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    <identificador>DOUE-L-1985-80677</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9000">Comunidades Europeas</departamento>
    <rango codigo="1600">Decisión</rango>
    <fecha_disposicion>19850725</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>373/1985</numero_oficial>
    <titulo>Decisión del Consejo, de 25 de julio de 1985, por la que se completa la Decisión 84/1/Euratom, CEE con vistas a la construcción de un laboratorio de manipulación de tritio.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de las Comunidades Europeas</diario>
    <fecha_publicacion>19850807</fecha_publicacion>
    <diario_numero>210</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <pagina_final>28</pagina_final>
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    <url_pdf>/doue/1985/210/L00028-00028.pdf</url_pdf>
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    <judicialmente_anulada>N</judicialmente_anulada>
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      <materia codigo="3187" orden="1">Energía</materia>
      <materia codigo="3190" orden="2">Energía nuclear</materia>
      <materia codigo="3894" orden="3">Gastos</materia>
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        <anterior referencia="DOUE-L-1984-80003" orden="3040">
          <palabra codigo="408">COMPLETA</palabra>
          <texto>Decisión 84/1, de 22 de diciembre de 1983</texto>
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  <texto>
    <p class="parrafo">( 85/373/Euratom )</p>
    <p class="parrafo">EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS ,</p>
    <p class="parrafo">Visto  el  Tratado  constitutivo  de  la Comunidad Europea de la Energía Atómica y , en particular , su artículo 7 ,</p>
    <p class="parrafo">Vista  la  propuesta  de  la Comisión (1) , presentada previa consulta al Comité científico y técnico ,</p>
    <p class="parrafo">Visto el dictamen del Parlamento Europeo (2) ,</p>
    <p class="parrafo">Visto el dictamen del Comité económico y social (3) ,</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  en  el  contexto de la política común en el ámbito científico y  tecnológico  ,  el  programa de investigación plurianual es uno de los medios principales  de  la  Comunidad  Europea  de  Energía  Atómica  para  aportar una contribución  a  la  seguridad  y al desarrollo de la energía nuclear , así como a la adquisición y a la difusión de información en el sector nuclear ;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  el  Centro  Común de Investigaciones debe seguir desempeñando en   el   período   1984-1987   un   papel   primordial   en  la  estrategia  de investigación  de  la  Comunidad  y debe seguir realizando las tareas de interés común  mediante  recursos  de  nivel  equivalente  al  del  programa  plurianual precedente ;</p>
    <p class="parrafo">Considerando   que   ,   en   general   ,   el  programa  del  Centro  Común  de Investigaciones  debe  atenerse  a  las  conclusiones  del  Consejo  ,  de 10 de marzo   de   1983   ,   sobre   las   actividades   europeas   de  investigación particularmente importantes ;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  la  Decisión  84/1/Euratom  ,  CEE  del  Consejo  ,  de 22 de diciembre  de  1983  ,  por  la  que  se adopta un programa de investigación que deberá  ejecutar  el  Centro  Común de Investigaciones para la Comunidad Europea de  la  Energía  Atómica  y  para  la  Comunidad Económica Europea ( 1984-1987 ) (4)  subraya  el  papel  especial  del Centro en el ámbito de la tecnología y de la seguridad de la fusión ,</p>
    <p class="parrafo">DECIDE :</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">Los  proyectos  de  alcance  europeo en materia de investigación contemplados en la  Decisión  84/1/Euratom  ,  CEE  deberán  tener por objeto la construcción de un  laboratorio  de  manipulación  de  tritio en el establecimiento de Ispra del Centro Común de Investigaciones .</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">La  construcción  y  utilización  del  laboratorio  de manipulación de tritio se integrarán  plenamente  en  el  programa  del  Centro  Común  de Investigaciones para  1984-1987  ,  en  el  marco del subprograma « Tecnología y seguridad de la fusión  »  .  En  lo que se refiere al Anexo A de la Decisión 84/1/Euratom , CEE</p>
    <p class="parrafo">,  el  proyecto  «  Estudios  relativos  a  un  laboratorio  de  tritio  »  será sustituido  por  el  proyecto  «  Construcción de un laboratorio de manipulación de tritio » .</p>
    <p class="parrafo">Artículo 3</p>
    <p class="parrafo">En  lo  que  se  refiere al Anexo B de la Decisión 84/1/Euratom , CEE , la línea «  Créditos  específicos  previstos  para  los proyectos de alcance europeo » se insertará  en  el  programa  «  Fusión » en la línea « Tecnología y seguridad de la fusión » .</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas , el 25 de julio de 1985 .</p>
    <p class="parrafo">Por el Consejo</p>
    <p class="parrafo">El Presidente</p>
    <p class="parrafo">J. POOS</p>
    <p class="parrafo">(1) DO n º C 198 de 27 . 7 . 1984 , p. 6 .</p>
    <p class="parrafo">(2) DO n º C 25 de 28 . 1 . 1985 , p. 9 .</p>
    <p class="parrafo">(3) DO n º C 46 de 18 . 2 . 1985 , p. 72 .</p>
    <p class="parrafo">(4) DO n º L 3 de 5 . 1 . 1984 , p. 21 .</p>
  </texto>
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