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    <identificador>DOUE-L-1984-80018</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9000">Comunidades Europeas</departamento>
    <rango codigo="25">Directiva</rango>
    <fecha_disposicion>19831220</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>4/1984</numero_oficial>
    <titulo>Directiva de la Comisión, de 20 de diciembre de 1983, por la que se modifican las Directivas 71/393/CEE, 72/199/CEE y 78/633/CEE por las que se establecen métodos de análisis comunitarios para el control oficial de los alimentos para animales.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de las Comunidades Europeas</diario>
    <fecha_publicacion>19840118</fecha_publicacion>
    <diario_numero>15</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <pagina_inicial>28</pagina_inicial>
    <pagina_final>38</pagina_final>
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    <url_pdf>/doue/1984/015/L00028-00038.pdf</url_pdf>
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    <fecha_derogacion>20090825</fecha_derogacion>
    <judicialmente_anulada>N</judicialmente_anulada>
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    <letra_imagen>L</letra_imagen>
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    <url_eli>http://data.europa.eu/eli/dir/1984/4/spa</url_eli>
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  <analisis>
    <materias>
      <materia codigo="205" orden="1">Alimentos para animales</materia>
      <materia codigo="210" orden="2">Almidón</materia>
      <materia codigo="230" orden="3">Análisis</materia>
      <materia codigo="4290" orden="4">Inspección veterinaria</materia>
      <materia codigo="5163" orden="5">Normas de calidad</materia>
      <materia codigo="5729" orden="6">Productos alimenticios</materia>
      <materia codigo="6284" orden="7">Sanidad veterinaria</materia>
    </materias>
    <notas>
      <nota codigo="26" orden="300">Cumplimiento a más tardar el 1 de junio de 1984.</nota>
      <nota codigo="149" orden="340">Esta norma se entiende implícitamente derogada por el Reglamento 152/2009 , de 27 de enero DOUE-L-2009-80311</nota>
    </notas>
    <referencias>
      <anteriores>
        <anterior referencia="DOUE-L-1978-80246" orden="2050">
          <palabra codigo="245">SUSTITUYE</palabra>
          <texto>parte 1 del Anexo de la Directiva 78/633, de 15 de junio</texto>
        </anterior>
        <anterior referencia="DOUE-L-1972-80063" orden="2050">
          <palabra codigo="245">SUSTITUYE</palabra>
          <texto>parte 5 del Anexo II de la Directiva 72/199, de 27 de abril</texto>
        </anterior>
        <anterior referencia="DOUE-L-1971-80123" orden="2050">
          <palabra codigo="245">SUSTITUYE</palabra>
          <texto>parte 4 del Anexo de la Directiva 71/393, de 18 de noviembre</texto>
        </anterior>
        <anterior referencia="DOUE-X-1966-60021" orden="5020">
          <palabra codigo="330">CITA</palabra>
          <texto>en Anexo Reglamento 136/66, de 22 de septiembre</texto>
        </anterior>
      </anteriores>
      <posteriores>
        <posterior referencia="BOE-A-1989-12209" orden="">
          <palabra codigo="426">SE TRANSPONE</palabra>
          <texto>, por Orden de 23 de mayo de 1989</texto>
        </posterior>
      </posteriores>
    </referencias>
    <alertas/>
  </analisis>
  <texto>
    <p class="parrafo">( 84/4/CEE )</p>
    <p class="parrafo">LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS ,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea ,</p>
    <p class="parrafo">Vista  la  Directiva  70/373/CEE  del  Consejo  ,  de  20  de  julio  de  1970 , relativa  a  la  introducción  de  modos  de  toma  de  muestras y de métodos de análisis  comunitarios  para  el  control oficial de los alimentos para animales (1)  ,  modificada  en  último  lugar por el Acta de adhesión de Grecia , y , en particular , su artículo 2 ,</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  las  Directivas  71/393/CEE (2) , 72/199/CEE (3) y 78/633/CEE (4)   de   la   Comisión   establecen   ,   respectivamente  ,  los  métodos  de determinación  de  las  materias  grasas  brutas  , de la virginiamicina y de la bacitracina-cinc  ;  que  resulta  necesario  sustituir dichos métodos por otros adaptados a la evolución de los conocimientos científicos y técnicos ;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  las  medidas  previstas  en  la presente Directiva se ajustan al dictamen del Comité permanente de alimentos animales ,</p>
    <p class="parrafo">HA ADOPTADO LA PRESENTE DIRECTIVA :</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">En  el  Anexo  de  la Directiva 71/393/CEE , se sustituye el texto de la Parte 4 ,  «  Determinación  de  las  materias grasas brutas » , por el que figura en el Anexo I de la presente Directiva .</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">En  el  Anexo  II  de  la  Directiva  72/199/CEE  ,  se sustituye el texto de la Parte  5  «  Determinación  de  la  virginiamicina  : por difusión en gelosa » , por el que figura en el Anexo II de la presente Directiva .</p>
    <p class="parrafo">Artículo 3</p>
    <p class="parrafo">En  el  Anexo  de  la Directiva 78/633/CEE , se sustituye el texto de la Parte 1 ,  «  Determinación  de  la bacitracina-cinc : por difusión en gelosa » , por el que figura en el Anexo III de la presente Directiva .</p>
    <p class="parrafo">Artículo 4</p>
    <p class="parrafo">Los  Estados  miembros  aplicarán  las  disposiciones legales , reglamentarias y administrativas  necesarias  para  cumplir  las  disposiciones  de  la  presente Directiva  ,  a  más  tardar  el  1  de  junio  de  1984  e  informarán  de ello inmediatamente a la Comisión .</p>
    <p class="parrafo">Artículo 5</p>
    <p class="parrafo">Los destinatarios de la presente Directiva serán los Estados miembros .</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas , el 20 de diciembre de 1983 .</p>
    <p class="parrafo">Por la Comisión</p>
    <p class="parrafo">Poul DALSAGER</p>
    <p class="parrafo">Miembro de la Comisión</p>
    <p class="parrafo">(1) DO n º L 170 de 3 . 8 . 1970 , p. 2 .</p>
    <p class="parrafo">(2) DO n º L 279 de 20 . 12 . 1972 , p. 7 .</p>
    <p class="parrafo">(3) DO n º L 123 de 29 . 5 . 1972 , p. 6 .</p>
    <p class="parrafo">(4) DO n º L 206 de 29 . 7 . 1978 , p. 43 .</p>
    <p class="parrafo">ANEXO I</p>
    <p class="parrafo">« 4 . DETERMINACION DE LAS MATERIAS GRASAS BRUTAS</p>
    <p class="parrafo">1 . Objeto y ámbito de aplicación</p>
    <p class="parrafo">El  método  permite  determinar  el  contenido  de materias grasas brutas de los alimentos  para  animales  .  No  es  válido  para el análisis de las semillas y frutos  oleaginosos  definidos  en  el  Reglamento  (  CEE  ) n º 136/66/CEE del Consejo , de 22 de septiembre de 1966 .</p>
    <p class="parrafo">Según   la  naturaleza  del  alimento  ,  debe  aplicarse  uno  u  otro  de  los procedimientos descritos a continuación .</p>
    <p class="parrafo">1.1 . Procedimiento A</p>
    <p class="parrafo">Aplicable  a  los  alimentos  simples  de  origen vegetal , con excepción de los que   se   sabe   que   contienen   materias  grasas  que  no  pueden  extraerse completamente  mediante  el  éter  de  petróleo sin hidrólisis previa . En estas excepciones  se  incluyen  los  glútenes , las levaduras , las proteínas de soja y   de   patatas  .  El  procedimiento  es  aplicable  asimismo  a  los  piensos compuestos  ,  con  excepción  de  los  que  contengan  leche  en  polvo o cuyas materias   grasas   no  puedan  extraerse  completamente  mediante  el  éter  de petróleo sin hidrólisis previa .</p>
    <p class="parrafo">1.2 . Procedimiento B</p>
    <p class="parrafo">Aplicable   a  los  alimentos  simples  de  origen  animal  ,  así  como  a  los alimentos  mencionados  en  el  punto  1.1  como  excepciones para la aplicación del procedimiento A .</p>
    <p class="parrafo">2 . Principio</p>
    <p class="parrafo">2.1 . Procedimiento A</p>
    <p class="parrafo">Se   extrae  la  muestra  por  medio  de  éter  de  petróleo  .  Se  destila  el disolvente , y se seca y pesa el residuo .</p>
    <p class="parrafo">2.2 . Procedimiento B</p>
    <p class="parrafo">Se  trata  la  muestra  en  caliente  mediante  ácido  clorhídrico . Se enfría y filtra  la  mezcla  .  Después  de  lavarlo  y secarlo , el residuo se somete al análisis según el procedimiento A .</p>
    <p class="parrafo">3 . Reactivos</p>
    <p class="parrafo">3.1  .  Eter  de  petróleo  ,  intervalo de ebullición : 40 a 60 ° C . El índice de  bromo  debe  ser  inferior  a  1  y  el  residuo de evaporación inferior a 2 mg/100 ml .</p>
    <p class="parrafo">3.2 . Sulfato de sodio , anhidro .</p>
    <p class="parrafo">3.3 . Acido clorhídrico 3 N .</p>
    <p class="parrafo">3.4  .  Coadyudante  de  filtración  ,  como  por  ejemplo tierra de diatomeas , Hiflo-supercel .</p>
    <p class="parrafo">4 . Aparatos</p>
    <p class="parrafo">4.1  .  Extractor  .  Si  el aparato está provisto de un sifón ( aparato Soxhtel )  ,  el  caudal  de  reflujo  debe  regularse  de  forma que se obtengan por 10 menos  10  ciclos  por  hora  .  Si se trata de un aparato sin sifón , el caudal líquido refluido debe ser de alrededor de 10 ml por minuto .</p>
    <p class="parrafo">4.2  .  Cartuchos  de  extracción , exentos de sustancias solubles en el éter de petróleo , cuya porosidad sea compatible con las exigencias del punto 4.1 .</p>
    <p class="parrafo">4.3  .  Estufa  de  secado  ,  bien  por vacío a 75 ° C ± 3 ° C , bien a presión atmosférica a 100 ° C ± 3 ° C .</p>
    <p class="parrafo">5 . Modo de operación</p>
    <p class="parrafo">5.1 . Procedimiento A ( véase observación 8.1 )</p>
    <p class="parrafo">Pesar  ,  con  error  no  superior a 1 mg , 5 g de muestra , introducirlos en un cartucho  de  extracción  (  4.2  )  y  cubrirlos  con  una  torunda  de algodón desgrasado .</p>
    <p class="parrafo">Colocar  el  cartucho  en  un extractor ( 4.1 ) y extraer durante seis horas por medio  de  éter  de  petróleo  (  3.1  ) . Recoger en un matraz seco provisto de piedra pómez (1) y tarado .</p>
    <p class="parrafo">Eliminar   el   disolvente   por   destilación   .  Secar  el  residuo  mediante colocación  del  matraz  durante  una hora y media en una estufa de secado ( 4.3 )  .  Dejar  enfriar  en  un  secador  y  pesar . Secar de nuevo durante treinta minutos  para  asegurarse  de  que  el  peso  de  la  materia  grasa se mantiene constante  (  la  pérdida  de peso entre dos pesadas sucesivas debe ser inferior a 1 mg ) .</p>
    <p class="parrafo">5.2 . Procedimiento B</p>
    <p class="parrafo">Pesar  ,  con  error  inferior a 1 mg , 2,5 g de de la muestra ( ver observación 8.2  )  ,  introducirlos  en  un cilindro de 400 ml o en un matraz cónico de 300 ml  y  añadir  100  ml  de  ácido clorhídrico 3 N ( 33 ) y algunos fragmentos de piedra  pómez  .  Cubrir  el  cilindro  con un vidrio de reloj o dotar al matraz cónico  de  un  refrigerador  de  reflujo  . Llevar la mezcla a ebullición suave con  ayuda  de  una  llama  pequeña  o de una placa eléctrica , y mantenerla así durante  una  hora  .  Evitar  que  el  producto  se  pegue  a  las  paredes del recipiente .</p>
    <p class="parrafo">Enfriar   y   añadir   una  cantidad  de  coadyudante  de  filtración  (  3.4  ) suficiente  para  evitar  cualquier  pérdida  de  materia grasa en el momento de la  filtración  .  Filtrar  en  un  papel  filtro  doble  humedecido , exento de materias  grasas  .  Lavar  el  residuo  con  agua fría hasta la neutralidad del filtrado  .  Comprobar  que  el  filtrado  no  contiene  materias  grasas  .  La presencia  de  éstas  indica  que debe efectuarse una extracción , de la muestra mediante   éter   de  petróleo  ,  según  el  procedimiento  A  ,  antes  de  la hidrólisis .</p>
    <p class="parrafo">Colocar  el  papel  filtro  doble  que contiene el residuo en un vidrio de reloj , y secar durante una hora y media en la estufa a 100 ° C ± 3 ° C .</p>
    <p class="parrafo">Introducir  el  papel  filtro  doble que contiene el residuo seco en un cartucho de  extracción  (  4.2  )  y  cubrirlo  con  una torunda de algodón desgrasado . Colocar  el  cartucho  en  un  extractor  (  4.1  ) y continuar la operación tal como se indica en los párrafos segundo y tercero del punto 5.1 .</p>
    <p class="parrafo">6 . Cálculo de los resultados</p>
    <p class="parrafo">Expresar el resultado de la pesada en partes por ciento de muestra .</p>
    <p class="parrafo">7 . Reproducibilidad</p>
    <p class="parrafo">La  diferencia  entre  dos  determinaciones  paralelas  efectuadas  en una misma muestra mediante el mismo análisis no debe superar :</p>
    <p class="parrafo">0,2  %  en  valor  absoluto  ,  para  los  contenidos  de materias grasas brutas inferiores al 5 % ,</p>
    <p class="parrafo">4,0 % del resultado más elevado para los contenidos del 5 al 10 % ,</p>
    <p class="parrafo">0,4 % en valor absoluto , para los contenidos superiores al 10 % .</p>
    <p class="parrafo">8 . Observaciones</p>
    <p class="parrafo">8.1  .  Para  los  productos  con  alto contenido de materias grasas , difíciles de  desleír  o  no  apropiados  para  la  obtención  de  una  muestra  de ensayo</p>
    <p class="parrafo">reducida homogénea , ha de procederse del modo siguiente .</p>
    <p class="parrafo">Pesar  ,  con  un  error  inferior  a 1 mg , 20 g de la muestra y mezclarlos con 10  g  o  más  de  sulfato  de  sodio anhidro ( 3.2 ) . Extraer mediante éter de petróleo  (  3.1  )  tal  como se indica en el punto 5.1 . Completar el extracto obtenido  hasta  500  ml  con  éter  de  petróleo  (  3.1  )  y homogeneizarlo . Introducir  50  ml  de  la  solución  en  un  matraz  pequeño seco , provisto de algunos  fragmentos  de  piedra  pómez (1) y tarado . Eliminar el disolvente por destilación  ,  secar  y  continuar la operación tal como se indica en el último párrafo del punto 5.1 .</p>
    <p class="parrafo">Eliminar  el  disolvente  del  residuo  de  extracción presente en el cartucho , reducir  el  residuo  a  una  finura de 1 mm , colocarlo de nuevo en el cartucho (  no  añadir  sulfato  de  sodio  ) y continuar la operación tal como se indica en los párrafos segundo y tercero del punto 5.1 .</p>
    <p class="parrafo">El  contenido  de  materias  grasas  brutas  en partes por ciento de muestras se determina mediante la fórmula :</p>
    <p class="parrafo">( 10 a + b ) x 5</p>
    <p class="parrafo">en la que :</p>
    <p class="parrafo">a  =  masa  ,  en gramos , del residuo de la primera extracción ( parte alícuota del extracto ) ,</p>
    <p class="parrafo">b = masa , en gramos , del residuo de la segunda extracción .</p>
    <p class="parrafo">8.2  .  La  cantidad  para  ensayo  de  los  productos pobres en materias grasas puede aumentarse a 5 g . »</p>
    <p class="parrafo">(1)  Sustituir  los  fragmentos  de  piedra pómez por perlas de vidrio cuando la materia grasa deba someterse a exámenes cualitativos ulteriores .</p>
    <p class="parrafo">ANEXO II</p>
    <p class="parrafo">« 5 . DETERMINACION DE LA VIRGINIAMICINA</p>
    <p class="parrafo">- por difusión en gelosa -</p>
    <p class="parrafo">1 . Objeto y ámbito de aplicación</p>
    <p class="parrafo">El  método  permite  determinar  la  virginiamicina  en  los  alimentos y en las premezclas  .  El  límite  inferior  de la determinación es de 2 mg/kg ( 2 ppm ) (1) .</p>
    <p class="parrafo">2 . Principio</p>
    <p class="parrafo">Se  somete  la  muestra  a  una  extracción  mediante una solución metanólica de Tween  80  .  El  extracto  se  decanta  o centrifuga , y se diluye después . Su actividad   antibiótica  se  determina  por  mediación  de  la  difusión  de  la virginiamicina  en  un  medio  de  gelosa , sembrado con Micrococcus luteus . La difusión   se   manifiesta   por   la  formación  de  zonas  de  inhibición  del microorganismo   .  El  diámetro  de  dichas  zonas  se  considera  directamente proporcional  al  logaritmo  de  la concentración de antibiótico para la gama de concentraciones utilizadas .</p>
    <p class="parrafo">3  .  Microorganismos  :  «  Micrococcus  luteus  » ATCC 9341 ( NCTC 8340 , NCIB 8553 )</p>
    <p class="parrafo">3.1 . Mantenimiento de la cepa</p>
    <p class="parrafo">Sembrar  el  medio  de  cultivo  ( 4.1 ) , en tubos inclinados , con Micrococcus luteus   .  Incubar  durante  veinticuatro  horas  a  30  °  C  ,  conservar  en frigorífico a unos 4 ° C y renovar la siembra cada quince días .</p>
    <p class="parrafo">3.2 . Preparación de la suspensión bacteriana (a)</p>
    <p class="parrafo">Recoger  los  gérmenes  en  un  tubo de gelosa ( 3.1 ) , de preparación reciente</p>
    <p class="parrafo">,  con  ayuda  de  2  a 3 ml de solución de cloruro sódico ( 4.3 ) . Sembrar con esta  suspensión  250  ml  del  medio  de cultivo ( 4.1 ) en un matraz de Roux e incubar  durante  dieciocho  a  veinte  horas a 30 ° C . Recoger los gérmenes en 25 ml. de solución de cloruro sódico ( 4.3 ) y homogeneizar .</p>
    <p class="parrafo">Diluir  la  suspensión  a  1/10 con ayuda de la solución de cloruro sódico ( 4.3 )  .  La  transmisión  luminosa  de  la  suspensión  ,  medida  a 650 mm bajo un espesor  de  1  cm  por  comparación con la solución de cloruro sódico ( 4.3 ) , debe  ser  de  alrededor  del  75  %  .  Esta  suspensión  puede conservarse una semana a unos 4 ° C .</p>
    <p class="parrafo">4 . Medios de cultivo y reactivos</p>
    <p class="parrafo">4.1 . Medio de mantenimiento de la cepa y de base de la determinación (b)</p>
    <p class="parrafo">Peptona de carne 6,0 g</p>
    <p class="parrafo">Triptona 4,0 g</p>
    <p class="parrafo">Extracto de levadura 3,0 g</p>
    <p class="parrafo">Extracto de carne 1,5 g</p>
    <p class="parrafo">Glucosa 1,0 g</p>
    <p class="parrafo">Gelosa 10,0 a 20,0 g</p>
    <p class="parrafo">Agua 1 000 ml</p>
    <p class="parrafo">pH 6,5 ( tras esterilización )</p>
    <p class="parrafo">4.2 . Tampón fosfato , pH 6</p>
    <p class="parrafo">Hidrogenofosfato de potasio K2HPO4 2,0 g</p>
    <p class="parrafo">Dihidrogenofosfato de potasio KH2PO4 8,0 g</p>
    <p class="parrafo">Agua hasta 1 000 ml</p>
    <p class="parrafo">4.3  .  Solución  a  0,8  %  ( p/v ) de cloruro sódico : disolver en agua 8 g de cloruro sódico , diluir hasta 1 000 ml y esterilizar .</p>
    <p class="parrafo">4.4 . Matanol .</p>
    <p class="parrafo">4.5  .  Mezcla  de  tampón  fosfato ( 4.2 ) y de metanol ( 4.4 ) : 80/20 ( v/v ) .</p>
    <p class="parrafo">4.6  .  Solución  en  metanol  al  0,5  %  ( p/v ) de Tween 80 : disolver 5 g de Tween 80 en metanol ( 4.4 ) y diluir hasta 1 000 ml con metanol .</p>
    <p class="parrafo">4.7 . Sustancia de referencia : virginiamicina de actividad conocida .</p>
    <p class="parrafo">5 . Soluciones de referencia</p>
    <p class="parrafo">Disolver  una  cantidad  pesada  exactamente de la sustancia de referencia ( 4.7 )  en  el  metanol  (  4.4  )  y  diluir  con  metanol  ( 4.4 ) para obtener una solución  madre  a  1  000  µg  de  virginiamicina/ml  . Conservada en un matraz tapado a 4 ° C , esta solución es estable durante 5 días .</p>
    <p class="parrafo">Preparar  ,  a  partir  de  esta solución y mediante diluciones sucesivas con la ayuda de la mezcla ( 4.5 ) , las soluciones siguientes :</p>
    <p class="parrafo">S8 1 µg/ml</p>
    <p class="parrafo">S4 0,5 µg/ml</p>
    <p class="parrafo">S2 0,25 µg/ml</p>
    <p class="parrafo">S1 0,125 µg/ml</p>
    <p class="parrafo">6 . Preparación del extracto y de las soluciones</p>
    <p class="parrafo">6.1 . Extracción</p>
    <p class="parrafo">6.1.1 . Productos cuyo contenido en viginiamicina no excede de 100 mg/kg</p>
    <p class="parrafo">Pesar  una  cantidad  de  muestra  de 50,0 g . Añadir 200 ml de solución ( 4.6 ) ,  agitar  durante  30  minutos y dejar luego sedimentar o centrifugar . Recoger 20  ml  de  la  solución  sobrenadante  y  evaporar  hasta 5 ml en un evaporador</p>
    <p class="parrafo">rotatorio  a  una  temperatura  que  no  exceda  de 40 ° C . Disolver el residuo con  ayuda  de  la  mezcla  (  4.5  ) para obtener una concentración supuesta de virginiamicina de 1 µg/ml ( = U8 ) .</p>
    <p class="parrafo">6.1.2 . Productos cuyo contenido en virginiamicina es superior a 100 mg/kg</p>
    <p class="parrafo">Pesar  una  cantidad  de  muestra  que  no exceda de 10,0 g y contenga de 1 a 50 mg  de  virginiamicina  .  Añadir 100 ml de solución ( 4.6 ) , agitar durante 30 minutos  ,  y  dejar  sedimentar  luego  o  centrifugar  .  Disolver la solución sobrenadante  con  ayuda  de  la  mezcla  ( 4.5 ) para obtener una concentración de virginiamicina de 1 µg/ml ( = U8 ) .</p>
    <p class="parrafo">6.2 . Soluciones del extracto</p>
    <p class="parrafo">Preparar  ,  a  partir  de  la  solución U8 y por diluciones sucesivas ( 1 + 1 ) con  ayuda  de  la  mezcla  ( 4.5 ) , las soluciones U4 ( concentración supuesta :   0,5   µg/ml   ,  U2  (  concentración  supuesta  :  0,25  µg/ml  )  y  U1  ( concentración supuesta : 0,125 µg/ml ) .</p>
    <p class="parrafo">7 . Modalidades de la determinación</p>
    <p class="parrafo">7.1 . Inoculación del medio de cultivo</p>
    <p class="parrafo">Sembrar  a  unos  50  °  C  el  medio de base de la determinación ( 4.1 ) con la suspensión  bacteriana  (  3.2  )  .  Mediante ensayos preliminares sobre placas con  el  medio  (  4.1  )  , determinar la cantidad de suspensión bacteriana que permite  obtener  para  las  diferentes  concentraciones de virginiamicina zonas de inhibición lo más amplias posibles sin dejar de ser nítidas .</p>
    <p class="parrafo">7.2 . Preparación de las cajas</p>
    <p class="parrafo">La  difusión  en  gelosa  se  efectúa en cajas con las cuatro concentraciones de la  solución  de  referencia  ( S8 , S4 , S2 , S1 ) y las cuatro concentraciones del  extracto  (  U8  ,  U4  , U2 , U1 ) . Cada caja debe recibir necesariamente las  cuatro  concentraciones  de  la referencia y del extracto . A tal fin , hay que  elegir  la  dimensión  de  las  cajas  de forma que se puedan excavar en el medio  de  gelosa  por  lo  menos  ocho  cavidades  de  10 a 13 mm de diámetro , cuyos  centros  no  disten  menos  de 30 mm . Pueden emplearse como cajas placas de  vidrio  planas  ,  coronadas por un anillo de aluminio o de materia plástica de 200 mm de diámetro y 20 mm de altura .</p>
    <p class="parrafo">Introducir  en  las  cajas  una  cantidad  del medio ( 4.1 ) , sembrado tal como se  indica  en  7.1  ,  que permita obtener una capa de unos 2 mm de grosor ( 60 ml  para  una  caja  de  200  mm de diámetro ) . Dejar solidificar , excavar las cavidades   y   depositar   en   ellas  volúmenes  exactamente  medidos  de  las soluciones  de  la  referencia  y  del  extracto  (  0,10  a 0,15 ml por cavidad según  el  diámetro  )  . Repetir por lo menos cuatro veces cada concentración , de  forma  que  cada  determinación  comprenda  la  valoración  de  32  zonas de inhibición .</p>
    <p class="parrafo">7.3 . Incubación</p>
    <p class="parrafo">Incubar las cajas durante dieciséis a dieciocho horas a 30 ° C I 2 ± ° C .</p>
    <p class="parrafo">8 . Valoración</p>
    <p class="parrafo">Medir  el  diámetro  de  las  zonas de inhibición con un error no superior a 0,1 mm   .   Para   cada   concentración   ,   registrar   las   medidas   en  papel semilogarítmico   ,   trasladando   el   logaritmo  de  las  concentraciones  en relación  con  los  diámetros  de  las  zonas  de inhibición . Trazar las rectas más  ajustadas  para  la  solución  de  referencia  y  para  el  extracto  , por ejemplo , mediante el procedimiento siguiente :</p>
    <p class="parrafo">Determinar  el  punto  más  apropiado  del  nivel  más  bajo  de  la solución de referencia ( SL ) con ayuda de la fórmula :</p>
    <p class="parrafo">( a ) SL = ( 7s1 + 4s2 + s4 - 2s8 ) /10</p>
    <p class="parrafo">Determinar  el  punto  más  apropiado  del  nivel  más  alto  de  la solución de referencia ( SH ) con ayuda de la fórmula :</p>
    <p class="parrafo">( b ) SH = ( 7s8 + 4s4 + s2 - 2s1 ) /10</p>
    <p class="parrafo">Determinar  del  mismo  modo  los  puntos  más  apropiados  del extracto para el nivel  más  bajo  (  UL ) y el nivel más alto ( UH ) sustituyendo S1 , S2 , S4 y S8 en las fórmulas anteriores por U1 , U2 , U4 y U8 .</p>
    <p class="parrafo">Consignar  los  valores  SL  y SH en la misma gráfica . Al unir los dos puntos , se  obtiene  la  recta  más  ajustada  para  la  solución  de referencia . Si se sigue  el  mismo  método  para  UL  y UH , se obtiene la recta más ajustada para el extracto .</p>
    <p class="parrafo">Si  no  hubiere  ninguna  interferencia  ,  las  rectas  se consideran paralelas cuando ( SH - SL ) y ( UH - UL ) no difieren en más de un 10 % de su media .</p>
    <p class="parrafo">Si  las  rectas  no  son paralelas , pueden eliminarse U1 y S1 , o U8 y S8 . Los valores  SL  ,  SH  ,  UL  y UH que permiten obtener las rectas más ajustadas se calculan entonces con ayuda de las fórmulas siguientes :</p>
    <p class="parrafo">( a' ) SL = ( 5s1 + 2s2 - s4 ) /6 ó ( 5s2 + 2s4 - s8 ) /6</p>
    <p class="parrafo">( b' ) SH = ( 5s4 + 2s2 - s1 ) /6 ó ( 5s8 + 2s4 - s2 ) /6</p>
    <p class="parrafo">y  de  fórmulas  análogas  para  UL  y  UH  . La utilización de esta alternativa obliga a respetar los mismos criterios de paralelismo .</p>
    <p class="parrafo">En  el  boletín  de  análisis  debe  mencionarse  la  obtención  de un resultado procedente de tres niveles .</p>
    <p class="parrafo">Cuando  las  rectas  se  consideren paralelas , hay que calcular el logaritmo de la  actividad  relativa  (  log  A  )  mediante una de las fórmulas siguientes , según  el  número  de  niveles  (  4  o  3  )  utilizados para la valoración del paralelismo .</p>
    <p class="parrafo">Para 4 niveles :</p>
    <p class="parrafo">(  c  )  log  A = ( ( u1 + u2 + u4 + u8 - s1 - s2 - s4 - s8 ) x 0,602 ) / ( u4 + u8 + s4 + s8 - u1 - u2 - s1 - s2 )</p>
    <p class="parrafo">Para 3 niveles :</p>
    <p class="parrafo">(  d  )  log  A = ( ( u1 - u2 - u4 - s1 - s2 - s4 ) x 0,401 ) / ( u4 - s4 - u1 - s1 )</p>
    <p class="parrafo">(  d'  )  log  A  = ( ( u2 - u4 - u8 - s2 - s4 - s8 ) x 0,401 ) / ( u8 - s8 - u2 - s2 )</p>
    <p class="parrafo">Actividad   del   extracto   de   la   muestra  =  actividad  de  la  referencia correspondiente x A :</p>
    <p class="parrafo">( U8 = S8 x A )</p>
    <p class="parrafo">Si  la  actividad  relativa  no  se encuentra en la gama de valores comprendidos entre  0,5  y  2,0  , ha de repetirse la determinación procediendo a los ajustes apropiados  de  las  concentraciones  del  extracto  o  ,  en  su  caso , de las soluciones  de  referencia  .  Cuando  actividad no pueda encuadrarse en la gama de  los  valores  exigidos  ,  el  resultado  se considerará aproximado y así se hará constar en el boletín de análisis .</p>
    <p class="parrafo">Cuando  las  rectas  no  se  consideren paralelas , se repetirá la determinación .   Si   tampoco   ahora  se  lograre  el  paralelismo  ,  la  determinación  se considerará insatisfactoria .</p>
    <p class="parrafo">Expresar   el  resultado  en  miligramos  de  virginiamicina  por  kilogramo  de alimento .</p>
    <p class="parrafo">9 . Reproducibilidad</p>
    <p class="parrafo">La  diferencia  entre  los  resultados  de  dos determinaciones efectuadas en la misma muestra por el mismo analista no debe exceder de :</p>
    <p class="parrafo">2   mg/kg   ,  en  valor  absoluto  ,  para  los  contenidos  de  virginiamicina inferiores a 10 mg/kg ,</p>
    <p class="parrafo">20 por 100 del resultado más alto , para los contenidos de 10 a 25 mg/kg ,</p>
    <p class="parrafo">5 mg/kg , en valor absoluto , para los contenidos de 25 a 50 mg/kg ,</p>
    <p class="parrafo">10  por  100  del  resultado  más  alto  ,  para  los contenidos superiores a 50 mg/kg . »</p>
    <p class="parrafo">(1) 1 mg de virginiamicina equivale a 1 000 unidades « UK » .</p>
    <p class="parrafo">(a)   Pueden  utilizarse  otros  métodos  ,  siempre  que  esté  demostrado  que producen suspensiones bacterianas análogas .</p>
    <p class="parrafo">(b)  Puede  utilizarse  cualquier  medio  de  cultivo  comercial  de composición análoga y que dé los mismos resultados .</p>
    <p class="parrafo">ANEXO III</p>
    <p class="parrafo">« 1 . DETERMINACION DE LA BACITRACINA-CINC</p>
    <p class="parrafo">- por difusión en gelosa -</p>
    <p class="parrafo">1 . Objeto y ámbito de aplicación</p>
    <p class="parrafo">El   método   permite  determinar  la  bacitracina-cinc  en  los  alimentos  las premezclas  .  El  límite  inferior  de la determinación es de 5 mg/kg ( 5 ppm ) (1) .</p>
    <p class="parrafo">2 . Principio</p>
    <p class="parrafo">Se  extrae  la  muestra  a  pH  2  mediante  una mezcla de etanol , agua y ácido clorhídrico  y  una  solución  de  sulfuro  sódico  .  El sulfuro sódico permite precipitar   las   sales   de   cobre  solubles  que  pudieran  obstaculizar  la determinación  .  El  extracto  ,  llevado  a  pH  6,5  , se concentra ( en caso necesario  )  y  diluye  . Su actividad antibiótica se determina por medición de la  difusión  de  la  bacitracina-cinc  en  un  medio  de  gelosa , sembrado con Micrococcus  luteus  (  flavus  )  .  La  difusión  se  manifiesta  mediante  la formación  de  zonas  de  inhibición  del microorganismo . El diámetro de dichas zonas    se   considera   directamente   proporcional   al   logaritmo   de   la concentración de antibiótico para la gama de concentraciones utilizadas .</p>
    <p class="parrafo">3 . Microorganismo : « Micrococcus luteus ( flavus ) » ATCC 10240</p>
    <p class="parrafo">3.1 . Mantenimiento de la cepa</p>
    <p class="parrafo">Sembrar  el  medio  de  cultivo  ( 4.1 ) , en tubos inclinados , con Micrococcus luteus  (  flavus  )  .  Incubar durante veinticuatro horas a 30 ° C , conservar en frigorífico a unos 4 ° C y renovar la siembra cada quince días .</p>
    <p class="parrafo">3.2 . Preparación de la suspensión bacteriana (a)</p>
    <p class="parrafo">Recoger  los  gérmenes  de  un  tubo de gelosa ( 3.1 ) , de preparación reciente ,  con  la  ayuda  de  2  a 3 ml de solución de cloruro sódico ( 4.3 ) . Sembrar con  esta  suspensión  250  ml del medio de cultivo ( 4.1 ) en un matraz de Roux e  incubar  durante  dieciocho  a  veinte  horas a 30 ° C . Recoger los gérmenes en 25 ml de solución de cloruro sódico ( 4.3 ) y homogeneizar .</p>
    <p class="parrafo">Diluir  la  suspensión  a  1/10 con ayuda de la solución de cloruro sódico ( 4.3 )  .  La  transmisión  luminosa de la solución , medida a 650 mm bajo un espesor de  1  cm  por  comparación con la solución de cloruro sódico ( 4.3 ) , debe ser</p>
    <p class="parrafo">de  alrededor  del  75  %  . Esta suspensión puede conservarse una semana a unos 4 ° C .</p>
    <p class="parrafo">4 . Medios de cultivo y reactivos</p>
    <p class="parrafo">4.1 . Medio de mantenimiento de la cepa (b)</p>
    <p class="parrafo">Peptona de carne 6,0 g</p>
    <p class="parrafo">Triptona 4,0 g</p>
    <p class="parrafo">Extracto de levadura 3,0 g</p>
    <p class="parrafo">Extracto de carne 1,5 g</p>
    <p class="parrafo">Glucosa 1,0 g</p>
    <p class="parrafo">Gelosa 10,0 a 20,0 g</p>
    <p class="parrafo">Agua 1 000 ml</p>
    <p class="parrafo">pH 6,5 - 6,6 ( tras esterilización )</p>
    <p class="parrafo">4.2 . Medio de base de la determinación (b)</p>
    <p class="parrafo">Triptona 10,0 g</p>
    <p class="parrafo">Extracto de levadura 3,0 g</p>
    <p class="parrafo">Extracto de carne 1,5 g</p>
    <p class="parrafo">Glucosa 1,0 g</p>
    <p class="parrafo">Gelosa 10,0 a 20,0 g</p>
    <p class="parrafo">Tween 80 1 ml</p>
    <p class="parrafo">Agua 1 000 ml</p>
    <p class="parrafo">pH 6,5 ( tras esterilización )</p>
    <p class="parrafo">4.3  .  Solución  al  0,8  % ( p/v ) de cloruro sódico : disolver en agua 8 g de cloruro sódico , diluir a 1 000 ml y esterilizar .</p>
    <p class="parrafo">4.4  .  Mezcla  de  metanol/agua/ácido clorhídrico ( 4.6 ) : 80/17,5/2,5 ( v/v/v ) .</p>
    <p class="parrafo">4.5 . Tampón fasfato , pH 6,5</p>
    <p class="parrafo">Fosfato bipotásico K2HPO4 22,15 g</p>
    <p class="parrafo">Fosfato monopotásico KH2PO4 27,85 g</p>
    <p class="parrafo">Agua hasta 1 000 ml</p>
    <p class="parrafo">4.6 . Acido clorhídrico , d : 1,18-1,19</p>
    <p class="parrafo">4.7 . Acido clorhídrico , 0,1 M</p>
    <p class="parrafo">4.8 . Solución 1 M de hidróxido sódico</p>
    <p class="parrafo">4.9 . Solución 0,5 M , aproximadamente , de sulfuro sódico</p>
    <p class="parrafo">4.10 . Solución al 0,04 % ( p/v ) de púrpura de bromocresol :</p>
    <p class="parrafo">disolver  0,1  g  de  púrpura  de  bromocresol  en 18,5 ml de solución 0,01 M de hidróxido sódico . Completar hasta 250 ml con agua y homogeneizar .</p>
    <p class="parrafo">4.11  .  Sustancia  de  referencia : bacitracina-cinc de actividad conocida ( en UI ) .</p>
    <p class="parrafo">5 . Soluciones de referencia</p>
    <p class="parrafo">Pesar  una  cantidad  de  sustancia  de  referencia ( 4.11 ) correspondiente a 1 050  UI  (  según  el título indicado ) . Añadir 5 ml de ácido clorhídrico 0,1 M (  4,7  )  y  dejar  reposar  quince minutos . Añadir 30 ml de agua , ajustar el pH  a  4,5  con  la  ayuda  del tampón fosfato ( 4.5 ) ( unos 4 ml ) , completar hasta 50 ml con agua y homogeneizar ( 1 ml = 21 UI ) .</p>
    <p class="parrafo">Preparar  ,  a  partir  de  esta  solución  y  mediante diluciones sucesivas con ayuda del tampón fosfato pH 6,5 ( 4.5 ) , las soluciones siguientes :</p>
    <p class="parrafo">S8 0,42 UI/ml</p>
    <p class="parrafo">S4 0,21 UI/ml</p>
    <p class="parrafo">S2 0,105 UI/ml</p>
    <p class="parrafo">S1 0,0525 UI/ml</p>
    <p class="parrafo">6 . Preparación del extracto</p>
    <p class="parrafo">6.1 . Extracción</p>
    <p class="parrafo">6.1.1 . Premezclas y alimentos minerales</p>
    <p class="parrafo">Pesar  una  cantidad  de  mezcla  de 2,0 a 5,0 g , añadir 29,0 ml de la mezcla ( 4.4  )  y  1,0  ml  de  solución de sulfuro sódico ( 4.9 ) ; agitar brevemente . Comprobar  que  el  pH  es  de  alrededor  de  2  .  Agitar durante 10 minutos , añadir  30  ml  de  tampón  fosfato  (  4.5  )  ,  agitar  durante  15 minutos y centrifugar  .  Tomar  una  parte alícuota de la solución sobrenadante y ajustar el  pH  a  6,5  con  ayuda  de  la  solución  1  M  de  hidróxido sódico ( 4.8 ) utilizando  un  pHmetro  o  la  solución de púrpura de bromocresol ( 4.10 ) como indicador .</p>
    <p class="parrafo">Diluir  con  ayuda  del  tampón  fosfato  ( 4.5 ) para obtener una concentración supuesta en bacitracina-cinc de 0,42 UI/ml ( = U8 ) .</p>
    <p class="parrafo">6.1.2 . Concentrados proteínicos</p>
    <p class="parrafo">Pesar  una  cantidad  de  muestra  de 10,0 g , añadir 49,0 ml de la mezcla ( 4.4 )  y  1,0  ml  de  la  solución  de sulfuro sódico ( 4.9 ) ; agitar brevemente . Comprobar  que  el  pH  es  de  alrededor  de  2  .  Agitar durante 10 minutos , añadir  50  ml  de  tampón  fosfato  (  4.5  )  ,  agitar  durante  15 minutos y centrifugar  .  Tomar  una  parte alícuota de la solución sobrenadante y ajustar el  pH  a  6,5  con  ayuda  de  la  solución  1  M  de  hidróxido sódico ( 4.8 ) utilizando  un  pHmetro  o  la  solución de púrpura de bromocresol ( 4.10 ) como indicador .</p>
    <p class="parrafo">Evaporar  aproximadamente  la  mitad  del  volumen  en un evaporador rotatorio a una  temperatura  que  no  exceda  de  35  °  C  .  Diluir  con ayuda del tampón fosfato  (  4.5  )  para  obtener una concentración supuesta en bacitracina-cinc de 0,42 UI/ml ( = U8 ) .</p>
    <p class="parrafo">6.1.3 . Otros alimentos</p>
    <p class="parrafo">Pesar  una  cantidad  de  muestra  de  10  g  (  20,0  g  para una concentración supuesta  de  bacitracina-cinc  de  5 mg/kg ) . Añadir 24,0 ml de mezcla ( 4.4 ) y  1,0  ml  de  solución  de  sulfuro  sódico  ( 4.9 ) ; homogeneizar durante 10 minutos  .  Añadir  25  ml de tampón fosfato ( 4.5 ) , agitar durante 15 minutos y  centrifugar  .  Tomar  20  ml  de  la solución sobrenadante y ajustar el pH a 6,5  con  ayuda  de  la  solución  1 M de hidróxido sódico ( 4.8 ) utilizando un pHmetro  o  la  solución  de  púrpura  de  bromocresol ( 4.10 ) como indicador . Evaporar   hasta   4  ml  aproximadamente  en  un  evaporador  rotatorio  a  una temperatura  que  no  exceda  de 35 ° C . Diluir el residuo con ayuda del tampón fosfato  (  4.5  )  para  obtener una concentración supuesta de bacitracine-cinc de 0,42 UI/ml ( = U8 ) .</p>
    <p class="parrafo">6.2 . Soluciones del extracto</p>
    <p class="parrafo">Preparar  ,  a  partir  de  la  solución U8 y por diluciones sucesivas ( 1 + 1 ) con  la  ayuda  del  tampón  fosfato ( 4.5 ) , las soluciones U4 ( concentración supuesta  :  0,21  UI/ml  ) , U2 ( concentración supuesta : 0,105 UI/ml ) y U1 ( concentración supuesta : 0,0525 UI/ml ) .</p>
    <p class="parrafo">7 . Modalidades de determinación</p>
    <p class="parrafo">7.1 . Inoculación del medio de cultivo</p>
    <p class="parrafo">Sembrar  a  unos  50  °  C  el  medio de base de la determinación ( 4.2 ) con la</p>
    <p class="parrafo">suspensión  bacteriana  (  3.2  ) mediante ensayos preliminares en placas con el medio  (  4.2  )  ,  determinar la cantidad de suspensión bacteriana que permite obtener  para  las  diferentes  concentraciones  de  bacitracina-cinc  zonas  de inhibición lo más amplias posibles sin dejar de ser nítidas .</p>
    <p class="parrafo">7.2 . Preparación de las cajas</p>
    <p class="parrafo">La  difusión  en  gelosa  se  efectúa en cajas con las cuatro concentraciones de la  solución  de  referencia  ( S8 , S4 , S2 , S1 ) y las cuatro concentraciones del  extracto  (  U8  ,  U4  , U2 , U1 ) . Cada caja debe recibir necesariamente las  cuatro  concentraciones  de  referencia  y  del  extracto . A tal fin , hay que  elegir  la  dimensión  de  las  cajas  de forma que se puedan excavar en el medio  de  gelosa  por  lo  menos  8 cavidades de 10 a 13 mm de diámetro , cuyos centros  no  disten  menos  de  30  mm  .  Pueden emplearse como cajas placas de vidrio  planas  ,  coronadas  por un anillo de aluminio o de materia plástica de 200 mm de diámetro y 20 mm de altura .</p>
    <p class="parrafo">Introducir  en  las  cajas  una  cantidad  del medio ( 4.2 ) , sembrado tal como se  indica  en  7.1  ,  que permita obtener una capa de unos 2 mm de grosor ( 60 ml  para  una  caja  de  200  mm de diámetro ) . Dejar solidificar , excavar las cavidades   y   depositar   en   ellas  volúmenes  exactamente  medidos  de  las soluciones  de  referencia  y  del  extracto  ( 0,10 a 0,15 ml por cavidad según el  diámetro  )  .  Repetir  por  lo  menos cuatro veces cada concentración , de forma   que   cada   determinación  comprenda  la  valoración  de  32  zonas  de inhibición .</p>
    <p class="parrafo">7.3 . Incubación</p>
    <p class="parrafo">Incubar las cajas durante dieciséis a dieciocho horas a 30 ° C ± 2 ° C .</p>
    <p class="parrafo">8 . Valoración</p>
    <p class="parrafo">Medir  el  diámetro  de  las  zonas de inhibición con un error no superior a 0,1 mm   .  Para  cada  concentración  ,  registrar  las  medidas  medias  en  papel semilogarítmico   ,   trasladando   el   logaritmo  de  las  concentraciones  en relación  con  los  diámetros  de  las  zonas  de inhibición . Trazar las rectas más  ajustadas  para  la  solución  de  referencia  y  para  el  extracto  , por ejemplo , mediante el procedimiento siguiente :</p>
    <p class="parrafo">Determinar  el  punto  más  apropiado  del  nivel  más  bajo  de  la solución de referencia ( SL ) con ayuda de la fórmula :</p>
    <p class="parrafo">( a ) SL = ( 7s1 + 4s2 + s4 - 2s8 ) /10</p>
    <p class="parrafo">Determinar  el  punto  más  apropiado  del  nivel  más  alto  de  la solución de referencia ( H ) con ayuda de la fórmula :</p>
    <p class="parrafo">( b ) SH = ( 7s8 + 4s4 + s2 - 2s1 ) /10</p>
    <p class="parrafo">Determinar  del  mismo  modo  los  puntos  más  apropiados  del extracto para el nivel  más  bajo  (  UL ) y el nivel más alto ( UH ) sustituyendo S1 , S2 , S4 y S8 en las fórmulas anteriores por U1 , U2 , U4 y U8 .</p>
    <p class="parrafo">Consignar  los  valores  SL  y  SH  en la misma gráfica . Al unir los dos puntos se  obtiene  la  recta  más  ajustada  para  la  solución  de referencia . Si se sigue  el  mismo  método  para  UL y UH se obtiene la recta más ajustada para el extracto .</p>
    <p class="parrafo">Si  no  hubiere  ninguna  interferencia  ,  las  rectas serían paralelas . En la práctica  ,  se  consideran  paralelas  cuando  (  SH  -  SL  )  y  (  UH - UL ) nodifieren en más de un 10 % de su media .</p>
    <p class="parrafo">Si  las  rectas  no  son paralelas , pueden eliminarse U1 y S1 , o U8 y S8 . Los</p>
    <p class="parrafo">valores  SL  ,  SH  ,  UL  y UH que permiten obtener las rectas más ajustadas se calculan entonces con ayuda de las fórmulas siguientes :</p>
    <p class="parrafo">( a' ) SL = ( 5s1 + 2s2 - s4 ) /6 ó ( 5s2 - 2s4 - s8 ) /6</p>
    <p class="parrafo">( b' ) SH = ( 5s4 - 2s2 - s1 ) /6 ó ( 5s8 + 2s4 - s2 ) /6</p>
    <p class="parrafo">y  de  fórmulas  análogas  para  UL  y  UH  . La utilización de esta alternativa obliga  a  respetar  los  mismos  criterios  de  paralelismo  . En el boletín de análisis  debe  mencionarse  la  obtención  de  un  resultado procedente de tres niveles .</p>
    <p class="parrafo">Cuando  las  rectas  se  consideren paralelas , hay que calcular el logaritmo de la  actividad  relativa  (  log  A  )  mediante una de las fórmulas siguientes , según  el  número  de  niveles  (  4  o  3  )  utilizados para la valoración del paralelismo .</p>
    <p class="parrafo">Para 4 niveles :</p>
    <p class="parrafo">(  c  )  log  A = ( ( u1 + u2 + u4 + u8 - s1 - s2 - s4 - s8 ) x 0,602 ) / ( u4 + u8 + s4 + s8 - u1 - u2 - s1 - s2 )</p>
    <p class="parrafo">Para 3 niveles :</p>
    <p class="parrafo">(  d  )  log  A = ( ( u1 - u2 - u4 - s1 - s2 - s4 ) x 0,401 ) / ( u4 - s4 - u1 - s1 )</p>
    <p class="parrafo">(  d'  )  log  A  = ( ( u2 - u4 - u8 - s2 - s4 - s8 ) x 0,401 ) / ( u8 - s8 - u2 - s2 )</p>
    <p class="parrafo">Actividad   del   extracto   de   la   muestra  =  actividad  de  la  referencia correspondiente x A :</p>
    <p class="parrafo">( U8 = S8 x A )</p>
    <p class="parrafo">Si  la  actividad  relativa  no  se encuentra en la gama de valores comprendidos entre  0,5  y  2,0  , ha de repetirse la determinación procediendo a los ajustes apropiados  de  las  concentraciones  del  extracto  o  ,  en  su  caso , de las soluciones  de  referencia  .  Cuando  esta actividad no pueda encuadrarse en la gema  de  los  valores  exigidos  , el resultado se considerará aproximado y así se hará constar en el boletín de análisis .</p>
    <p class="parrafo">Cuando  las  rectas  no  se  consideren paralelas , se repetirá la determinación .   Si   tampoco   ahora  se  lograre  el  paralelismo  ,  la  determinación  se considerará insatisfactoria .</p>
    <p class="parrafo">Expresar  el  resultado  en  miligramos  de  bacitracinacinc  por  kilogramo  de alimento .</p>
    <p class="parrafo">9 . Reproducibilidad</p>
    <p class="parrafo">La  diferencia  entre  los  resultados  de  dos determinaciones efectuadas en la misma muestra por el mismo analista no debe exceder de :</p>
    <p class="parrafo">2  mg/kg  ,  en  valor  absoluto  ,  para  los  contenidos  de  bacitracina-cinc inferiores a 19 mg/kg ,</p>
    <p class="parrafo">20 % del resultado más alto , para los contenidos de 10 a 25 mg/kg ,</p>
    <p class="parrafo">5 mg/kg , en valor absoluto , para los contenidos de 25 a 50 mg/kg ,</p>
    <p class="parrafo">10 % del resultado más alto , para los contenidos superiores a 50 mg/kg . »</p>
    <p class="parrafo">(1)  1  mg  de  bacitracina-cinc  (  calidad  para  alimentos  para  animales  ) equivale a 42 unidades internacionales ( UI ) .</p>
    <p class="parrafo">(a)   Pueden  utilizarse  otros  métodos  ,  siempre  que  esté  demostrado  que producen suspensiones bacterianas análogas .</p>
    <p class="parrafo">(b)  Puede  utilizarse  cualquier  medio  de  cultivo  comercial  de composición análoga y que dé los mismos resultados .</p>
  </texto>
</documento>
