<?xml version="1.0" encoding="UTF-8"?>
<documento fecha_actualizacion="20250703095601">
  <metadatos>
    <identificador>DOUE-L-1985-80233</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9000">Comunidades Europeas</departamento>
    <rango codigo="1600">Decisión</rango>
    <fecha_disposicion>19850312</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>196/1985</numero_oficial>
    <titulo>Decisión del Consejo, de 12 de marzo de 1985, referente a un programa plurianual de investigación y de desarrollo para la Comunidad Económica Europea dentro del campo de la investigación tecnológica básica y de la aplicación de las nuevas tecnologías (BRITE) (1985-1988).</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de las Comunidades Europeas</diario>
    <fecha_publicacion>19850325</fecha_publicacion>
    <diario_numero>83</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
    <subseccion/>
    <pagina_inicial>8</pagina_inicial>
    <pagina_final>12</pagina_final>
    <suplemento_pagina_inicial/>
    <suplemento_pagina_final/>
    <url_pdf>/doue/1985/083/L00008-00012.pdf</url_pdf>
    <url_epub/>
    <url_pdf_catalan/>
    <url_pdf_euskera/>
    <url_pdf_gallego/>
    <url_pdf_valenciano/>
    <estatus_legislativo>L</estatus_legislativo>
    <fecha_vigencia/>
    <estatus_derogacion>N</estatus_derogacion>
    <fecha_derogacion/>
    <judicialmente_anulada>N</judicialmente_anulada>
    <fecha_anulacion/>
    <vigencia_agotada>N</vigencia_agotada>
    <estado_consolidacion codigo="0"/>
    <letra_imagen>L</letra_imagen>
    <suplemento_letra_imagen/>
  </metadatos>
  <analisis>
    <materias>
      <materia codigo="1262" orden="1">Comités consultivos</materia>
      <materia codigo="1664" orden="2">Contratos</materia>
      <materia codigo="4157" orden="3">Industrias</materia>
      <materia codigo="4521" orden="4">Investigación científica</materia>
      <materia codigo="5762" orden="5">Programas</materia>
      <materia codigo="6851" orden="6">Tecnología</materia>
      <materia codigo="7090" orden="7">Universidades</materia>
    </materias>
    <notas/>
    <referencias>
      <anteriores>
        <anterior referencia="DOUE-L-1984-80354" orden="5020">
          <palabra codigo="330">CITA</palabra>
          <texto>Decisión 84/338, de 29 de junio</texto>
        </anterior>
      </anteriores>
      <posteriores>
        <posterior referencia="DOUE-L-1988-80161" orden="1">
          <palabra codigo="270">SE MODIFICA</palabra>
          <texto>el art. 1.2, se sustituye el art. 2 y se añade el art. 4 bis, por Decisión 88/108, de 29 de febrero</texto>
        </posterior>
      </posteriores>
    </referencias>
    <alertas/>
  </analisis>
  <texto>
    <p class="parrafo">( 85/196/CEE )</p>
    <p class="parrafo">EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS ,</p>
    <p class="parrafo">Visto  el  Tratado  constitutivo  de  la  Comunidad  Económica  Europea  y  , en particular , su artículo 235 .</p>
    <p class="parrafo">Vista la propuesta de la Comisión (1) ,</p>
    <p class="parrafo">Visto el dictamen del Parlamento europeo (2) ,</p>
    <p class="parrafo">Visto el dictamen del Comité económico y social (3) ,</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  en  virtud  del artículo 2 del Tratado CEE la Comunidad tiene en  particular  por  misión  promover un desarrollo armonioso de las actividades económicas   en  el  conjunto  de  la  Comunidad  ,  una  expansión  continua  y equilibrada y una elevación acelerada del nivel de vida ;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  la  investigación  sobre  las aplicaciones de las tecnologías nuevas contribuye a la realización de esos objetivos ;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  la  promoción  de  la  competitividad de la industria europea constituye uno de los principales objetivos del programa-marco ;</p>
    <p class="parrafo">Considerando   que  el  reagrupamiento  de  acciones  indirectas  y  concertadas dentro  del  campo  de  la  tecnología  básica  contribuiría a la realización de</p>
    <p class="parrafo">ese objetivo ;</p>
    <p class="parrafo">Considerando   que   el  programa  de  acción  de  investigación  «  tecnologías industriales  »  comprende  cierto  número  de  programas  de  investigación que revisten  un  interés  para  la  industria  europea , pero que no incluye ningún programa     de    investigación    tecnológica    básica    multisectorial    y pluridisciplinaria ;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  es  necesario  animar  todavía  más  las  aplicaciones de las tecnologías   nuevas  dentro  del  conjunto  de  la  Comunidad  para  aprovechar plenamente  las  ventajas  económicas  del  mercado  común ; considerando que es igualmente   necesario   reagrupar  las  tecnologías  provenientes  de  diversos campos   de   fabricación  para  hacer  que  se  aprovechen  de  ellas  sectores industriales  específicos  ;  que  es  necesario  animar las aplicaciones de las nuevas   tecnologías   de   modo   a  hacer  que  se  aprovechen  de  ellas  muy especialmente las pequeñas y medianas empresas ;</p>
    <p class="parrafo">Considerando   que   el  programa  de  acción  de  investigación  «  tecnologías industriales   »   contiene   cierto   número   de  programas  de  investigación interesantes  para  la  industria  europea  ,  pero no incluye todavía programas que  reagrupen  las  tecnologías  de  diversos orígenes para beneficiar con ello sectores industriales específicos ;</p>
    <p class="parrafo">Considerando   que   ese   programa   responde   a  la  necesidad  imperiosa  de constituir  o  de  consolidar  un  potencial  industrial específicamente europeo en  las  tecnologías  de  que se trate ; que , por consiguiente , las empresas , las  universidades  y  los  centros  de  investigación de la Comunidad que están en  mejores  condiciones  para  contribuir  a la realización de esos objetivos , deben ser los beneficiarios de ese programa ;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  conviene  asociar  lo  más  posible a las pequeñas y medianas empresas ( PME ) al desarrollo de las tecnologías industriales ;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  el  Tratado  CEE  no  prevé los poderes de acción específicos requeridos para ello ;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  el  Comité  investigación  científica y técnica ha emitido su dictamen ,</p>
    <p class="parrafo">DECIDE :</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">1  .  Se  adopta  un  programa  plurianual de investigación y de desarrollo para la  Comunidad  Económica  Europea  dentro  del campo de las nuevas tecnologías ( BRITE  )  ,  tal  como  está  definido en el Anexo , fijado para una duración de cuatro años a partir del 1 de enero de 1985 .</p>
    <p class="parrafo">2   .   El   programa   comprende   actividades   efectuadas   bajo   forma   de investigaciones bajo contrato y de acciones concertadas .</p>
    <p class="parrafo">Los  participantes  pueden  ser  organizaciones  industriales  ,  institutos  de investigación  y  universidades  establecidas  en  el territorio de la Comunidad .</p>
    <p class="parrafo">Normalmente   ,   los   institutos   de   investigación   y   las  universidades constituyen  un  grupo  con  una  organización  industrial  y  los proyectos son realizados por participantes que pertenecen a más de un Estado miembro .</p>
    <p class="parrafo">Como  regla  general  ,  la  contribución de la Comunidad no sobrepasará el 50 % , el resto correrá a cargo de los participantes industriales .</p>
    <p class="parrafo">Las  acciones  concertadas  se  refieren a la coordinación , a nivel comunitario</p>
    <p class="parrafo">,   de   actividades   de  investigación  que  ya  forman  parte  integrante  de programas  de  investigación  aplicados  por los Estados miembros y , en su caso , por la Comunidad .</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">El  importe  estimado  necesario  para la ejecución del programa ( 1985 - 1988 ) asciende  a  125  millones  de  ECUS  (  incluidos  los gastos resultantes de un efectivo  de  veinticinco  agentes  ) , de los que el 20 % se estiman necesarios para la ejecución del subprograma II del Anexo .</p>
    <p class="parrafo">Artículo 3</p>
    <p class="parrafo">Durante  el  segundo  año  ,  el programa volverá a ser examinado . El resultado de  ese  nuevo  examen  será  sometido  al Consejo y al Parlamento Europeo . Ese nuevo  examen  podrá  conducir  a  la  Comisión  a  presentar  una  propuesta de revisión del programa según los procedimientos adecuados .</p>
    <p class="parrafo">Artículo 4</p>
    <p class="parrafo">La  Comisión  asegura  la  ejecución  del  programa  en  lo  que se refiere a la investigación  bajo  contrato  y  la  coordinación  en  lo  que se refiere a las acciones concertadas .</p>
    <p class="parrafo">La  Comisión  decide  ,  dentro  del  marco del programa , de sus modalidades de ejecución   ,  en  particular  ,  en  lo  que  se  refiere  al  reparto  de  las actividades  entre  la  investigación  bajo  contrato y las acciones concertadas en lo que se refiere a la puesta en marcha de las acciones concertadas .</p>
    <p class="parrafo">Artículo 5</p>
    <p class="parrafo">La  Comisión  es  asistida  en  sus tareas de gestión del programa por el comité consultivo  en  materia  de  gestión  y  de  coordinación  ( CGC ) « Tecnologías industriales » , creado por la Decisión 84/338/Euratom , CECA , CEE (4) .</p>
    <p class="parrafo">Artículo 6</p>
    <p class="parrafo">Para   los   fines   de  las  acciones  concertadas  y  de  conformidad  con  un procedimiento  que  habrá  de  fijar  la Comisión tras consulta con el CGC , los Estados  miembros  participantes  y  la  Comunidad  proceden  al  intercambio de todas  las  informaciones  adecuadas  a  las  cuales  tienen  acceso  y  que son libres  de  divulgar  ,  en lo que se refiere a las actividades de investigación y  desarrollo  cubiertas  por  la  presente  Decisión  , sean o no proyectadas o aplicadas bajo su autoridad .</p>
    <p class="parrafo">Todas  las  informaciones  son  consideradas  como  confidenciales  si el Estado miembro que las facilita así lo solicita .</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas , el 12 de marzo de 1985 .</p>
    <p class="parrafo">Por el Consejo</p>
    <p class="parrafo">El Presidente</p>
    <p class="parrafo">F. M. PANDOLFI</p>
    <p class="parrafo">(1) DO n º C 230 de 27 . 8 . 1983 , p. 3 .</p>
    <p class="parrafo">(2) DO n º C 342 de 19 . 12 . 1983 , p. 161 .</p>
    <p class="parrafo">(3) DO n º C 358 de 31 . 12 . 1983 , p. 1 .</p>
    <p class="parrafo">(4) DO n º L 177 de 4 . 7 . 1984 , p. 25 .</p>
    <p class="parrafo">ANEXO</p>
    <p class="parrafo">PROGRAMA  1985  -  1988  DENTRO DEL CAMPO DE LA INVESTIGACION TECNOLOGICA BASICA Y DE LA APLICACION DE LAS NUEVAS TECNOLOGIAS ( BRITE )</p>
    <p class="parrafo">Los objetivos del programa son los siguientes :</p>
    <p class="parrafo">I   .   Investigación  y  desarrollo  tecnológicos  de  carácter  precompetitivo</p>
    <p class="parrafo">referido a los sectores siguientes :</p>
    <p class="parrafo">1 . Fiabilidad , desgaste y deterioro</p>
    <p class="parrafo">En particular :</p>
    <p class="parrafo">a  )  los  métodos  de  previsión  de la duración de vida útil y residual de los materiales  ,  componentes  y  montajes , así como la evaluación de sus defectos ;</p>
    <p class="parrafo">b  )  las  propiedades  de  resistencia  al roce , al desgaste y a la erosión de los  materiales  ,  componentes  y montajes cuando son utilizados en condiciones desfavorables , o sometidos a tensiones particularmente fuertes ;</p>
    <p class="parrafo">c  )  la  mecánica  de las roturas , incluido las roturas inestables , la fatiga ,  el  flujo  y  los  efectos  de  la  corrosión  ,  con  vistas  a  mejorar  el comportamiento  mecánico  y  la  duración de vida previsible de los materiales , componentes y montajes ;</p>
    <p class="parrafo">d  )  los  mecanismos  de corrosión y la protección contra la corrosión en medio agresivo , incluido bajo el efecto de una acción biológica ;</p>
    <p class="parrafo">e  )  la  tecnología  de  los tratamientos de superficie y de los revestimientos protectores  ,  que  tienden  a modificar las propiedades físicas y mecánicas de los  materiales  ,  componentes  y  montajes , incluida la aplicación industrial de  procedimientos  ya  utilizados  en  laboratorio  ,  las  propiedades  de las superficies y los fenómenos de acoplamientos mutuos .</p>
    <p class="parrafo">2  .  Tecnología  láser  y  sus  aplicaciones y otros métodos nuevos de moldeo y perfilado de los metales</p>
    <p class="parrafo">En particular :</p>
    <p class="parrafo">a  )  los  lásers  de gran potencia para el tratamiento de materiales , incluida la  interacción  entre  los  haces  láser  y  los  materiales  ,  las medidas de seguridad  y  los  métodos  de trabajo unidos a la utilización industrial de los lásers ;</p>
    <p class="parrafo">b  )  la  tecnología  de  realización de perfiles que no necesiten practicamente ya acabado , en particular la metalurgia de los polvos .</p>
    <p class="parrafo">3 . Técnicas de montaje</p>
    <p class="parrafo">En particular :</p>
    <p class="parrafo">a   )   las  técnicas  de  soldadura  nuevas  o  perfeccionadas  ,  incluida  la soldadura  por  haz  electrónico  , por difusión y por fricción , y la soldadura automatizada  de  bajo  costo  ,  incluidos  los  sistemas  mediante  sensores y control adaptativo ;</p>
    <p class="parrafo">b  )  la  utilización  de  técnicas  de  pegado  ,  de  soldadura  blanda  y  de soldadura   en   general  ,  nuevas  o  perfeccionadas  y  su  adaptación  a  la producción en serie . El montaje de materiales nuevos y heterogéneos .</p>
    <p class="parrafo">4  .  Nuevos  métodos  de  ensayo  , incluidos los ensayos no destructivos , los ensayos en línea y los ensayos asistidos por ordenador</p>
    <p class="parrafo">En particular :</p>
    <p class="parrafo">a  )  las  técnicas  de  ensayo  para  medir , detectar y poner en evidencia los defectos  ,  fatigas  y  procesos  de  deterioro  ,  incluidos  los fenómenos de corrosión  ,  de  desgaste  y  de  fisuración  así  como  las lesiones de origen biológico  ,  los  métodos  para la utilización en las condiciones de servicio ( fatiga ) y de estímulo de esas condiciones ;</p>
    <p class="parrafo">b  )  la  aplicación  de  la  informática a las técnicas y sistemas de ensayos , en particular con vistas a su utilización en los procesos de fabricación .</p>
    <p class="parrafo">5 . CAO/PAO y modelos matemáticos</p>
    <p class="parrafo">En particular :</p>
    <p class="parrafo">a  )  las  técnicas  de  CAO/PAO  destinadas  a  los  procesos  industriales que exploten   trabajos   sobre  arquitecturas  y  algoritmos  efectuados  en  otros sitios  ,  incluido  ESPRIT  ,  y ligados a procesos de fabricación específicos, incluidas  las  técnicas  de  bajo  costo  que  convienen  para  las  pequeñas y medianas empresas ( PME ) ;</p>
    <p class="parrafo">b  )  la  modelación  matemática  de  los  procesos  y fenómenos de producción , incluida  la  modelación  de  los sistemas flexibles de fabricación que conviene a las PME .</p>
    <p class="parrafo">6  .  Materiales  nuevos  ,  en  particular  polímeros , materiales compuestos y otros materiales nuevos que tengan propiedades especiales</p>
    <p class="parrafo">En particular :</p>
    <p class="parrafo">a  )  los  polímeros  y  materiales compuestos que presentan propiedades físicas y   mecánicas   especiales  y  perfeccionadas  ,  así  como  características  de estabilidad  que  permitan  ampliar  su  utilización  en  mecánica  , medicina y agricultura ;</p>
    <p class="parrafo">b  )  las  nuevas  técnicas de producción y de transformación de los polímeros y de los materiales compuestos ;</p>
    <p class="parrafo">c  )  los  materiales  nuevos  que presentan propiedades eléctricas , magnéticas y optoelectrónicas especiales .</p>
    <p class="parrafo">7   .  Ciencia  y  tecnología  de  las  membranas  y  problemas  encontrados  en electroquímica</p>
    <p class="parrafo">En particular :</p>
    <p class="parrafo">a  )  la  utilización  de  las  membranas  en  el  proceso  de separación de las mezclas   líquidas   y   gaseosas   ,   incluida   la   ósmosis   inversa  ,  la ultrafiltración , la microfiltración , la diálisis y la pervaporación ;</p>
    <p class="parrafo">b  )  los  nuevos  materiales  que sirven para la fabricación de las membranas , incluidos los materiales cerámicos ;</p>
    <p class="parrafo">c  )  la  técnica  de  la  electrólisis  , en particular por fusión salina , los fenómenos  irreversibles  que  afectan  a los circuitos anódicos y la aplicación de la tecnología de las membranas en los sistemas electrolíticos .</p>
    <p class="parrafo">8 . Catálisis y tecnología de las partículas</p>
    <p class="parrafo">En particular :</p>
    <p class="parrafo">a  )  los  zeolitos  como  catalizadores utilizados para las síntesis en química orgánica  ,  incluido  su  producción  , su caracterización , su perfilado , así como su aplicación a la catálisis selectiva de forma ;</p>
    <p class="parrafo">b  )  la  catálisis  homogénea  ,  centrada  en  particular en las reacciones de oxidación que presentan un interés para la industria ;</p>
    <p class="parrafo">c  )  la  purificación  catalítica  de  los  efluentes  industriales incluida la eliminación del SO2 y de NO x ;</p>
    <p class="parrafo">d  )  la  tecnología  de  las partículas , en particular los problemas ligados a su  fabricación  y  a  su  contaminación  ,  así  como  a  la  concepción de los equipos .</p>
    <p class="parrafo">II  .  Investigación  y  desarrollo  tecnológicos  de  carácter precompetitivo , incluidos  los  proyectos  piloto  y los proyectos de demostración , referidos a las  tecnologías  de  producción  nuevas  adaptadas  a  productos  fabricados  a partir de materias flexibles</p>
    <p class="parrafo">El  programa  comprende  los  tres  grandes sectores de investigación siguientes :</p>
    <p class="parrafo">-   la   manipulación   automatizada   de  materias  flexibles  y  de  artículos fabricados   a   partir  de  estas  materias  .  Este  sector  puede  comprender investigaciones sobre :</p>
    <p class="parrafo">a  )  el  transporte  automatizado por robots , a partir de diversos sistemas de distribución  ,  hacia  y  en  la salida de máquinas de coser automáticas de una o  varias  piezas  de  tejido  o premontaje , en dos o tres dimensiones , con la ayuda de dispositivos sensores , pinzas , etc. ;</p>
    <p class="parrafo">b  )  el  transporte  automático  de  piezas de tejido , premontajes y artículos acabados  de  un  puesto  de trabajo a otro , incluido el control que permite la adaptación   automática  del  programa  de  producción  .  El  transporte  puede efectuarse  ya  mediante  sistemas  mecánicos  ,  ya  por carros teledirigidos o preprogramados ;</p>
    <p class="parrafo">c  )  la  puesta  a punto de unidades que efectúan automáticamente una secuencia de operaciones de costura .</p>
    <p class="parrafo">-   el   montaje  automático  de  materias  flexibles  y  su  transformación  en productos acabados . Ese sector puede comprender investigaciones sobre :</p>
    <p class="parrafo">a  )  la  ampliación  de  las  técnicas existentes de costura automática , y más particularmente  de  la  costura  tridimensional  y del mando de varias máquinas por un solo operario ;</p>
    <p class="parrafo">b   )   las   cabezas   de   máquina   móviles  ,  ya  montadas  sobre  máquinas tradicionales , ya bajo forma de cabeza ligera flexible ;</p>
    <p class="parrafo">c  )  la  nueva  técnica del punto , centrada en particular sobre la posibilidad de coser solamente sobre una sola cara de la pieza de tejido ;</p>
    <p class="parrafo">d ) las técnicas de substitución del montaje por la costura ;</p>
    <p class="parrafo">e  )  las  técnicas  que  permiten  dar  a las máquinas de coser automáticas una mayor   flexibilidad   de   utilización   ,   por   ejemplo   las   herramientas intercambiables ;</p>
    <p class="parrafo">f  )  podría  resultar  necesario recurrir a técnicas de control que utilicen la microelectrónica  (  Equipo  lógico  )  para  enriquecer la gama de las técnicas de costura automatizadas , en particular la costura tridimensional .</p>
    <p class="parrafo">-  la  integración  de  técnicas  anteriormente  citadas  así como de otras para lograr  una  fabricación  automatizada  que  enlace las diversas operaciones con flexibilidad  ,  poniendo  especial  acento  sobre la necesidad de conciliar una fabricación  diversificada  y  cambios  frecuentes  de  modelos  .  Este  sector puede comprender investigaciones sobre :</p>
    <p class="parrafo">a  )  los  elementos  necesarios  para  la construcción de un sistema totalmente automatizado  diferente  de  los  descritos  anteriormente  .  Algunos  de estos podrían  referirse  al  control  de  calidad  ,  el  control  del  tejido  , las operaciones  de  corte  y  de  acabado . Son posibles diversas soluciones , y es importante  no  solamente  que  el  trabajo efectuado se inscriba en el marco de una  u  otra  de  las soluciones posibles , sino también que las investigaciones se refieran a todas las soluciones posibles ;</p>
    <p class="parrafo">b  )  la  creación  automática de modelos en tres dimensiones y el patrón que de ello  resulte  en  dos  dimensiones , incluidas las modificaciones traídas en el modelo ;</p>
    <p class="parrafo">c  )  el  desarrollo  de  técnicas de punto como solución de recambio al corte y</p>
    <p class="parrafo">la costura del tejido ;</p>
    <p class="parrafo">d   )   el   marcado   y   la   identificación  de  las  diversas  piezas  y  la interpretación de las operaciones que se han de efectuar en esas piezas .</p>
  </texto>
</documento>
