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    <identificador>DOUE-L-1985-80927</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9000">Comunidades Europeas</departamento>
    <rango codigo="1600">Decisión</rango>
    <fecha_disposicion>19851007</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>502/1985</numero_oficial>
    <titulo>Decisión de la Comisión, de 7 de octubre de 1985, por la que se establecen el plan comunitario de un programa de cuadros, el código uniforme y las modalidades de transcripción en cinta magnética de los datos de dichos cuadros, con vistas a las encuestas sobre la estructura de las explotaciones agrícolas para 1985 y 1987.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de las Comunidades Europeas</diario>
    <fecha_publicacion>19851118</fecha_publicacion>
    <diario_numero>305</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <pagina_final>70</pagina_final>
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    <url_pdf>/doue/1985/305/L00001-00070.pdf</url_pdf>
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      <materia codigo="3455" orden="1">Estadística</materia>
      <materia codigo="3515" orden="2">Explotaciones agrarias</materia>
      <materia codigo="4170" orden="3">Informática</materia>
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          <palabra codigo="330">CITA</palabra>
          <texto>Reglamento 1463/84, de 24 de mayo</texto>
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  <texto>
    <p class="parrafo">LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Reglamento (CEE) n º 1463/84 del Consejo, de 24 de mayo de 1984, por el que se establece la organización de encuestas sobre la estructura de las explotaciones agrícolas para 1985 y 1987 (1) y, en particular, su artículo 8,</p>
    <p class="parrafo">Considerando que los Estados miembros, con arreglo a la letra b) del artículo 8 del Reglamento (CEE) n º 1463/84, deben presentar los resultados de las encuestas en forma de un programa de cuadros elaborado siguiendo un plan comunitario; que dicho plan debe adoptarse con arreglo al procedimiento previsto en el artículo 12 de dicho Reglamento;</p>
    <p class="parrafo">Considerando que los Estados miembros, con arreglo a la letra d) del artículo 8 del Reglamento (CEE) n º 1463/84, deben transcribir los resultados contemplados en las letras b) y c) del artículo 8 de dicho Reglamento en cinta magnética, siguiendo todos los Estados miembros un plan uniforme; que las modalidades y el plan de transcripción deben adoptarse con arreglo al procedimiento previsto en el artículo 12 de dicho Reglamento;</p>
    <p class="parrafo">Considerando que las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité permanente de las estadísticas agrícolas,</p>
    <p class="parrafo">HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISION:</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">El plan comunitario de un programa de cuadros para las encuestas sobre la estructura de las explotaciones agrícolas (1985 y 1987) figura en el Anexo 1.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">El código uniforme y las modalidades de transcripción en cinta magnética de los resultados contemplados en las letras b) y c) del artículo 8 del Reglamento (CEE) n º 1463/84, figuran en los Anexos 2, 3 y 4.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 3</p>
    <p class="parrafo">Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el 7 de octubre de 1985.</p>
    <p class="parrafo">Por la Comisión</p>
    <p class="parrafo">Alois PFEIFFER</p>
    <p class="parrafo">Miembro de la Comisión</p>
    <p class="parrafo">____________</p>
    <p class="parrafo">(1) DO n º L 142 de 29. 5. 1984, p. 3.</p>
    <p class="parrafo">ANEXO 1</p>
    <p class="parrafo">PLAN COMUNITARIO DEL PROGRAMA DE CUADROS PARA LAS ENCUESTAS SOBRE LA ESTRUCTURA DE LAS EXPLOTACIONES AGRICOLAS 1985 Y 1987</p>
    <p class="parrafo">La lista de los cuadros que deben comunicarse por cada nivel geográfico figura en el cuadro siguiente:</p>
    <p class="parrafo">TABLA OMITIDA</p>
    <p class="parrafo">CUADRO 1</p>
    <p class="parrafo">PRINCIPALES RESULTADOS SEGUN LA SUPERFICIE AGRICOLA UTILIZADA (SAU)</p>
    <p class="parrafo">TABLA OMITIDA</p>
    <p class="parrafo">CUADRO 2</p>
    <p class="parrafo">EXPLOTACIONES SEGUN LA SUPERFICIE TOTAL Y LA SUPERFICIE DE BOSQUES</p>
    <p class="parrafo">TABLA OMITIDA</p>
    <p class="parrafo">CUADRO 3</p>
    <p class="parrafo">EXPLOTACIONES SEGUN LA SAU Y LA SUPERFICIE DE BOSQUES</p>
    <p class="parrafo">TABLA OMITIDA</p>
    <p class="parrafo">CUADRO 4</p>
    <p class="parrafo">EXPLOTACIONES SEGUN LA SAU Y LA SUPERFICIE DE CULTIVOS SELECCIONADOS</p>
    <p class="parrafo">4.1. Explotaciones según la SAU y la superficie de cereales (D/01 a D/08)</p>
    <p class="parrafo">TABLA OMITIDA</p>
    <p class="parrafo">4.2. Explotaciones según la SAU y la superficie de maíz en grano (D/06)</p>
    <p class="parrafo">TABLA OMITIDA</p>
    <p class="parrafo">4.3. Explotaciones según la SAU y la superficie de patatas (D/10)</p>
    <p class="parrafo">TABLA OMITIDA</p>
    <p class="parrafo">4.4. Explotaciones según la SAU y la superficie remolacha azucarera (D/11)</p>
    <p class="parrafo">TABLA OMITIDA</p>
    <p class="parrafo">4.5. Explotaciones según la SAU y la superficie de praderas permanentes y pastos (F)</p>
    <p class="parrafo">TABLA OMITIDA</p>
    <p class="parrafo">4.6. Explotaciones según la SAU y la superficie con plantaciones de frutales y bayas (G/01)</p>
    <p class="parrafo">TABLA OMITIDA</p>
    <p class="parrafo">4.7. Explotaciones según la SAU y la superficie de vides (G/04)</p>
    <p class="parrafo">TABLA OMITIDA</p>
    <p class="parrafo">4.8. Explotaciones según la SAU y superficie de vides, produciendo habitualmente otros vinos (G/04/b)</p>
    <p class="parrafo">TABLA OMITIDA</p>
    <p class="parrafo">4.9. Explotaciones según la SAU y la superficie de hortalizas frescas, melones, fresas en invernadero (D/15)</p>
    <p class="parrafo">TABLA OMITIDA</p>
    <p class="parrafo">4.10. Explotaciones según la SAU y la superficie de los cultivos en invernaderos (D/15, D/17, G/07)</p>
    <p class="parrafo">TABLA OMITIDA</p>
    <p class="parrafo">CUADRO 5</p>
    <p class="parrafo">EXPLOTACIONES SEGUN LA SAU Y EL NUMERO DE ANIMALES PARA CIERTAS CATEGORIAS SELECCIONADAS DE ANIMALES</p>
    <p class="parrafo">5.1. Explotaciones según la SAU y el número de bovinos (J/02 a J/08)</p>
    <p class="parrafo">TABLA OMITIDA</p>
    <p class="parrafo">5.2. Explotaciones según la SAU y el número de vacas lecheras (J/07)</p>
    <p class="parrafo">TABLA OMITIDA</p>
    <p class="parrafo">5.3. Explotaciones según la SAU y el número de vacas de otro tipo (J/08)</p>
    <p class="parrafo">TABLA OMITIDA</p>
    <p class="parrafo">5.4. Explotaciones según la SAU y el número de ovinos (J/09)</p>
    <p class="parrafo">TABLA OMITIDA</p>
    <p class="parrafo">5.5. Explotaciones según la SAU y el número de porcinos (J/11, J/12, J/13)</p>
    <p class="parrafo">TABLA OMITIDA</p>
    <p class="parrafo">5.6. Explotaciones según la SAU y el número de cerdos reproductores (J/12)</p>
    <p class="parrafo">TABLA OMITIDA</p>
    <p class="parrafo">5.7. Explotaciones según la SAU y el número de pollos para carne (J/14)</p>
    <p class="parrafo">TABLA OMITIDA</p>
    <p class="parrafo">5.8. Explotaciones según la SAU y el número de gallinas ponedoras (J/15)</p>
    <p class="parrafo">TABLA OMITIDA</p>
    <p class="parrafo">5.9. Vacas lecheras según la SAU y el número de vacas lecheras (J/07)</p>
    <p class="parrafo">TABLA OMITIDA</p>
    <p class="parrafo">5.10. Las demás vacas según la SAU y el número de las demás vacas (J/08)</p>
    <p class="parrafo">TABLA OMITIDA</p>
    <p class="parrafo">CUADRO 7</p>
    <p class="parrafo">MANO DE OBRA AGRICOLA</p>
    <p class="parrafo">7.1. Datos seleccionados de mano de obra según la superficie agrícola utilizada</p>
    <p class="parrafo">TABLA OMITIDA</p>
    <p class="parrafo">7.2. Datos seleccionados según el tipo de trabajo del cultivador (que es al mismo tiempo jefe de la explotación)</p>
    <p class="parrafo">TABLA OMITIDA</p>
    <p class="parrafo">7.3. Datos seleccionados según el tiempo de trabajo del cultivador (que es asimismo el jefe de explotación) y la SAU</p>
    <p class="parrafo">TABLA OMITIDA</p>
    <p class="parrafo">7.4. Explotaciones y SAU según el porcentaje de la SAU en aprovechamiento directo, tiempo de trabajo y edad del cultivador (que asimismo es el jefe de la explotación)</p>
    <p class="parrafo">TABLA OMITIDA</p>
    <p class="parrafo">(Suprimidos los cuadros 7.5 y 7.6)</p>
    <p class="parrafo">7.7. Explotación con mano de obra familiar con dos empleos (1)</p>
    <p class="parrafo">TABLA OMITIDA</p>
    <p class="parrafo">7.8. Explotaciones con mano de obra familiar con dos empleos (1) según la mano de obra agrícola y la mano de obra familiar con dos empleos</p>
    <p class="parrafo">TABLA OMITIDA</p>
    <p class="parrafo">7.9. Datos seleccionados según el tiempo de trabajo del cultivador (que es asimismo jefe de explotación) en la explotación y en otra</p>
    <p class="parrafo">TABLA OMITIDA</p>
    <p class="parrafo">7.10. Datos seleccionados según el tiempo de trabajo del cónyuge en la explotación y otra actividad lucrativa.</p>
    <p class="parrafo">TABLA OMITIDA</p>
    <p class="parrafo">CUADRO 8</p>
    <p class="parrafo">EXPLOTACIONES Y SUPERFICIE AGRICOLA UTILIZADA (SAU) SEGUN LA ORIENTACION TÉCNICO-ECONOMICA Y SEGUN LA DIMENSION ECONOMICA DE LA EXPLOTACION (BENEFICIO BRUTO TIPO) (1)</p>
    <p class="parrafo">8.1. i) Total de las explotaciones</p>
    <p class="parrafo">ii) SAU del total de las explotaciones</p>
    <p class="parrafo">iii) Beneficio bruto tipo del total de las explotaciones (UDE) (2)</p>
    <p class="parrafo">8.2. i) Explotaciones con por lo menos de 1 UTA</p>
    <p class="parrafo">ii) SAU de las explotaciones con por lo menos de 1 UTA</p>
    <p class="parrafo">iii) Beneficio bruto tipo de las explotaciones con por lo menos de 1 UTA</p>
    <p class="parrafo">TABLA OMITIDA</p>
    <p class="parrafo">CUADRO 9</p>
    <p class="parrafo">PRINCIPALES RESULTADOS SEGUN LA ORIENTACION TÉCNICO-ECONOMICA PRINCIPAL (OTEP) Y SEGUN LA DIMENSION ECONOMICA DE LA EXPLOTACION (BENEFICIO BRUTO TIPO) (1)</p>
    <p class="parrafo">9.1 Orientación principal 11 (explotaciones cerealeras especializadas)</p>
    <p class="parrafo">9.2 Orientación principal 12 (explotaciones de cultivos generales)</p>
    <p class="parrafo">9.3 Orientación principal 20 (explotaciones hortícolas especializadas)</p>
    <p class="parrafo">9.4 Orientación principal 31 (explotaciones especializadas en viticultura)</p>
    <p class="parrafo">9.5 Orientación principal 32 (explotaciones especializadas frutícolas y de cítricos)</p>
    <p class="parrafo">9.6 Orientación principal 33 (explotaciones olivareras especializadas)</p>
    <p class="parrafo">9.7 Orientación principal 34 (explotaciones con diversas combinaciones de culturas permanentes)</p>
    <p class="parrafo">9.8 Orientación principal 41 (explotaciones bovinas especializadas; orientación leche)</p>
    <p class="parrafo">9.9 Orientación principal 42 (explotaciones bovinas especializadas; orientación reproducción y carne)</p>
    <p class="parrafo">9.10 Orientación principal 43 (explotaciones bovinas; leche, reproducción y carne combinados)</p>
    <p class="parrafo">9.11 Orientación principal 44 (explotaciones con ovinos, caprinos y otros herbívoros)</p>
    <p class="parrafo">9.12 Orientación principal 50 (explotaciones especializadas de producción animal sin tierra</p>
    <p class="parrafo">- granívoros)</p>
    <p class="parrafo">9.13 Orientación principal 60 (explotaciones de policultivo)</p>
    <p class="parrafo">9.14 Orientación principal 71 (explotaciones de poliería con orientación herbivóros)</p>
    <p class="parrafo">9.15 Orientación principal 72 (explotaciones de poliería con orientación granívoros)</p>
    <p class="parrafo">9.16 Orientación principal 81 (explotaciones mixtas de grandes cultivos y herbívoros)</p>
    <p class="parrafo">9.17 Orientación principal 82 (explotaciones mixtas con diversas combinaciones de cultivo y de cría)</p>
    <p class="parrafo">9.18 Total de las explotaciones</p>
    <p class="parrafo">TABLA OMITIDA</p>
    <p class="parrafo">EXPLOTACION SEGUN LA DIMENSION ECONOMICA DE LA EXPLOTACION (MARGEN BRUTO TIPO) Y SEGUN LOS CULTIVOS Y EL CENSO SELECCIONADOS Y SEGUN LA PARTE EN PORCENTAGE DE DICHAS CATEGORIAS EN EL MARGEN BRUTO TIPO TOTAL DE LA EXPLOTACION</p>
    <p class="parrafo">10.1. Explotaciones con margen bruto tipo (MBS) &gt; 0 a &lt; 8 UDE (1)</p>
    <p class="parrafo">10.2. Explotaciones con margen bruto tipo (MBS) 8 a &lt; 16 UDE</p>
    <p class="parrafo">10.3. Explotaciones con margen bruto tipo (MBS) 16 a &lt; 40 UDE</p>
    <p class="parrafo">10.4. Explotaciones con margen bruto tipo (MBS) * 40 UDE</p>
    <p class="parrafo">TABLA OMITIDA</p>
    <p class="parrafo">CUADRO 11</p>
    <p class="parrafo">EXPLOTACIONES SEGUN LA DIMENSION ECONOMICA (MBS) Y SEGUN EL TIEMPO DE TRABAJO DEL GANADERO (QUE ES ASIMISMO JEFE DE EXPLOTACION) EN LA EXPLOTACION Y EN OTRA ACTIVIDAD LUCRATIVA</p>
    <p class="parrafo">TABLA OMITIDA</p>
    <p class="parrafo">CUADRO 12</p>
    <p class="parrafo">EXPLOTACIONES SEGUN LA DIMENSION ECONOMICA (MBS) Y SEGUN EL TIEMPO DE TRABAJO DEL CONYUGE EN LA EXPLOTACION Y EN OTRA ACTIVIDAD LUCRATIVA</p>
    <p class="parrafo">TABLA OMITIDA</p>
    <p class="parrafo">(Cuadros 13 a 17 suprimidos)</p>
    <p class="parrafo">CUADRO 18</p>
    <p class="parrafo">Número total de unidades de trabajo anual prestadas en explotaciones agrícolas por personas no empleadas directamente por el ganadero (L/10)</p>
    <p class="parrafo">UTA...</p>
    <p class="parrafo">CUADRO 19 (1)</p>
    <p class="parrafo">EXPLOTACIONES Y SUPERFICIE AGRICOLA UTILIZADA (SAU) SEGUN LA ORIENTACION TÉCNICO-ECONOMICA Y SEGUN LA DIMENSION ECONOMICA DE LA EXPLOTACION (MARGEN BRUTO TIPO) (2)</p>
    <p class="parrafo">19.1 i) Total de las explotaciones</p>
    <p class="parrafo">ii) SAU del total de las explotaciones</p>
    <p class="parrafo">iii) Márgen bruto tipo del total de las explotaciones (UDE) (3)</p>
    <p class="parrafo">19.2 i) Explotaciones con al menos 1 UTA</p>
    <p class="parrafo">ii) SAU de las explotaciones con al menos 1 UTA</p>
    <p class="parrafo">iii) Márgen bruto tipo de las explotaciones con al menos 1 UTA</p>
    <p class="parrafo">TABLA OMITIDA</p>
    <p class="parrafo">ANEXO 2</p>
    <p class="parrafo">DISEÑO DE LAS BANDAS MAGNÉTICAS PARA LOS DATOS TRANSMITIDOS A LA OFICINA ESTADISTICA DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS (OECE) PARA LAS ENCUESTAS « ESTRUCTURAS 1985 Y 1987 »</p>
    <p class="parrafo">1. Los datos relativos al programa de cuadros establecidos según un esquema comunitario previsto en el artículo 6 del Reglamento (CEE) n º 1463/84 deberán suministrarse a la Oficina Estadística de las Comunidades del siguiente modo:</p>
    <p class="parrafo">a) una banda magnética de 9 pistas (tracks) con 1 600 BPI, marca de referencia ISO-1001-1979 (nivel de implementación 3);</p>
    <p class="parrafo">b) evitar el sistema de rellenado de bloques (block padding);</p>
    <p class="parrafo">c) sólo se deben utilizar VOL I/EOV 1, HDR 1/2, EOF 1/2 de la referencia ISO-1001-1979;</p>
    <p class="parrafo">d) para registros de datos de longitud fija, las zonas tampón (buffer-offset) deben iniciarse a cero.</p>
    <p class="parrafo">Observación</p>
    <p class="parrafo">Si, por razones técnicas, no fuere posible, deberán establecerse acuerdos especiales con la OECE.</p>
    <p class="parrafo">2. Los datos de cada cuadro deberán suministrarse por líneas, en registros de longitud fija. Cada posición comprenderá dos partes: identificación con 6 zonas (país, región, circunscripción, estatuto de zona desfavorecida, designación del cuadro,</p>
    <p class="parrafo">número de orden de la línea del cuadro) e informaciones que incluyan 10 zonas de igual longitud para la transcripción de una línea.</p>
    <p class="parrafo">3. El Anexo 3 dará, para cada una de las zonas de dicho registro:</p>
    <p class="parrafo">a) el número de cifras disponibles;</p>
    <p class="parrafo">b) la imagen del lenguaje de programación Cobol que convenga a dicho número de cifras (la significación de los símbolos utilizados para las distintas imágenes se da en el punto 8);</p>
    <p class="parrafo">c) el número de bytes previsto para dicha imagen;</p>
    <p class="parrafo">d) el número de orden de los bytes para la zona considerada.</p>
    <p class="parrafo">4. El Anexo 4 dará los códigos que se deban utilizar así como el número de columnas y de líneas en los distintos cuadros.</p>
    <p class="parrafo">5. Cuando un cuadro tenga menos de 10 columnas, inscribir « 0 » en las demás zonas de la parte información.</p>
    <p class="parrafo">6. Los registros deberán seleccionarse según el código de la región y de la circunscripción, el código del estatuto de zona desfavorecida, el código del cuadro y el número de la línea (en este orden).</p>
    <p class="parrafo">7. Un bloque queda determinado por el número de registros necesarios para la transcripción, para una unidad geográfica determinada, de los datos contenidos en todos los cuadros del programa comunitario de cuadros.</p>
    <p class="parrafo">Si un país no suministrare informaciones en una o varias líneas completas de un cuadro (aspectos facultativos en el Reglamento sobre organización de las encuestas para el país en cuestión), se suprimirá(n) el (los) registro(s) completo(s) y la longitud de bloque para dicho país se reducirá consecuentemente. Si se fusionaren dos líneas, la información combinada entrará en la primera línea (cifra más baja) y se suprimirá la otra línea.</p>
    <p class="parrafo">8. Los símbolos utilizados en la explicación de la imagen tienen las siguientes significaciones:</p>
    <p class="parrafo">- « 9 »: almacenamiento de un valor numérico en el bytes disponible (así, « 99 » significa el almacenamiento de dos valores numéricos en dos bytes);</p>
    <p class="parrafo">- S9(9)Comp »: almacenamiento de un número decimal con un máximo de espacios (prefijo incluido), como un número binario con punto fijo en 4 bytes (es decir, una palabra entera).</p>
    <p class="parrafo">ANEXO 3</p>
    <p class="parrafo">DISPOSICIONES ESPECíFICAS PARA LA TRANSFORMACI_N DE LOS CUADROS DE DATOS</p>
    <p class="parrafo">TABLA OMITIDA</p>
    <p class="parrafo">ANEXO 4</p>
    <p class="parrafo">CODIGOS DE REFERENCIA DE LOS CUADROS Y NUMERO DE COLUMNAS Y DE FILAS</p>
    <p class="parrafo">TABLA OMITIDA</p>
    <p class="parrafo">Los Estados miembros escogerán el factor de bloqueo: la OECE preconiza el factor 10. Los Estados miembros comunicarán el factor escogido a la OECE.</p>
  </texto>
</documento>
