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    <identificador>DOUE-L-1986-80671</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9000">Comunidades Europeas</departamento>
    <rango codigo="1220">Reglamento</rango>
    <fecha_disposicion>19860513</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>1411/1986</numero_oficial>
    <titulo>Reglamento (CEE) nº 1411/86 de la Comisión, de 13 de mayo de 1986, por el que se modifica el Reglamento (CEE) nº 1638/85 por el que se establecen modalidades de aplicación relativas a la concesión de una prima por nacimiento de terneros.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de las Comunidades Europeas</diario>
    <fecha_publicacion>19860514</fecha_publicacion>
    <diario_numero>128</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <pagina_inicial>29</pagina_inicial>
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    <url_pdf>/doue/1986/128/L00029-00029.pdf</url_pdf>
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    <fecha_vigencia>19860514</fecha_vigencia>
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      <materia codigo="621" orden="1">Carnes</materia>
      <materia codigo="3885" orden="2">Ganado vacuno</materia>
      <materia codigo="5689" orden="3">Primas</materia>
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      <nota codigo="37" orden="220">Aplicable desde El 7 de abril de 1986.</nota>
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        <anterior referencia="DOUE-L-1985-80473" orden="2015">
          <palabra codigo="270">MODIFICA</palabra>
          <texto>el art. 1.1 del Reglamento 1638/85, de 17 de junio</texto>
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  <texto>
    <p class="parrafo">LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,</p>
    <p class="parrafo">Visto  el  Reglamento  (CEE)  no  1310/85  del  Consejo,  de 23 de mayo de 1985, relativo  a  la  concesión  de  una  prima por nacimiento de terneros en Grecia, Irlanda,  Italia  e  Irlanda  del  Norte  y a la concesión de una prima nacional complementaria  en  Italia  (1),  modificado  por el Reglamento (CEE) no 1177/86 (2), y, en particular, su artículo 3,</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  el  Reglamento  (CEE)  no  1310/85  autorizó  a  los  Estados miembros  interesados  a  conceder  dicha  prima  durante el período comprendido entre  el  27  de  mayo  de 1985 y el 6 de abril de 1986; que, como consecuencia de  la  prolongación  de  la  campaña de comercialización 1985/1986 en el sector de  la  carne  de  vacuno,  el  Consejo  también  ha  prolongado  el  mencionado período;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que,  con  arreglo  al  artículo 1 del Reglamento (CEE) no 1638/85 de  la  Comisión,  de  17  de  junio  de  1985,  por  el  que  se establecen las modalidades   de   aplicación   relativas  a  la  concesión  de  una  prima  por nacimiento  de  terneros  (3),  todos  los  terneros  nacidos durante el período comprendido  entre  el  27  de  mayo  de  1985  y  el  6 de abril de 1986 podrán beneficiarse  de  la  prima;  que,  habida  cuenta  de  la  prolongación  arriba mencionada,  es  conveniente  prolongar  tembién  dicho  período  hasta el 27 de abril de 1986;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  las  medidas  previstas  en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión de la carne de vacuno,</p>
    <p class="parrafo">HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">En  el  primer  guión  del  apartado  1  del  artículo 1 del Reglamento (CEE) no 1638/85,  se  sustituirá  la  fecha  de « 6 de abril de 1986 » por la de « 27 de abril de 1986 ».</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">El  presente  Reglamento  entrará  en  vigor  el  día  de  su  publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.</p>
    <p class="parrafo">Será aplicable a partir del 7 de abril de 1986.</p>
    <p class="parrafo">El   presente   Reglamento   será   obligatorio   en   todos   sus  elementos  y directamente aplicable en cada Estado miembro.</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el 13 de mayo de 1986.</p>
    <p class="parrafo">Por la Comisión</p>
    <p class="parrafo">Frans ANDRIESSEN</p>
    <p class="parrafo">Vicepresidente</p>
    <p class="parrafo">(1) DO no L 137 de 27. 5. 1985, p. 19.</p>
    <p class="parrafo">(2) DO no L 107 de 24. 4. 1986, p. 4.</p>
    <p class="parrafo">(3) DO no L 158 de 18. 6. 1985, p. 11.</p>
  </texto>
</documento>
