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    <identificador>DOUE-L-1984-80591</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9000">Comunidades Europeas</departamento>
    <rango codigo="25">Directiva</rango>
    <fecha_disposicion>19840917</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>526/1984</numero_oficial>
    <titulo>Directiva del Consejo, de 17 de septiembre de 1984, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre las botellas de gas, de aluminio sin alear y de aluminio aleado sin soldadura.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de las Comunidades Europeas</diario>
    <fecha_publicacion>19841119</fecha_publicacion>
    <diario_numero>300</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <pagina_inicial>20</pagina_inicial>
    <pagina_final>47</pagina_final>
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    <url_pdf>/doue/1984/300/L00020-00047.pdf</url_pdf>
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    <fecha_derogacion>20110701</fecha_derogacion>
    <judicialmente_anulada>N</judicialmente_anulada>
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    <url_eli>http://data.europa.eu/eli/dir/1984/526/spa</url_eli>
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      <materia codigo="220" orden="1">Aluminio</materia>
      <materia codigo="294" orden="2">Armonización de legislaciones</materia>
      <materia codigo="3246" orden="3">Envases</materia>
      <materia codigo="3889" orden="4">Gas</materia>
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    <notas>
      <nota codigo="26" orden="300">Cumplimiento a más tardar el 26 de marzo de 1986.</nota>
    </notas>
    <referencias>
      <anteriores>
        <anterior referencia="DOUE-L-1976-80248" orden="5020">
          <palabra codigo="330">CITA</palabra>
          <texto>Directiva 76/767, de 27 de julio</texto>
        </anterior>
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        <posterior referencia="DOUE-L-2010-81141" orden="">
          <palabra codigo="210">SE DEROGA</palabra>
          <texto>con efectos de 1 de julio de 2011, por Directiva 2010/35, de 16 de junio</texto>
        </posterior>
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    </referencias>
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  </analisis>
  <texto>
    <p class="parrafo">( 84/526/CEE )</p>
    <p class="parrafo">EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS ,</p>
    <p class="parrafo">Visto  el  Tratado  constitutivo  de  la  Comunidad  Económica  Europea  y  , en particular , su artículo 100 ,</p>
    <p class="parrafo">Vista la propuesta de la Comisión (1) ,</p>
    <p class="parrafo">Visto el dictamen del Parlamento Europeo (2) ,</p>
    <p class="parrafo">Visto el dictamen del Comité económico y social (3) ,</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  en  los  Estados  miembros  la  construcción de bombonas para gas  y  los  controles  relativos  a  la  misma  están  sujetos  a disposiciones imperativas   que  difieren  de  un  Estado  miembro  a  otro  y  que  con  ello obstaculizan  sus  intercambios  ;  que  habrá  por  tanto  que  proceder  a  la aproximación de dichas disposiciones ;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  la  Directiva  76/767/CEE  del Consejo de 27 de junio de 1976</p>
    <p class="parrafo">,  referente  a  la  aproximación  de  legislaciones  de  los  Estados  miembros relativas  a  las  disposiciones  comunes  a  los  recipientes a presión y a los métodos  de  control  de  dichos  recipientes  (4)  ,  modificada por el Acta de adhesión  de  1979  ,  define en particular los procedimientos de aprobación CEE y  de  comprobación  CEE  de  dichos  recipientes  ;  que  , con arreglo a dicha Directiva  ,  conviene  establecer  las  disposiciones técnicas a las que tienen que  ajustarse  las  botellas  de  gas , aluminio sin alear o de aluminio aleado sin  soldadura  ,  de  tipo  CEE  0,5  a  150 litros , para poder ser puestas en circulación  ,  comercializadas  y  utilizadas libremente una vez que hayan sido sometidas  a  los  controles  y  hayan  sido  provistas  de  las marcas y signos correspondientes ,</p>
    <p class="parrafo">HA ADOPTADO LA PRESENTE DIRECTIVA :</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">1  .  La  presente  Directiva  se  aplicará  a las botellas de gas , de aluminio sin  alear  o  de  aluminio  aleado  sin  soldadura  , de una sola pieza , aptas para  ser  rellenadas  muchas  veces  y  que  puedan  ser  transportadas  , cuya capacidad  sea  por  lo  menos  igual  a 0,5 litros y no exceda los 150 litros , destinadas   a   contener   gases   comprimidos  ,  licuados  o  disueltos  .  A continuación se denominarán « botellas » a dichas botellas de gas .</p>
    <p class="parrafo">2 . Quedan excluidas de la presente Directiva :</p>
    <p class="parrafo">-   las   botellas  fabricadas  a  partir  de  una  aleación  de  aluminio  cuya resistencia mínima garantizada a la tracción sea superior a 500 N/mm² ,</p>
    <p class="parrafo">-  las  botellas  a  las que en el momento de cierre del fondo se las ha añadido metal .</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">Con  arreglo  a  la  presente  Directiva  se  entiende  por  botella de tipo CEE cualquier  botella  que  haya  sido  concebida  y  fabricada  ajustándose  a las disposiciones de la presente Directiva y de la Directiva 76/767/CEE .</p>
    <p class="parrafo">Artículo 3</p>
    <p class="parrafo">Con  arreglo  a  la  Directiva  76/767/CEE  y  a  la  presente  Directiva  , los Estados   miembros   no   podrán   rechazar   ,   prohibir   o   restringir   la comercialización  y  puesta  en  servicio  de  una  botella  de  tipo  CEE , por ningún motivo referente a su construcción o al control de la misma .</p>
    <p class="parrafo">Artículo 4</p>
    <p class="parrafo">Todas las botellas de tipo CEE están sujetas a la aprobación CEE de modelo .</p>
    <p class="parrafo">Todas  las  botellas  de  tipo CEE están sujetas a la comprobación CEE , excepto las  botellas  cuya  presión  de  prueba  hidráulica  sea inferior o igual a 120 bars y su capacidad inferior o igual a un litro .</p>
    <p class="parrafo">Artículo 5</p>
    <p class="parrafo">Las  modificaciones  necesarias  para  adaptar  al  progreso  técnico los puntos 2.1.5  ,  2.4  ,  3.1.0  ,  3.5 , 3.6.3.7 , 4 , 5 y 6 del Anexo I , así como los demás  Anexos  de  la  presente  Directiva  serán establecidas de acuerdo con el procedimiento previsto en el artículo 20 de la Directiva 76/767/CEE .</p>
    <p class="parrafo">Artículo 6</p>
    <p class="parrafo">El  procedimiento  previsto  en  el  artículo  17  de la Directiva 76/767/CEE es aplicable al punto 2.3 . de la presente Directiva .</p>
    <p class="parrafo">Artículo 7</p>
    <p class="parrafo">1   .   Los   Estados   miembros  aplicarán  las  disposiciones  legislativas  ,</p>
    <p class="parrafo">reglamentarias   y  administrativas  necesarias  para  atenerse  a  la  presente Directiva  en  el  plazo  de  dieciocho  meses a partir de su notificación (5) e informarán inmediatamente a la Comisión .</p>
    <p class="parrafo">2   .   Los  Estados  miembros  comunicarán  a  la  Comisión  el  texto  de  las disposiciones  de  Derecho  interno  que  adopten  en  el  ámbito  regido por la presente Directiva .</p>
    <p class="parrafo">Artículo 8</p>
    <p class="parrafo">Los destinatarios de la presente Directiva serán los Estados miembros .</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas , el 17 de septiembre de 1984 .</p>
    <p class="parrafo">Por el Consejo</p>
    <p class="parrafo">El Presidente</p>
    <p class="parrafo">P. BARRY</p>
    <p class="parrafo">(1) DO n º C 104 de 13 . 9 . 1974 , p. 75 .</p>
    <p class="parrafo">(2) DO n º C 5 de 8 . 1 . 1975 , p. 52 .</p>
    <p class="parrafo">(3) DO n º C 62 de 15 . 3 . 1975 , p. 32 .</p>
    <p class="parrafo">(4) DO n º L 262 de 27 . 9 . 1976 , p. 153 .</p>
    <p class="parrafo">(5)  La  presente  directiva  fue  notificada  a  los  Estados miembros el 26 de septiembre de 1984 .</p>
    <p class="parrafo">ANEXO I</p>
    <p class="parrafo">1 . TERMINOS Y SIMBOLOS EMPLEADOS EN EL PRESENTE ANEXO</p>
    <p class="parrafo">1.1 . LIMITE DE ELASTICIDAD</p>
    <p class="parrafo">En  la  presente  Directiva  ,  los valores del límite de elasticidad utilizados para el cálculo de las partes sometidas a presión son las siguientes :</p>
    <p class="parrafo">-  para  las  aleaciones  de aluminio , el límite convencional de elasticidad al 0,2  %  Rp  (  0,2  )  ,  es  decir  , el valor de la tracción que da lugar a un alargamiento  no  proporcional  igual  al  0,2  %  de  la  distancia  entre  las señales de la probeta ,</p>
    <p class="parrafo">-  para  el  aluminio  sin  aleación  en  estado dulce , 1 % del alargamiento no proporcional .</p>
    <p class="parrafo">1.2  .  En  la  presente  Directiva  se  entiende  por  « presión de rotura » la presión  de  inestabilidad  plástica  ,  es  decir  , la presión máxima obtenida durante un ensayo de rotura bajo presión .</p>
    <p class="parrafo">1.3   .   Los  símbolos  utilizados  en  dicho  Anexo  tienen  los  significados siguientes :</p>
    <p class="parrafo">P h = presión de prueba hidráulica , ensayo hidráulica en bars ,</p>
    <p class="parrafo">P  r  =  presión  de  rotura  de  la botella en bars medida durante el ensayo de rotura ,</p>
    <p class="parrafo">P rt = presión teórica mínima de rotura calculada en bars ,</p>
    <p class="parrafo">R  e  =  valor  mínimo  del  límite de elasticidad garantizado por el fabricante de la botella en N/mm² ,</p>
    <p class="parrafo">R  m  =  valor  mínimo  de  la  resistencia  a  la  tracción  garantizado por el fabricante de la botella en N/mm² ,</p>
    <p class="parrafo">a  =  espesor  mínimo  calculado  de  la  pared  de  la  parte  cilíndrica de la botella en mm ,</p>
    <p class="parrafo">D = diámetro nominal exterior de la botella en mm ,</p>
    <p class="parrafo">R mt = resistencia efectiva a la tracción en N/mm² ,</p>
    <p class="parrafo">d = diámetro del mandril para los ensayos de plegado en mm .</p>
    <p class="parrafo">2 . DISPOSICIONES TECNICAS</p>
    <p class="parrafo">2.1 . MATERIALES EMPLEADOS , TRATAMIENTOS TERMICOS Y MECANICOS</p>
    <p class="parrafo">2.1.1  .  Una  aleación  de aluminio o un aluminio sin alear está definido según su  tipo  de  elaboración  ,  su  composición  química  nominal y el tratamiento térmico  al  que  ha  sido  sometida  la botella , la resistencia a la corrosión de  ésta  ,  y  sus  características  mecánicas  .  El fabricante facilitará las indicaciones  correspondientes  ,  teniendo  en  cuenta las disposiciones que se establecen  a  continuación  .  Desde  el  punto de vista de la autorización CEE de  modelo  ,  se  considerará que cualquier modificación en dichas indicaciones equivale a un cambio del material .</p>
    <p class="parrafo">2.1.2 . Para la fabricación de las botellas están admitidos :</p>
    <p class="parrafo">a  )  Cualquier  aluminio  sin  alear  cuyo  contenido  en aluminio sea al menos igual al 99,5 % ;</p>
    <p class="parrafo">b  )  las  aleaciones  de  aluminio cuya composición química figura en el cuadro 1   y  que  hayan  sido  sometidas  a  los  tratamientos  térmicos  y  mecánicos recogidos en el cuadro 2 .</p>
    <p class="parrafo">CUADRO I</p>
    <p class="parrafo">Composición química en %</p>
    <p class="parrafo">Cu Mg Si Fe Mn Zn Cr Ti + Zr Ti Total otros Al</p>
    <p class="parrafo">Aleación B</p>
    <p class="parrafo">mínimo - 4,0 - - 0,5 - - - - resto</p>
    <p class="parrafo">máximo 0,10 5,1 0,5 0,5 1,0 0,2 0,25 0,20 0,10 0,15</p>
    <p class="parrafo">Aleación C</p>
    <p class="parrafo">mínimo - 0,6 0,7 - 0,4 - - - resto</p>
    <p class="parrafo">máximo 0,10 1,2 1,3 0,5 1,0 0,2 0,25 - 0,10 0,15</p>
    <p class="parrafo">CUADRO II</p>
    <p class="parrafo">Tratamientos térmicos y mecánicos</p>
    <p class="parrafo">Aleación B En el orden siguiente :</p>
    <p class="parrafo">1 . tratamiento de inhibición en desbaste</p>
    <p class="parrafo">- duración fijada por el fabricante</p>
    <p class="parrafo">- temperatura comprendida entre 210 y 260 ° C</p>
    <p class="parrafo">2  .  Embutición  con  un  porcentaje de endurecimiento por conformación en frío como máximo igual al 30 %</p>
    <p class="parrafo">3  .  ojivado  :  la  temperatura del metal deberá ser al menos igual a 300 ° en operación final</p>
    <p class="parrafo">Aleación C 1 . Disolución anterior al temple :</p>
    <p class="parrafo">- duración fijada por el fabricante</p>
    <p class="parrafo">-  temperatura  en  ningún  caso  inferior a los 525 ° C ni superior a los 550 ° C</p>
    <p class="parrafo">2 . Temple al agua</p>
    <p class="parrafo">3 . Revenido :</p>
    <p class="parrafo">- duración fijada por el fabricante</p>
    <p class="parrafo">- temperatura comprendida entre los 140 y los 190 ° C</p>
    <p class="parrafo">c  )  Para  la  fabricación  de  las  botellas  podrá  emplearse  cualquier otra aleación  de  aluminio  siempre  que  cumpla  las  pruebas  de  resistencia a la corrosión definidas en el Anexo II .</p>
    <p class="parrafo">2.1.3  .  El  fabricante  de botellas tiene que obtener y facilitar certificados de  análisis  de  colada  del  material  empleado  para  la  fabricación  de las botellas .</p>
    <p class="parrafo">2.1.4  .  Deben  poder  efectuarse  análisis  independientes  .  Dichos análisis tienen   que   efectuarse  sobre  muestras  que  hayan  sido  tomadas  bien  del producto  semielaborado  tal  como  se  le  entrega  al fabricante , bien de las botellas  acabadas  .  Cuando  se  ha optado por tomar la muestra de una botella ,   puede   efectuarse  la  toma  de  dicha  muestra  de  una  de  las  botellas previamente  escogidas  para  efectuar  los  ensayos  mecánicos  previstos en el punto 3.1 . o el ensayo de rotura bajo presión previsto en el punto 3.2 .</p>
    <p class="parrafo">2.1.5  .  Tratamiento  térmico  y  mecánico  de las aleaciones mencionadas en el punto 2.1.2 . letras b ) y c ) .</p>
    <p class="parrafo">2.1.5.1  .  La  fabricación  de  la botella , mecanizados de acabado exceptuados , finaliza con un tratamiento de temple seguido de un revenido .</p>
    <p class="parrafo">2.1.5.1.1  .  El  fabricante  está  obligado  a precisar las características del tratamiento final que efectúa , a saber :</p>
    <p class="parrafo">- temperaturas nominales de disolución y de revenido .</p>
    <p class="parrafo">-  tiempos  nominales  de  permanencia  efectiva bajo temperaturas de disolución y de revenido .</p>
    <p class="parrafo">Durante  el  tratamiento  térmico  ,  dichas  características  tendrán  que  ser respetadas por el fabricante dentro de los límites siguientes :</p>
    <p class="parrafo">- temperatura de disolución : aproximadamente a ± 5 ° C ,</p>
    <p class="parrafo">- temperatura de revenido : aproximadamente a ± 5 ° C ,</p>
    <p class="parrafo">- tiempo de permanencia efectiva : aproximadamente del ± 10 % .</p>
    <p class="parrafo">2.1.5.1.2   .   No   obstante  ,  el  fabricante  podrá  establecer  ,  para  la disolución  y  el  revenido  ,  una  tabla de temperaturas cuya diferencia entre los  valores  extremos  sea  de  20  °  C  como máximo . Para cada uno de dichos valores extremos , indicará el tiempo nominal de permanencia efectiva .</p>
    <p class="parrafo">Para  cada  temperatura  intermedia  , el tiempo nominal de permanencia efectiva se   determinará   por  interpolación  lineal  en  el  caso  del  tiempo  de  la disolución  y  por  interpolación  lineal  del  logaritmo  del tiempo en el caso del tiempo del revenido .</p>
    <p class="parrafo">El   fabricante   está   obligado  a  efectuar  el  tratamiento  térmico  a  una temperatura  comprendida  en  la  tabla de temperaturas establecida , durante un tiempo  de  permanencia  efectiva  que  no  se  separe más de un 10 % del tiempo nominal calculado como se ha indicado anteriormente .</p>
    <p class="parrafo">2.1.5.1.3  .  El  fabricante  debe  indicar , en el informe que presente durante la  comprobación  CEE  ,  las  características del tratamiento térmico final que haya efectuado .</p>
    <p class="parrafo">2.1.5.1.4   .  Además  del  tratamiento  térmico  final  ,  el  fabricante  debe indicar  igualmente  todos  los  tratamientos térmicos efectuados a más de 200 ° C .</p>
    <p class="parrafo">2.1.5.2 . La fabricación de la botella no incluye el temple y revenida .</p>
    <p class="parrafo">2.1.5.2.1  .  El  fabricante  está  obligado  a precisar las características del último  tratamiento  térmico  que  efectúe  a una temperatura superior a 200 ° C , distinguiendo , si fuese necesario , las distintas partes de la botella .</p>
    <p class="parrafo">Asimismo   está   obligado   a  precisar  cualquier  operación  de  conformación efectuada  ejemplo  por  embutición  ,  laminado  ,  ojivado  durante el cual la temperatura  del  metal  sea  inferior  o  igual a 200 ° C y a la que no siga un tratamiento  térmico  a  temperatura  superior  a  dicho  valor  ,  así  como la posición  de  la  zona  más  conformada  en frío del cuerpo formado y la tasa de</p>
    <p class="parrafo">conformación en frío correspondiente .</p>
    <p class="parrafo">Para  la  aplicación  de  dicha  disposición  , se denomina tasa de conformación en  frío  a  la  razón  (  S - s ) /s siendo S la sección inicial y s la sección final .</p>
    <p class="parrafo">Dichas  características  del  tratamiento  térmico  y  de  la conformación deben ser respetadas por el fabricante dentro de los siguientes límites :</p>
    <p class="parrafo">-   duración   del   tratamiento   térmico  de  aproximadamente  +  el  10  %  y temperatura aproximadamente de ± 5 ° C .</p>
    <p class="parrafo">-  tasa  de  conformación  en frío de la zona más conformada en frío ± 6 % si la botella  es  de  un  diámetro inferior o igual a 100 mm y de ± 3 % si la botella es de un diámetro superior a 100 mm .</p>
    <p class="parrafo">2.1.5.2.2  .  No  obstante  ,  el  fabricante  podrá  establecer  , en lo que se refiere  al  tratamiento  térmico  ,  una  tabla de temperaturas cuya diferencia entre  los  dos  valores  extremos  no  sobrepase  los 20 ° C . Para cada uno de dichos  valores  extremos  ,  indicará el tiempo nominal de permanencia efectiva .   Para  cada  temperatura  intermedia  ,  el  tiempo  nominal  de  permanencia efectiva   se   determinará  por  interpolación  lineal  .  El  fabricante  está obligado  a  efectuar  el  tratamiento  térmico a una temperatura comprendida en la  tabla  de  temperaturas  establecida  ,  durante  un  tiempo  de permanencia efectiva  que  no  se  desvíe  más  de un 10 % del tiempo nominal calculado como se ha indicado anteriormente .</p>
    <p class="parrafo">2.1.5.2.3  .  El  fabricante  debe  indicar , en el informe que presente durante la  verificación  CEE  ,  las características del último tratamiento térmico que haya efectuado , así como de la conformación .</p>
    <p class="parrafo">2.1.5.3  .  En  caso  de que el fabricante haya escogido establecer una tabla de temperaturas  para  el  tratamiento  térmico  con arreglo a los puntos 2.1.5.1.2 y  2.1.5.2.2  ,  en  el  momento  de  la  autorización  CEE  de  modelo , deberá presentar  dos  series  de  botellas  ,  una  constituida por botellas que hayan sufrido  un  tratamiento  térmico  a la temperatura más baja de las consideradas ,  y  la  otra  constituida  por  botellas  que  hayan  sufrido  el  tratamiento térmico  a  la  temperatura  más  elevada  y en los tiempos correspondientes más cortos .</p>
    <p class="parrafo">2.3 . CALCULO DE LAS PARTES BAJO PRESION</p>
    <p class="parrafo">2.3.1  .  El  espesor  de  la  parte cilíndrica de las botellas para gas no debe ser inferior al calculado con ayuda de la siguiente fórmula :</p>
    <p class="parrafo">a = ( P h · D ) / ( 20 R/4/3 + P h )</p>
    <p class="parrafo">donde R es el más pequeño de los dos valores siguientes :</p>
    <p class="parrafo">- R e</p>
    <p class="parrafo">- 0,85 · R m</p>
    <p class="parrafo">2.3.2  .  En  todo  caso  el  espesor mínimo de la pared no podrá ser inferior a D/100 + 1,5 mm .</p>
    <p class="parrafo">2.3.3  .  El  espesor  y  la forma del fondo y de la ojiva deberán ser tales que cumplan  los  ensayos  previstos  en los puntos 3.2 ( ensayo de rotura ) y 3.3 . ( ensayo de presión repetida ) .</p>
    <p class="parrafo">2.3.4   .   Con  el  fin  de  obtener  una  distribución  satisfactoria  de  los esfuerzos   ,   el   espesor   de   la   pared   de  la  botella  debe  aumentar progresivamente  en  la  zona  de transición entre la parte cilíndrica y la base , cuando el fondo sea más grueso que la pared cilíndrica .</p>
    <p class="parrafo">2.4 . CONSTRUCCION Y CORRECTA EJECUCION</p>
    <p class="parrafo">2.4.1  .  Cada  botella  será  objeto  , de parte del fabricante , de un control de  espesor  y  de  un  examen del estado de la superficie interna y externa con objeto de comprobar :</p>
    <p class="parrafo">-  que  el  espresor  de  la pared no es de ningún modo inferior al especificado en el diseño ,</p>
    <p class="parrafo">-  que  las  superficies  interna y externa de la botella no tienen defectos que comprometan la seguridad de la botella .</p>
    <p class="parrafo">2.4.2  .  La  ovalización  del  cuerpo cilíndrico debe estar limitada a un valor tal  que  la  diferencia  entre  los diámetros exteriores máximo y mínimo de una misma  sección  recta  no  sea superior al 1,5 % de la media de dichos diámetros .</p>
    <p class="parrafo">La  desviación  total  de  las generatrices de la parte cilíndrica de la botella referida a su longitud no debe exceder los tres milímetros por metro .</p>
    <p class="parrafo">2.4.3  .  Los  zócalos  de  las  botellas  ,  si los hubiera , deberán tener una resistencia  suficiente  y  estar  producidas  en  un  material  que  , desde el punto  de  vista  de  la  corrosión  , sea compatible con el tipo de material de la botella .</p>
    <p class="parrafo">La  forma  de  los  zócalos  , debe conferir suficiente estabilidad a la botella .  Los  zócalos  ,  no deben ni favorecer la acumulación de agua ni permitir que el agua penetre entre el zócalo y la botella .</p>
    <p class="parrafo">3 . ENSAYOS</p>
    <p class="parrafo">3.1 . ENSAYOS MECANICOS</p>
    <p class="parrafo">Los  ensayos  mecánicos  ,  con  exclusión  de  las  disposiciones  recogidas  a continuación , serán ejecutados con arreglo a los EURONORM siguientes :</p>
    <p class="parrafo">- EURONORM 2 - 80 : ensayo de tracción para el acero ,</p>
    <p class="parrafo">- EURONORM 3 - 79 : ensayo de dureza Brinell ,</p>
    <p class="parrafo">- EURONORM 6 - 55 : ensayo de plegado para el acero ,</p>
    <p class="parrafo">-  EURONORM  11  -  80  :  ensayo  de  tracción para chapas y flejes de acero de espesor inferior a 3 mm ,</p>
    <p class="parrafo">-  EURONORM  12  -  85  :  ensayo  de  plegado  para chapas y flejes de acero de espesor inferior a 3 mm ,</p>
    <p class="parrafo">3.2.1 . Disposiciones generales</p>
    <p class="parrafo">Todos  los  ensayos  mecánicos  destinados  al control del metal de las botellas para gas se efectuarán en el metal tomado de las botellas acabadas .</p>
    <p class="parrafo">3.1.2 . Tipos de ensayos y evaluación de los resultados de los ensayos</p>
    <p class="parrafo">En  cada  botella  muestra  se  efectuará  un  ensayo  de  tracción en dirección longitudinal y cuatro ensayos de plegado en dirección circunferencial .</p>
    <p class="parrafo">3.1.2.1 . Ensayos de tracción</p>
    <p class="parrafo">3.1.2.1.1  .  La  probeta  sobre  la  cual se efectúa el ensayo de tracción debe cumplir las disposiciones :</p>
    <p class="parrafo">-  del  Capítulo  IV  de  la  EURONORM  2  -  80 , cuando su espesor sea igual o superior a 3 mm ,</p>
    <p class="parrafo">-  del  Capítulo  IV  de  la EURONORM 11 - 80 , cuando el espesor sea inferior a 3  mm  .  En  cuyo  caso  , la anchura y la longitud entre señales de la probeta sean  de  12,5  y  50 mm respectivamente , sea cual sea el espesor de la probeta .</p>
    <p class="parrafo">-  Las  dos  caras  de  la probeta que representan las paredes interna y externa</p>
    <p class="parrafo">de la botella no deben mecanizarse .</p>
    <p class="parrafo">3.1.2.1.2  .  -  Para  las  aleaciones C mencionadas en el punto 2.1.2 , letra b )  ,  y  las  aleaciones  mencionadas  en  el  punto  2.1.2  .  , letra c ) , el alargamiento de rotura no debe ser inferior al 12 % .</p>
    <p class="parrafo">-  Para  las  aleaciones  B  mencionadas  en  el  punto 2.1.2 . , letra b ) , el alargamiento  de  rotura  debe  ser  igual  al 12 % como mínimo cuando el ensayo de  tracción  se  ejecuta  con  una  única  probeta  tomada  de  la  pared de la botella  .  Asimismo  está  admitido  que  el  ensayo  de tracción se ejecute en cuatro  probetas  uniformemente  distribuidas  por  la pared de la botella . Los resultados serán entonces los siguientes :</p>
    <p class="parrafo">- ningún valor individual deberá ser inferior al 11 % ;</p>
    <p class="parrafo">- la media de las cuatro medidas deberá ser igual al 12 % como mínimo .</p>
    <p class="parrafo">-  Para  el  aluminio  sin  alear  ,  el  alargamiento  de  rotura  no  debe ser inferior al 12 % .</p>
    <p class="parrafo">3.1.2.1.3  .  El  valor  hallado  para  la  resistencia  a  la tracción debe ser superior o igual a R m .</p>
    <p class="parrafo">El  límite  de  elasticidad  que debe determinarse durante el ensayo de tracción será  el  que  con  arreglo  al punto 1.1 haya sido utilizado para el cálculo de las botellas .</p>
    <p class="parrafo">El  valor  hallado  para  el límite de elasticidad debe ser superior o igual a R e .</p>
    <p class="parrafo">3.1.2.2 . Ensayos de plegado</p>
    <p class="parrafo">3.1.2.2.1  .  El  ensayo  de  plegado  se efectuará en las probetas obtenidas al cortar  en  dos  partes  iguales  un  anillo  de  anchura  igual  a « 3 a » . De ningún  modo  la  anchura  de  la  probeta  podrá  ser  inferior  a 25 mm . Cada anillo  únicamente  podrá  ser  mecanizado  en sus bordes . Dichos bordes podrán presentar  una  curvatura  cuyo  radio  sea igual a una décima parte del espesor de las probetas como máximo , o biselarse con un ángulo del 45 % .</p>
    <p class="parrafo">3.1.2.2.2  .  El  ensayo  de  plegado  se  realizará  por medio de un mandril de diámetro  d  y  de  dos  cilíndros separados por una distancia igual a « d + 3 a »  .  Durante  el  ensayo  la  cara  interna  del  anillo  se colocará contra el mandril .</p>
    <p class="parrafo">3.1.2.2.3  .  La  probeta  no deberá fisurarse , durante el plegado alrededor de un  mandril  ,  cuando  los  bordes interiores estén separados por una distancia no  superior  al  diámetro  del  mandril ( veáse el esquema descriptivo recogido en el Apéndice 2 ) .</p>
    <p class="parrafo">3.1.2.2.4  .  La  relación  (  n ) entre el diámetro del mandril y el espesor de la muestra no debe sobrepasar los valores indicados en el siguiente cuadro :</p>
    <p class="parrafo">Resistencia a la tracción efectiva R mt en N/mm² Valor de n</p>
    <p class="parrafo">hasta 220 inclusive 5</p>
    <p class="parrafo">de más de 220 a 330 inclusive 6</p>
    <p class="parrafo">de más de 330 a 440 inclusive 7</p>
    <p class="parrafo">más de 440 8</p>
    <p class="parrafo">3.2 . ENSAYO DE ROTURA BAJO PRESION HIDRAULICA</p>
    <p class="parrafo">3.2.1 . Condiciones de ensayo</p>
    <p class="parrafo">Las    botellas   examinadas   durante   dicho   ensayo   deberán   llevar   las inscripciones previstas en el punto 6 .</p>
    <p class="parrafo">3.2.1.1  .  El  ensayo  de rotura bajo presión hidraúlica debe realizarse en dos</p>
    <p class="parrafo">fases  sucesivas  con  ayuda  de  una instalación que permita una subida regular de  presión  hasta  la  rotura  de  la  botella  y  el  registro  de la curva de variación  de  la  presión  en  función del tiempo . El ensayo debe realizarse a temperatura ambiente .</p>
    <p class="parrafo">3.2.1.2  .  Durante  la  primera  fase , el aumento de presión debe efectuarse a velocidad  constante  hasta  el  valor de presión que corresponde al comienzo de la  deformación  plástica  .  Dicha  velocidad no debe sobrepasar los cinco bars por segundo .</p>
    <p class="parrafo">A  partir  del  comienzo  de la deformación plástica ( segunda fase ) el volumen de  paso  de  la  bomba  no  debe ser dos veces superior al de la primera fase y hay que mantenerlo constante hasta alcanzar la rotura de la botella .</p>
    <p class="parrafo">3.2.2 . Interpretación del ensayo</p>
    <p class="parrafo">3.2.2.1 . La interpretación del ensayo de rotura bajo presión incluye :</p>
    <p class="parrafo">-  el  examen  de  la  curva  de  presión-tiempo  para  determinar la presión de rotura ,</p>
    <p class="parrafo">- examen de la superficie de rotura y la forma de los labios ,</p>
    <p class="parrafo">-  la  comprobación  en  las  botellas  de  fondo  cóncavo de que el fondo no se invierte .</p>
    <p class="parrafo">3.2.2.2  .  La  presión  de  rotura  (  P  r  ) medida tiene que ser superior al valor :</p>
    <p class="parrafo">P rt = 20 a R m/ ( D - a )</p>
    <p class="parrafo">3.2.2.3  .  El  ensayo  de  rotura  no debe provocar ninguna fragmentación de la botella .</p>
    <p class="parrafo">3.2.2.4  .  La  rotura  principal  no  debe  ser de tipo frágil , es decir , los labios  de  la  superficie  de rotura no deben ser radiales sino que deben estar inclinados  con  relación  a  un  plano  diametral  y mostrar una contracción de rotura .</p>
    <p class="parrafo">Una  rotura  únicamente  se  aceptará  cuando  responda  a una de las siguientes descripciones :</p>
    <p class="parrafo">-  a  superficie  de  rotura  de  las botellas con un espesor igual o inferior a 13 mm :</p>
    <p class="parrafo">- tiene que ser sensiblemente longitudinal en su mayor parte ,</p>
    <p class="parrafo">- no tiene que estar ramificada ,</p>
    <p class="parrafo">-  no  debe  tener  un desarrollo circunferencial de más de 90 ° por ambos lados de su parte principal .</p>
    <p class="parrafo">-  no  debe  extenderse  a  las  partes  de  la  botella cuyo espesor supere 1,5 veces  el  espesor  máximo  medido  a media altura de la botella ; no obstante , para  las  botellas  de  fondo  convexo  ,  la rotura no debe alcanzar el centro del fondo de dichas botellas ,</p>
    <p class="parrafo">-  La  superficie  de  rotura  de las botellas con un espesor superior a 13 mm , debe ser longitudinal en su mayor parte .</p>
    <p class="parrafo">3.2.2.5  .  La  rotura  no  debe  presentar  ningún  defecto caracterizado en el metal .</p>
    <p class="parrafo">3.3 . ENSAYO DE PRESION REPETIDA</p>
    <p class="parrafo">3.3  .  Las  botellas  que  sean  sometidas  a  este  ensayo  deberán llevar las inscripciones previstas en el punto 6 .</p>
    <p class="parrafo">3.3.2  .  El  ensayo  se  efectuará  en  dos botellas para las que el fabricante garantice  que  corresponden  sensiblemente  a  las  cotas  mínimas  previstas ,</p>
    <p class="parrafo">especificadas al concebirlas y mediante un fluido no corrosivo .</p>
    <p class="parrafo">3.3.3  .  Dicho  ensayo  se  efectuará de modo cíclico . La presión superior del ciclo es igual a la presión P h o a los dos tercios de ésta .</p>
    <p class="parrafo">La  presión  inferior  del  ciclo  no  debe  sobrepasar  el  10  % de la presión superior del ciclo .</p>
    <p class="parrafo">El  número  de  ciclos  que  deben  alcanzarse y la frecuencia máxima del ensayo se indican en el cuadro siguiente :</p>
    <p class="parrafo">Presión superior del ciclo P h 2/3 P h</p>
    <p class="parrafo">Número mínimo de ciclos 12 000 80 000</p>
    <p class="parrafo">Frequencia máxima en ciclos por minuto 5 12</p>
    <p class="parrafo">En  el  transcurso  del  ensayo  ,  la temperatura medida en la pared externa de la botella no debe sobrepasar los 50 ° C .</p>
    <p class="parrafo">El  ensayo  se  considera  satisfactorio  si  la  botella  alcanza  el número de ciclos exigidos sin presentar fugas .</p>
    <p class="parrafo">3.4 . PRUEBA HIDRAULICA</p>
    <p class="parrafo">3.4.1  .  La  presión  del  agua  en la botella debe aumentar regularmente hasta el momento en que se alcance la presión P h .</p>
    <p class="parrafo">3.4.2  .  La  botella  seguirá  bajo  la  presión  P  h  durante  un  tiempo  lo suficientemente  largo  para  que  permita  asegurarse  de  que  la  presión  no tiende a disminuir y de que no hay fugas .</p>
    <p class="parrafo">3.4.3  .  Después  del  ensayo  ,  la  botella no debe presentar una deformación permanente .</p>
    <p class="parrafo">3.4.4  .  Toda  botella  comprobada  que  no  haya  superado  la prueba debe ser rechazada .</p>
    <p class="parrafo">3.5 . CONTROL DE HOMOGENEIDAD DE UNA BOTELLA</p>
    <p class="parrafo">Dicho  control  consiste  en  comprobar que dos puntos cualesquiera del metal de la  superficie  exterior  de  la  botella  no presentan una diferencia de dureza superior  a  15  HB  .  La  comprobación  deberá  efectuarse  en  dos  secciones transversales  de  la  botella  situadas  cerca  de  la  ojiva  y del fondo , en cuatro puntos distribuidos regularmente .</p>
    <p class="parrafo">3.6 . CONTROL DE HOMOGENEIDAD DE UN LOTE</p>
    <p class="parrafo">Dicho  control  ,  efectuado  por  el  fabricante  , consiste en la comprobación mediante  un  ensayo  de  dureza o cualquier otro procedimiento apropiado de que no  se  ha  cometido  ningún error en la selección del material de partida ni en la ejecución del tratamiento térmico .</p>
    <p class="parrafo">3.7 . CONTROL DE LOS FONDOS</p>
    <p class="parrafo">Se  realiza  un  corte  longitudinal  en el fondo de la botella pulimentando una de  las  superficies  del  corte así obtenidas y examinándola a un aumento entre 5 y 10 .</p>
    <p class="parrafo">Debe  considerarse  que  la  botella es defectuosa si se aprecia la presencia de fisuras  ,  así  como  si las dimensiones de las porosidades o inclusiones , que pudiera    presentar   alcanzasen   valores   que   fuesen   considerados   como perjudiciales para la seguridad .</p>
    <p class="parrafo">4 . APROBACION CEE DE MODELO</p>
    <p class="parrafo">La  aprobación  CEE  de  modelo  contemplada  en  el artículo IV de la Directiva puede concederse por tipo o por familias de botella .</p>
    <p class="parrafo">Se  entiende  por  «  familias  de botellas » a las botellas que proceden de una misma  fábrica  y  que  no  se diferencian más que por su longitud , pero dentro</p>
    <p class="parrafo">de los límites siguientes :</p>
    <p class="parrafo">-  la  longitud  mínima  global  debe ser igual o superior a 3 veces el diámetro exterior de la botella ,</p>
    <p class="parrafo">-  la  longitud  máxima  global  no  debe  ser  superior a 1,5 veces la longitud global de la botella sometida a los ensayos .</p>
    <p class="parrafo">4.1  .  Con  arreglo  al  punto 2.1.5.3 el solicitante de la aprobación CEE está obligado  a  presentar  ,  para  cada  familia  de  botellas  , la documentación necesaria  para  las  comprobaciones  que  más adelante se indican , y a poner a disposición  del  Estado  miembro  un  lote de cincuenta botellas o dos lotes de veinticinco  botellas  de  cuya  partida  o  de  cuyas  partidas  será tomado el número   de   botellas  necesarias  para  efectuar  los  ensayos  mencionados  a continuación   ,   y  a  presentar  cualquier  otra  información  complementaria exigida por el Estado miembro .</p>
    <p class="parrafo">Con  arreglo  a  los  puntos  2.1.5  el solicitante debe indicar en particular , el  tipo  de  tratamiento  térmico  y de tratamiento mecánico , la temperatura y la  duración  del  tratamiento  .  Debe entregar los certificados de análisis de colada de los materiales utilizados para la fabricación de las botellas .</p>
    <p class="parrafo">4.2 . En el momento de la aprobación CEE el Estado miembro :</p>
    <p class="parrafo">4.2.1 . comprobará :</p>
    <p class="parrafo">- que los cálculos especificados en el punto 2.3 son correctos ,</p>
    <p class="parrafo">-  que  en  dos  de  las botellas escogidas el espesor de las paredes cumple las disposiciones  del  punto  2.3  ,  siendo  realizada la medida en tres secciones transversales  así  como  en  el  perímetro  completo de la sección longitudinal del fondo y de la ojiva ,</p>
    <p class="parrafo">- que se han cumplido las disposiciones de los puntos 2.1 y 2.4.3 ,</p>
    <p class="parrafo">-  que  en  todas  las  botellas elegidas por el Estado miembro se han respetado las disposiciones del punto 2.4.2 ,</p>
    <p class="parrafo">-  que  las  superficies  interior  y  exterior de la botella no tienen defectos que comprometan la seguridad de su uso .</p>
    <p class="parrafo">4.2.2 . realizará a partir de las botellas escogidas :</p>
    <p class="parrafo">-  los  ensayos  de  resistencia  a  la  corrosión según el Anexo II : corrosión intercristalina y corrosión bajo tracción , en doce probetas ,</p>
    <p class="parrafo">-  los  ensayos  previstos  en  el  punto  3.1 , en dos botellas ; no obstante , cuando  la  botella  tiene  una  longitud  superior  o  igual  a  1 500 mm , los ensayos  de  tracción  en  dirección  longitudinal  y  los ensayos de plegado se efectuarán  en  probetas  tomadas  de las regiones superiores e inferiores de la cámara ,</p>
    <p class="parrafo">- el ensayo previsto en el punto 3.2 , en dos botellas ,</p>
    <p class="parrafo">- el ensayo previsto en el punto 3.3 , en dos botellas ,</p>
    <p class="parrafo">- el ensayo previsto en el punto 3.5 , en una botella ,</p>
    <p class="parrafo">- el ensayo previsto en el punto 3.7 , en todas las botellas escogidas .</p>
    <p class="parrafo">4.3  .  Si  los  resultados  de  los  controles  son  satisfactorios , el Estado miembro  expide  el  certificado  de  aprobación  CEE  de  modelo con arreglo al ejemplo que figura en el Anexo III .</p>
    <p class="parrafo">5 . COMPROBACION CEE</p>
    <p class="parrafo">5.1   .  Para  la  comprobación  CEE  ,  el  fabricante  de  botellas  pondrá  a disposición del organismo de control :</p>
    <p class="parrafo">5.1.1 . el certificado de aprobación CEE ;</p>
    <p class="parrafo">5.1.2  .  los  certificados  de  análisis  realizados sobre lingote de colada de los materiales utilizados en la fabricación de las botellas ;</p>
    <p class="parrafo">5.1.3  .  los  medios  para  identificar la colada del material del que proviene cada botella ;</p>
    <p class="parrafo">5.1.4  .  los  documentos  relativos  a  los tratamientos térmicos y mecánicos , indicando también el procedimiento aplicado con arreglo al punto 2.1.5 ;</p>
    <p class="parrafo">5.1.5   .   la   lista   de  las  botellas  ,  mencionando  los  números  y  las inscripciones previstas en el punto 6 .</p>
    <p class="parrafo">5.2 . En el momento de la comprobación CEE :</p>
    <p class="parrafo">5.2.1 . el organismo de control :</p>
    <p class="parrafo">-  comprueba  la  obtención  de  la aprobación CEE y que las botellas se atienen a la misma ,</p>
    <p class="parrafo">- comprueba los documentos que informan sobre los materiales ,</p>
    <p class="parrafo">-  controla  si  se  han respetado las disposiciones técnicas contempladas en el punto  2  ,  y  en particular comprueba , a través de un examen óptico externo y si  es  posible  interno  de  la  botella  ,  que  la  construcción así como las comprobaciones  efectuadas  por  el  fabricante  con  arreglo al punto 2.4.1 son satisfactorias  ;  dicho  examen  óptico  debe efectuarse en al menos el 10 % de las botellas fabricadas ,</p>
    <p class="parrafo">-  realiza  la  prueba  de  resistencia  a  la corrosión intercristalina en tres probetas  a  razón  de  una  probeta  por sección ( ojiva , cuerpo , fondo ) con arreglo  al  punto  1  del  Anexo  II  sobre  las  aleaciones contempladas en el punto 2.1.2 c ) del presente Anexo ,</p>
    <p class="parrafo">- efectúa los ensayos previstos en los puntos 3.1 y 3.2 ,</p>
    <p class="parrafo">-  comprueba  si  las  informaciones  facilitadas  por el fabricante en la lista prevista en el punto 5.1.5 son exactas .</p>
    <p class="parrafo">Dicho control se efectúa por medio de sondeos ,</p>
    <p class="parrafo">-  evalúa  los  resultados  de  los controles de homogeneidad del lote efectuado por el fabricante con arreglo al punto 3.6 .</p>
    <p class="parrafo">Si  los  resultados  de  los  controles  son  satisfactorios  ,  el organismo de control  otorga  el  certificado  de  comprobación  CEE  ,  del  que  figura  un ejemplo en el Anexo IV .</p>
    <p class="parrafo">5.2.2  .  Para  la  aplicación  de  los  dos  tipos  de ensayos previstos en los puntos  3.1  y  3.2  ,  se  escogen  al  azar  dos  botellas  de  cada  lote  de doscientas  dos  botellas  o  fracción de lote que provenga de la misma colada y que  hayan  sido  sometidas  en  condiciones  idénticas  al  tratamiento térmico especificado .</p>
    <p class="parrafo">Se  someterá  a  una  de  las botellas a los ensayos previstos en el punto 3.1 ( ensayos  mecánicos  )  y  se someterá a la otra a la prueba prevista en el punto 3.2  (  prueba  de  rotura ) . Si se establece que el ensayo se ha realizado mal o  que  se  ha  cometido  un error de medición , la prueba se volverá a realizar .</p>
    <p class="parrafo">Si  uno  o  varios  ensayos  no resultasen satisfactorios , incluso parcialmente ,  el  fabricante  deberá  buscar  la  causa , bajo la supervisión del organismo de control .</p>
    <p class="parrafo">5.2.2.1  .  Si  el  fallo  no es debido al tratamiento térmico , se rechazará el lote .</p>
    <p class="parrafo">5.2.2.2  .  Si  el  fallo es debido al tratamiento térmico , el fabricante puede</p>
    <p class="parrafo">someter  a  un  nuevo  tratamiento térmico a todas las botellas del lote . Dicho tratamiento sólo puede realizarse una vez .</p>
    <p class="parrafo">En dicho caso :</p>
    <p class="parrafo">- el fabricante efectuará el control previsto en el punto 3.6 ,</p>
    <p class="parrafo">-  el  organismo  de  control  realiza  todos  los ensayos previstos en el punto 5.2.2 .</p>
    <p class="parrafo">Los  resultados  de  las  pruebas  realizadas  después de este nuevo tratamiento deben cumplir las disposiciones de la Directiva .</p>
    <p class="parrafo">5.2.3  .  La  selección  de  las  muestras  y todos los ensayos se efectuarán en presencia  y  bajo  la  supervisión de un representante del organismo de control .  No  obstante  ,  en  lo que se refiere al control previsto en el guión cuarto del  punto  5.2.1  ,  el  organismo  autorizado puede limitarse a estar presente únicamente  en  la  selección  de  las muestras y en el examen de los resultados .</p>
    <p class="parrafo">5.2.4  .  Una  vez  que  se  hayan  realizado  todos  los ensayos previstos , se someterán  todas  las  botellas  del  lote a la prueba hidráulica prevista en el punto   3.4   ,  en  presencia  y  bajo  supervisión  de  un  representante  del organismo de control .</p>
    <p class="parrafo">5.3 . DISPENSA DE COMPROBACION CEE</p>
    <p class="parrafo">En  cuanto  a  las  botellas  a  que  se  refiere  el  artículo 4 de la presente Directiva  y  con  arreglo  al  punto  a  )  del  artículo  15  de  la Directiva 76/767/CEE  ,  todas  las  operaciones  de  ensayo  y de control previstas en el punto 5.2 se efectuarán por el fabricante y bajo su responsabilidad .</p>
    <p class="parrafo">El   fabricante  pondrá  a  disposición  del  organismo  de  control  todos  los documentos  mencionados  en  la  aprobación  CEE  ,  y  las actas de ensayo y de control .</p>
    <p class="parrafo">6 . MARCAS E INSCRIPCIONES</p>
    <p class="parrafo">Las  marcas  e  inscripciones  especificadas  en el presente punto se pondrán en la ojiva de la botella .</p>
    <p class="parrafo">En  las  botellas  de  capacidad  inferior  o  igual  a  15  l  estas  marcas  e inscripciones  pueden  ponerse  en  la  ojiva  o  bien  en cualquier parte de la botella que esté suficientemente reforzada .</p>
    <p class="parrafo">En  cuanto  a  las  botellas  cuyo  diámetro sea inferior a 75 mm , estas marcas deben tener una altura de 3 mm .</p>
    <p class="parrafo">No  obstante  lo  dispuesto  en las prescripciones del punto 3 del Anexo I de la Directiva  76/767/CEE  ,  el  fabricante  pondrá  la  marca  de probación CEE de modelo en el siguiente orden :</p>
    <p class="parrafo">-  para  las  botellas  a  que se refiere el artículo 4 de la presente Directiva :</p>
    <p class="parrafo">- la letra estilizada ,</p>
    <p class="parrafo">- el número 2 que caracteriza a la presente Directiva ,</p>
    <p class="parrafo">-  la  letra  o  las  letras  mayúsculas distintivas del Estado miembro que haya concedido   la   aprobación  CEE  y  las  dos  últimas  cifras  del  año  de  la aprobación ,</p>
    <p class="parrafo">- el número característico de la aprobación CEE</p>
    <p class="parrafo">( ejemplo : 2 D 79 45 ) .</p>
    <p class="parrafo">- para las botellas que únicamente estén sujetas a la aprobación CEE :</p>
    <p class="parrafo">- la letra esterilizada rodeada por un hexágono ,</p>
    <p class="parrafo">- el número 2 que caracteriza a la presente Directiva ,</p>
    <p class="parrafo">-  la  letra  o  las  letras  mayúsculas distintivas del Estado miembro que haya concedido   la   aprobación  CEE  y  las  dos  últimas  cifras  del  año  de  la aprobación ,</p>
    <p class="parrafo">- el número característico de la aprobación CEE</p>
    <p class="parrafo">( ejemplo : 2 D 79 54 ) .</p>
    <p class="parrafo">No  obstante  lo  dispuesto  en  el  punto  3  del  Anexo  II  de  la  Directiva 76/767/CEE  ,  el  organismo  de  control pondrá la marca de comprobación CEE en el siguiente orden :</p>
    <p class="parrafo">- la letra minúscula « e » ,</p>
    <p class="parrafo">-  la  letra  o  las  letras mayúsculas distintivas del Estado miembro en el que tiene  lugar  la  comprobación  ,  acompañada  ,  si fuera necesario , por una o dos cifras que especifiquen la subdivisión territorial ,</p>
    <p class="parrafo">-  la  marca  del  organismo  de  control  puesta  por el agente encargado de la comprobación   completada   ,   llegado   el   caso  con  el  sello  del  agente comprobador ,</p>
    <p class="parrafo">- un contorno hexagonal ,</p>
    <p class="parrafo">- la fecha de la comprobación : año , mes</p>
    <p class="parrafo">( ejemplo : e D 12/48 80/01 ) .</p>
    <p class="parrafo">6.1 . INSCRIPCIONES RELATIVAS A LA CONSTRUCCION</p>
    <p class="parrafo">6.1.1 . con relación al metal :</p>
    <p class="parrafo">un  número  indicando  el  valor  de  R  en  N/mm² sobre el cual se ha basado el cálculo :</p>
    <p class="parrafo">6.1.2 . con relación a la prueba hidráulica :</p>
    <p class="parrafo">el  valor  de  la  presión  de  prueba  hidráulica en bars seguida del símbolo « bar » :</p>
    <p class="parrafo">6.1.3 . con relación al tipo de botella :</p>
    <p class="parrafo">la  masa  de  la  botella  ,  expresada  en  kilogramos  ,  incluyendo la de las partes  solidarias  a  la  botella  ,  pero  sin llave ni válvula y la capacidad mínima expresada en litros , garantizada por el fabricante de la botella .</p>
    <p class="parrafo">La  masa  y  la  capacidad  deben  indicarse  con  aproximación  de un decimal . Dicho  valor  debe  redondearse  «  por  defecto  »  para  la  capacidad y « por exceso » para la masa ;</p>
    <p class="parrafo">6.1.4 . con relación al origen :</p>
    <p class="parrafo">la  letra  o  letras  mayúsculas  indicativas del país de origen seguidas por la marca del fabricante y el número de fabricación .</p>
    <p class="parrafo">6.2  .  En  el  Apéndice  1  se  recoge  un  esquema  explicativo relativo a las marcas e inscripciones .</p>
    <p class="parrafo">Apéndice 1 : ver D.O.</p>
    <p class="parrafo">Apéndice 2</p>
    <p class="parrafo">Esquema del ensayo de plegado : ver D.O.</p>
    <p class="parrafo">ANEXO II</p>
    <p class="parrafo">ENSAYOS DE CORROSION</p>
    <p class="parrafo">1  .  ENSAYOS  DE  EVALUACION  DE LA SENSIBILIDAD A LA CORROSION INTERCRISTALINA ,</p>
    <p class="parrafo">El  método  descrito  a  continuación  consiste  en  sumergir  en una de las dos soluciones  corrosivas  distintas  las  muestras  tomadas  de la botella acabada sometida  a  ensayo  y  examinarlas  después  de un tiempo de ataque determinado</p>
    <p class="parrafo">para   detectar  la  eventual  presencia  de  una  corrosión  intercristalina  y determinar  la  naturaleza  y  la  intensidad de la misma . La propagación de la corrosión   intercristalina   se   determinará   por   vía  metalográfica  sobre superficies  pulidas  tomadas  en  un  sentido  transversal  con  respecto  a la superficie atacada .</p>
    <p class="parrafo">1.1 . TOMA DE MUESTRAS</p>
    <p class="parrafo">Las  muestras  se  tomarán  a la vez en la ojiva , en el cuerpo y en el fondo de la  botella  (  ver  figura  1  )  , de manera que los ensayos con la solución A definida  en  el  punto  1.3.2.1  o  con  la  solución  B  definida  en el punto 1.3.2.2  puedan  ser  realizados  en  el metal procedente de dichas partes de la botella .</p>
    <p class="parrafo">Cada  muestra  debe  tener  la  forma  general y las dimensiones indicadas en la figura 2 .</p>
    <p class="parrafo">Las  caras  a1  ,  a2  ,  a3 , a4 , b1 , b2 , b3 , b4 , a1 , a2 , b2 , b1 y a4 , a3  ,  b3  ,  b4  ,  se sierran todas con una sierra de cinta y luego se repasan cuidadosamente con una lima fina .</p>
    <p class="parrafo">Las  superficies  a1  ,  a4  ,  b1  ,  b4  y  b1  ,  y  a2  , a3 , b3 , b2 , que corresponden  respectivamente  a  las  caras interior y exterior de la botella , se dejan en su estado de fabricación .</p>
    <p class="parrafo">1.2 . PREPARACION DE LA SUPERFICIE ANTES DEL ATAQUE CORROSIVO</p>
    <p class="parrafo">1.2.1 . Productos necesarios</p>
    <p class="parrafo">HNO3 para análisis , de densidad 1,33</p>
    <p class="parrafo">HF para análisis , de densidad 1,14 ( al 40 % )</p>
    <p class="parrafo">agua desionizada</p>
    <p class="parrafo">1.2.2 . Procedimiento</p>
    <p class="parrafo">en un cubilete de vidrio , se prepara la solución siguiente :</p>
    <p class="parrafo">HNO3 : 63 cm3 ,</p>
    <p class="parrafo">HF : 6 cm3 ,</p>
    <p class="parrafo">H2O : 929 cm3 ,</p>
    <p class="parrafo">Calentar la solución a 95 ° C .</p>
    <p class="parrafo">Tratar  cada  muestra  suspendiéndola  de un hilo de aluminio , durante 1 minuto en dicha solución .</p>
    <p class="parrafo">Lavar a continuación con agua corriente y luego con agua deionizada .</p>
    <p class="parrafo">Sumergir  la  muestra  en  el ácido nítrico definido en el punto 1.2.1 durante 1 minuto  a  temperatura  ambiente  , con objeto de eliminar cualquier depósito de cobre que hubiera podido formarse .</p>
    <p class="parrafo">Aclarar con agua deionizada .</p>
    <p class="parrafo">Para  evitar  cualquier  oxidación  de  las  muestras  ,  hay que sumergirlas en cuanto  se  hayan  preparado  en el baño de corrosión al cual están destinadas ( ver punto 1.3.1 ) .</p>
    <p class="parrafo">1.3 . REALIZACION DEL ENSAYO</p>
    <p class="parrafo">1.3.1   .   Está   previsto  utilizar  una  de  las  dos  soluciones  corrosivas siguientes  ,  a  elección  del  organismo de control , una de 57 g/l de cloruro de  sodio  y  3  g/l  de agua oxigenada , llamada solución A , otra de 30 g/l de cloruro de sodio y 5 g/l de ácido clorhídrico , llamada solución B .</p>
    <p class="parrafo">1.3.2 . Preparación de las soluciones corrosivas</p>
    <p class="parrafo">1.3.2.1 . Solución A</p>
    <p class="parrafo">1.3.2.1.2 . Productos necesarios</p>
    <p class="parrafo">NaCl cristalizado , para análisis ,</p>
    <p class="parrafo">H2O2 medicinal , 100 a 110 volúmenes ,</p>
    <p class="parrafo">KMnO4 , para análisis ,</p>
    <p class="parrafo">H2SO4 , para análisis , de densidad 1,83 ,</p>
    <p class="parrafo">agua desionizada .</p>
    <p class="parrafo">1.3.2.1.2 . Valoración del agua oxigenada</p>
    <p class="parrafo">Al   ser  el  agua  oxigenada  un  reactivo  poco  estable  ,  es  indispensable comprobar su titulación antes de cada utilización . Para ello :</p>
    <p class="parrafo">coger  con  una  pipeta  10  cm3  de  agua  oxigenada , diluir 1 000 cm3 ( en un frasco  graduado  )  con  agua desionizada ; así se obtiene una solución de agua oxigenada que se llamará C .</p>
    <p class="parrafo">Con una pipeta , verter en un Erlenmeyer :</p>
    <p class="parrafo">- 10 cm3 de la solución C de agua oxigenada ,</p>
    <p class="parrafo">- 2 cm3 aproximadamente de ácido sulfúrico de densidad 1,83 .</p>
    <p class="parrafo">Se  efectúa  la  valoración  con  una  solución de permanganato A 1,859 g/l . El permanganato mismo sirve de indicador .</p>
    <p class="parrafo">1.3.2.1.3 . Explicación de la valoración</p>
    <p class="parrafo">La  reacción  del  permanganato  con  el  agua  oxigenada  en medio sulfúrico se expresa así :</p>
    <p class="parrafo">2 KMnO4 + 5 H2O2 + 3 H2SO4 - K2SO4 + 2 MnSO4 + 8 H2O + 5 O2</p>
    <p class="parrafo">lo que de la siguiente equivalencia : 316 g KMnO4 = 170 g H2O2 .</p>
    <p class="parrafo">Por  tanto  ,  un  gramo  de  agua  oxigenada  pura  reacciona  con  1,859  g de permanganato  ,  de  ahí  la  utilización  de  una  solución de permanganato con 1,859  g/l  ,  que  satura  volumen  por  volumen  1  g/l de agua oxigenada . Al haber  sido  disuelta  previamente  100  veces el agua oxigenada , los 10 cm3 de la toma de ensayo representan 0,1 cm3 del agua oxigenada original .</p>
    <p class="parrafo">Multiplicando  por  diez  el  número  de  centímetros  cúbicos  de  solución  de permanganato  utilizado  para  la  valoración  ,  se  obtiene la titulación T en g/l del agua oxigenada inicial .</p>
    <p class="parrafo">1.3.2.1.4 . Preparación de la solución</p>
    <p class="parrafo">Procedimiento para 10 l :</p>
    <p class="parrafo">Disolver  750  g  de  cloruro  de  sodio  en  agua  desionizada  de  modo que se obtenga  un  volumen  total  de aproximadamente 9 l . Añadir la cantidad de agua oxigenada  que  se  calcula  a  continuación  .  Mezclar  y después completar el volumen hasta 10 l con agua desionizada .</p>
    <p class="parrafo">Cálculo del volumen de agua oxigenada que debe añadirse a la solución</p>
    <p class="parrafo">Cantidad  de  agua  oxigenada  pura  necesaria  :  30  g  .  Agua oxigenada cuyo contenido  sea  de  T  g  de  H2O2  por  litro  , por tanto el volumen necesario expresado en cm3 será :</p>
    <p class="parrafo">1 000 · 30/T</p>
    <p class="parrafo">1.3.2.2 . Solución B</p>
    <p class="parrafo">1.3.2.2.1 . Productos necesarios :</p>
    <p class="parrafo">Na Cl cristalizado , para análisis ,</p>
    <p class="parrafo">HCl puro concentrado , HCl al 37 % ,</p>
    <p class="parrafo">agua desionizada .</p>
    <p class="parrafo">1.3.2.2.2 . Preparación de la solución :</p>
    <p class="parrafo">Método de preparación de 10 l de solución .</p>
    <p class="parrafo">Disolver  en  9  l  de  agua desionizada 300 g de cloruro de sodio y 50 g de HCl</p>
    <p class="parrafo">(  50  g  =  0,5  %  )  y  , tras haber mezclado bien dicha solución , completar hasta 10 l .</p>
    <p class="parrafo">1.3.3 . Condiciones de ataque</p>
    <p class="parrafo">1.3.3.1 . Ataque en la solución A</p>
    <p class="parrafo">La  solución  corrosiva  se  coloca  en el cristalizador ( o eventualmente en un cubilete  grande  )  que  a su vez se ha introducido en un baño María . Se agita dicho  baño  María  con  un agitador magnético y la temperatura se regula con un termómetro de contacto .</p>
    <p class="parrafo">La  muestra  puede  suspenderse  en  la solución corrosiva colgándola de un hilo de  aluminio  o  bien  colocarse en esta solución , de manera que sólo repose en los  ángulos  ;  es  preferible el segundo método . La duración del ataque es de 6  horas  y  la  temperatura  se  fija  en  30  ±  1  °  C . Se procurará que la cantidad   de  reactivo  corresponda  como  mínimo  a  10  cm3  por  cm²  de  la superficie de la muestra .</p>
    <p class="parrafo">Después  del  ataque  se  lava  la  muestra  con  agua  ,  se sumerge durante 30 segundos  aproximadamente  en  ácido  nítrico  diluido  al  50  % , se aclara de nuevo con agua y se seca después con aire a presión .</p>
    <p class="parrafo">1.3.2.2   .   Pueden   corroerse   varias  muestras  a  la  vez  ,  siempre  que pertenezcan  al  mismo  tipo  de  aleación  y  que  no  se toquen entre sí . Por supuesto  ,  la  cantidad  mínima  de  reactivo  por  unidad  de  superficie  de muestra debe respetarse .</p>
    <p class="parrafo">1.3.3.3 . Ataque en la solución B</p>
    <p class="parrafo">La  solución  corrosiva  se  vierte  en  un  recipiente adecuado de vidrio ( por ejemplo  en  un  cubilete  )  . El ensayo se realiza a temperatura ambiente . Si no  pueden  evitarse  durante  el ensayo las variaciones de temperatura ambiente ,  es  preferible  realizar  el  ensayo al baño María ajustando la temperatura a 23 ° C por medio de un termostato . La duración del ataque es de 72 horas .</p>
    <p class="parrafo">La  fijación  de  las  muestras  en la solución corrosiva se realiza con arreglo a   los   puntos   2.3.1  .  Después  del  ataque  ,  las  muestras  se  aclaran minuciosamente  con  agua  desionizada  y  se secan con aire a presión exento de grasa  .  Conviene  de  todas  formas  procurar  que  la  relación  cantidad  de solución  corrosiva/superficie  de  la  muestra  ,  en  ml/cm² , sea de 10 : 1 ( ver 2.3.1 ) .</p>
    <p class="parrafo">1.4 . PREPARACION DE LAS MUESTRAS PARA EXAMEN</p>
    <p class="parrafo">1.4.1 . Productos necesarios</p>
    <p class="parrafo">Cubiletes  de  colada  ,  que  , por ejemplo , tengan las dimensiones siguientes :</p>
    <p class="parrafo">- diámetro exterior : 40 mm ,</p>
    <p class="parrafo">- altura : 27 mm ,</p>
    <p class="parrafo">- espesor de la pared : 2,5 mm .</p>
    <p class="parrafo">Araldit DCY 230 cualquier otro producto equivalente</p>
    <p class="parrafo">Endurecedor HY 951 cualquier otro producto equivalente</p>
    <p class="parrafo">1.4.2 . Procedimiento</p>
    <p class="parrafo">Cada  muestra  se  coloca  verticalmente en un cubilete , de forma que repose en su  cara  a1  a2  a3  a4 . Alrededor se cuela una mezcla de Araldit DCY 230 y de endurecedor HY 951 en proporción 9 por 1 .</p>
    <p class="parrafo">El tiempo de secado es de unas 24 horas .</p>
    <p class="parrafo">Se  quita  ,  preferentemente  con torno , determinada cantidad de materia de la</p>
    <p class="parrafo">cara  a1  a2  a3  a4  ,  de  manera  que el corte a'1 a'2 a'3 a'4 que se examina bajo   microscopio   no  pueda  presentar  una  corrosión  que  provenga  de  la superficie  a1  a2  a3  a4  . La distancia entre las caras a1 a2 a3 a4 y a'1 a'2 a'3  a'4  ,  es  decir  , el espesor quitado con el torno , debe ser al menos de 2 mm ( ver figura 2 y 3 en el Apéndice II ) .</p>
    <p class="parrafo">El  corte  que  debe  examinarse  se pule mecánicamente con aluminio sobre papel y después sobre fieltro .</p>
    <p class="parrafo">1.5 . EXAMEN MICROGRAFICO DE LAS MUESTRAS</p>
    <p class="parrafo">El  examen  consiste  en  observar  en  la  parte  del  perímetro  del  corte la intensidad de la corrosión intercristalina .</p>
    <p class="parrafo">Al  realizarlo  se  tienen  en  cuenta  a la vez las propiedades del metal en la superficie  externa  y  en  la superficie interna de la botella y en el interior de la chapa .</p>
    <p class="parrafo">El  corte  se  examina  primero a pocos aumentos ( x 40 por ejemplo ) con objeto de  descubrir  las  zonas  más  corroídas  y  después  a  aumento  suficiente  , generalmente  del  orden  de  x  300 , para evaluar la naturaleza y la extensión de la corrosión .</p>
    <p class="parrafo">1.6 . INTERPRETACION DEL EXAMEN MICROGRAFICO</p>
    <p class="parrafo">Se comprueba que la corrosión intergranular es superficial :</p>
    <p class="parrafo">1  )  En  las  aleaciones de cristalización equiaxial , y sobre la totalidad del perímetro  del  corte  ,  la  profundidad  de  la  corrosión  no debe superar el mayor de los dos valores siguientes :</p>
    <p class="parrafo">- tres granos en sentido perpendicular a la cara examinada ,</p>
    <p class="parrafo">- 0,2 mm ,</p>
    <p class="parrafo">No  obstante  ,  se  acepta  que se excedan localmente estos valores siempre que no se sobrepasen en más de cuatro campos de examen , a un aumento de x 300 ;</p>
    <p class="parrafo">2  )  En  las  aleaciones  con  cristalización  orientada por endurecimiento pro conformación  en  frío  ,  la  profundidad  de corrosión a partir de cada una de las  dos  caras  que  constituyen  las  superficies  interna  y  externa  de  la botella no debe sobrepasar 0,1 mm .</p>
    <p class="parrafo">Apéndice 1</p>
    <p class="parrafo">Figura 1 : ver D.O.</p>
    <p class="parrafo">Apéndice 2</p>
    <p class="parrafo">Figura 2 : ver D.O.</p>
    <p class="parrafo">Figura 3 : ver D.O.</p>
    <p class="parrafo">2 . ENSAYOS DE EVALUACION DE LA SENSIBILIDAD A LA CORROSION BAJO TENSION</p>
    <p class="parrafo">El  método  descrito  a  continuación  consiste  en  poner  bajo tensión anillos cortados  de  la  parte  cilíndrica  de  la botella y en su inmersión en agua de mar  artificial  durante  un  período  especificado  , seguido de una extracción del  agua  del  mar  y  de  una  exposición a la atmósfera durante un tiempo más largo  y  en  la  repetición  del  ciclo  durante  treinta días . Si los anillos permanecen  sin  fisuras  transcurrido  el  período  de  30  días  , la aleación puede ser considerada como apta para la fabricación de botellas de gas .</p>
    <p class="parrafo">2.1 . PREPARACION DE MUESTRAS</p>
    <p class="parrafo">Se  cortarán  de  la  parte  cilíndrica de la botella seis anillos de un espesor de  4  a  25  mm  ,  tomando el valor más grande ( ver figura 1 ) . Las muestras deben  presentar  un  corte  de 60 ° y ser puestas bajo tensión por medio de una varilla roscada y de dos tuercas ( ver figura 2 ) .</p>
    <p class="parrafo">Ni  la  superficie  interna  ni  la  superficie  externa  de  las muestras serán mecanizadas .</p>
    <p class="parrafo">2.2 . PREPARACION DE LA SUPERFICIE ANTES DEL ENSAYO DE CORROSION</p>
    <p class="parrafo">Cualquier  rastro  de  grasas  , aceite y adhesivo utilizado con los calibres de tensión ( ver puntos 2.3.2.4 ) debe eliminarse con un disolvente apropiado .</p>
    <p class="parrafo">2.3 . EJECUCION DEL ENSAYO</p>
    <p class="parrafo">2.3.1 . Preparación de la solución corrosiva</p>
    <p class="parrafo">2.3.1.1  .  El  agua  de  mar  artificial  debe prepararse disolviendo 3,5 ± 0,1 partes en masa de cloruro de sodio en 96,5 partes en masa de agua .</p>
    <p class="parrafo">2.3.1.2  .  El  pH  de la solución recien preparada debe oscilar entre 6,4 y 7,2 .</p>
    <p class="parrafo">2.3.1.3  .  El  pH  no  podrá  corregirse  más  que utilizando ácido clorhídrico diluido o sosa diluida .</p>
    <p class="parrafo">2.3.1.4  .  La  solución  no deberá ser completada por adición de la solución de sal   descrita  en  el  punto  2.3.1.1  sino  únicamente  por  adición  de  agua destilada  hasta  el  nivel  inicial  en  el recipiente . Este complemento podrá efectuarse diariamente si fuese necesario .</p>
    <p class="parrafo">2.3.1.5 . La solución se reemplazará diariamente cada semana .</p>
    <p class="parrafo">2.3.2 . Tensado de los anillos</p>
    <p class="parrafo">2.3.2.1  .  Tres  anillos  serán comprimidos para que la superficie externa esté bajo tensión .</p>
    <p class="parrafo">2.3.2.3  .  El  valor  de  la  tensión  será  la  tensión máxima admisible en el cálculo del espesor de pared que sigue :</p>
    <p class="parrafo">R  e/1,3  en  el  cual  ,  R  e  es  la tensión mínima garantizada del límite de elasticidad a 0,2 % en N/mm² .</p>
    <p class="parrafo">2.3.2.4   .   La   tensión   efectiva   puede   medirse   por  medio  de  bandas extensométricas eléctricas .</p>
    <p class="parrafo">2.3.2.5  .  Puede  igualmente  calcularse  la tensión según la fórmula que sigue :</p>
    <p class="parrafo">D1 = D ± ( ¶ R(D - A)²/4 Ea z</p>
    <p class="parrafo">en la cual</p>
    <p class="parrafo">D1 = Diámetro comprimido ( o abierto ) del anillo</p>
    <p class="parrafo">D = Diámetro exterior de la botella en mm</p>
    <p class="parrafo">a = Espesor de pared de la botella en mm</p>
    <p class="parrafo">R = Re/1,3 N/mm²</p>
    <p class="parrafo">E = Módulo de elasticidad en N/mm² = 70 000 N/mm²</p>
    <p class="parrafo">z = Coeficiente de corrección ( figura 3 )</p>
    <p class="parrafo">2.3.2.6  .  Es  esencial  que  los  pernos  estén eléctricamente aislados de los anillos  o  protegidos  de  cualquier  ataque corrosivo por parte de la solución .</p>
    <p class="parrafo">2.3.2.7  .  Los  seis  anillos  estarán  completamente sumergidos en la solución salina durante 10 minutos .</p>
    <p class="parrafo">2.3.2.8  .  A  continuación  serán  extraídos  de  la  solución y expuestos a la atmósfera durante 50 minutos ,</p>
    <p class="parrafo">2.3.2.9  .  Este  ciclo  debe  repetirse  durante 30 días o hasta la ruptura del anillo , según lo que antes ocurra .</p>
    <p class="parrafo">2.3.2.10  .  Se  examinará  visualmente  la  presencia  de eventuales fisuras en las muestras .</p>
    <p class="parrafo">2.4 . INTERPRETACION DE LOS RESULTADOS</p>
    <p class="parrafo">La  aleación  se  considera  apta  para  la  fabricación  de  botellas de gas si ninguno  de  los  anillos  bajo tensión presenta fisuras visibles a simple vista o con un ligero aumento ( de 10 a 30 ) al final del ensayo : 30 días .</p>
    <p class="parrafo">2.5 . EXAMEN METALOGRAFICO EVENTUAL</p>
    <p class="parrafo">2.5.1  .  En  caso  de  dudas  sobre  la  presencia de fisuras ( alineamiento de picaduras  ,  por  ejemplo  )  , se puede aclarar la indeterminación mediante un examen  metalográfico  complementario  de  un  corte  ;  el  plano de corte debe situarse  perpendicularmente  al  eje  del  anillo  en la región sospechosa . Se compara  la  forma  (  inter-  o  transcristalina  )  y  la  profundidad  de  la penetración  de  la  corrosión  sobre  las  caras  de  los  anillos  sometidas a expansión o a compresión .</p>
    <p class="parrafo">2.5.2  .  La  aleación  se  considerará  apta  si la corrosión es análoga en las dos  caras  del  anillo  .  Inversamente  ,  si  la  cara  del anillo sometida a expansión  presenta  fisuras  intercristalinas  claramente  más profundas que la corrosión  que  afecta  a  la cara comprendida podrá considerarse que la botella no ha pasado la prueba .</p>
    <p class="parrafo">2.6 . INFORMACIONES</p>
    <p class="parrafo">2.6.1  .  Debe  indicarse  la  designación de la aleación y/o su número de norma .</p>
    <p class="parrafo">2.6.2 . Deben indicarse los límites de composición de la aleación .</p>
    <p class="parrafo">2.6.3  .  Deben  mencionarse  el  análisis  efectivo de la colada a partir de la cual han sido fabricadas las botellas .</p>
    <p class="parrafo">2.6.4  .  Debe  informarse  sobre  las  propiedades  mecánicas  efectivas  de la aleación , junto con los requisitos mínimos para las propiedades mecánicas .</p>
    <p class="parrafo">2.6.5 . Debe indicarse los resultados del ensayo .</p>
    <p class="parrafo">Figura 1 : ver D.O.</p>
    <p class="parrafo">Figura 2 : ver D.O.</p>
    <p class="parrafo">Figura 3 : ver D.O.</p>
    <p class="parrafo">ANEXO III</p>
    <p class="parrafo">CERTIFICADO DE APROBACION CEE DE MODELO</p>
    <p class="parrafo">Emitido por ... ( Estado miembro ) en base a ... ( reglamentación Nacional )</p>
    <p class="parrafo">En  aplicación  de  la  Directiva  84/526/CEE  del Consejo , de 17 de septiembre de 1984 , relativa a las</p>
    <p class="parrafo">BOTELLAS DE GAS SIN SOLDADURAS , EN ALUMINIO SIN ALEAR Y EN ALUMINIO ALEADO</p>
    <p class="parrafo">Aprobación n º : ... Fecha ...</p>
    <p class="parrafo">Tipo  de  botella  :  ...  (  designación  de  la  familia  de la botella que es objeto de la aprobación CEE )</p>
    <p class="parrafo">P h : ... D : ... a : ...</p>
    <p class="parrafo">L mín : ... L máx : ... V mín : ... V máx : ...</p>
    <p class="parrafo">Fabricante  o  mandatario  :  ...  (  Nombre  y dirección del fabricante o de su mandatario )</p>
    <p class="parrafo">Marca de aprobación CEE de modelo : ... ...</p>
    <p class="parrafo">La  conclusión  del  examen  del  modelo  para  la aprobación CEE , así como las características   principales  del  modelo  están  recogidas  en  el  anexo  del presente certificado .</p>
    <p class="parrafo">Pueden  obtenerse  todas  las  informaciones en : ... ( Denominación y dirección del organismo competente para la aprobación )</p>
    <p class="parrafo">Hecho en ... , el ... ( Firma )</p>
    <p class="parrafo">ANEXO TECNICO DEL CERTIFICADO DE APROBACION CEE</p>
    <p class="parrafo">1  .  Conclusiones  del  examen  CEE del modelo efectuado para la aprobación CEE .</p>
    <p class="parrafo">2 . Características principales del modelo , en particular :</p>
    <p class="parrafo">-  corte  longitudinal  del  tipo  de  botella  que es objeto de la aprobación , indicando :</p>
    <p class="parrafo">-  el  diámetro  nominal  exterior  D  ,  con  el  dato  de  las  tolerancias de construcción previstas por el fabricante ,</p>
    <p class="parrafo">- el espesor mínimo de la pared cilíndrica a ,</p>
    <p class="parrafo">-  los  espesores  mínimos  del  fondo  y de las ojivas con la indicación de las tolerancias de construcción previstas por el fabricante ,</p>
    <p class="parrafo">-  la  longitud  ,  o llegado el caso , las longitudes mínimas y máximas L mín , L máx ,</p>
    <p class="parrafo">- la o las capacidades V máx , L máx ,</p>
    <p class="parrafo">- la presión P h ,</p>
    <p class="parrafo">- el nombre del constructor/número del diseño y fecha ,</p>
    <p class="parrafo">- la denominación del tipo de botellas ,</p>
    <p class="parrafo">-  la  aleación  con  arreglo al punto 2.1 [ naturaleza/ análisis químico/método de  elaboración/  tratamiento  térmico/características  mecánicas garantizadas ( resistencia a la tracción-límite de elasticidad ) ] .</p>
    <p class="parrafo">ANEXO IV</p>
    <p class="parrafo">MODELO</p>
    <p class="parrafo">CERTIFICADO DE COMPROBACION CEE</p>
    <p class="parrafo">Aplicación  de  la  Directiva  84/526/CEE  del  Consejo , de 17 de septiembre de 1984 .</p>
    <p class="parrafo">Organismo de control ...</p>
    <p class="parrafo">Fecha : ...</p>
    <p class="parrafo">Número característico de la aprobación CEE ...</p>
    <p class="parrafo">Designación de los recipientes : ...</p>
    <p class="parrafo">Número característico de la comprobación CEE : ...</p>
    <p class="parrafo">Número del lote de fabricación de ... a ...</p>
    <p class="parrafo">Fabricante : ... ( nombre - dirección )</p>
    <p class="parrafo">País : ... Marca : ...</p>
    <p class="parrafo">Propietario : ... ( nombre - dirección )</p>
    <p class="parrafo">Cliente : ... ( nombre - dirección )</p>
    <p class="parrafo">PRUEBAS DE COMPROBACION</p>
    <p class="parrafo">1 . MEDIDAS EFECTUADAS EN LAS BOTELLAS MUESTRA</p>
    <p class="parrafo">Número  del  ensayo  Lote  que  comprende  del  n  º ... al n º ... Capacidad de agua en litros Masa al vacío ( Kg ) Espesor Medida Mínima</p>
    <p class="parrafo">De la pared ( mm ) Del fondo ( mm )</p>
    <p class="parrafo">2 . ENSAYOS MECANICOS EFECTUADOS EN LAS BOTELLAS MUESTRA</p>
    <p class="parrafo">Ensayo  n  º  Tratamiento  térmico  n º Ensayo de Tracción Ensayo de plegado 180 °  sin  fisura  Ensayo  de  ruptura hidraúlica ( bars ) Descripción de la rotura ( Nota descriptiva o esquema adjunto )</p>
    <p class="parrafo">Prueba  de  ensayo  Euronorm  a  )  2  -  80  ,  b  ) 11 - 80 Límite aparente de elasticidad  R  e  (  N/mm²  )  Resistencia  a  la  tracción  R  mt  (  N/mm²  ) Alargamiento ( % )</p>
    <p class="parrafo">Valores mínimos especificados</p>
    <p class="parrafo">El  abajo  firmante  declara  haber  comprobado que las comprobaciones , ensayos y   controles   dispuestos  en  el  punto  5.2  del  Anexo  I  de  la  Directiva 84/526/CEE han sido efectuadas satisfactoriamente .</p>
    <p class="parrafo">Observaciones particulares : ...</p>
    <p class="parrafo">Observaciones generales : ...</p>
    <p class="parrafo">Hecho y certificado el ... en ...</p>
    <p class="parrafo">... ( Firma el inspector )</p>
    <p class="parrafo">en nombre de ... ( Organismo de control )</p>
  </texto>
</documento>
