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<documento fecha_actualizacion="20250709082601">
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    <identificador>DOUE-L-1985-80834</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9000">Comunidades Europeas</departamento>
    <rango codigo="1220">Reglamento</rango>
    <fecha_disposicion>19851021</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>2939/1985</numero_oficial>
    <titulo>Reglamento (CEE) nº 2939/85 del Consejo, de 21 de octubre de 1985, por el que se modifica el Reglamento (CEE) nº 1320/85 referente a medidas temporales relativas a la ayuda a la producción de productos transformados a base de tomates.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de las Comunidades Europeas</diario>
    <fecha_publicacion>19851024</fecha_publicacion>
    <diario_numero>283</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <url_pdf>/doue/1985/283/L00001-00001.pdf</url_pdf>
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    <fecha_vigencia>19851027</fecha_vigencia>
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    <judicialmente_anulada>N</judicialmente_anulada>
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      <materia codigo="420" orden="1">Ayudas</materia>
      <materia codigo="998" orden="2">Comercialización</materia>
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      <materia codigo="4749" orden="4">Legumbres de fruto</materia>
      <materia codigo="5722" orden="5">Producción</materia>
      <materia codigo="5741" orden="6">Productos hortícolas</materia>
      <materia codigo="6675" orden="7">Sociedades agrarias de transformación</materia>
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        <anterior referencia="DOUE-L-1985-80359" orden="2040">
          <palabra codigo="407">AÑADE</palabra>
          <texto>el art. 2.6 al Reglamento 1320/85, de 23 de mayo</texto>
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  <texto>
    <p class="parrafo">REGLAMENTO ( CEE ) N º 2939/85 DEL CONSEJO</p>
    <p class="parrafo">EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS ,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea ,</p>
    <p class="parrafo">Visto  el  Reglamento  (  CEE  ) n º 516/77 del Consejo , de 14 de marzo de 1977 ,  por  el  que  se  establece la organización común de mercados en el sector de los  productos  transformados  a  base  de frutas y hortalizas (1) , cuya última modificación  la  constituye  el  Reglamento  (  CEE  )  n  º  746/85  (2)  , en particular , el apartado 3 de su artículo 3 ,</p>
    <p class="parrafo">Vista la propuesta de la Comisión ,</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  el  Reglamento  (  CEE  )  n  º 1320/85 (3) ha previsto en el apartado   1  de  su  artículo  2  que  en  un  Estado  miembro  las  cantidades repartidas  entre  las  empresas  podrán  aumentarse hasta un máximo del 20 % en el  caso  de  que  la producción esté limitada por un acuerdo interprofesional o una medida nacional ;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  las  decisiones  de  que se trate , se adoptaron en una época tardía  para  las  plantaciones  de  1985  ;  que  ,  por tanto , es conveniente prever  la  posibilidad  de  derogar  este  límite  para la campaña 1985/86 , si las perspectivas del mercado del tomate fresco lo hacen necesario ,</p>
    <p class="parrafo">HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO :</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">Al  artículo  2  del  Reglamento  ( CEE ) n º 1320/85 , se le añadirá el párrafo siguiente :</p>
    <p class="parrafo">«  6  .  Para  la  campaña  1985/86  ,  la  Comisión  podrá decidir que se podrá derogar  el  aumento  máximo  previsto  en  el apartado 1 , habida cuenta de las perspectivas  de  la  cosecha  y  de  la  evolución  del  mercado de los tomates frescos . »</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">El  presente  Reglamento  entrará  en  vigor  el  tercer  día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas .</p>
    <p class="parrafo">El   presente   Reglamento   será   obligatorio   en   todos   sus  elementos  y directamente aplicable en cada Estado miembro .</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Luxemburgo , el 21 de octubre de 1985 .</p>
    <p class="parrafo">Por el Consejo</p>
    <p class="parrafo">El Presidente</p>
    <p class="parrafo">M. FISCHBACH</p>
    <p class="parrafo">(1) DO n º L 73 de 21 . 3 . 1977 , p. 1 .</p>
    <p class="parrafo">(2) DO n º L 81 de 23 . 3 . 1985 , p. 10 .</p>
    <p class="parrafo">(3) DO n º L 137 de 27 . 5 . 1985 , p. 41 .</p>
  </texto>
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