento  (CEE)  no 1599/84, para beneficiarse de la ayuda  a  la  producción  establecida  en  el  apartado  1  del  artículo  2 del Reglamento (CEE) no 426/86.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">Para  la  elaboración  de  los  productos  mencionados  en el artículo 1 sólo se utilizarán   tomates   rojos,  frescos,  sanos,  limpios  y  maduros  (fruto  de Lycopersicum  esculentum  P.  Mill)  adecuados  para la transformación, y, donde fuere  aplicable,  únicamente  las  variedades  mencionadas en el apartado 2 del artículo 1 del Reglamento (CEE) no 1599/84.</p>
    <p class="parrafo">TITULO I</p>
    <p class="parrafo">Requisitos para los tomates pelados</p>
    <p class="parrafo">Artículo 3</p>
    <p class="parrafo">A los efectos del presente Título se entiende por « tomates pelados ».</p>
    <p class="parrafo">- tomates pelados y congelados, enteros o no enteros,</p>
    <p class="parrafo">- tomates pelados y en conserva, enteros o no enteros;</p>
    <p class="parrafo">tal  y  como  se  definen  en  las  letras  h),  i), j), k) y l) del apartado 2, artículo 1 del Reglamento (CEE) no 1599/84.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 4</p>
    <p class="parrafo">1. Sólo podrán añadirse los siguientes ingredientes a los tomates pelados:</p>
    <p class="parrafo">- agua,</p>
    <p class="parrafo">- zumo de tomate,</p>
    <p class="parrafo">- concentrado de tomate,</p>
    <p class="parrafo">- sal común (cloruro de sodio),</p>
    <p class="parrafo">-   especias   naturales,   hierbas   aromáticas   y  sus  extractos,  y  aromas naturales.</p>
    <p class="parrafo">Sólo  podrán  usarse  como  aditivos  en  la  elaboración  de tomates pelados el ácido cítrico (E330) y el cloruro de calcio (509)</p>
    <p class="parrafo">2.  La  cantidad  de  sal  común  que  se  añada no deberá sobrepasar el 3 % del peso  neto  y  cuando  se  añada cloruro de calcio, el contenido total en calcio iónico  no  deberá  sobrepasar  el  0,045  % en los tomates enteros y el 0,080 % en  los  no  enteros.  Al  determinar  la  cantidad  de  sal  común  añadida, el contenido  natural  de  cloruros  se  considerará  igual al 2 % del contenido de peso en seco.</p>
    <p class="parrafo">3.  El  zumo  de  tomate y el concentrado de tomate que se añadan, complirán los requisitos mínimos que se especifican en el Título II.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 5</p>
    <p class="parrafo">1.   Los  tomates  pelados  deberán  carecer  de  olores  y  sabores  ajenos  al producto  y  tendrán  el  color característico de la variedad utilizada y de los tomates pelados debidamente transformados.</p>
    <p class="parrafo">2.   Los   tomates  pelados  carecerán  prácticamente  de  pieles.  Los  tomates pelados enteros carecerán además prácticamente de unidades alteradas.</p>
    <p class="parrafo">3.  El  recuento  de  hongos  de  los  tomates pelados (los tomates y el líquido que  los  cubre)  no  deberá  sobrepasar  el 50 % de campos positivos y el pH no rebasará el 4,5 %.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 6</p>
    <p class="parrafo">1.  Los  productos  se  considerarán  de  acuerdo con el apartado 2 del artículo 5, cuando no se superen las tolerancias siguientes en cuanto a los defectos:</p>
    <p class="parrafo">- Alteraciones: 35 cm2 de agregado</p>
    <p class="parrafo">- Pieles:</p>
    <p class="parrafo">- en los tomates enteros: 300 cm2 de agregado</p>
    <p class="parrafo">- en los no enteros: 1 250 cm2 de agregado</p>
    <p class="parrafo">Las tolerancias se fijan por cada 10 kg de peso neto.</p>
    <p class="parrafo">2. A los efectos del apartado 1:</p>
    <p class="parrafo">a)   por  «  alteraciones  »  se  entiende  zonas  afectadas  por  lesiones  que tuvieron  lugar  en  su  superficie  y a consecuencia de las cuales presentan un color  o  una  textura  notablemente  diferentes  del  de  un  tejido  de tomate normal   y   que,   normalmente,   deberían   haberse   eliminado   durante   la transformación;</p>
    <p class="parrafo">b)  por  «  pieles  »  se  entiende tanto la piel adherida a la carne del tomate como la que se encuentre suelta en el envase.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 7</p>
    <p class="parrafo">1.  Respecto  a  los  tomates  en conserva pelados, los tomates y el líquido que los  envuelve  en  un  envase no podrán ocupar menos del 90 % de la capacidad de agua del envase.</p>
    <p class="parrafo">2.  El  peso  neto  escurrido de los tomates en conserva pelados y enteros será, por  término  medio,  al  menos  igual  al  56  %  de  la  capacidad de agua del envase, expresado en gramos.</p>
    <p class="parrafo">3.  Cuando  los  tomates  en  conserva  pelados  vayan en envases de cristal, la capacidad  de  agua  se  reducirá  en  20 ml antes de calcular los porcentajes a los que se refieren los apartados 1 y 2.</p>
    <p class="parrafo">TITULO II</p>
    <p class="parrafo">Requisitos para el zumo de tomate y el concentrado de tomate</p>
    <p class="parrafo">Artículo 8</p>
    <p class="parrafo">A  los  efectos  del  presente  Título,  se  entiende por « zumo de tomate » y « concentrado  de  tomate  »  los  productos  definidos  en  las  letras  n) y o), apartado 2, artículo 1 del Reglamento (CEE) no 1599/84.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 9</p>
    <p class="parrafo">1.  Sólo  podrán  añadirse  los  siguientes  ingredientes al zumo de tomate y al concentrado de tomate:</p>
    <p class="parrafo">- sal común (cloruro de sodio),</p>
    <p class="parrafo">- especias naturales, hierbas aromáticas y sus extractos y aromas naturales.</p>
    <p class="parrafo">2.  Podrá  usarse  el  ácido  cítrico  (E 330) como aditivo en la elaboración de zumo de tomate y de concentrado de tomate. Además, en la elaboración de:</p>
    <p class="parrafo">-  zumo  de  tomate  con  un  contenido  de  peso en seco inferior al 7 %, podrá utilizarse  el  ácido  ascórbico  (E  300).  Sin  embargo, el contenido en ácido ascórbico no será superior al 0,03 % en peso del producto acabado.</p>
    <p class="parrafo">-  concentrado  de  tomate  en  polvo,  podrá  utilizarse  el dióxido de silicio (551).  Sin  embargo,  el  contenido en dióxido de silicio no será superior al 1 % en peso del producto acabado.</p>
    <p class="parrafo">3. La cantidad de sal común que se añada no superará:</p>
    <p class="parrafo">a)  el  15  %  en  peso  del  contenido  de peso en seco, para el concentrado de tomate que tenga un contenido de peso en seco superior al 20 %;</p>
    <p class="parrafo">b)  el  3  %  del  peso neto para otros concentrados de tomate y para el zumo de tomate.</p>
    <p class="parrafo">Al  determinar  la  cantidad  de  sal  común  añadida,  el  contenido natural de cloruros se considerará igual al 2 % del contenido de peso en seco.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 10</p>
    <p class="parrafo">1. El zumo de tomate y el concentrado de tomate deberán tener:</p>
    <p class="parrafo">a) un color rojo característico, y</p>
    <p class="parrafo">b) el buen gusto característico de un producto debidamente transformado.</p>
    <p class="parrafo">Los  productos  carecerán  de  todo  sabor  extraño,  en  particular  del  de un producto  quemado  o  caramelizado.  2.  El  zumo  de tomate y el concentrado de tomate:</p>
    <p class="parrafo">a)  carecerán  de  materias  extrañas  de  origen vegetal, incluida la piel, las semillas y otras partes ásperas de los tomates;</p>
    <p class="parrafo">b) carecerán prácticamente de impurezas minerales.</p>
    <p class="parrafo">3. Los requisitos del apartado 2 se considerarán cumplidos cuando:</p>
    <p class="parrafo">a)   cualquier   materia   extraña  de  origen  vegetal  sólo  pueda  detectarse mediente un minucioso examen a simple vista, y</p>
    <p class="parrafo">b)  el  contenido  en  impurezas  minerales  no exceda de 0,1 % del contenido de peso  en  seco,  restándole  la  sal  común  que  se hubiera añadido y en lo que respecta  al  concentrado  de  tomate  en  polvo,  el  dióxido de silicio que se hubiera añadido.</p>
    <p class="parrafo">4. El zumo de tomate y el concentrado de tomate deberán tener:</p>
    <p class="parrafo">a)   una  textura  uniforme  y  una  consistencia  que  indique  unas  prácticas adecuadas de transformación;</p>
    <p class="parrafo">b)  un  contenido  en  azúcar,  expresado en azúcar invertido, de como mínimo el 42  %  en  peso  del  contenido  de  peso en seco restándole la sal común que se hubiera añadido;</p>
    <p class="parrafo">c)  una  acidez  total  valorable,  expresada  en  ácido  cítrico  monohidratado cristalizado,  inferior  al  10  %  en  peso  del  contenido  de  peso  en  seco restándole la sal común que se le hubiera añadido;</p>
    <p class="parrafo">d)  una  acidez  volátil,  expresada  en  ácido acético, inferior al 0,4 % hojas peso  del  contenido  de  peso  en  seco,  restándole  la  sal  común  que se le hubiera añadido;</p>
    <p class="parrafo">e) un valor de pH inferior a 4,5 %.</p>
    <p class="parrafo">5.  El  recuento  de  hongos  del  zumo  de  tomate y del concentrado de tomate, diluidos  con  agua  para  alcanzar  el  8  %  del contenido de peso en seco, no superará  el  70  %  de  campos  positivos.  Para  el  zumo  de  tomate  con  un contenido  de  peso  en  seco inferior al 8 %, el porcentaje de campos positivos se reducirá proporcionalmente al contenido de peso en seco.</p>
    <p class="parrafo">TITULO III</p>
    <p class="parrafo">Requisitos para los copos de tomate</p>
    <p class="parrafo">Artículo 11</p>
    <p class="parrafo">A  los  efectos  del  presente  Título,  se  entiende por « copos de tomate » el producto  definido  en  la  letra  m),  apartado  2,  artículo  1 del Reglamento (CEE) no 1599/84.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 12</p>
    <p class="parrafo">1. Los copos de tomate:</p>
    <p class="parrafo">a) deberán tener un color rojo característico;</p>
    <p class="parrafo">b)  deberán  tener  el  buen  gusto  característico  de  un producto debidamente transformado;</p>
    <p class="parrafo">c) carecerán de olores y sabores ajenos al producto.</p>
    <p class="parrafo">2.  El  contenido  de  peso  en  seco de los copos de tomate será de al menos 93 %.</p>
    <p class="parrafo">3.  El  contenido  de  impurezas  minerales  y de origen vegetal, conjuntamente, no  superará  el  1  %  en peso del producto. A estos efectos, se entiende por « impurezas  de  origen  vegetal  »  materias  de  origen  vegetal  perceptibles a simple  vista,  sin  relación  con el tomate propiamente dicho o que se hubieran adherido  al  tomate  fresco  pero  tendrían  que  haberse  eliminado durante la transformación,  en  particular,  las  hojas  de  tomate,  tallos, y brácteas de cáliz.</p>
    <p class="parrafo">4.   Solo  podrá  utilizarse  dióxido  de  silicio  (551)  como  aditivo  en  la elaboración  de  copos  de  tomate.  Sin  embargo,  el  contenido  de dióxido de silicio no superará el 1 % en peso.</p>
    <p class="parrafo">5.  El  recuento  de  hongos de los copos de tomate, homogeneizados en agua para alcanzar  el  8  %  del contenido de peso en seco, no superará el 70 % de campos positivos.</p>
    <p class="parrafo">TITULO IV</p>
    <p class="parrafo">Requisitos relativos a los envases y las</p>
    <p class="parrafo">comprobaciones</p>
    <p class="parrafo">Artículo 13</p>
    <p class="parrafo">1.  Los  envases  que  contengan  tomates  pelados  en  conserva,  enteros  o no enteros,  y  zumo  de  tomate  irán  señalados  con  una  referencia que permita identificar   el   año   y   la  fecha  de  producción  así  como  la  industria transformadora   correspondiente.  En  los  casos  en  que  el  zumo  de  tomate transformado  en  distintas  fechas  haya  sido  almacenado  conjuntamente antes del  envasado,  la  referencia  deberá  permitir  la identificación de todas las fechas de producción.</p>
    <p class="parrafo">2.  Las  disposiciones  del  apartado 1 también se aplicarán a otros productos a base  de  tomates  cuando,  en  el momento de la transformación, tales productos se  envasen  en  los  recipientes  en  los  que  hayan  de salir del lugar de la transformación.  En  aquellos  casos  en  que  dichos  productos se almacenen en tanques   u   otros   contenedores   similares  para  su  posterior  envasado  o retransformación,  se  indicará  en  los  contenedores  la  fecha  o  fechas  de producción.  Cuando  tales  productos  se  metan  en  sus envases finales, éstos llevarán   una   referencia  que  permita  identificar  la  fecha  o  fechas  de producción así como la industria transformadora.</p>
    <p class="parrafo">3.  La  referencia  aludida  en  el  presente artículo podrá expresarse mediante un  código  y  deberá  ser  aprobada  por  las  autoridades  competentes  en los Estados  miembros  donde  se  lleve  a  cabo  la producción y dichas autoridades podrán  adoptar  disposiciones  adicionales  en  cuanto  al señalado propiamente dicho.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 14</p>
    <p class="parrafo">La  industria  transformadora  comprobará,  diariamente y a intervalos regulares</p>
    <p class="parrafo">durante  el  período  de  transformación,  que  los  productos  se ajustan a los requisitos  exigidos  para  poder  beneficiarse de una ayuda. Se tomará nota del resultado de dichas comprobaciones. Artículo 15</p>
    <p class="parrafo">1. Los métodos de análisis para determinar:</p>
    <p class="parrafo">a) el contenido de peso en seco;</p>
    <p class="parrafo">b) los sólidos solubles naturales;</p>
    <p class="parrafo">c) el contenido en sal;</p>
    <p class="parrafo">d) el contenido en azúcares;</p>
    <p class="parrafo">e) la acidez total;</p>
    <p class="parrafo">f) la acidez volátil;</p>
    <p class="parrafo">g) el contenido en impurezas minerales;</p>
    <p class="parrafo">h) el valor del pH;</p>
    <p class="parrafo">i) el contenido en cálcio iónico;</p>
    <p class="parrafo">j) el contenido en dióxido de silicio;</p>
    <p class="parrafo">se establecen en el Anexo.</p>
    <p class="parrafo">2.  El  recuento  de  hongos  debe hacerse de acuerdo con el método (recuento de hongos Howard) de la AOAC (Asociación de los químicos analíticos oficiales).</p>
    <p class="parrafo">3.  Los  métodos  a  los  que se refieren los apartados 1 y 2 se deben usar para la  determinación  definitiva  de  la  elegibilidad de la ayuda a la producción. Pueden utilizarse otros métodos para los análisis de rutina.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 16</p>
    <p class="parrafo">El presente Reglamento entrará en vigor el 1 de julio de 1986.</p>
    <p class="parrafo">El   presente   Reglamento   será   obligatorio   en   todos   sus  elementos  y directamente aplicable en cada Estado miembro.</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el 27 de mayo de 1986.</p>
    <p class="parrafo">Por la Comisión</p>
    <p class="parrafo">Frans ANDRIESSEN</p>
    <p class="parrafo">Vicepresidente</p>
    <p class="parrafo">(1) DO no L 49 de 27. 2. 1986, p. 1.</p>
    <p class="parrafo">(2) DO no L 152 de 8. 6. 1984, p. 16.</p>
    <p class="parrafo">(3) DO no L 105 de 22. 4. 1986, p. 24.</p>
    <p class="parrafo">ANEXO</p>
    <p class="parrafo">CONTENIDO DE PESO EN SECO</p>
    <p class="parrafo">1. Principio</p>
    <p class="parrafo">Por  contenido  de  peso  en  seco  se  entiende  el  contenido total de sólidos naturales (SNT).</p>
    <p class="parrafo">El  contenido  total  de  sólidos  naturales, tanto solubles como insolubles, se determinará por gravimetría tras desecar el producto a 70 °C y en vacío.</p>
    <p class="parrafo">2. Equipo</p>
    <p class="parrafo">2.1.  Una  estufa  de  vacío  de  buena  calidad  con  una distribución de calor uniforme  (70  °C  ±  1 °C) y en la que el vacío pueda mantenerse durante varias horas después de que la bomba haya dejado de funcionar.</p>
    <p class="parrafo">2.2.   Una  bomba  de  vacío  de  laboratorio  capaz  de  mantener  una  presión inferior a 25 mm Hg en la estufa de operaciones, si fuera necesario.</p>
    <p class="parrafo">2.3. Una instalación de desecación por aire.</p>
    <p class="parrafo">Deberá  conectarse  un  purificador  de  gas  que  contenga ácido sulfúrico a la apertura de toma de aire de la estufa.</p>
    <p class="parrafo">2.4. Baño de agua.</p>
    <p class="parrafo">2.5.   Recipientes   de   fondo   plano   con   tapas   de   cierre   hermético, preferentemente de 6 cm de diámetro.</p>
    <p class="parrafo">2.6. Balanza analítica con una precisión de 0,1 mg.</p>
    <p class="parrafo">2.7. Desecador con indicador de gel de sílicio.</p>
    <p class="parrafo">2.8. Tierra de diatomeas lavada con ácido.</p>
    <p class="parrafo">2.9. Estufa con circulación de aire que funcione a 110 °C.</p>
    <p class="parrafo">3. Procedimiento</p>
    <p class="parrafo">3.1.  Colocar  aproximadamente  15  mg  de  tierra  de diatomeas por cm2 en cada recipiente (unos 0,4 g en cada recipiente de 6 cm de diámetro).</p>
    <p class="parrafo">3.2.   Secar   los   recipientes,   quitando   las  tapas,  en  una  estufa  con circulación de aire que funcione a 110 °C durante 30 minutos como mínimo.</p>
    <p class="parrafo">3.3. Volver a colocar las tapas, enfriar en un desecador y pesar.</p>
    <p class="parrafo">3.4.  Quitar  las  tapas  de  los  recipientes  y poner rápidamente una cantidad adecuada  de  la  muestra,  bien  mezclada, en los recipientes. Volver a colocar las  tapas  y  pesar  lo antes posible. El peso de la muestra deberá encontrarse entre  9  mg  y  20  mg de sólidos totales por cm2 de la superficie del fondo de la cápsula.</p>
    <p class="parrafo">3.5.  Quitar  la  tapa,  remover  la  muestra  y  la  tierra de diatomeas juntas utilizando  una  varilla  de  cristal  y añadir agua destilada hasta que un lodo homgéneo  se  extienda  uniformemente  por el fondo de cada recipiente. Lavar la varilla de cristal con agua destilada.</p>
    <p class="parrafo">3.6.  Darle  a  la  muestra  un  aspecto  seco  (contenido  de  humedad residual inferior  al  50  %  del  contenido  de  peso  en  seco) utilizando uno de estos métodos:</p>
    <p class="parrafo">3.6.1.   Colocar   los  recipientes  en  un  baño  de  agua  que  contenga  agua hirviendo  hasta  que  el  residuo  se  solidifique, adquiera un color rosáceo y comience a adquirir un aspecto seco.</p>
    <p class="parrafo">3.6.2.  Colocar  los  recipientes  en  una  estufa  con  circulación de aire que funcione  a  70  °C.  Para  una  eliminación  rápida  de  la  humedad, la estufa deberá  tener  una  circulación  interna de aire lo suficientemente rápida y con suficiente  intercambio  de  aire  con  el  exterior. Examinar los recipientes a intervalos  de  30  minutos  o  menos  y  retirarlos  tan  pronto  como parezcan secos.</p>
    <p class="parrafo">3.6.3.  Colocar  los  recipientes  en una estufa de secado al vacío a 70 °C, con la  llave  reguladora  parcialmente  abierta  para  permitir que el aire circule rápidamente  por  la  estufa  a  una  presión  mínima de 310 mg Hg. Examinar los recipientes  a  intervalos  de  30  minutos  y retirarlos en cuanto adquieran un aspecto seco.</p>
    <p class="parrafo">3.7.  Colocar  las  muestras  parcialmente  desecadas en una estufa de secado en vacío, con los recipientes reposando directamente en la bandeja.</p>
    <p class="parrafo">Permitir  que  el  aire  seco  entre  en la estufa pasando por el purificador de H2 SO4 a un ritmo de 2-4 burbujas por segundo.</p>
    <p class="parrafo">Poner  las  muestras  a  secar  durante 2 horas a 70 °C y a una precisión que no exceda de 50 mg Hg.</p>
    <p class="parrafo">La  temperatura  de  la  estufa  podrá  descender  hasta  65  °C al comienzo del secado,  pero  en  el  transcurso  de la primera hora deberá ponerse entre 69 °C hasta 71 °C.</p>
    <p class="parrafo">3.8.   Sacar   los  recipientes  de  la  estufa,  volver  a  colocar  las  tapas</p>
    <p class="parrafo">rápidamente y enfriar en un desecador.</p>
    <p class="parrafo">3.9.  Pesar  las  cápsulas  tan  pronto  como  hayan  alcanzado  la  temperatura ambiente (transcurridos unos 20 minutos). 4. Expresión de los resultados</p>
    <p class="parrafo">Porcentaje de sólidos naturales totales</p>
    <p class="parrafo">1.2.3.4 // // % SNT = // peso del residuo peso de la muestra // x 100</p>
    <p class="parrafo">5. Sólidos naturales totales</p>
    <p class="parrafo">El   contenido  en  sólidos  naturales  solubles  totales  se  determinará  tras determinar  el  contenido  en  cloruros  y  restar  la sal añadida. El contenido previo  en  sal  natural  se  fijará  arbitrariamente  en  un  2 % del contenido total de sólidos.</p>
    <p class="parrafo">TOTAL DE SOLIDOS NATURALES SOLUBLES</p>
    <p class="parrafo">1. Definición</p>
    <p class="parrafo">Total   de  sólidos  naturales  solubles  (TSNS)  determinado  según  el  método refractométrico:  la  concentración  de  sacarosa  en una solución acuosa con el mismo   índice   de   refracción  que  el  producto  analizado,  en  condiciones específicas  de  preparación  y  temperatura. La concentración se expresará en % por masa.</p>
    <p class="parrafo">2. Principio</p>
    <p class="parrafo">Se  utilizará  un  refractómetro  para  medir  el  índice  de  refracción de una solución  de  prueba  a  20  °C y este índice de refracción se convertirá luego, utilizando   unas   tablas,  en  el  contenido  de  sólidos  naturales  solubles (expresado  en  sacarosa).  Alternativamente,  el contenido de sólidos naturales solubles podrá leerse directamente en el refractómetro.</p>
    <p class="parrafo">3. Equipo</p>
    <p class="parrafo">Un equipo de laboratorio corriente que incluya:</p>
    <p class="parrafo">3.1.  Un  refractómetro  con  una  escala  graduada  que  indique  el  índice de refracción  y  con  una  precisión  de  0,0005. El refractómetro se preparará de modo  que  indique  un  índice  de refracción de 1,3330 para el agua destilada a 20  °C.  También  se  calibrará  en  un  índice de refracción de 1,3920 mediante prismas o una solución patrón.</p>
    <p class="parrafo">Alternativamente:</p>
    <p class="parrafo">3.2.  Un  refractómetro  con  una  escala  graduada que indique el procentaje en masa  de  sacarosa  y  con  una  precisión  de  hasta 0,1 %. El refractómetro se preparará  de  modo  que  indique un contenido en sólidos solubles (sacarosa) de cero  para  el  agua  destilada a 20 °C. También se calibrará mediante prismas o una  solución  patrón  para  un  valor  del  orden  del  36  % de materias secas solubles, expresadas en sacarosa.</p>
    <p class="parrafo">3.3.  Un  sistema  de  circulación  de  agua  que  permita  que  los prismas del refractómetro  (3.1  o  3.2)  se  mantengan a una temperatura constante (con una fluctuación  que  no  supere  los  0,5  °C)  de  20 °C, que es la temperatura de referencia (véase 5.1).</p>
    <p class="parrafo">3.4. Un vaso de precipitados de suficiente capacidad.</p>
    <p class="parrafo">4. Procedimiento</p>
    <p class="parrafo">4.1. Preparación de la solución de prueba (1)</p>
    <p class="parrafo">La  muestra  de  laboratorio  ha  de  estar  bien  mezclada.  Pasar  parte de la muestra  a  través  de  una  gasa no absorbente (o un tejido similar) plegada en cuatro.  Desechar  las  primeras  gotas  de  líquido y utilizar el resto para el análisis.</p>
    <p class="parrafo">4.2. Análisis</p>
    <p class="parrafo">Regular  el  sistema  de  circulación  de  agua  (3.3)  para  que  funcione a la temperatura  exigida  (entre  15  °C  y  25 °C) y ponerlo en marcha para que los prismas  del  refractómetro  (3.1  y  3.2)  alcancen  la  misma temperatura, que deberá  mantenerse  constante,  dentro  de  un  margen de fluctuación de 0,5 °C, durante el análisis.</p>
    <p class="parrafo">Poner   la  solución  de  prueba  (4.1)  a  una  temperatura  a  la  que  ha  de utilizarse  en  el  análisis.  Colocar  una  pequeña  cantidad de la solución de prueba  (bastan  2  o  3  gotas)  sobre  el prisma fijo del refractómetro (3.1 o 3.2)  y  ajustar  acto  seguido el prisma móvil. El campo de visión deberá estar convenientemente  iluminado.  Para  obtener  resultados más precisos, sobre todo si  los  productos  son  de  color  u  oscuros,  podrá utilizarse una lámpara de vapor de sodio.</p>
    <p class="parrafo">Mover  la  línea  que  divide  las  zonas de luz y de sombra del campo de visión para  que  coincida  con  la  intersección  de la cruz filar de la escala y leer el  valor  del  índice  de  refracción  o  el porcentaje en masa de sacarosa, de acuerdo con el aparato utilizado (3.1 o 3.2).</p>
    <p class="parrafo">4.3. Número de determinaciones</p>
    <p class="parrafo">Se llevarán a cabo dos determinaciones con cada muestra.</p>
    <p class="parrafo">5. Expresión de los resultados</p>
    <p class="parrafo">5.1. Correcciones</p>
    <p class="parrafo">Si  el  análisis  se  hubiera  llevado a cabo a una temperatura que no sea 20 °C ± 0,5 %C, deberán hacerse las siguientes correcciones:</p>
    <p class="parrafo">a)  cuando  la  escala  indique  el  índice  de  refracción  (3.1)  utilizar  la siguiente fórmula:</p>
    <p class="parrafo">n20 D = n t D = 0,00013 (t - 20)</p>
    <p class="parrafo">donde t es la temperatura utilizada para el análisis, en grados Celsius.</p>
    <p class="parrafo">b)  cuando  la  escala  indique  el  procentaje  en  masa  de sacarosa (3.2), el resto deberá corregirse utilizando la Tabla 1.</p>
    <p class="parrafo">5.2. Procedimiento para calcular el contenido en sólidos solubles</p>
    <p class="parrafo">El  contenido  en  sólidos  solubles,  expresado  como un porcentaje en masa, se calculará como sigue:</p>
    <p class="parrafo">5.2.1. Refractómetro con escala graduada que indique índices de refracción</p>
    <p class="parrafo">Leer  en  la  Tabla  2  el  porcentaje  en  masa  de sacarosa que corresponda al valor  obtenido  de  4.2  corregido,  si fuera preciso, por 5.1 a). El contenido en  sólidos  solubles  será  igual  al  número  así obtenido. El resultado podrá considerarse  como  la  media  aritmética  de  ambas determinaciones siempre que se   cumplan   las   condiciones  de  repetibilidad  (véase  5.3).  Expresar  el resultado con un decimal.</p>
    <p class="parrafo">5.2.2.  Refractómetro  con  escala  graduada  que indique porcentajes en masa de sacarosa</p>
    <p class="parrafo">El  contenido  de  sólidos  solubles  expresado  como  un  porcentaje en masa de sacarosa  será  igual  al  número encontrado en 4.2 corregido, si fuera preciso, por  5.1  b).  El  resultado  podrá  considerarse  como  la  media aritmética de ambas    determinaciones   siempre   que   se   cumplan   las   condiciones   de repetibilidad (véase 5.3). Expresar el resultado con un decimal.</p>
    <p class="parrafo">5.3. Repetibilidad</p>
    <p class="parrafo">La  diferencia  entre  los  resultados de dos determinaciones llevadas a cabo en</p>
    <p class="parrafo">rápida  sucesión  por  el  mismo  analista,  no podrá exceder de 0,2 g de sólido soluble por 100 g de producto.</p>
    <p class="parrafo">6. Sólidos solubles naturales</p>
    <p class="parrafo">El  contenido  de  sólidos  solubles  naturales  se determinará después de haber determinado  el  contenido  de  cloruros  y de haber restado la sal añadida. Por cada  1  %  de  cloruros,  deberán  restarse  1,13  grados  Brix que equivalar a 0,0157  índices  de  refracción  (a 20 °C). Dichas correcciones tienen en cuenta al  contenido  en  sal  natural,  que  se  fijará  arbitrariamente en un 2 % del contenido en sólidos totales.</p>
    <p class="parrafo">TABLA 1</p>
    <p class="parrafo">Corrección   que   deberá   hacerse   de  las  lecturas  cuando  se  utilice  un refractómetro   con   escala   que   indique  el  contenido  en  sacarosa,  para temperaturas distintas de 20 °C ± 0,5 °C</p>
    <p class="parrafo">1.2,8  //  //  //  Temperatura  °C // Contenido en sólidos solubles indicados en la  escala  en  %  (mm) // // // // // // 1.2.3.4.5.6.7.8 // // 5 // 10 // 15 // 20  //  30  //  40  //  50 // // 1.2,8 // // Correcciones que han de restarse // //  //  //  //  // 1.2.3.4.5.6.7.8 // 15 // 0,25 // 0,27 // 0,31 // 0,31 // 0,34 //  0,35  //  0,36  //  16  //  0,21  // 0,23 // 0,27 // 0,27 // 0,29 // 0,31 // 0,31  //  17  //  0,16  // 0,18 // 0,20 // 0,20 // 0,22 // 0,23 // 0,23 // 18 // 0,11  //  0,12  //  0,14  //  0,15 // 0,16 // 0,16 // 0,15 // 19 // 0,06 // 0,07 //  0,08  //  0,08  //  0,08 // 0,09 // 0,09 1.2,8 // // Correcciones que han de sumarse  //  //  //  //  //  // 1.2.3.4.5.6.7.8 // 21 // 0,06 // 0,07 // 0,07 // 0,07  //  0,07  //  0,07  //  0,07 // 22 // 0,12 // 0,14 // 0,14 // 0,14 // 0,14 //  0,14  //  0,14  //  23  //  0,18  // 0,20 // 0,20 // 0,21 // 0,21 // 0,21 // 0,21  //  24  //  0,24  // 0,26 // 0,26 // 0,27 // 0,28 // 0,28 // 0,28 // 25 // 0,30 // 0,32 // 0,32 // 0,34 // 0,36 // 0,36 // 0,36 // // // // // // // //</p>
    <p class="parrafo">TABLA 2</p>
    <p class="parrafo">Porcentaje   en   masa   de  sólidos  solubles  (expresado  como  sacarosa,  con relación al índice de refracción)</p>
    <p class="parrafo">1.2  //  //  //  Indice  de  refracción  //  Sólidos  solubles  (expresados como sacarosa)  //  //  //  n20 D // % (m/m) // // // 1,333 0 // 0 // 1,334 4 // 1 // 1,335  9  //  2  // 1,337 3 // 3 // 1,338 8 // 4 // 1,340 4 // 5 // 1,341 8 // 6 //  1,343  3  //  7  // 1,344 8 // 8 // 1,346 3 // 9 // 1,347 8 // 10 // 1,349 4 //  11  //  1,350  9 // 12 // 1,352 5 // 13 // 1,354 1 // 14 // 1,355 7 // 15 // 1,357  3  //  16  //  1,358 9 // 17 // 1,360 5 // 18 // 1,362 2 // 19 // 1,363 8 //  20  //  1,365  5 // 21 // 1,367 2 // 22 // 1,368 9 // 23 // 1,370 6 // 24 // 1,372  3  //  25  //  //  1.2  // // // Indice de refracción // Sólidos solubles (expresados  como  sacarosa)  //  //  // n20 D // % (m/m) // // // 1,374 0 // 26 //  1,375  8  //  27 // 1,377 5 // 28 // 1,379 3 // 29 // 1,381 1 // 30 // 1,382 9  //  31  //  1,384  7 // 32 // 1,386 5 // 33 // 1,388 3 // 34 // 1,390 2 // 35 //  1,392  0  //  36 // 1,393 9 // 37 // 1,395 8 // 38 // 1,397 8 // 39 // 1,399 7  //  40  //  1,401  6 // 41 // 1,403 6 // 42 // 1,405 6 // 43 // 1,407 6 // 44 //  1,409  6  //  45 // 1,411 7 // 46 // 1,413 7 // 47 // 1,415 8 // 48 // 1,417 9 // 49 // 1,420 1 // 50 // //</p>
    <p class="parrafo">CONTENIDO EN SAL</p>
    <p class="parrafo">1. Principio</p>
    <p class="parrafo">Se  diluirá  una  muestra  del  producto. Luego se añadirá un exceso de solución valorada  de  nitrato  de  plata.  Acto  seguido  se  valorará el exceso con una</p>
    <p class="parrafo">solucion  valorada  de  tiocianato  potásico en presencia de sulfato de amonio y hierro.</p>
    <p class="parrafo">2. Preparación de la muestra</p>
    <p class="parrafo">2.1.  Pesar  300  R  g  del  producto,  donde R es el contenido total de sólidos solubles.</p>
    <p class="parrafo">2.2.  Trasladar  el  producto  a un matraz volumétrico de 200 ml utilizando agua destilada recién hervida y enfriada.</p>
    <p class="parrafo">Enjuagar  el  recipiente  de  pesar  con  agua  destilada  y  pasar  el agua del enjuagado   al   matraz   volumétrico.   Completar   hasta  la  señal  con  agua destilada.</p>
    <p class="parrafo">2.3. Agitar bien y filtrar la solución utilizando un filtro plegado.</p>
    <p class="parrafo">2.4.  Trasladar  20  ml  del  filtrado  a  un  matraz  de Erlenmeyer de 250 ml y diluir con 40-50 ml de agua destilada.</p>
    <p class="parrafo">3. El método Charpentier-Volhard</p>
    <p class="parrafo">3.1. Reactivos</p>
    <p class="parrafo">3.1.1. Solución exactamente valorada de nitrato de plata 0,1 N</p>
    <p class="parrafo">3.1.2. Acido nítrico puro d = 1,4</p>
    <p class="parrafo">3.1.3.  Solución  saturada  de  sulfato  de amonio y hierro (NH4 Fe (SO4) 2 - 12 H2 O)</p>
    <p class="parrafo">3.1.4. Solución valorada de tiocianato potásico O,1 N 3.2. Instrumentos</p>
    <p class="parrafo">3.2.1. Balanza analítica</p>
    <p class="parrafo">3.2.2. Matraz de Erlenmeyer de 200 ml</p>
    <p class="parrafo">3.2.3. Pipeta graduada de 10 ml y de la clase « A »</p>
    <p class="parrafo">3.2.4. Pipeta graduada de 20 ml y de la clase « A »</p>
    <p class="parrafo">3.2.5.   Bureta   de   25  ml  y  de  la  clase  «  A  »,  de  acuerdo  con  las recomendaciones del ISO.</p>
    <p class="parrafo">3.3. Procedimiento</p>
    <p class="parrafo">Añadir  unos  2  ml  de  reactivo no 2 y 10 ml (medidos con una pipeta graduada) de la solución no 1.</p>
    <p class="parrafo">Hervir durante 5 minutos y enfriar.</p>
    <p class="parrafo">Valorar  utilizando  la  solución  no  4  hasta que el líquido adquiera un color rosa  persistente,  tras  añadir  unas  gotas  de la solución no 3. Se realizará una primera determinación con agua destilada (prueba en blanco).</p>
    <p class="parrafo">3.4. Expresión de los resultados</p>
    <p class="parrafo">La   diferencia  entre  los  volúmenes  utilizados  de  las  soluciones  1  y  4 representa  el  volumen  de  la  solución  de  nitrato  de  plata utilizado para precipitar  los  cloruros  existentes  en  la muestra, deduciendo el valor de la prueba  en  blanco,  1  ml  de  solución de nitrato de plata 0,1 N corresponde a 0,00585  g  de  cloruro  sódico.  El  resultado  se  expresará  en  g de cloruro sódico por 100 g de producto.</p>
    <p class="parrafo">Se   recordará   que   el   contenido   previo   de   sal   natural   se  fijará arbitrariamente en 2 % del contenido de sólidos totales.</p>
    <p class="parrafo">1.2 // El contenido natural en cloruros (Cl nat) = // 2 (NTS - ClT) 100</p>
    <p class="parrafo">donde</p>
    <p class="parrafo">NTS = contenido de peso en seco</p>
    <p class="parrafo">ClT = cloruros totales</p>
    <p class="parrafo">Cloruros añadidos = ClT - Clnat.</p>
    <p class="parrafo">CONTENIDO EN AZUCARES</p>
    <p class="parrafo">1. Principio</p>
    <p class="parrafo">Normalmente,  entre  un  40  %  y  un  60 % del contenido de peso en seco en los derivados  del  tomate  consisten  en  azúcares reductores, sobre todo glucosa y fructosa   en  proporciones  más  o  menos  iguales.  El  contenido  natural  de sucrosa  en  los  tomates  es  insignificante.  El contenido natural de azúcares se  determinará  por  el  método  Lane  y  Eynon  sin  inversión.  Dicho  método utiliza una solución Fehling.</p>
    <p class="parrafo">2. Reactivos</p>
    <p class="parrafo">2.1. Solución de sulfato de cobre</p>
    <p class="parrafo">Disolver  34,639  g  de  Cu  SO4 5 H2 O en agua destilada, diluir hasta 500 ml y filtrar con lana de vidrio o filtro de papel.</p>
    <p class="parrafo">2.2. Solución alcalina de tartrato de sodio y potasio</p>
    <p class="parrafo">Disolver  173  g  de  tartrato  de  sodio y potasio 4 H2 O (sal de Rochelle) con 50  g  de  Na  OH  en  agua  y diluir hasta 500 ml. Dejar posar durante 2 días y filtrar con asbesto.</p>
    <p class="parrafo">2.3. Solución saturada de acetato de plomo</p>
    <p class="parrafo">2.4. Solución de Carrez:</p>
    <p class="parrafo">I. solución acuosa de ferroricanuro potásico al 15 %</p>
    <p class="parrafo">II. solución acuosa de acetato de cinc al 30 %</p>
    <p class="parrafo">2.5. Solución acuosa de azul metileno al 1 %</p>
    <p class="parrafo">2.6. Solución saturada de Na2 SO4 (sulfato sódico) u oxalato sódico.</p>
    <p class="parrafo">2.7. Solución en alcohol de fenolftaleína al 1 %</p>
    <p class="parrafo">2.8. Solución de Na OH 0,1 N (4 g Na OH en 1 000 ml de agua)</p>
    <p class="parrafo">3. Instrumentos</p>
    <p class="parrafo">3.1. Balanza analítica</p>
    <p class="parrafo">3.2. Papel de filtro para filtración rápida</p>
    <p class="parrafo">3.2. Bureta de 25 ml</p>
    <p class="parrafo">3.4. Matraz de Erlenmeyer</p>
    <p class="parrafo">3.5. Pipeta de 10 ml</p>
    <p class="parrafo">3.6. Matraz volumétrico de 200 ml del tipo Kolrausch 4. Procedimiento</p>
    <p class="parrafo">4.1.  Para  determinar  los  azúcares  en  los derivados de tomate utilizando el método  Lane  y  Eynon,  la  cantidad de la muestra analizada será tal que, tras clarificación   y  dilución,  la  solución  de  azúcar  analizada  contenga  una cantidad  de  azúcar  tal  que  10  ml  de  solución  de  Fehling  sea  reducida complemtanente  por  25-50  ml  de  solución de azúcar. Así pues, la solución de azúcar  deberá  contener  entre  105  y 204 mg de azúcar invertido por 100 ml de solución, como muestra la tabla.</p>
    <p class="parrafo">Durante  la  determinación,  la  solución  de azúcar medida se diluirá de manera que  se  necesiten  32  ml  para  reducir  10 ml de la solución de Fehling: esta concentración  se  sitúa  en  los valores medios que se muestran en la tabla. La solución  de  azúcar  contiene  así  unos  160 mg de azúcar invertido por 100 ml de solución.</p>
    <p class="parrafo">4.2.   Pesar   una   cantidad   del   derivado   de   tomate   que   corresponda aproximadamente  a  150  R  g, donde R es el contenido de TSNS (total de sólidos naturales solubles).</p>
    <p class="parrafo">4.3.  Trasladar  la  muestra  a  un  matraz de fondo redondo de 200 ml. Enjuagar el  recipiente  que  contuviera  la muestra y trasladar el agua del enjuagado al matraz; luego, completar hasta la señal con agua destilada.</p>
    <p class="parrafo">4.4.  Sacar  100  ml  de  esta  solución  con  una  pipeta  y pasarlos al matraz volumétrico de 250 ml.</p>
    <p class="parrafo">4.5.  Añadir  4-5  ml  de  solución saturada de acetato de plomo con una pipeta, continuar  añadiendo  esta  solución  con  cuidado,  de  dos en dos gotas, hasta que el líquido esté claro.</p>
    <p class="parrafo">4.6.   La   clarificación   deberá,   sin   embargo,  obtenerse  preferiblemente añadiendo 5 ml de solución de Carrez I y 5 ml de solución de Carrez II.</p>
    <p class="parrafo">4.7.  Tras  la  clarificación,  dejar  que el líquido repose durante 15 minutos. Luego,  añadir  una  cantidad  de  la  solución  saturada de sulfato sódico o de oxalato   sódico  para  eliminar  cqalquier  exceso  de  acetato  de  plomo.  Si hubiera  un  exceso  de  acetato  de  plomo,  la  adición de sulfato sódico o de solución de oxalato producirá un precipitado blanco.</p>
    <p class="parrafo">4.8.  Dejar  reposar  durante  15  minutos  y completar hasta la señal de 250 ml con  agua  destilada.  Agitar  bien  y  filtrar  con  papel  de  filtro doblado. Trasladar  parte  del  filtrado  claro  a  una  bureta  de 100 ml: esta solución estará entonces lista para el análisis.</p>
    <p class="parrafo">4.9. Deberán hacerse dos determinaciones del contenido de azúcar:</p>
    <p class="parrafo">a) Determinación de prueba</p>
    <p class="parrafo">Trasladar  10  ml  de  una  mezcla de partes iguales de las soluciones Fehling a un  matraz  Erlenmeyer  de  200-250  ml  colocado  sobre  una  rejilla metálica. (Unos  minutos  antes  de  la  determinación,  deberán  haberse  mezclado partes iguales  de  las  soluciones  Fehling  A  y  B).  Añadir 25 ml de la solución de azúcar con una bureta. Hervir durante 15 segundos.</p>
    <p class="parrafo">Añadir  más  cantidades  de  la  solución  cada  10 segundos, hasta que el color azul se torne pálido.</p>
    <p class="parrafo">Añadir  una  o  dos  gotas  de  indicador azul de metileno y continuar añadiendo solución de azúcar hasta que el indicador cambie completamente de color.</p>
    <p class="parrafo">El líquido en ebullición se vuelve rojo pardusco.</p>
    <p class="parrafo">b) Determinación final</p>
    <p class="parrafo">Colocar  10  ml  de  una  mezcla  de partes iguales de las soluciones de Fehling en  un  matraz  de  Erlenmeyer  de  200-250 ml y añadir directamente la cantidad de  solución  de  azúcar  que  se  consumió.  Poner  la  mezcla a hervir a fuego lento  durante  2  minutos  exactamente.  Añadir 1 o 2 gotas de azul de metileno y  luego  añadir  la  solución  de  azúcar  restante,  2  o 3 gotas cada vez y a intervalos  de  diez  segundos  durante  aproximadamente un minuto, hasta que el color azul del indicador se vuelva rojo pardusco.</p>
    <p class="parrafo">A será la cantidad de solución de azúcar consumida, expresada en 0,1 ml.</p>
    <p class="parrafo">Al  ser  éste  un  método  empírico,  la  totalidad  de  las instrucciones dadas anteriormente deberá seguirse con todo rigor.</p>
    <p class="parrafo">5. Expresión de los resultados</p>
    <p class="parrafo">La  siguiente  tabla  deberá  utilizarse  para  calcular, a partir del número de ml  de  la  solución  de  azúcar consumidos, el contenido de azúcar invertido en la  solución  de  azúcar  y en la cantidad de derivado de tomate que contiene la muestra.</p>
    <p class="parrafo">La fórmula para este cálculo será:</p>
    <p class="parrafo">1.2  //  Azúcares  totales  en  g  por  100 g de producto: // C x 0,5 peso de la muestra</p>
    <p class="parrafo">donde  C  (columna  3  de  la  tabla)  corresponde  al  volumen A de solución de</p>
    <p class="parrafo">azúcar consumida (columna 1 de la tabla).</p>
    <p class="parrafo">Si  el  contenido  de  azúcar  invertido  (expresado  en % de peso) del derivado del  tomate  se  divide  por  el  total  de  sólidos  naturales  solubles (TSNS) obtendremos el contenido de azúcar invertido por 100 g de sólidos solubles.</p>
    <p class="parrafo">(1)  Si  se  trata  de productos densos o muy concentrados, quizá no sea posible extraer  las  gotas  de  líquido  necesario para el análisis refractométrico. En ese  caso,  no  debe  efectuarse  el  análisis.  La  muestra  no  puede, en modo alguno, diluirse con agua.</p>
    <p class="parrafo">TABLA</p>
    <p class="parrafo">mg de azúcar invertido por 10 ml de solución Fehling</p>
    <p class="parrafo">1.2.3.4.5.6.7  //  //  //  //  //  // // // A ml de solución de azúcar consumido //  B  Factores  del  azúcar  invertido // C mg de azúcar invertido en 100 ml de solución  //  //  A  ml de solución de azúcar consumido // B Factores del azúcar invertido  //  C  mg  de  azúcar invertido en 100 ml de solución // 25,0 2 4 6 8 //  51,2  //  204,8  203,4 201,9 200,4 198,9 // // // // // // // // // // // // 26,0  2  4  6  8  //  51,3 // 197,4 196,0 194,6 193,2 191,8 // // // // // // // //  //  //  //  //  27,0  2 4 6 8 // 51,4 // 190,4 189,1 187,7 186,4 185,0 // // //  //  //  //  //  //  //  //  //  // 28,0 2 4 6 8 // 51,4 // 183,7 182,5 181,2 180,0  178,7  //  //  //  //  //  //  //  // // // // // 29,0 2 4 6 8 // 51,5 // 177,5  176,3  175,2  174,0  172,9 // // // // // // // // // // // // 30,0 2 4 6 8  //  51,5  //  171,7  170,6 169,5 168,5 167,4 // // // // // // // // // // // //  31,0  2  4  6  8  // 51,6 // 166,3 165,3 164,3 163,2 162,2 // // // // // // //  //  //  //  //  //  32,0 2 4 6 8 // 51,6 // 161,2 160,3 159,4 158,4 157,5 // //  //  //  //  //  //  // // // // // 33,0 2 4 6 8 // 51,7 // 156,6 155,7 154,8 154,0  153,1  //  //  //  //  //  //  //  // // // // // 34,0 2 4 6 8 // 51,7 // 152,2  151,3  150,5  149,6  148,8 // // // // // // // // // // // // 35,0 2 4 6 8  //  51,8  //  147,9  147,1 146,3 145,5 144,7 // // // // // // // // // // // //  36,0  2  4  6  8  // 51,8 // 143,9 143,2 142,4 141,7 140,9 // // // // // // //  //  //  //  //  //  37,0 2 4 6 8 // 51,9 // 140,2 139,5 138,8 138,0 137,3 // //  //  //  //  //  //  // // // // // 38,0 2 4 6 8 // 51,9 // 136,6 135,9 135,3 134,6  134,0  //  //  //  //  //  //  //  // // // // // 39,0 2 4 6 8 // 52,0 // 133,3  132,7  132,0  131,4  130,7 // // // // // // // // // // // // 40,0 2 4 6 8  //  52,0  //  130,1  129,5 128,9 128,3 127,7 // // // // // // // // // // // //  41,0  2  4  6  8  // 52,1 // 127,1 126,5 125,9 125,4 124,8 // // // // // // //  //  //  //  //  //  42,0 2 4 6 8 // 52,1 // 124,2 123,6 123,1 122,5 122,0 // //  //  //  //  //  //  // // // // // 43,0 2 4 6 8 // 52,2 // 121,4 120,9 120,3 119,8  119,2  //  //  //  //  //  //  //  // // // // // 44,0 2 4 6 8 // 52,2 // 118,7  118,2  117,7  117,1  116,6 // // // // // // // // // // // // 45,0 2 4 6 8  //  52,3  //  116,1  115,6 115,1 114,7 114,2 // // // // // // // // // // // //  46,0  2  4  6  8  // 52,3 // 113,7 113,2 112,8 112,3 111,9 // // // // // // //  //  //  //  //  //  47,0 2 4 6 8 // 52,4 // 111,4 111,0 110,5 110,5 109,6 // //  //  //  //  //  //  // // // // // 48,0 2 4 6 8 // 52,4 // 109,2 108,8 108,4 107,9  147,5  //  //  //  //  //  //  //  // // // // // 49,0 2 4 6 8 // 52,5 // 107,1  106,7  106,3  105,9  105,5 // // // // // // // // // // // // 50,0 2 4 6 8 // 52,5 // 105,1 // // // // // // // // // // //</p>
    <p class="parrafo">ACIDEZ VALORABLE TOTAL</p>
    <p class="parrafo">1. Principio</p>
    <p class="parrafo">El  contenido  total  en  ácidos naturales del producto se medirá por valoración</p>
    <p class="parrafo">con una solución de hidróxido de sodio y utilizando la potenciometría.</p>
    <p class="parrafo">2. Reactivos</p>
    <p class="parrafo">2.1.  Solución  valorada  de  hidróxido  de  sodio  0,1  N  exenta de dióxido de carbono</p>
    <p class="parrafo">2.2. Soluciones tampón con valores de pH conocidos de aproximadamente 8,0</p>
    <p class="parrafo">2.3. Solución al 1 % de fenolftaleína en alcohol</p>
    <p class="parrafo">3. Instrumentos</p>
    <p class="parrafo">Equipo corriente de laboratorio que incluya:</p>
    <p class="parrafo">- potenciómetro con electrodo de vidrio</p>
    <p class="parrafo">- agitador mecánico o electromagnético</p>
    <p class="parrafo">- balanza analítica</p>
    <p class="parrafo">- vaso de precipitados de 50 ml</p>
    <p class="parrafo">- pipeta graduada de 200 ml</p>
    <p class="parrafo">- pipeta graduada de 50 ml</p>
    <p class="parrafo">- bureta de 25 ml - clase A, de acuerdo con la recomendación ISO</p>
    <p class="parrafo">4. Procedimiento</p>
    <p class="parrafo">Poner   en   un  vaso  de  precipitados  de  50  ml  una  cantidad  de  producto correspondiente  a  300  R  g, ± 0,01 g, donde R representa el contenido en TSNS (total de sólidos naturales solubles).</p>
    <p class="parrafo">Trasladar  la  muestra  a  un  matraz volumétrico de 200 ml. Completar hasta 200 ml  con  agua  destilada  hervida. Agitar bien. Filtrar. Sacar 50 ml de filtrado y  pasarlos  a  un  vaso de precipitación de poco fondo (capacidad mínima de 400 ml). Añadir entre 150 y 200 ml de agua destilada hervida.</p>
    <p class="parrafo">Utilizando   soluciones  tampón  con  valores  del  pH  de  aproximadamente  8,0 comprobar  que  el  potenciómetro  funciona correctamente. Añadir la solución de hidróxido  de  sodio  con  una bureta y bastante rápidamente, mientras se agita, hasta  que  el  valor  del  pH  sea  de 6,0 aproximadamente. Añadir más solución lentamente  hasta  que  el  pH  sea  7,0.  Añadir  entonces  más solución gota a gota,  tomando  nota  tras  cada añadido del volumen de la solución de hidróxido de  sodio  (2.1)  y  del  valor  del  pH,  hasta  alcanzar  un  pH de 8,1 ± 0,2. Deducir,  mediante  interpolación,  el  volumen  exacto de solución de hidróxido de sodio correspondiente a un valor de pH de 8,1.</p>
    <p class="parrafo">Se realizarán al menos dos determinaciones con la misma muestra preparada.</p>
    <p class="parrafo">5. Expresión de los resultados</p>
    <p class="parrafo">La  acidez  valorable  se  expresará  como  ácido cítrico monohidratado en % del contenido  de  peso  en  seco.  1  ml  de  solución  de hidróxido de sodio (2.1) corresponderá a 0,007 g de ácido cítrico hidratado.</p>
    <p class="parrafo">ACIDEZ VOLATIL</p>
    <p class="parrafo">1. Principio</p>
    <p class="parrafo">Los  ácidos  volátiles  se  recogerán  por  arrastre  de  vapor  de  agua  y  se valorarán  en  el  destilado  en  presencia  de  fenolftaleína  o  utilizando un pHmetro</p>
    <p class="parrafo">2. Reactivos</p>
    <p class="parrafo">2.1.  Solución  valorada  de  hidróxido  de sodio N/50 (0,02 N) recién preparada a partir de una solución N/10</p>
    <p class="parrafo">2.2. Solución de fenolftaleina al 0,05 % en alcohol</p>
    <p class="parrafo">2.3. Acido tartárico cristalizado</p>
    <p class="parrafo">2.4. Solución valorada de ácido clorhídrico 0,1 N 3. Instrumentos</p>
    <p class="parrafo">3.1. Aparato especial para recoger los ácidos por arrastre de vapor de agua</p>
    <p class="parrafo">3.2. Balanza analítica</p>
    <p class="parrafo">3.3. Bureta de 10 ml con graduación de 0,05 ml</p>
    <p class="parrafo">3.4. Matraz de Erlenmeyer de 200 ml</p>
    <p class="parrafo">4. Procedimiento</p>
    <p class="parrafo">Llenar   el  matraz  del  aparato  con  1,5  litros,  aproximadamente,  de  agua destilada  recién  hervida.  Añadir  unos  cuantos trozos de piedra pómez. Pesar con  una  precisión  de  0,01 g una cantidad de producto correspondiente a 600 R g,  donde  R  representa  el  contenido  de  TSNS  (total  de  sólidos naturales solubles).   Tras  la  necesaria  dilución,  verter  en  el  tubo  interior  del aparato.   Añadir   unos   100   mg  de  reactivo  2.3  Conectar  el  matraz  al condensador.  Destilar  150  ml  en  unos 30 minutos, recogiendo el destilado en un  matraz  de  Erlenmeyer  de  200  ml, con la punta del condensador inmersa en una  pequeña  cantidad  de  agua  destilada  recién  hervida.  Parar el proceso. Echar  unas  gotas  de  fenolftaleína  (2.2)  en  el  matraz y valorar la acidez utilizando   la  solución  de  hidróxido  de  sodio  N/50  (2.1)  hasta  que  el indicador  adquiera  un  tono  rosa persistente. Ya que la solución de hidróxido de  sodio  N/50  es  inestable,  comprobar  el  título  antes  de  usar  con una solución   N/10  de  ácido  hidroclórico  (2.4).  La  valoración  también  podrá realizarse usando un pHmetro.</p>
    <p class="parrafo">5. Expresión de los resultados</p>
    <p class="parrafo">La  acidez  volátil  se  expresará  como ácido acético en % de contenido de peso en  seco.  1  ml  de  solución de hidróxido de sodio N/50 corresponderá a 0,0012 g de ácido acético.</p>
    <p class="parrafo">IMPUREZAS MINERALES</p>
    <p class="parrafo">1. Principio</p>
    <p class="parrafo">Las  impurezas  pesadas,  procedentes  en  general  de  la  tierra (por ejemplo, arena)  pero  posiblemente  también  partículas  de  metal  o  de  minerales  de elevada  densidad  se  separarán  según  su  densidad.  La  materia  orgánica se destruirá por combustión a 500 - 600 °C. El residuo resultante se pesará.</p>
    <p class="parrafo">2. Instrumentos</p>
    <p class="parrafo">Equipo corriente de laboratorio que incluya:</p>
    <p class="parrafo">2.1. Vaso de precipitados de una capacidad entre 250 y 1 000 ml</p>
    <p class="parrafo">2.2. Cásulas de sílice, porcelana o platino</p>
    <p class="parrafo">2.3. Filtros sin cenizas</p>
    <p class="parrafo">2.4.  Ampolla  de  separación  en  forma  de  pera, de 2 litros de capacidad con grifo de amplio diámetro (véase figura)</p>
    <p class="parrafo">2.5. Horno de mufla a 500 - 600 °C</p>
    <p class="parrafo">2.6. Secador</p>
    <p class="parrafo">2.7. Balanza analítica</p>
    <p class="parrafo">3. Procedimiento</p>
    <p class="parrafo">Pesar  en  un  vaso  de  precipitados una cantidad de producto correspondiente a 300  R  g,  ±  0,01 g, donde R representa el contenido de TSNS (total de sólidos naturales solubels).</p>
    <p class="parrafo">Añadir  entre  100  y  150  ml  de  agua.  Mezclar  bien.  Verter  en  el embudo separador  de  2  litros,  que  deberá  estar  parcialmente  lleno  de  agua,  y colocar  el  tubo  ajustable  de  manera  que  su  extremo inferior quede por lo menos  hacia  la  mitad  del bulbo. Permitir que el agua fluya dentro del embudo</p>
    <p class="parrafo">a  un  ritmo  que  provoque  la  suficiente  turbulencia  como  para separar las sustancias  minerales  de  la  pulpa. Retirar la pulpa en suspensión sin retirar el  sedimento:  para  esto,  el  tubo  ajustable deberá moverse hacia el extremo inferior del embudo separador.</p>
    <p class="parrafo">Continuar  con  esta  operación  hasta  que  sólo queden las impurezas minerales en  el  fondo  del  embudo.  Es  posible que el residuo también contenga a veces restos  orgánicos  pesados,  como  semillas  de  tomate  por ejemplo. Colocar el embudo  separador  sobre  un  embudo  con  filtro sin cenizas y pasar el residuo por  el  filtro  abriendo  el  grifo  del  embudo separador y, si fuera preciso, limpiar  con  un  chorro  de  agua.  Enjuagar  el  filtro  con  agua destilada y colocar   el   papel  del  filtro  y  el  residuo  en  el  recipiente  plano  de incinerar.  Secar  el  recipiente,  residuo  y  filtro,  chamuscar con una llama baja  y  por  fin  incinerar en el horno de mufla a 500 - 600 °C durante treinta minutos.</p>
    <p class="parrafo">Dejar enfriar en el secador y pesar con una precisión de 0,0002 g.</p>
    <p class="parrafo">Se realizarán al menos dos determinaciones con la muestra.</p>
    <p class="parrafo">El porcentaje en masa de las impurezas minerales vendrá dado por:</p>
    <p class="parrafo">(M1 - Mo) x 100 E ,</p>
    <p class="parrafo">donde</p>
    <p class="parrafo">Mo es la masa del recipiente plano en gramos,</p>
    <p class="parrafo">M1 es la masa del recipiente y de la ceniza en gramos y</p>
    <p class="parrafo">E representa el contenido de peso en seco de la muestra.</p>
    <p class="parrafo">Diagrama   del  instrumental  utilizado  para  separar  impurezas  minerales  no solubles en agua</p>
    <p class="parrafo">Tubo de altura ajustable</p>
    <p class="parrafo">Líquido extraído</p>
    <p class="parrafo">sedimento</p>
    <p class="parrafo">pH</p>
    <p class="parrafo">1. Principio</p>
    <p class="parrafo">El   pH   de   los  derivados  del  tomate  se  determinará  electrométricamente mediante la utilización de un medidor de pH.</p>
    <p class="parrafo">2. Instrumentos</p>
    <p class="parrafo">2.1. Medidor de pH</p>
    <p class="parrafo">2.2. Electrodo de referencia y de pH, o electrodo combinado</p>
    <p class="parrafo">2.3. Soluciones tampón, pH = 4,0 y pH = 7,0 3. Procedimiento</p>
    <p class="parrafo">3.1. Calibrar el medidor de pH mediante las soluciones tampón.</p>
    <p class="parrafo">3.2.  Medir  la  temperatura  del  producto  utilizando un termómetro y poner el instrumento a esa temperatura.</p>
    <p class="parrafo">3.3.  Introducir  los  electrodos  o  el electrodo combinado dentro del producto de tomate sin diluir.</p>
    <p class="parrafo">4. Expresión de los resultados</p>
    <p class="parrafo">El valor del pH lo indicará directamente el aparato.</p>
    <p class="parrafo">CONTENIDO EN IONES CALCIO</p>
    <p class="parrafo">1. Principio</p>
    <p class="parrafo">Se  efectúa  la  determinación  del  calcio  per espectrofotometría de absorción atómica sobre la muestra preparada con antelación.</p>
    <p class="parrafo">A  fin  de  impedir  una  ionización  parcial de los elementos en la llama, debe añadirse lantano para dosificar el calcio.</p>
    <p class="parrafo">2. Reactivos</p>
    <p class="parrafo">2.1. Acido nítrico al 65 % extra puro</p>
    <p class="parrafo">2.2. Solución de referencia, con un contenido en calcio de 1 mg/l</p>
    <p class="parrafo">2.3. Solución de lantano al 5 %</p>
    <p class="parrafo">Disolver  en  agua  bidestilada  134  g  de  cloruro  de  lantano (la Cl37H2O) y diluirlo con el agua hasta alcanzar un volumen de 1 000 ml</p>
    <p class="parrafo">2.4. Acido sulfúrico concentrado (D = 1,84) extra puro</p>
    <p class="parrafo">3. Equipo</p>
    <p class="parrafo">3.1. Espectrofotómetro de absorción atómica.</p>
    <p class="parrafo">3.2.  Cápsulas  de  platino  de  10  cm  de  diámetro y 3 cm de altura, de fondo plano.</p>
    <p class="parrafo">3.3. Mufla y placa calentadora.</p>
    <p class="parrafo">3.4. Lámpara de infrarrojos.</p>
    <p class="parrafo">3.5. Equipo de vidrio descontaminado (sin calcio)</p>
    <p class="parrafo">4. Procedimiento</p>
    <p class="parrafo">4.1. Notas previas</p>
    <p class="parrafo">Debe   ponerse   un  cuidado  particular  en  la  limpieza  de  los  recipientes utilizados.   El   equipo   de  vidrio  debe  enjuagarse  previamente  con  agua bidestilada.</p>
    <p class="parrafo">Todas  las  soluciones  y  todas  las  diluciones  deberán  prepararse  con agua bidestilada.</p>
    <p class="parrafo">Para la dilución, las tomas de muestra deberán ser como mínimo de 1 ml.</p>
    <p class="parrafo">En  cada  serie  de  medidas,  se  establecerán los valores de calibrado con las soluciones    convenientes.    Para    las    determinaciones   efectuadas   por espectrometría   de  absorción  se  ajustará  cuidadosamente  el  aparato  a  la longitud de onda óptima.</p>
    <p class="parrafo">Si   las   diversas   etapas  del  procedimiento  se  efectúan  en  laboratorios distintos   (por   ejemplo,   laboratorio   de   preparación  y  laboratorio  de medición),  es  indispensable  que  se utilice el mismo lote de agua bidestilada para  la  dilución  de  las  soluciones  que deben analizarse y para la dilución de las soluciones estándar. 4.2. Mineralización de la muestra</p>
    <p class="parrafo">4.2.1. Digestión por vía húmeda</p>
    <p class="parrafo">Pésense  en  un  matraz  Kjeldahl  de 1 a 2 g de la muestra homogeneizada, según la cantidad de calcio supuesta.</p>
    <p class="parrafo">En  el  caso  de  productos  líquidos,  pésense  10  g  y  concéntrese  hasta un volumen reducido (de 2 a 3 ml).</p>
    <p class="parrafo">Añádanse   10  ml  de  ácido  nítrico  concentrado  (2.1)  y  2,5  ml  de  ácido sulfúrico (2,4).</p>
    <p class="parrafo">Comiéncese  a  calentar  muy  suavemente,  continuando  hasta  la  aparición  de humos blancos.</p>
    <p class="parrafo">En este momento la solución deberá ser límpida e incolora.</p>
    <p class="parrafo">Si  no  éste  el  caso,  añádanse  con precaución algunas gotas de ácido nítrico (2.1) y caliéntese hasta que aparezcan humos blancos.</p>
    <p class="parrafo">Una  vez  terminada  la  destrucción,  pásese  la solución cuyo volumen se habrá reducido  a  2-3  ml)  a  un  matraz  aforado  de 25 ml y complétese hasta dicho volumen con agua bidestilada.</p>
    <p class="parrafo">Las   muestras   así   preparadas  serán  analizadas  por  comparación  con  las soluciones estándar al 10 % de ácido sulfúrico (2.4).</p>
    <p class="parrafo">4.2.2. Incineración por vía seca</p>
    <p class="parrafo">Pésense  en  una  cápsula  de  platino  (3.2)  de  5 a 10 g de muestra, según la cantidad de calcio supuesta.</p>
    <p class="parrafo">Deséquese   en   la   mufla  o  sobre  la  placa  calentadora,  o  bajo  lámpara infrarroja,   calentando  siempre  muy  suavemente  y  gradualmente,  a  fin  de evitar pérdidas causadas por escapes de material carbonizado.</p>
    <p class="parrafo">Colóquese  el  residuo  en  la  mufla  regulada ya a la temperatura de 400 °C, e incinérese durante 6 horas como mínimo.</p>
    <p class="parrafo">En  caso  de  presencia  de  Cd, es útil añadir algunas gotas de ácido fosfórico o sulfúrico.</p>
    <p class="parrafo">Si  las  cenizas  no  son  completamente  blancas, será necesario humidificarlas con   algunas   gotas   de   ácido   nítrico,   desecando   luego   el  producto completamente  bajo  la  lámpara  de  infrarrojos  hasta  que  desaparezcan  los humos  blancos  y  repitiendo  el  tratamiento  en  la ufla durante cuatro horas como mínimo.</p>
    <p class="parrafo">Redisolver  las  cenizas  con  1  ml  de  ácido  nítrico  y transferir al matriz aforado de 50 ml, completando hasta dicho volumen.</p>
    <p class="parrafo">4.3. Determinación por vía directa</p>
    <p class="parrafo">Es  posible  efectuar  directamente  las  determinaciones  sin mineralización de la muestra.</p>
    <p class="parrafo">Efectúese  la  determinación  del  calcio  en  presencia  de  lantano  al 0,5 %, diluyendo la solución original (2.3).</p>
    <p class="parrafo">4.4. Determinación</p>
    <p class="parrafo">Dilúyanse  las  soluciones  muestra  de  manera  que la concentración del calcio que  debe  analizarse  esté  comprendida  en el intervalo de concentración de la recta de calibrado.</p>
    <p class="parrafo">Calcio: l = 422,7 mm</p>
    <p class="parrafo">llama: aire/acetileno</p>
    <p class="parrafo">corrector de fondo</p>
    <p class="parrafo">4.5. Preparación de la recta de calibrado</p>
    <p class="parrafo">Tómense  cuatro  matraces  de  10  ml  e  introdúzcase  en  ellos  1 ml de ácido nítrico concentrado y 1 ml de una solución al 5 % de lantano (2.3).</p>
    <p class="parrafo">Introdúzcase  a  continuación  en  cada  matraz  0,1,3,5  ml  de una solución de calcio con 10 ppm, completando hasta el volumen con agua bidestilada.</p>
    <p class="parrafo">Determínese  la  absorbencia  para  cada  solución  y  constrúyase  la  curva de calibrado  tras  restar  del  valor  de  los  estándares  el valor en blanco. 5. Cálculos</p>
    <p class="parrafo">Se  calcularán  los  contenidos  en  calcio a partir de los valores de calibrado correspondientes  determinados  en  cada  serie  de  medidas,  tomando en cuenta los valores de dilución.</p>
    <p class="parrafo">6. Precisión del método</p>
    <p class="parrafo">Repetibilidad (r):</p>
    <p class="parrafo">Calcio: r = 1,1 + 0,029 xi mg/l;</p>
    <p class="parrafo">Reproductibilidad (R):</p>
    <p class="parrafo">Calcio: R = 2,2 + 0,116 xi mg/l;</p>
    <p class="parrafo">xi = concentración medida.</p>
    <p class="parrafo">CONTENIDO EN OXIDO DE SILICIO</p>
    <p class="parrafo">1. Procedimiento</p>
    <p class="parrafo">Pésense  en  un  recipiente  de  300  ml  10  g  de polvo o de copos de tomates, ajustando al centígramo.</p>
    <p class="parrafo">Añádanse 200 ml de agua, mézclese bien y déjese decantar durante 10 minutos.</p>
    <p class="parrafo">Elimínese  el  líquido  sobrenadante  con  precaución.  Efectúese  de nuevo esta operación   por  segunda  vez.  Recójase  el  residuo  sólido  sobre  un  filtro ultrarrápido  sin  cenizas.  Calcínese  el  residuo  en una cápsula de porcelana por  incineración.  Si  fuera  necesario,  vuélvase a diluir con un poco de agua destilada  e  introdúzcase  de  nuevo  en  el  horno  hasta que las cenizas sean blancas.</p>
    <p class="parrafo">Disuélvanse  con  10  cm3  de  ácido nítrico (d=1,4) diluido al 50 %. Caliéntese muy  ligeramente  y  recójase  el  precipitado  sobre  un filtro de pliegues sin cenizas,  séquese  y  calcínese  sobre un crisol tarado (mo). En caso necesario, disuélvase  como  antes  con  un  poco  de  agua  destilada y recalcínese si las cenizas no son blancas. Pésese el crisol (m).</p>
    <p class="parrafo">2. Cálculos</p>
    <p class="parrafo">(m - mo) x 10 = porcentaje de óxido de silico presente en el polvo.</p>
  </texto>
</documento>
