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    <identificador>DOUE-L-1985-81062</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9000">Comunidades Europeas</departamento>
    <rango codigo="1220">Reglamento</rango>
    <fecha_disposicion>19851209</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>3522/1985</numero_oficial>
    <titulo>Reglamento (CEE) nº 3522/85 del Consejo, de 9 de diciembre de 1985, por el que se fija, para la campaña lechera de 1986/87, el porcentaje indicativo para el contenido en materias grasas de la leche entera normalizada importada en Irlanda y en el Reino Unido.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de las Comunidades Europeas</diario>
    <fecha_publicacion>19851214</fecha_publicacion>
    <diario_numero>336</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <fecha_vigencia>19851215</fecha_vigencia>
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      <materia codigo="3954" orden="1">Grasas</materia>
      <materia codigo="4056" orden="2">Importaciones</materia>
      <materia codigo="6103" orden="7">Irlanda</materia>
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      <materia codigo="6042" orden="6">Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte</materia>
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        <anterior referencia="DOUE-L-1971-80068" orden="5020">
          <palabra codigo="330">CITA</palabra>
          <texto>Reglamento 1411/71, de 29 de junio</texto>
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  <texto>
    <p class="parrafo">REGLAMENTO ( CEE ) N º 3522/85 DEL CONSEJO</p>
    <p class="parrafo">EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS ,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea ,</p>
    <p class="parrafo">Visto  el  Reglamento  (  CEE ) n º 1411/71 del Consejo , de 29 de junio de 1971 ,  por  el  que  se  establecen  las  normas  complementarias de la organización común  de  los  mercados  en el sector de la leche y de los productos lácteos en lo  referente  a  los  productos  recogidos  en la partida n º 04.01 del arancel aduanero  común  (1)  ,  modificado  en último lugar por el Reglamento ( CEE ) n</p>
    <p class="parrafo">º  566/76  (2)  ,  y  en particular la letra b ) del apartado 6 de su artículo 3 ,</p>
    <p class="parrafo">Vista la propuesta de la Comisión ,</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  ,  en  virtud  del apartado 5 del artículo 3 del Reglamento ( CEE  )  n  º  1411/71  ,  Irlanda  y  el  Reino Unido aplican a su territorio la fórmula  de  leche  entera  no  normalizada  con  arreglo al segundo guión de la letra b ) del apartado 1 del artículo 3 del citado Reglamento ;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  ,  de  acuerdo  con los apartados 6 y 7 del citado artículo , es  necesario  fijar  ,  para  la  campaña  lechera  de  1986/87 , el porcentaje indicativo   para  las  materias  grasas  que  debe  contener  la  leche  entera normalizada  procedente  de  otro  Estado  miembro para poder comercializarse en el  territorio  de  los  dos  Estados miembros anteriormente citados ; que dicho tipo  indicativo  corresponde  a  la  media  ponderada del contenido en materias grasas  de  la  leche  entera  producida  y  comercializada en el Estado miembro importador durante el año anterior ,</p>
    <p class="parrafo">HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO :</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">Para  la  campaña  lechera  1986/87 , el porcentaje indicativo contemplado en la letra  b  )  del  apartado  6  del artículo 3 del Reglamento ( CEE ) n º 1411/71 se fijará :</p>
    <p class="parrafo">- para Irlanda , en 3,60 % ,</p>
    <p class="parrafo">- para el Reino Unido , en 3,90 % .</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">El  presente  Reglamento  entrará  en  vigor  el  tercer  día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas .</p>
    <p class="parrafo">El   presente   Reglamento   será   obligatorio   en   todos   sus  elementos  y directamente aplicable en cada Estado miembro .</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas , el 9 de diciembre de 1985 .</p>
    <p class="parrafo">Por el Consejo</p>
    <p class="parrafo">El Presidente</p>
    <p class="parrafo">M. FISCHBACH</p>
    <p class="parrafo">(1) DO n º L 148 de 3 . 7 . 1971 , p. 4 .</p>
    <p class="parrafo">(2) DO n º L 67 de 15 . 3 . 1976 , p. 23 .</p>
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</documento>
