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<documento fecha_actualizacion="20250707082601">
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    <identificador>DOUE-L-1985-80673</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9000">Comunidades Europeas</departamento>
    <rango codigo="1220">Reglamento</rango>
    <fecha_disposicion>19850725</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>2248/1985</numero_oficial>
    <titulo>Reglamento (CEE) nº 2248/85 de la Comisión, de 25 de julio de 1985, relativo a los modos de aplicación de la ayuda administrativa a la exportación de queso Emmenthal sujeto al régimen de contingentación y que puede beneficiarse de un trato especial para su importación en los Estados Unidos de América.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de las Comunidades Europeas</diario>
    <fecha_publicacion>19850807</fecha_publicacion>
    <diario_numero>210</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <pagina_inicial>9</pagina_inicial>
    <pagina_final>11</pagina_final>
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    <url_pdf>/doue/1985/210/L00009-00011.pdf</url_pdf>
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    <estatus_legislativo>L</estatus_legislativo>
    <fecha_vigencia>19850810</fecha_vigencia>
    <estatus_derogacion>S</estatus_derogacion>
    <fecha_derogacion>20090429</fecha_derogacion>
    <judicialmente_anulada>N</judicialmente_anulada>
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    <vigencia_agotada>S</vigencia_agotada>
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    <letra_imagen>L</letra_imagen>
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  <analisis>
    <materias>
      <materia codigo="420" orden="1">Ayudas</materia>
      <materia codigo="817" orden="2">Certificaciones</materia>
      <materia codigo="3473" orden="3">Estados Unidos de América</materia>
      <materia codigo="3521" orden="4">Exportaciones</materia>
      <materia codigo="4056" orden="5">Importaciones</materia>
      <materia codigo="5743" orden="6">Productos lácteos</materia>
      <materia codigo="5807" orden="7">Queso</materia>
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    <notas>
      <nota codigo="37" orden="220">Aplicable desde el 1 de septiembre de 1985.</nota>
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          <palabra codigo="210">SE DEROGA</palabra>
          <texto>, por Reglamento 296/2009, de 8 de abril</texto>
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        <posterior referencia="DOUE-L-1993-82130" orden="1">
          <palabra codigo="270">SE MODIFICA</palabra>
          <texto>el Anexo I, por Reglamento 3450/93, de 16 de diciembre</texto>
        </posterior>
        <posterior referencia="DOUE-L-1988-80063" orden="2">
          <palabra codigo="270">SE MODIFICA</palabra>
          <texto>, por Reglamento 222/88, de 22 de diciembre de 1987</texto>
        </posterior>
        <posterior referencia="DOUE-L-1985-80772" orden="3">
          <palabra codigo="270">SE MODIFICA</palabra>
          <texto>por Reglamento 2651/85, de 19 de septiembre</texto>
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  </analisis>
  <texto>
    <p class="parrafo">REGLAMENTO ( CEE ) N º 2248/85 DE LA COMISION</p>
    <p class="parrafo">LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS ,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea ,</p>
    <p class="parrafo">Visto  el  Reglamento  (  CEE  ) n º 2931/79 del Consejo , de 20 de diciembre de 1979  ,  relativo  a  la  ayuda  a  la  exportación  de  productos agrícolas que pueden  beneficiarse  de  un  trato especial a la importación en un país tercero (1) y , en particular , el apartado 2 de su artículo 1 ,</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  la  Comunidad  y los Estados Unidos de América acordaron , en el  marco  del  Acuerdo  General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio ( GATT ) , permitir  la  importación  en  los  Estados Unidos de América de queso de origen comunitario  sujeto  al  régimen  de  contingentación a partir del 1 de enero de 1980  ;  que  este  acuerdo  se  aprobó  mediante  la  Decisión  80/272/CEE  del Consejo (2) ;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  los  Estados  Unidos  de  América se han comprometido a tomar todas  las  medidas  necesarias  para  que  la  administración  disponga de este contingente  con  el  fin  de permitir su máxima utilización ; que , a la luz de la   experiencia   adquirida   ,  parece  conveniente  reforzar  la  cooperación administrativa  con  los  Estados  Unidos  de  América  para  asegurar  la plena utilización  del  contingente  de  queso Emmenthal de origen comunitario , que , para  ello  ,  este  queso deberá ir acompañado de un certificado expedido en la Comunidad por las autoridades competentes ;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  las  medidas  que  se establecen en el presente Reglamento se ajustan  al  dictamen  del  Comité  de  gestión  de  la leche y de los productos lácteos ,</p>
    <p class="parrafo">HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO :</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">Para  la  exportación  a  los  Estados Unidos de América ( incluídos Puerto Rico</p>
    <p class="parrafo">y  Hawai  )  de  queso  Emmenthal  , de la subpartida 04.04 del arancel aduanero común  y  de  la  subpartida  117.60.25 del Tariff Schedule of the United States ,  sujeto  a  un  régimen  de  contingentación  ,  la  autoridad  competente del Estado  miembro  exportador  expedirá  ,  previa  petición de los exportadores , un certificado conforme al modelo que figura en el Anexo .</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">1  .  Los  formularios  de  los  certificados se imprimirán en papel blanco y en lengua  inglesa  ,  y  tendrán  un  formato  de  210  x  296  milímetros  . Cada certificado  llevará  un  número  de  serie que le atribuirá la autoridad que lo expida  .  Los  Estados  miembros  podrán  exigir  que  los  certificados que se expidan  en  su  territorio  vayan  impresos  en su lengua o lenguas oficiales , además de en inglés .</p>
    <p class="parrafo">2  .  Cada  certificado  constará de original y al menos dos copias . Las copias llevarán  el  mismo  número  de serie que el original . El original y las copias se  rellenarán  a  máquina  o  a  mano  ; en este último caso , se escribirá con tinta y letras mayúsculas .</p>
    <p class="parrafo">Artículo 3</p>
    <p class="parrafo">1  .  El  certificado  y  sus  copias  serán  expedidos  por la autoridad que el Estado miembro exportador designe a tal efecto .</p>
    <p class="parrafo">2  .  La  autoridad  expedidora  conservará  una  copia  del  certificado  .  El original  y  la  otra  copia  deberán  presentarse  en  la  oficina  de  aduanas comunitaria donde se haya depositado la declaración de exportación .</p>
    <p class="parrafo">3  .  La  oficina  de  aduanas  mencionada en el apartado 2 rellenará la casilla correspondiente   en   el  original  y  se  lo  devolverá  al  exportador  o  su representante , quedándose con la copia .</p>
    <p class="parrafo">Artículo 4</p>
    <p class="parrafo">El  certificado  no  será  válido hasta que haya sido debidamente sellado por la oficina  de  aduanas  .  Corresponderá  a  la cantidad de queso Emmenthal que en él  se  indique  y  deberá  presentarse  a  las  autoridades  aduaneras  de  los Estados  Unidos  de  América  . Sin embargo , si una cantidad sobrepasara un 5 % ,  como  máximo  ,  la  que se indica en el certificado , seguirá considerándose cubierta por este último .</p>
    <p class="parrafo">Artículo 5</p>
    <p class="parrafo">Los  Estados  miembros  tomarán  todas  las medidas necesarias para controlar el origen  ,  la  composición  y  la  calidad  de los quesos Emmenthal a los que se conceda un certificado .</p>
    <p class="parrafo">Artículo 6</p>
    <p class="parrafo">El  presente  Reglamento  entrará  en  vigor  al tercer día de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas .</p>
    <p class="parrafo">Se aplicará a partir del 1 de septiembre de 1985 .</p>
    <p class="parrafo">El   presente   Reglamento   será   obligatorio   en   todos   sus  elementos  y directamente aplicable en cada Estado miembro .</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas , el 25 de julio de 1985 .</p>
    <p class="parrafo">Por la Comisión</p>
    <p class="parrafo">Frans ANDRIESSEN</p>
    <p class="parrafo">Vicepresidente</p>
    <p class="parrafo">(1) DO n º L 334 de 28 . 12 . 1979 , p. 8 .</p>
    <p class="parrafo">(2) DO n º L 71 de 17 . 3 . 1980 , p. 129 .</p>
    <p class="parrafo">ANEXO</p>
    <p class="parrafo">EUROPEAN COMMUNITY</p>
    <p class="parrafo">CERTIFICATE</p>
    <p class="parrafo">FOR THE EXPORT OF EMMENTALER CHEESE TO THE UNITED STATES OF AMERICA</p>
    <p class="parrafo">No ...</p>
    <p class="parrafo">ORIGINAL</p>
    <p class="parrafo">1 Exporter ...</p>
    <p class="parrafo">2 Consignee ...</p>
    <p class="parrafo">3 Issuing authority ...</p>
    <p class="parrafo">NOTES</p>
    <p class="parrafo">A  This  certificate  must  be  made out in one original and at least two copies .</p>
    <p class="parrafo">B  This  description  of  the  cheese  must  include the type in addition to any brand or trade name .</p>
    <p class="parrafo">C  The  original  and  one  copy  must  be  produced  for  certification  to the customs office with which the export declaration is lodged .</p>
    <p class="parrafo">D  The  original  must  be  produced  to  the  customs authorities of the United States of America .</p>
    <p class="parrafo">4  Marks  and  numbers  -  Number  and  kind of packages - Description of cheese ...</p>
    <p class="parrafo">5 Gross mass ( weight ) in kg ...</p>
    <p class="parrafo">6 Net mass ( weight ) in kg ...</p>
    <p class="parrafo">7 Invoice(s) No(s) ...</p>
    <p class="parrafo">8 THE ISSUING AUTHORITY hereby certifies that the cheese described above</p>
    <p class="parrafo">- was produced in the Community from raw materials of Community origin</p>
    <p class="parrafo">- is of sound and fair marketable quality .</p>
    <p class="parrafo">Place and date : ...</p>
    <p class="parrafo">... ( Signature )</p>
    <p class="parrafo">... ( Stamp )</p>
    <p class="parrafo">9 CERTIFICATION BY THE COMPETENT CUSTOMS OFFICE IN THE COMMUNITY</p>
    <p class="parrafo">Authorization  for  the  export  to  the  United States of America of the cheese covered by this certificate has been given .</p>
    <p class="parrafo">Export declaration : ...</p>
    <p class="parrafo">- type : ...</p>
    <p class="parrafo">- number : ...</p>
    <p class="parrafo">- date of acceptance : ...</p>
    <p class="parrafo">... ( Signature )</p>
    <p class="parrafo">... ( Stamp )</p>
  </texto>
</documento>
